JESÚS C. (P.E.T.)
Movilizar a todas las personas que sea posible, para que acudan a presenciar el ESCRUTINIO GENERAL. El Escrutinio General debe realizarse a partir del tercer día de las votaciones. Éste es un acto público, que tiene lugar en las sedes de las Juntas Electorales Provinciales… por lo tanto, con libre acceso para todo aquel que desee asistir.
En la Región Española denominada «CASTILLA – LEON», hay 9 provincias: ÁVILA, BURGOS , LEÓN, PALENCIA, SALAMANCA, SEGOVIA, SORIA, VALLADOLID y ZAMORA.
Domingo 13/02/2022, DIA DE LAS VOTACIONES.
Miércoles 16/02/2022, DIA DEL ESCRUTINIO GENERAL. SE DEBE LLEVAR A CABO EN LAS DIFERENTES SEDES DE LAS JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES.
ADMINISTRACIÓN ELECTORAL.
La administración electoral, está formada por la Junta Electoral Central y por las Juntas Electorales Autonómicas, las Juntas Electorales Provinciales y las Juntas Electorales de Zona.
Las Juntas Electorales, son las encargadas de velar porque se cumpla la ley electoral, la conocida como LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General).
Las Juntas Electorales están compuestas por Magistrados, Jueces, Catedráticos, Abogados, Profesores, y otros ciudadanos de relevancia social.
Presiden en casi todas ellas los presidentes de las Audiencias Provinciales, las sedes están en las mismas direcciones de las Audiencias Provinciales o Juzgados.
Es la ADMINISTRACIÓN ELECTORAL la que debe dar fe de los resultados de las votaciones, o sea actuar como FEDATARIA PÚBLICA de lo expresado por las SOBERANÍA POPULAR, manifestada el DIA DE LAS VOTACIONES por EL PUEBLO ESPAÑOL, y recogida en las MESAS ELECTORALES mediante la confección del ACTA DE MESA ELECTORAL que cada presidente y vocales de mesa firman una vez comprobadas Y SUMADAS las PAPELETAS DE VOTACIÓN.
LO DICHO ANTES, ES LA BASE DE LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA.
En Castilla – León hay 2.953 locales electorales en los que se distribuyen 4.531 mesas electorales.
Por lo tanto, este domingo 13 de febrero, a partir de las 20:00 horas, se abrirán las urnas, se extraerán de ellas los sobres que contienen las papeletas y se agruparán y sumarán todas ellas teniendo en cuenta las diferentes candidaturas, así como los votos en blanco y los votos nulos.
Según la LOREG, (Ley Orgánica del Régimen Electoral General), al tercer día del día de las VOTACIONES, los votos contenidos en las actas de todas las mesas electorales deben ser sumados en el acto conocido como ESCRUTINIO GENERAL.
Este trabajo de las Juntas Electorales Provinciales, para el caso de Castilla – León, deberá realizarse a partir del miércoles 16/02/22.
Pues bien, lo que dice la LOREG, sobre el ESCRUTINIO GENERAL no se cumple reiteradamente en España desde hace muchos años.
¿Porque no se cumple? ¿QUIEN NO CUMPLE LA LEY?
El día de las votaciones, los datos contenidos en las actas, una vez que ya están firmadas, son reescritos en una (o más de una) tabletas informáticas, que envían los datos de las votaciones, de forma telemática, al ordenador central de una empresa privada que es la que se ocupa de recibir y sumar toda la información de los datos recibidos de los diferentes colegios electorales.
Los datos de las actas de las mesas son reescritos en las tabletas por funcionarios públicos que trabajan para el estado, y enviados a los colegios por la ADMNISTRACIÓN CONVOCANTE.
Llegados a este punto, es importante destacar que en una mesa electoral de tipo medio el proceso de abrir urna, contar y redactar el acta, suele terminar entre las 21:30 y 22:30. Y, sorprendentemente, las televisiones y otros medios de comunicación social, a las 20:30, (a veces incluso antes), ya empiezan a facilitar datos a lo impacientes ciudadanos.
SIN EMBARGO, ESOS RESULTADOS, SON RESULTADOS PROVISIONALES, aunque ningún medio de comunicación social, ningún tertuliano, ningún experto, ningún presentador LO DIGAN NUNCA.
