El JUZGADO DE INSTRUCCION N. 3 BADAJOZ considera que existencia d indicios racionales de criminalidad por DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA… y cita como imputados a David Sánchez y sus cómplices, colaboradores necesarios…

JDO.DE INSTRUCCION N. 3 BADAJOZ UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO NUEVO PALACIO DE JUSTICIA

AVDA. JOSÉ CALDITO RUIZ, S/N (BADAJOZ) DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000965 /2024 N.I.G: 06015 43 2 2024 0004699

Delito/Delito Leve: MALVERSACIÓN

Denunciante/Querellante: MINISTERIO FISCAL, MIGUEL BERNAD REMON , VOX , ASOCIACION HAZTEOIR ORG FUNDACION DE ABOGADOS CRISTIANOS , SINDICATO COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS , ASOCIACION LIBERUM , IUSTITIA EUROPA…

AUTO

En Badajoz, a 27 de noviembre de 2.024.

HECHOS

HECHOS ÚNICO: Con fecha 26-11-2024 se ha entregado en este Juzgado atestado 182/2024 del Grupo de Delincuencia Económica de la UNIDAD CENTRAL OPERATIVA DE LA GUARDIA CIVIL relativo al análisis del contenido de una serie de cuentas de correos electrónicos corporativas vinculadas a personal de la Diputación Provincial de Badajoz , análisis autorizado en las Piezas 965-2024 y 966-2024 incoadas en el seno de las presentes Diligencias Previas.,,

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

PRIMERO:

Una vez analizado el contenido del informe de la UNIDAD CENTRAL OPERATIVA DE LA GUARDIA CIVIL, y derivándose del mismo la existencia de indicios racionales de criminalidad relativos a los DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA investigados, se consideran necesarias, pertinentes y útiles para continuar con la instrucción de la presente causa, las diligencias de investigación que se pasan a especificar : Con respecto a las CONCLUSIONES contenidas en el apartado 3.1. y relativas a “la modificación de puestos de trabajo y la creación del puesto de Coordinador de actividades de los conservatorios de música del área de Cultura, Juventud y Bienestar Social de la Diputación de Badajoz”, y relacionando dicho contenido con la documental aportada por la Diputación, procede requerir a dicho Ente Público para que, a la mayor brevedad posible, aporte a este Juzgado lo siguiente:

– Reglamento Regulador del procedimiento para la aprobación, revisión y modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de 30-7-2003, al que se refiere el documento nº 4 de la documentación aportada por la Diputación Provincial de Badajoz y que obra en el acontecimiento nº 375; norma según la cual se afirma que la modificación de la denominación del puesto “ Coordinador de Actividades de los Conservatorios de Música” a “Jefe de la Oficina de Artes Escénicas estaría “eximido del trámite de Negociación y dictamen de la Comisión Técnica de Puestos de Trabajo”.

– Fichas relativas a las modificaciones de denominaciones de Puestos de Trabajo de la Diputación que hayan tenido lugar en los últimos 4 años; con el fin de determinar la naturaleza de las mismas y la variación de funciones que entrañan con carácter ordinario.

– El “proyecto de coordinación” exigido en el apartado 6º de las “ Bases para la provisión del Puesto de Trabajo de Coordinador/a Actividades Conservatorios de Música del Área de Cultura, Juventud y Bienestar Social en Régimen Laboral de Alta Dirección” relativo a cada uno de los 11 aspirantes admitidos.

– Organigramas de la Delegación de Cultura, Juventud y Bienestar Social correspondientes a los años 2016 a 2024.

SEGUNDO:

Con respecto al supuesto incremento patrimonial injustificado de DAVID SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN , se ha determinado en las Conclusiones contenidas en el apartado 3.3 , una vez analizadas las declaraciones de bienes que ha presentado ante la Diputación, que no se ha encontrado evidencia de que el investigado posea una cantidad de acciones del BBVA que alcancen el valor de 1,4 millones de euros. Se explica por la UCO , que se trataría de un cálculo erróneo motivado por el hecho de que en las declaraciones relativas a los años 2017, 2019 y 2021 en el campo “valor nominal” se refleja la unidad de medida en euros y en la de 2022 y 2023 no se concreta dicha unidad, por lo que se habría interpretado que se trata de número de acciones y no del valor en euros de las mismas. Para aclarar tal circunstancia , resulta necesario librar oficio al BBVA con el fin de que informe a este Juzgado sobre el valor nominal de los depósitos de diversas acciones de cotización oficial que consten en dicha entidad bancaria a nombre de DAVID SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN en las siguientes fechas: noviembre de 2017, noviembre 2019, diciembre 2021, noviembre 2022 y junio 2023.

