Derecho a la autodefensa y a defender la propiedad privada frente a cualquier intento de agresión…
CARLOS AURELIO CALDITO AUNIÓN
Cualquier persona medianamente informada sabe que Pepe Lomas, el anciano de 83 años que mató de un disparo a un hombre que había entrado en su casa, para robar, armado con una motosierra ha sido condenado a 6 años de prisión.
El librero Pepe Lomas ha sido condenado a 6 años de prisión y, además, deberá indemnizar con 48.000 euros a cada uno de los progenitores del fallecido en concepto de responsabilidad social. Recordemos que el asaltante, un hondureño de 35 años tenía 45 antecedentes penales, 36 de la policía y nueve de la Guardia Civil. La Fiscalía ha pedido pues cárcel por homicidio para un anciano que se defendió, en su propia casa, de un robo: ¿dónde ha quedado la legítima defensa?
«Condenado por defender su vida y su propiedad. En lugar de ser reconocido como una víctima, ha sido tratado como un criminal. Pedimos al Gobierno Español que conceda el indulto a José Lomas y revise las leyes actuales sobre la defensa propia para evitar más injusticias como esta», solicita otra de las campañas registradas en la plataforma. Y las hay que directamente piden la «amnistía». Porque si hay amnistía para unos políticos catalanes, por qué no para un «señor preso de los nervios ante la amenaza que suponía un posible ataque con una motosierra». Así, señalan que José Manuel es «un hombre de bien que ha actuado de manera proporcional» a la trágica situación que vivió en su propia casa.
Para el presidente de la Asociación Policía S.XXI, Samuel Vázquez, al final, casos como este demuestran que: «Han logrado convencer a parte de la población de que hay ciudadanos que se pasan su vida cumpliendo las reglas, pero se vuelven asesinos cuando un criminal asalta su casa».
El pasado 1 de agosto de 2021, Juan José Lomas, que ahora cuenta con 80 años, oyó ruidos en su finca de Ciudad Real y se despertó sobresaltado. «Me desperté sobre las dos de la mañana por unos ruidos en el exterior, cogí la escopeta, salí al patio y al ver una cortina anudada, la puerta de un trastero abierta y el cuadro de riego totalmente destrozado, me entró el pánico y pensé que venían a por mí«, relató hace apenas una semana este librero jubilado.
Así, con el miedo en el cuerpo y «acobardado», cogió la escopeta porque pensó que su vida estaba en juego: «Vi un bulto con ropajes tipo esquimal, con una motosierra hacia arriba, pensé que había más gente y que si me acercaba podían cortarme el cuello«. Este sería el motivo por el que, según narró, disparó hasta en dos ocasiones acabando con la vida de Nelson David, un hombre de nacionalidad hondureña y con una amplia lista de antecedentes penales, una orden de expulsión, denunciado por violencia doméstica y con 36 detenciones en su haber. Lomas prefería «morir» a dejar su casa a «unos maleantes»…
Tanto el juicio como el veredicto de culpabilidad han generado gran controversia en la sociedad y en apenas tres días se han registrado hasta 20 campañas, según apuntan desde Change.org, para pedir «justicia» y exigir el «indulto» para José Lomas. Entre los argumentos esgrimidos por quienes solicitan justicia para el librero de 80 años está el del aumento de la criminalidad. «Este caso pone en evidencia la necesidad urgente de revisar nuestras leyes sobre defensa personal. En España, cada año, se registran alrededor de 113.034 robos con violencia e intimidación (INE). Los ciudadanos deben tener derecho a protegerse sin temor a represalias legales«, señala una de estas campañas que pide una revisión justa del caso.
La autodefensa es una antigua ley consuetudinaria en virtud del cual se puede utilizar la fuerza necesaria y razonable para defender a la propia persona o su propiedad.
Han sido muchos los que han afirmado que la casa de cada uno es para él como su Castillo y Fortaleza, así como para defenderse contra lesiones y violencia… si los ladrones llegan a la casa de un hombre para robarle, o asesinarle, y el propietario o sus sirvientes matan a cualquiera de los ladrones en defensa de sí mismo y de su casa, nunca ha de considerarse un delito grave….
El significado de fuerza razonable siempre ha dependido en gran medida del contexto, teniendo en cuenta los hechos del caso, incluidas las intenciones de las partes. Si fuera necesario un juicio el tribunal tendría que establecer que los intrusos eran efectivamente ladrones con intención de robo o asesinato, o en todo caso que el propietario de la vivienda creía razonablemente que así era. El uso de la fuerza para defenderse de un ataque conlleva intrínsecamente el riesgo de causar la muerte del atacante, por lo que es necesario determinar que no se trataba de un mero homicidio disfrazado de defensa propia. De lo contrario, cualquiera podría disparar a otro y alegar que pensaba que se trataba de un intruso.
Si el atacante actúa primero, está claro que lo razonable es responder al ataque. Los casos complejos surgen cuando el atacante está desarmado o hace uso sólo de sus propios puños.
La intención delictiva del agresor (intención de causar la muerte o lesiones corporales graves) se ha considerado durante mucho tiempo la clave para justificar la muerte del agresor, y dicha intención sólo podía juzgarse en todas las circunstancias del caso. Las meras palabras no bastarían, ya que alguien podría gritar «¡Te voy a matar!» sin tener intención ni capacidad de cometer un delito grave, y a la inversa, la intención y la capacidad de matar pueden manifestarse claramente sin pronunciar palabra alguna.
Imaginemos un escenario en el que un hombre débil y enclenque se lanza contra un campeón de halterofilia con intención de causarle daño, sólo para que los puños del atacante reboten sin efecto contra su víctima. Evidentemente, la víctima en este caso, por más grande y fuerte que sea su atacante, tendría sin embargo derecho a defenderse con un grado razonable de fuerza.
Siempre habrá quien afirme que si la víctima se aparta y no responde a la agresión, si no trata de repeler la intrusión de quien entra en su propiedad, sin su permiso, lo normal es que el agresor acabe márchándose sin causarle ningún daño…
Es fácil decir tal cosa, pero, ¿cómo puede uno «saber con total seguridad» que se puede evitar la violencia retirándose? Son muchas las circunstancias en las que alguien amenaza a otro con agredirle y, sin duda, nadie puede afirmar que si la víctima no responde el agresor acabará no causándole algún daño.
Nunca hemos de olvidar que el derecho a la autodefensa está ligado al derecho a la propiedad justamente conseguida, el derecho a defenderla contra cualquier clase de agresión o invasión violenta… si una persona posee una propiedad y sin embargo se le niega el derecho a defenderla contra un ataque, entonces está claro que se le está negando el derecho a esa propiedad.
¿Hasta dónde llega el derecho de una persona a la autodefensa de su persona y su propiedad? La respuesta básica debe ser: hasta el punto en que empieza a infringir los derechos de propiedad de otra persona. . . .
Por supuesto, estamos hablando de que la amenaza debe ser directa, manifiesta y clara; debe ser «palpable, inmediata y directa», no «vaga y futura». Y, ¡Ojo! nunca se olvide que la carga de la prueba de que la agresión la ha iniciado realmente la otra persona, siempre recaerá en la persona que emplea la violencia defensiva.