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EL «PADRINO» DE LA BANDA MAFIOSA SIEMPRE SE VA DE ROSITAS, HAGAMOS QUE ESTA VEZ NO OCURRA LO MISMO.

En el Derecho Penal español existen una variedad de delitos que abordan la conducta de las personas en situaciones de emergencia y su deber de ayudar a quienes están en peligro.

Uno de los delitos más relevantes en este contexto es el de omisión del deber de socorro y denegación de auxilio. Este delito se basa en la premisa de que, en una sociedad justa y solidaria, todos tenemos la obligación moral y legal de ayudar a nuestros semejantes en situaciones de emergencia, y mucho más los gobernantes y funcionarios de las diversas administraciones.

El Código Penal español aborda esta cuestión en el artículo 195

Delito de denegación de auxilio

La legislación vigente afirma sobre denegación de auxilio que “El que no socorriese a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses”

“En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno.”

“Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a 18 meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a cuatro años.”

Por lo que, la omisión del deber de socorro se produce cuando alguien observa que otra persona está ante una situación de peligro y no la auxilia, o no solicita ayuda…

El delito de denegación de auxilio a un particular, se produce cuando el requerimiento sea por un particular para prestar algún auxilio, y la autoridad que venga obligado a actuar por razón de su cargo se abstuviera de prestar el auxilio, sin evitar un delito contra la vida de las personas.

Se castiga con una pena de multa de 18 a 24 meses y la inhabilitación especial para empleo o cargo público de 3 a 6 años.

Para entender sin duda alguna que las diversas autoridades han hecho dejación de su responsabilidad, de su obligación de actuar en Valencia y alrededores en la semana pasada y lo que va de la presente e incurriendo en delito de omisión del deber de socorro y denegación de auxilio es importante analizar los factores clave que intervienen en situaciones como la que estamos hablando:

1. Ausencia de ayuda en situación de peligro

El primer elemento esencial del delito es la existencia de una situación de peligro manifiesto y grave. Esto significa que la víctima debe encontrarse en una situación donde su vida, salud o integridad física están en riesgo. Además, la persona que comete el delito debe estar consciente de esta situación.

2. Capacidad para prestar auxilio

El segundo elemento es que el individuo que se enfrenta al delito debe tener la capacidad de prestar auxilio sin poner en peligro su propia vida ni la de terceros. Esto significa que no se espera que alguien se enfrente a un peligro real para salvar a otra persona, pero sí se espera que brinde ayuda en la medida de lo razonablemente posible sin correr riesgos innecesarios.

3. Omisión de la ayuda

El tercer elemento esencial es que la persona acusada debe omitir prestar ayuda a pesar de tener la capacidad para hacerlo. La omisión de la ayuda es lo que constituye el acto delictivo en sí. Esta omisión puede ser pasiva, es decir, simplemente no hacer nada, o activa, negándose explícitamente a prestar ayuda.

4. Conciencia de la situación

El cuarto elemento se refiere a la conciencia por parte del acusado de la situación de peligro en la que se encuentra la víctima. Es importante que el individuo sea consciente de la situación para que pueda ser considerado culpable de omisión del deber de socorro y denegación de auxilio.

En la tragedia de Valencia y demás provincias afectadas podemos añadir que se ha producido, además un agravante: «Dolo y/o intención de dañar» pues, muy posiblemente acabe demostrándose que quienes han incurrido en la omisión de prestar ayuda, lo han hecho de manera intencionada, con el propósito de causar daño a las víctimas, y obviamente deberían ser castigados de forma más severa.

Hace ya semana y media de las inundaciones de Valencia de algunas provincias vecinas que, aparte de provocar la muerte de más personas que los ataques terroristas a los trenes en Madrid, en 2004, han arrasado con casas, vehículos, negocios, infraestructuras y un largo etc. y es de esperar que la evaluación final de daños y los cadáveres que acaben apareciendo superen con creces las expectativas, oscuras, muy negras de los más pesimistas…