TERCERO:

En el presente momento procesal, y una vez practicadas las diligencias de investigación tendentes a determinar la procedencia de la continuación de la presente instrucción, a los efectos de garantizar la plena efectividad del derecho a la defensa y evitar que puedan producirse contra los mismos, aun en la fase de investigación, situaciones materiales de indefensión, procede oír en declaración como investigados a las siguientes personas:

DAVID SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN, actual Director de la Oficina de Artes Escénicas. MIGUEL ÁNGEL GALLARDO MIRANDA, Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz .

ELISA MORIANO MORALES, Directora del Área de Cultura y Acción Ciudadana de la Diputación de Badajoz entre el 29-12- 2015 y el 22-72019.

CRISTINA NUÑEZ FERNÁNDEZ, Diputada Delegada del Área de Cultura, Juventud y Bienestar Social hasta el 6-7-2018. JUANA CINTAS CALDERÓN , Directora del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de la Diputación de Badajoz durante los años 2015 al 2023.

MANUEL CANDALIJA VALLE, Jefe de Servicio de Actividades Culturales, Juveniles y Deportivas ente diciembre de 2015 y agosto de 2023, y actualmente Director del Área de Cultura, Deporte y Juventud.

FÉLIX GONZÁLEZ MÁRQUEZ, actualmente Jefe de Sección de Gestión administrativa y Asuntos Generales y anteriormente Jefe de Servicio de Gestión de Recursos Humanos , Inspección y evaluación de desempeño (BOP 16-6-20216)

EMILIA PAREJO GALA, Directora del Área de Cultura , Juventud y Bienestar de la Diputación desde el 28-10-2019 hasta el 28-7-2023 , y actualmente Coordinadora de la Delegación del Área de Igualdad.

FRANCISCO MARTOS ORTÍZ, Diputado Delegado del Área de Cultura y Deportes desde el 29-6-2019.

Asimismo, se considera necesario, pertinente y útil a los fines de la presentes instrucción, la toma de declaración como testigos de:

EVARISTO VALENTÍ LÓPEZ, Director del Conservatorio Superior de Música (Conservatorio Bonifacio Gil) hasta el año 2020.

Mª DEL ROSARIO MAYORAL NÚÑEZ, Directora del Conservatorio Superior de Música (Conservatorio Bonifacio Gil) desde el año 2020.

YOLANDA SÁNCHEZ BALTASAR, Directora del Conservatorio Profesional de Música (Conservatorio Juan Vázquez).

Y como testigos-peritos , con la finalidad de ratificar y aclarar determinados extremos del informe presentado por la Agencia Tributaria (acont.605), a los responsables de su realización de “forma conjunta” según el oficio que consta unido como acontecimiento 933, quienes son:

la Inspectora Regional de Extremadura, María Encarnación Cabezas Martín;

el Jefe de la Dependencia Regional de Gestión Tributaria de Extremadura , Emilio Hurtado Valiño;

y la Delegada Especial de la AEAT de Extremadura , Clara Isabel Santos Diéguez.

CUARTO:

Con respecto a ANTONIO GARROTE LEDESMA, habiéndose presentado escrito por el mismo por el que se pone en conocimiento de este Juzgado su CONDICIÓN DE AFORADO por haber sido nombrado DIPUTADO DE LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA con fecha 21-3-2024, líbrese oficio a la misma para que certifique tal condición.

Como ya se dijo en providencia de fecha 5 de agosto, si bien es cierto que para el conocimiento de los hechos delictivos que pudieran atribuirse a dicho aforado sería competente el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, conforme a la jurisprudencia aplicable, entre ellas la Sentencia del Tribunal Supremo 277/2015, se ha evolucionado hacia un nivel de indicios cualificado. Esto quiere decir que se opta por un criterio restrictivo a la hora de aceptar la competencia por implicación de un aforado, especialmente cuando se trata de causas seguidas también contra no aforados. No se fija la competencia del Tribunal Superior más que cuando se comprueba que existen indicios sólidos de responsabilidad frente a un aforado. No basta cualquier sospecha o conjetura. No son suficientes las posibilidades, más o menos cercanas, o las alusiones indirectas. Por lo tanto , la investigación de los hechos , hasta que se alcance ese nivel de solidez de indicios, corresponde al Juzgado de Instrucción, y en el caso de dichos indicios sólidos de responsabilidad concurriesen, se elevaría la correspondiente Exposición Razonada al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

QUINTO:

Dadas las características del presente procedimiento, y teniendo en cuenta las continuas filtraciones a la prensa , con la finalidad de que los investigados tengan conocimiento de la presente resolución por vía oficial , procédase, en primer lugar, a la notificación de la misma a los investigados personados, a través de su representación procesal (DAVID SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN, MIGUEL ÁNGEL GALLARDO MIRANDA Y FRANCISCO MARTOS ORTÍZ), y al resto mediante notificación personal de la presente resolución y entrega de las correspondientes cédulas ( CRISTINA NUÑEZ FERNÁNDEZ, JUANA CINTAS CALDERÓN ZAZO, MANUEL CANDALIJA VALLE , FÉLIX GONZÁLEZ MÁRQUEZ y EMILIA PAREJO GALA) por parte del Servicio encargado de las notificaciones en la Nueva Oficina Judicial.

