Las noticias contradictorias que están llegando al público sobre las elecciones presidenciales celebradas el pasado 3 de noviembre en los Estados Unidos de América nos obligan a volver a insistir ante los medios de comunicación y la población en general sobre el sorprendente parecido entre lo que ha pasado en EEUU y lo que sabemos que ha pasado en España en los comicios del 28 de abril y 10 de noviembre de 2019 y posiblemente desde el año 2000, por la vigilancia electoral realizada por esta Asociación Plataforma Elecciones Transparentes (APET).
Según ha denunciado ayer 12 de noviembre el abogado Rudy Giuliani, exalcalde de Nueva York, la empresa Dominion, señalada como responsable de la manipulación telemática de los resultados, si bien está situada en Canadá, en realidad ha sido creada con la colaboración de INDRA desde la empresa venezolana Smartmatic.
Y, no solo eso, sino que el hackeo se ha realizado desde Barcelona.
La gravedad de estas declaraciones pone al Gobierno español contra las cuerdas, puesto que el fraude se ha realizado desde suelo español y, además, con la intervención de las empresas Indra y Scytl, que fueron contratadas de forma ilegal por Pedro Sánchez para realizar el tratamiento informático en las elecciones generales españolas celebradas los días 28 de abril y 10 de noviembre de 2019, la primera, y autonómicas de 26 de mayo de 2019, la segunda.
Según una reciente orden ejecutiva firmada por Donald Trump estaríamos, tal vez, a un paso de un casus belli, por haber entrado el gobierno de Pedro Sánchez en un ataque a la seguridad nacional estadounidense.
Las elecciones de los E.E.U.U. están siendo cuestionadas en los tribunales federales y la Corte Suprema por la sospecha de los siguientes delitos:
– Fraude masivo del voto por correo desde las mismas oficinas de Correos (USPS) con jefes de las oficinas obligando a los empleados a antedatar los votos por correo y otras manipulaciones
– Manipulación del censo electoral, con votantes ilegales, bien ya fallecidos, que votan dos o tres veces, que lo hacen en varios estados, etc.
– Destrucción de papeletas
– Papeletas falsificadas. En E.E.U.U. las papeletas son diferentes, son documentos de dos hojas en el que se reflejan no sólo los votos a presidente, senadores, diputados, alcaldes, sino también los datos del votante, por tanto, es un documento oficial impreso por el Gobierno federal y se conservan como nosotros conservamos las actas de escrutinio de las mesas.
– Utilización de un bolígrafo cuya tinta desaparece al cabo de un tiempo, lo que acaba convirtiendo el voto en voto nulo
– Prohibición a los vigilantes electorales (apoderados) designados por el partido Republicano de asistir a los escrutinios en los colegios electorales, obligándoles a salir con la colaboración de agentes de la policía local.
– Hackeo de los resultados por un sistema informático en el que está implicada la empresa catalana SCYTL.
Todos estos datos demuestran que el fraude ha sido multifactorial, tal y como la APET lleva constatando desde que en julio de 2019 interpuso su primera denuncia ante la Audiencia Nacional.
Similares delitos son precisamente los que la Asociación ha constatado y denunciado ante los tribunales en más de 12 ocasiones, por las irregularidades cometidas en las elecciones del 28 de abril y 10 de noviembre de 2019, con la diferencia de que, en España, el fraude electoral culmina, tres días después de las elecciones, con la no realización del Escrutinio General en las Juntas Electorales Provinciales donde, bajo la responsabilidad de los magistrados y jueces que forman parte de ellas y con la aquiescencia de los representantes de todos de los partidos políticos allí presentes.
No se realiza el escrutinio general tal y como ordena la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) en sus artículos 103 a 108, ambos inclusive, sino que se da por válido el “resultado provisional” obtenido por el sistema informático utilizado por las empresas Indra o Scytl el mismo día de las elecciones.
En nombre de los miembros de esta Asociación ciudadana, su Junta Directiva ha acordado hacer público mediante este comunicado de prensa nuestro deseo de que los acontecimientos que se están viviendo en E.E.U.U. sirvan para abrir en España un debate en el Congreso de los Diputados, que se retransmita por los medios de comunicación y las redes sociales, con el fin de estudiar todos los defectos del proceso electoral español para impedir que vuelvan a cometerse los mismo fraudes que llevan realizándose en los sucesivos comicios españoles, al menos desde el año 2000, tal y como reconoció el magistrado que presidía la Junta Electoral Provincial de Sevilla al dictar la resolución de 2015 recaída en el expediente 334/26, donde se reconocía que el Escrutinio General no se realiza en ninguna Junta Electoral Provincial “desde al menos el año 2000”, tal y como dispone la LOREG, porque “ningún partido político lo había reclamado”.