Aparte de la inacción, la negligencia criminal, en la limpieza, la conservación y el mantenimiento de los ríos, arroyos, barrancos, torrenteras, etcétera que ha conducido al desastre ocurrido en Valencia y provincias limítrofes, la situación se ha agravado debido a las mezquindades, ruindades y la tardanza en ponerse todos manos a la obra, para ayudar a los españoles damnificados por la «penúltima gota fría» en trabajos de descombro, realojo, alimentación y un largo etc. El gobierno de Pedro Sánchez ha incurrido en denegación de auxilio al no decretar el estado de alarma, al no dar órdenes inmediatas de movilizar a nuestras fuerzas armadas, haciendo regresar, ya que era imprescindible, sino a todos a algunos de los soldados que tenemos desperdigados por todo lo largo y ancho de este mundo, en misiones bélicas en las que nada se nos ha perdido, para que acudan sin demora para ayudar en todo lo que es necesario e inaplazable en Valencia y las provincias limítrofes…

¿O es que acaso no se lo merecen?

El colmo de los colmos es que el presidente del gobierno socialcomunista que sufre España haya llegado a justificar su inacción y su negligencia criminal, y la de sus ministros, afirmando que si los valencianos y demás españoles damnificados quieren ayuda «que la pidan» …

Ya se han puesto varias denuncias en los tribunales contra personas que sin duda son responsables de las calamidades acaecidas en el «Levante español», y se anuncian algunas más pues, dada la magnitud de lo sucedido la cuestión debería haberla intentado resolver el gobierno central, aunque los ayuntamientos, diputaciones y el gobierno regional también estuvieran obligados a arrimar el hombro… Las normas legales en las que se prevé que hacer en situaciones tales, son muy claras, diáfanas; cuestión diferente es que quienes deben aplicarlas estén o no dispuestos a ello, en lugar de intentar hundir al contrincante y sacar provecho desde el punto de vista electoral…

Si se analizan las sentencias judiciales más sonadas, más divulgadas por los medios de información, creadores de opinión y manipulación de masas en las décadas transcurridas desde la muerte del General Franco hasta la actualidad, relacionadas con la corrupción política, se comprueba fácilmente que los jefes del cotarro, en tanto que inductores, o como ahora se dice, autores intelectuales de los delitos, siempre se van de rositas, salvo excepciones. Basta para corroborarlo comentar algunas de esas sentencias judiciales.

El primer caso de corrupción política que se dilucidó en los juzgados, después de haber sido aprobada la vigente Constitución, fue el de la financiación ilegal de Partido Socialista Obrero Español durante la época del gobierno encabezado por Felipe González, junto con el denominado caso GAL. Como consecuencia de aquel proceso judicial fueron encarcelados un ministro del interior, un secretario de estado y un director general. Sin embargo, el máximo jefe del cotarro, identificado por el juez instructor, Sr. Garzón (años después inhabilitado por prevaricación y expulsado de la judicatura), como “Míster X” ni siquiera fue procesado. Según multitud de artículos y libros publicados acerca de aquel proceso, el jefe de la banda no fue encausado debido a que el juez instructor no se atrevió a hacer público su verdadero nombre, a pesar del malestar que éste tenía por no haber sido nombrado ministro, tal cual se le había prometido…

Otro sonado caso que se dilucidó en los juzgados fue el del golpe de estado que acabó con la toma del Congreso de los Diputados por un puñado de guardias civiles al mando de Tejero aquel 23 de febrero de 1981 del que muchos, demasiados no desean acordarse. El proceso judicial terminó dándose por demostrado que los máximos jefes del chapucero golpe de estado fueron los generales Armada y Milán del Bosch, junto con el coronel Tejero, siendo dichos militares quienes cargaron con las mayores condenas. Sin embargo, no fueron juzgados los políticos que se habían reunido en casa del entonces alcalde de Lérida para pergeñar el golpe de estado, según afirmaron diversas publicaciones sin que esos supuestos inductores y promotores jamás lo desmintieran. A la vista de la vasta documentación sobre que ha sido publicada a lo largo de los años en diversos artículos y libros, parece claro que el golpe de estado que se produjo no era exactamente el mismo que habían diseñado un considerable grupo de políticos (hasta se ha hablado más de una vez de la implicación de Don Juan Carlos I), pero es evidentísimo que hubo una relación de causa-efecto entre ambos.

