CARLOS AURELIO CALDITO AUNIÓN.
Mi estimado Francisco Rubiales reclama hoy, 8 de septiembre, una ley de «responsabilidades políticas que castigue a los malos gobernantes».
Nos recuerda Francisco Rubiales que, hay ocasiones en las que los ciudadanos tienen la ocurrencia -terrible ocurrencia- de aupar al poder a gente malvada, psicópatas, mediocres… cometiendo un acto de suicidio, o casi. Y añade que, la actual España ha caído en las peores manos y en el momento más inoportuno; habiendo llegado la situación a ser tal que, los españoles en general, se sienten maltratados, expoliados y víctimas de una clase política deleznable…
Evidentemente, el amigo Francisco Rubiales afirma que los españoles no han estado muy acertados a la hora de elegir a quienes en estos momentos nos mal-gobiernan, y subraya que, son los partidos políticos (mejor habría que llamarlos cárteles mafiosos) los principales responsables presentando en sus listas, cuando los españoles son llamados a votar, a gente mediocre, sin preparación, sin ética y un largo etc. Y hace hincapié de forma reiterada en el malvado, de nombre Pedro Sánchez, que entre unos y otros han aupado a la presidencia del gobierno de España. «España está siendo hoy mal gobernada conducida sistemáticamente hacia el desastre, retrocediendo cada día en prosperidad, solvencia, justicia… valores… los que lo conocen de cerca, afirman que Pedro Sánchez es un arrogante y fatuo, como el gallo que creía que el Sol salía cada mañana para oírle cantar… y, añade del presidente del gobierno social-comunista que vive en una situación de lujo ostentoso, con todo pagado y rodeado de palmeros y bufones que han hecho de él un monstruo cegato y enmelado…»
Y, ante la situación de peligro de quiebra total, a la que está llegando España, debido a la manifiesta incapacidad de la «clase política» que hoy ocupa el poder, propone que se apruebe, con extrema urgencia, una ley que castigue a los canallas que se han adueñado del Estado Español, y se han apropiado de los tres poderes: ejecutivo, judicial y legislativo; aparte de los denominados «medios de información» a los que riegan generosamente con dinero de los contribuyentes, obviamente para que hagan de trovadores, elogien sus ocurrencias, al tiempo que «crean opinión» favorable a los capos mafiosos que nos mal-gobiernan y manipulan a las masas que, cada día que pasa están más embrutecidas e infantilizadas…
Lo que plantea en su artículo Francisco Rubiales, está en la dirección de lo que yo vengo proponiendo hace ya mucho tiempo: Reinstaurar los Jucios de Residencia, una institución jurídica que tuvo gran importancia en la gestión política, la supervisión y el control de los empleados públicos, a lo largo de los siglos, que desempeñaban sus funciones tanto en España como en el resto de los territorios del Imperio Español.
El juicio de residencia era propio del derecho castellano, aunque, al parecer, su origen estaba en el derecho romano tardío, fue introducido por Alfonso X el Sabio en las Partidas.
El Juicio de Residencia era un procedimiento para el control de los funcionarios de la Corona española, cuyo objetivo era revisar la conducta de los funcionarios públicos tanto de este lado del Atlántico como de las provincias de ultramar, verificar si las quejas en su contra eran ciertas, la honradez en el desempeño del cargo, y en caso de comprobarse tales faltas se les apartaba o se les imponían sanciones… Eran sometidos a él todos los que hubiesen desempeñado un oficio por delegación de los Monarcas.
Inicialmente se aplicaba sólo a los jueces, que deberían de permanecer en el lugar en el que habían ejercido su cargo durante cincuenta días, para responder a las reclamaciones que le plantearan los ciudadanos que se consideraban perjudicados por ellos.
A partir del año 1308, se someten a él todos los «oficiales» del rey. Se consolidó a partir de Las Cortes de Toledo de 1480, así como en la Pragmática posterior de 1500 . Tenían que someterse a él desde los Virreyes, Gobernadores y capitanes generales hasta corregidores, jueces (oidores y magistrados), alcaldes y otros. Se realizaban al finalizar el mandato para el cual habían sido nombrados, para evitar los abusos y desmanes de los gestores de la administración pública.
El jesuita Pedro Ribadeneyra (1526-1611), uno de los preferidos de S. Ignacio de Loyola, en su «Tratado de la religión y virtudes que debe tener el Príncipe cristiano para gobernar sus estados», expresa, refiriéndose al Juicio de Residencia: “…porque cuando no se oyen las justas quejas de los vasallos contra los gobernadores, además del cargo de conciencia, los mismos gobernadores se hacen más absolutos y los vasallos viendo que no son desagraviados ni oídos entran en desesperación”.
Los funcionarios públicos, una vez terminado el perido de tiempo para el que habían sido elegidos, no podían abandonar el lugar en el que habían estado ejerciendo sus funciones, hasta haber sido absueltos o condenados. Una parte de su salario se les retenía para garantizar que pagarían las multas si las hubiere.
Es muy importante prestar atención a esta última condición, ya que, en prevención del resultado del proceso, y en caso de que el funcionario público, o cargo electo, acabara resultando culpable y tuviese que pagar la sanción pecuniaria que le correspondiese, el tribunal sentenciador dispondría de la cantidad de dinero suficiente para satisfacer la pena que se le impusiera.
Muchos de los funcionarios esperaban con verdadero deseo que, al final de su mandato, llegase este momento, ya que si lo habían ejercido con honradez y ecuanimidad podrían aumentar su prestigio y ser promovidos para puestos superiores.
Evidentementes, cualquier cargo electo o empleado públicos sabía sobradamente que, más tarde o más temprano habría de somerterse a un «juicio de residencia», cuando finalizase su mandato. Es más, si habían sido fieles cumplidores de su deber, lo deseaban.