Así mismo, invitamos a los partidos políticos que consideren de suma importancia el Derecho al Sufragio, amparado por el artículo 23 de nuestra Constitución, y apoyen las causas iniciadas por nuestra asociación en el Parlamento y en los Juzgados y Tribunales porque, con los graves incumplimientos de la ley que estamos evidenciando, no se puede considerar que vivamos en una verdadera democracia.
Al no respetarse lo dispuesto por las leyes electorales, se ha secuestrado la soberanía del pueblo español reconocida por el artículo 1.2 de la Constitución. Por tanto, esa realidad cuestiona desde la raíz que en España exista una democracia real.
Consideramos que la voluntad ciudadana manifestada mediante el voto es un principio esencial en los estados democráticos y no respetarla comporta una traición a la Patria.
Fuentes sobre el fraude electoral en E.E.U.U.:
La abogada Sidney Powell, integrante del equipo legal del presidente Donald Trump, denuncia numerosas anomalías, como la destrucción de votos emitidos a favor de éste, la manipulación de boletas (papeletas) para favorecer al candidato demócrata Joe Biden, que podrían superar los 450.000 votos, el uso de algoritmos informáticos que invertirían los resultados del candidato republicano en favor del candidato demócrata, entre otros.
Noticias sobre las irregularidades detectadas en distintos distritos de Estados Unidos, que deberán ser probados en sede judicial para definir unos resultados reales.
• Votos de personas fallecidas
https://www.youtube.com/watch?v=NeXasvPFvRE&t=2s
• Electores registrados después de emitir su voto (Nevada) https://www.infowars.com/posts/report-illegal-nevada-voters-told-to-register-after-casting-ballots/
• Fallos informáticos del programa «Dominion» usado en 28 estados (Michigan): https://www.thegatewaypundit.com/2020/11/trump-attorney-manual-recounts-may-necessary-30-states-software-glitch-caught-erasing-6000-votes-donald-trump-just-one-county/
• Votos en ausencia rellenados de forma irregular por orden de la comisión electoral (Wisconsin):
https://www.infowars.com/posts/wisconsin-fraud-absentee-ballots-illegally-altered-under-elections-commission-order/
• Votos por correo llegados fuera de fecha antedatados por personal de servicio de correos (Pensilvania):
https://sputniknews.com/us-elections-2020/202011071081079041-usps-employee-goes-public-as-he-exposes-alleged-ballot-backdating-in-battleground-pennsylvania/
• Papeletas procesadas sin contar con las verificaciones previas necesarias (Nevada):
https://www.infowars.com/posts/nevada-whistleblower-says-he-witnessed-processing-of-illegitimate-votes/
• Trabajador social que presenta más de 130 votos de ancianos de una residencia:
https://www.dailywire.com/news/texas-charges-social-worker-with-134-felony-counts-involving-election-fraud
Marco legal electoral estadounidense
Si bien algunas impugnaciones y quejas relacionadas con las operaciones de votación pueden resolverse satisfactoriamente por medios administrativos antes de la declaración de los resultados electorales por parte del organismo de gestión electoral, cuando las partes agraviadas no estén satisfechas con tales medidas, es posible que puedan impugnar el resultado de una elección ante un tribunal. o un tribunal electoral especial designado legalmente. Es importante que dichos tribunales no estén indebidamente limitados en las direcciones y determinaciones que pueden tomar.
Los posibles resultados incluirían preferiblemente:
• confirmar el resultado de las elecciones
• determinar un resultado diferente
• ordenar que se anulen las elecciones y se celebren nuevas elecciones
• hacer que las órdenes sean vinculantes para los participantes de las elecciones, incluidos los administradores, candidatos y partidos.
En relación con el escrutinio de papeletas, también deben incluir facultades para ordenar que se excluyan determinadas papeletas antes incluidas en el escrutinio, o que se incluyan determinadas papeletas antes excluidas, y un nuevo resultado calculado por el organismo de gestión electoral.
Especificaciones legales
Los problemas que podrían presentarse ante los tribunales se dividen en dos categorías distintas:
• los que alegan infracciones de la ley penal o electoral por parte de individuos o grupos, pero que no impugnan los resultados de las elecciones.
• los que impugnan el resultado de las elecciones mediante presuntas infracciones de la ley electoral.
Es probable que el organismo de gestión electoral tenga acceso a una gama más amplia de datos sobre la elección que los denunciantes individuales.
Es mejor que los órganos judiciales tengan el poder de examinar todo el material electoral relevante, incluidas las boletas, las urnas y los sellos, las listas de votantes y los documentos de respaldo, los formularios electorales, los informes y registros de las mesas de votación.
En interés de la justicia y la transparencia, los denunciantes deben tener acceso, en condiciones de seguridad si es necesario, a copias originales o certificadas de dicho material en poder del organismo de gestión electoral.
https://www.eleccionestransparentes.org
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