Probablemente, el caso más grave de todos los acontecidos en nuestro país durante los últimos cuarenta años ha sido el atentado terrorista perpetrado en mayo del 2004 en varios trenes de cercanías de Madrid, que dio como resultado la muerte de cerca de 300 personas y muchísimos más heridos. En una situación tan anómala, lo lógico hubiera sido que el partido político gobernante (el PP) hubiera suspendido el proceso electoral que se celebró cuarenta y ocho horas después, sorprende especialmente que, aun sabiendo que en una situación tan excepcional impide que se puedan realizar unas elecciones libres con la «normalidad» deseable…

Pero lo más grave fue que el principal partido de la oposición (el PSOE) afirmara desde el primer momento que el gobierno había mentido y que no respetara la neutralidad que la ley electoral exige durante las veinticuatro horas anteriores al día de la votación, porque sabía que ese terrible crimen le beneficiaba en las urnas, como así acabó sucediendo. Como era de esperar, una vez que consiguieron el poder, sus máximos jefes hicieron cuanto estuvo en sus manos para que jamás se supiera quienes habían sido los autores intelectuales y financieros de la mayor masacre cometida en España a lo largo de toda su historia. Obviamente, ni uno solo de los verdaderos promotores, de los máximos responsables, de los capos, ningún «jefe de los jefes» fue condenado, sólo algún que otro cacique de segundo orden en la jerarquía.

Otro caso de corrupción juzgado posteriormente, en 2010, fue el «caso Nóos» que afectó a la infanta Cristina y a su esposo, Iñaqui Urdangarin. El marido de la Infanta Cristina fue acusado de malversación, fraude, prevaricación, falsedad y blanqueo de capitales, fue sometido a juicio en 2016.

A tenor del contenido de los artículos críticos con dicha sentencia judicial publicados en diversos medios de comunicación, lo más grave del asunto parece ser el hecho de que la infanta Cristina acabara siendo exonerada de culpa penal, a pesar de ser imputada por el juez por presunta apropiación indebida de fondos públicos. La Fiscalía Anticorrupción advirtió de que recurriría a dicha imputación al no existir pruebas sólidas, el fiscal encargado del caso, Pedro Horrach hizo público un informe de cuatro páginas donde hacía hincapié en su firme oposición a la imputación de la infanta. En él el fiscal acusó al juez instructor por sus «innecesarias y redundantes» indagaciones fiscales y patrimoniales sobre Cristina de Borbón y afirma que la actividad final del juez ««desdibuja» tanto ««los hechos delictivos como las personas responsables de los mismos» … llegando incluso a acusar al juez de utilizar una «absurda y denigrante teoría conspiratoria» con argumentos «incongruentes» para imputar a la Infanta Cristina.

El 7 de mayo de 2013, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares decidió suspender la imputación de la infanta Cristina.

El 17 de febrero de 2017, después de 11 años, se conoció la sentencia para los imputados en el Caso Nóos: Iñaki Urdangarin fue condenado a 6 años y 3 meses de cárcel, 7 años y un mes de inhabilitación especial y a abonar una multa de € 513.553,68. Eliminado el nombre de la infanta Cristina de la sentencia de Nóos: ahora es ‘la Eva’

Cristina de Borbón fue condenada a abonar una multa de € 265.088,42… Transcurrido el tiempo se ha acabado eliminando el nombre de la infanta Cristina de la sentencia de Nóos -ahora es ‘la Eva’- por decisión del Consejo General del Poder Judicial.

Se ha suprimido su identidad y título real en la base de datos de la jurisprudencia española. Iñaki Urdangarin es reemplazado por ‘Julio’ para la historia de la Justicia y ‘Bernardo’ es Jaume Matas, expresidente de Baleares.

Lo que más rechina y se sale de ojo es que lo más grave de este «affaire» no fuera investigado, estamos hablando de la persona que, a la vista de las declaraciones de los dos principales inculpados, era quien daba el visto bueno de lo que la banda de delincuentes hacía o dejaba de hacer. Como es bien sabido, ambos inculpados mencionaron explícitamente a la casa real. El 18 de febrero de 2013, la portavoz de Unión Progreso y Democracia (UPyD) en el Congreso, Rosa Díez, solicitó que, de forma «urgente» la Fiscalía «actuara» para esclarecer las informaciones sobre la supuesta implicación del rey en el caso Nóos.

Y, colorín, colorado, nunca más se supo, y nadie se sonrojó…

Otro asunto al que hay que referirse, inevitablemente es al intento de golpe de estado de 2017 en Cataluña, después de que su parlamento regional decidiera «independizarse», separarse de España.