Como consta en el procedimiento, (acont.100 de la PSE 965/2024), que ELISA MORIANO MORALES no trabaja actualmente en la Diputación y que la UCO le notificó el Auto de incautación de sus correos a través de su cuenta personal ….. , remítase correo a dicha cuenta poniendo en su conocimiento que se ha acordado su citación como investigada y que debe comparecer ante este Juzgado a la mayor brevedad posible para que le sea notificada personalmente la presente resolución.

Con respecto a los testigos, la citación de los mismos deberá realizarse por parte del Servicio encargado de las notificaciones en la Nueva Oficina Judicial, mediante entrega personal de las cédulas a EVARISTO VALENTÍ LÓPEZ, Mª DEL ROSARIO MAYORAL NÚÑEZ (a ambos en el Conservatorio Superior de Música de Badajoz “Bonifacio Gil”) y a YOLANDA SÁNCHEZ BALTASAR ( en el Conservatorio Profesional “Juan Vázquez”) ; y en la Delegación de la AEAT en Badajoz a la Inspectora Regional de Extremadura ,María Encarnación Cabezas Martín; al Jefe de la Dependencia Regional de Gestión Tributaria de Extremadura , Emilio Hurtado Valiño; y a la Delegada Especial de la AEAT de Extremadura , Clara Isabel Santos Diéguez . Una vez realizado lo anterior procédase de forma inmediata a la notificación al resto de partes personadas.

SEXTO:

Por último, como ya se ha acordado anteriormente en este procedimiento , en aplicación del artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se recuerda a todas las partes en este procedimiento que con carácter general, y sin necesidad de que se acuerde el secreto total o parcial de las actuaciones , “ LAS DILIGENCIAS DEL SUMARIO SERÁN RESERVADAS Y NO TENDRÁN CARÁCTER PUBLICO HASTA QUE SE ABRA EL JUICIO ORAL y EL ABOGADO O PROCURADOR DE CUALQUIERA DE LAS PARTES QUE REVELARE INDEBIDAMENTE EL CONTENIDO DEL SUMARIO SERÁ CORREGIDO CON MULTA DE 500 A 10.000 €”, por lo que se apela a la ética profesional y buena fe procesal de todos los intervinientes en aras al cumplimiento de dicho mandato legal y al respeto máximo a la presunción de inocencia de todos los investigados. En particular, y con respecto a los correos electrónicos intervenidos, la afectación al derecho a la intimidad que la incautación de los mismos supone, únicamente está legitimada para la investigación de los hechos objeto de este procedimiento, por lo que la publicación o difusión de los mismos es contraria a la normativa sobre la Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales y al derecho fundamental a la intimidad personal, quedando cualquier persona que procediera o facilitara dicha publicación sujeta a las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales en que pudieran incurrir y que les sean reclamadas por los titulares de dichos derechos .

PARTE DISPOSITIVA, SE ACUERDA LA PRÁCTICA DE LAS SIGUIENTES DILIGENCIAS PROBATORIAS:

1.- REQUIÉRASE A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ, a través del Letrado del Gabinete de Asuntos Judiciales de la misma, personado en el presente procedimiento, para que a la mayor brevedad posible, se aporte a este Juzgado la siguiente documental:

– Reglamento Regulador del procedimiento para la aprobación, revisión y modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de 30-7-2003, al que se refiere el documento nº 4 de la documentación aportada por la Diputación Provincial de Badajoz y que obra en el acontecimiento nº 375; norma según la cual se afirma que la modificación de la denominación del puesto “ Coordinador de Actividades de los Conservatorios de Música” a “Jefe de la Oficina de Artes Escénicas estaría “eximido del trámite de Negociación y dictamen de la Comisión Técnica de Puestos de Trabajo”.

– Fichas relativas a las modificaciones de denominaciones de Puestos de Trabajo de la Diputación que hayan tenido lugar en los últimos 4 años; con el fin de determinar la naturaleza de las mismas y la variación de funciones que entrañan con carácter ordinario.

– El “proyecto de coordinación” exigido en el apartado 6º de las “ Bases para la provisión del Puesto de Trabajo de Coordinador/a Actividades Conservatorios de Música del Área de Cultura, Juventud y Bienestar Social en Régimen Laboral de Alta Dirección” relativo a cada uno de los 11 aspirantes admitidos. – Organigramas de la Delegación de Cultura, Juventud y Bienestar Social correspondientes a los años 2016 a 2024.