Así que la creencia general es que ya se saben los resultados de las «ELECCIONES», en la misma noche del día que se han realizado las «VOTACIONES».
Al día siguiente los medios de comunicación social difunden los resultados, sin decir nunca que en realidad son RESULTADOS PROVISIONALES, y que falta realizar el ESCRUTINO GENERAL a partir del tercer día de las votaciones.
Pues bien, lo que ordena la LOREG sobre el ESCRUTINIO GENERAL no se cumple reiteradamente en España desde hace muchos años.
¿Porque no se cumple? ¿QUIEN NO CUMPLE LA LEY?
No se cumple porque en las Juntas Electorales Provinciales, se dan por válidos los RESULTADOS PROVISIONALES, y no se suman los votos contenidos en las actas de las mesas electorales. Incluso, en la mayoría de las ocasiones, las actas no llegan a ser extraídas de los sobres dentro de los cuales ha sido colocados el día de las votaciones.
Los que sí se suman a mano, y se añaden a los resultados electorales provisionales, son los votos CERA, que es el voto del Censo Electoral de los Residentes Ausentes en el Extranjero, que se envía por correo, y se recibe directamente en las Juntas Electorales Provinciales, y allí se abren todas las cartas, se comprueba la identidad del votante, y se van anotando los votos y a quien han votado.
La segunda modificación, que se produce en las Juntas Electorales Provinciales, es la relativa a las incidencias notificadas por las distintas candidaturas y que han sido detectadas por ellas en las actas de las mesas electorales.
Estas son las dos únicas modificaciones que se incorporan a los RESULTADOS PROVISIONALES que, recordemos, han sido facilitados por una empresa privada contratada por la ADMINISTRACIÓN CONVOCANTE, cuyos datos les ha llegado de los colegios electorales, por conducto telemático, reescritos por funcionarios del estado en las tabletas desde los datos de las actas y enviados por la ADMINISTRACIÓN CONVOCANTE a los medios de comunicación social.
En algunos colegios la Junta Electoral Provincial COTEJA algunas o todas las actas con los listados informáticos facilitados por la empresa contratada para sumar el día de las votaciones los resultados de las actas, SE COTEJAN, PERO NO SE SUMAN LAS ACTAS UNA A UNA.
Este cotejo, se limita a puntear con las actas lo que dice el listado facilitado por la empresa informática y, claro, efectivamente al parecer coinciden los datos, PERO LA SUMA sigue siendo LA SUMA DEL ORDENADOR de la empresa.
NO SE CUMPLE LA LEY, (LOREG), PORQUE NO SE SUMAN LOS VOTOS DE LAS ACTAS DE LAS MESAS ELECTORALES Y SE DAN POR VÁLIDOS LOS RESULTADOS PROVISIONALES APORTADOS POR EL GOBIERNO.
EL ORDENADOR DE LA EMPRESA CONTRATADA POR EL GOBIERNO PUEDE CONTENER ERRORES O MANIPULACIONES. LOS DATOS REESCRITOS EN LA TABLETS TAMBIÉN PUEDEN CONTENER ERRORES Ó MANIPULACIONES.
POR LO TANTO, LAS JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES ESTÁN INCUMPLIENDO LA LEY Y COMETIENDO UN POSIBLE DELITO, MUY GRAVE.
PRUEBA DE QUE SE DEBEN SUMAR «A MANO», TODAS LAS ACTAS, ES EL ESCRITO QUE LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL ENVÍA SISTEMÁTICAMENTE EN TODAS LAS ELECCIONES A LAS DISTINTAS JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES Y CUYAS INSTRUCCIONESQUE DESOBECEN DESDE HACE AÑOS.
ASÍ QUE TE ANIMO A QUE VAYAS A VIGILAR EL ESCRUTINIO GENERAL. RECUERDA, ES UN ACTO PÚBLICO.
ACUDE A CASTILLA Y LEÓN PARA QUE TE SIRVA DE ENTRENAMIENTO PARA LAS PRÓXIMAS ELECCIONES GENERALES O A LAS QUE SE CELEBREN EN TU COMUNIDAD AUTÓNOMA.
SI LOS MIEMBROS DE LAS JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES VEN LA SALA LLENA DE GENTE MIRANDO LO QUE HACEN, EMPEZARÍAN A PENSAR QUE ALGO PASA.
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