Tal cual era de esperar, la sentencia judicial acerca de la responsabilidad penal del presidente de la generalidad y de sus principales consejeros en la convocatoria y posterior celebración de un referéndum separatista, no fue precisamente severa… algunos de los implicados pasaron cierto tiempo en prisión; pero, finalmente, como sabe cualquier español que esté medianamente informado, fueron amnistiados. Y, el principal cabecilla de la trama, transcurrido más de un lustro, se pasea por doquier sin ser apresado, e incluso estuvo no hace mucho en España y el Gobierno de Pedro Sánchez no hizo nada por detenerlo, como tampoco movió un dedo el gobierno del PP, entonces presidido por Mariano Rajoy, del que hay algo más que sospechas de que fue cómplice de su fuga…

Podríamos seguir citando más y más casos de corrupción, malversación de fondos públicos, horas y horas, y más horas, como el asunto de los «Eres» de Andalucía, en los que los principales cabecillas eran los dirigentes del PSOE de Andalucía. Por supuesto, también han sido amnistiados… Alguien me dirá que, también el PP tiene sus corruptos y delincuentes, sin duda alguna, haberlos haylos; aunque hay que reconocer que, en el PSOE, y en sus actuales socios-cómplices de gobierno son más; muchos más con diferencia, lo cual no es óbice para condenar la corrupción del partido de Núñez Feijoo…

Evidentemente, hay que volver a subrayar que la inacción, la negligencia criminal, en la limpieza, la conservación y el mantenimiento de los ríos, arroyos, barrancos, torrenteras, etcétera han conducido al desastre ocurrido en Valencia y provincias limítrofes. Por supuesto, respecto de lo ocurrido en Valencia y alrededores en los últimos días, tampoco hay que olvidar que muchos de los daños causados por las crecidas e inundaciones de los ríos, tienen su origen en una mala ordenación territorial y una pésima planificación urbanística. No tiene ni pies ni cabeza que las autoridades permitan construir y habitar zonas inundables sin tomar las precauciones debidas para evitar que se produzcan inundaciones.

Es por eso que, una vez atendidos, socorridos los damnificados, habrá de llegarle el turno a poner en marcha lo que la experiencia aconseja, lo que se sabe que funciona, y no repetir hasta el hartazgo estupideces como lo del cambio climático. Evidentemente hay que limpiar barrancos, torrenteras, arroyos, ríos y sus afluentes, construir presas allá donde sean necesarias, desviar cauces de algunas corrientes de agua, canalizar donde también sea preciso, arrastrar donde sea imprescindible, y todo lo necesario para que no vuelva a suceder lo ocurrido en Valencia y las provincias limítrofes. Hay que procurar que mejore la capacidad de desagüe de las diversas corrientes de agua (incluidas las estacionales) para minimizar los riesgos, y por tanto que haya menor probabilidad de inundaciones.

Pero, después de ello, no podemos olvidar y tampoco perdonar a los que, con su inacción, con su negligencia criminal, han ocasionado tan terrible tragedia. No, no se pueden ir de rositas, …

Hay que hacer todo lo posible para que la ignominia no se olvide, hay que aprovechar, antes de que los españoles se olviden para que la actual España, la de la corrupción por doquier, de general encanallamiento, de perversión, cada vez sean menos los españoles que consideran que hay corrupciones malas, corrupciones regulares, y hasta corrupciones “buenas”. Debemos hacer lo posible, todo lo que esté en nuestras manos para que disminuya el número de personas que consideran que las prácticas corruptas son daños o males relativamente “soportables” e incluso disculpan las acciones de gente canalla, bandidos, delincuentes, fundamentalmente por estar esas formas de actuación más o menos extendidas. También hemos de hacer retroceder el número de personas que justifican la corrupción, el despilfarro, y un largo etc. cuando son practicadas por “gente de los suyos”.

Y la única manera de conseguirlo es sentando en el banquillo de los acusados a los responsables, empezando por el jefe de la banda, para escarmiento público. No hay otro modo si lo que queremos es acabar, o por lo menos hacer retroceder a la corrupción, disuadir y castigar a los corruptos y a quienes están dispuestos a dejarse corromper… Acabar con la impunidad.

Así pues, mano dura… a por ellos que, son pocos y cobardes como ha demostrado Pedro Sánchez en Paiporta.

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Carlos Aurelio Caldito Aunión

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