2.- Líbrese oficio al BBVA con el fin de que con carácter urgente se informe a este Juzgado sobre el valor nominal de los depósitos de acciones de cotización oficial que consten en dicha entidad bancaria a nombre de DAVID SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN en las siguientes fechas: noviembre de 2017, noviembre 2019, diciembre 2021, noviembre 2022 y junio 2023.

3. CÍTESE para ser oídos en declaración como investigados a las siguientes personas:

DAVID SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN, Jefe de la Oficina de Artes Escénicas, el 9-1-2025 a las 9:30 horas. MIGUEL ÁNGEL GALLARDO MIRANDA, Presidente de la Diputación de Badajoz, el 9-1-2025 a las 10:00 horas. ELISA MORIANO MORALES, el 9-1-2025 a las 10:30 horas. CRISTINA NUÑEZ FERNÁNDEZ, el 9-1-2025 a las 11:00 horas. JUANA CINTAS CALDERÓN ZAZO , el 9-1-2025 a las 11:30 horas. MANUEL CANDALIJA VALLE, el 10-1-2025 a las 9:30 horas. FÉLIX GONZÁLEZ MÁRQUEZ, el 10-1-2025 a las 10:00 horas. EMILIA PAREJO GALA, el 10-1-2025 a las 10:30 horas. FRANCISCO MARTOS ORTÍZ, el 10-1-2025 a las 11:00 horas.

Notifíquese la presente resolución a través de su representación procesal a DAVID SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN, MIGUEL ÁNGEL GALLARDO MIRANDA y FRANCISCO MARTOS ORTÍZ; y al resto de investigados, CRISTINA NUÑEZ FERNÁNDEZ, JUANA CINTAS CALDERÓN ZAZO, MANUEL CANDALIJA VALLE , FÉLIZ GONZÁLEZ MÁRQUEZ y EMILIA PAREJO GALA, de forma personal en su puesto de trabajo en la Diputación Provincial de Badajoz y con entrega de la correspondiente cédula de citación por parte del Servicio encargado de las notificaciones en la Nueva Oficina Judicial.

Con respecto a ELISA MORIANO MORALES, constando en el procedimiento que no trabaja actualmente en la Diputación y que la UCO le notificó el Auto de incautación de sus correos a través de su cuenta personal ….. , remítase correo a dicha cuenta poniendo en su conocimiento que se ha acordado su citación como investigada y que debe comparecer ante este Juzgado a la mayor brevedad posible para que le sea notificada personalmente la presente resolución.

4.- Cítense , con entrega personal de la correspondiente cédula por parte del Servicio encargado de las notificaciones en la Nueva Oficina Judicial , para ser oídos en declaración como TESTIGOS a : – – – EVARISTO VALENTÍ LÓPEZ, anterior Director del Conservatorio Superior de Música (Conservatorio Bonifacio Gil) , el 8-1-2025 a las 9:30 horas. Mª DEL ROSARIO MAYORAL NÚÑEZ, actual Directora del Conservatorio Superior de Música (Conservatorio Bonifacio Gil) , el 81-2025 a las 10:00 horas. YOLANDA SÁNCHEZ BALTASAR, Directora del Conservatorio Profesional de Música (Conservatorio Juan Vázquez), el 8-1-2025 a las 10:30 horas.

5.- Cítense, con entrega personal de la correspondiente cédula en la Delegación de la AEAT en Badajoz por parte del Servicio encargado de las notificaciones en la Nueva Oficina Judicial , para ser oídos en declaración como TESTIGOS-PERITOS a: – La Inspectora Regional de Extremadura , María Encarnación Cabezas Martín , el 8-1-2025 a las 11:00 horas; el Jefe de la Dependencia Regional de Gestión Tributaria de Extremadura , Emilio Hurtado Valiño, el 8-1-2025 a las 11:30 horas; y la Delegada Especial de la AEAT de Extremadura , Clara Isabel Santos Diéguez, el 8-1-2025 a las 12:00 horas.

6.- Líbrese oficio a la ASAMBLEA DE EXTREMADURA para que a la mayor brevedad posible se certifique si ANTONIO GARROTE LEDESMA ostenta la condición de Diputado.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas y al Ministerio Fiscal en la forma detallada en los apartados anteriores, instruyéndoles de que contra la misma caben recursos de reforma y apelación, debiendo interponerse el primero ante este juzgado en el improrrogable término de tres días, y el segundo, que podrá serlo también subsidiariamente en las condiciones anteriormente descritas, igualmente ante este Juzgado, en el improrrogable término de cinco días.

Así lo acuerda, manda y firma, Dª Beatriz Biedma Rojano, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Instrucción 3 de Badajoz y su partido judicial. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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