Otro instrumento disuasorio, aparte del Juicio de Residencia, utilizado para frenar la corrupción y perseguir y sancionar a los corruptos era la «visita» que, comprendía una inspección pública o secreta del desempeño de ciertas autoridades para detectar el grado de cumplimiento de sus funciones, y en caso de ser deficientes se les podía reprender o suspender,…
Volviendo al Juicio de Residencia, también es importante señalar que, el residenciado tampoco podía ocupar otro cargo hasta que finalizase el procedimiento.
Una vez finalizado el periodo del mandato, se procedía a analizar con todo detenimiento las pruebas documentales y la convocación de testigos, con el fin de que toda la comunidad participase y conociese el expediente que se incoaba, el grado de cumplimiento de las órdenes reales, y su comportamiento al frente del oficio desempeñado.
El Juez llevaba a cabo la compilación de pruebas en el mismo lugar de la residencia, y era el responsable de llevar y efectuar las entrevistas.
Este juicio era un acto público que se difundía los cuatro vientos para que toda la sociedad lo conociese y pudiese participar en el mismo. El juicio de residencia se comunicaba a los vecinos con pregones, y se convocaba a todos aquellos que se considerasen agraviados, por el procesado.
Se componía de dos fases: una secreta y otra pública.
En la primera se inquiría de oficio la conducta del enjuiciado, y se interrogaba de manera confidencial a un grupo de testigos, se examinaban los documentos y se visitaba la cárcel.
En la segunda, los vecinos interesados podían presentar todo tipo de querellas y demandas contra los encausados que se tendrían que defender de todas las acusaciones que se hubiesen presentado en las dos etapas del proceso.
Según fuese la importancia de los delitos, se castigaban con multas, confiscaciones de bienes, cárcel y la incapacitación para volver a ocupar funciones públicas. Generalmente, las penas que más se imponían era multas económicas junto a la inhabilitación temporal y perpetua en el ejercicio de cargo público.
Los Juicios de Residencia fueron una herramienta poderosísima y redujeron enormemente la corrupción y los abusos que, seguramente se habrían cometido sin ellos.
Famosos fueron los juicios de residencia contra Cristóbal Colón, Hernán Cortés, Pedro de Alvarado y otros muchos más. Nadie estaba libre de ser enjuiciado.
Los juicios de residencia funcionaron hasta que fueron derogados por las Cortes de Cádiz de 1812.
Sorprende especilamente que, fueran los liberales los que eliminaron una herramienta tan potente para el control de las corruptelas y abusos políticos de los gobernantes. Indudablemente, sólo cabe pensar que les incomodaba tremendamente…
Respecto de lo que vengo hablando, no cabe duda de que «cualquier tiempo pasado fue mejor».
Por supuesto, la reinstauración de los juicios de residencia debería ir acompañado de otras acciones, como las que cito a continuación:
Estas circunstancias son las que favorecen que sus ciudadanos y sus empresas prosperen sin parar. Los suizos tienen muy claro que es la iniciativa privada la que crea riqueza y puestos de trabajo y que, la nación y sus ciudadanos prosperan cuando los recursos están en manos de la gente y no en manos de un gobierno. Para lo cual, no se olvide, es imprescindible que el país posea un alto grado de estabilidad y de seguridad jurídica, la única manera de atraer inversiones de todo tipo.
Otro asunto de especial importancia es que, Suiza es el país europedo con menor número de empleados públicos que apenas llega al 10% de la población activa… En España se acerca al 20% y en algunas regiones, como Extremadura, hace ya mucho que se superó la cifra del 25%, con alrededor de un millón de habitantes, existen más de 100.000 personas que trabajan para la Administración Pública, uno de cada cuatro adultos con empleo.
Olvidaba decir que, ningún cargo electo suizo vive de la política. Sus tareas legislativas se retribuyen con dietas, por la asistencia a las sesiones de las cámaras federal, cantonal o municipal. Salvo los ministros, nadie cobra en Suiza un sueldo, ni desempeña en exclusiva labores representativas, tareas que, raramente alcanzan dedicación superior a la mitad de una jornada laboral normal.
En Suiza, la nación con democracia representativa que lidera los principales índices de progreso social y económico del planeta, diputados y senadores han de contar con su propio trabajo para sobrevivir, al no existir políticos profesionales.
Por otro lado, este régimen de representación facilita el acceso a la vida pública de los ciudadanos que tienen vocación de servicio a la comunidad y que no pueden permitirse el lujo de abandonar del todo sus trabajos habituales. Además, todo ello brinda la oportunidad, tanto a los electores como a las diversas agrupaciones políticas, de confeccionar listas abiertas, con candidatos que, demuestran a diario en su ejercicio profesional, experiencia, méritos y condiciones apropiadas para contribuir a la gobernabilidad de un territorio.
Sería maravilloso trasladar ese esquema a España, el país con mayor número de cargos -y cargas- públicos de Europa. Pero, por el contrario, en España existe la opinión de que los políticos deben ser «profesionales» y vivir exclusivamente de lo que perciban por ejercer su cargo; esa es la razón por la cual, de vez en cuando se resucita del discurso aquel de las dichosas «puertas giratorias», que lleva implícito la la idea de que, no es moralmente admisible que un cargo electo pueda luego, tras marcharse, utilizar su presencia en la política como un trampolín para conseguir una mejor colocación.
No cabe duda de que Suiza es buen ejemplo a seguir, para conseguir que la democracia liberal no sea cara, grabosa para el ciudadano, y sobre todo se ajuste a un gasto razonable. Y, aparte de ello, también sería una oportunidad para emprender la cirugía regeneradora de la que está urgentemente necesitada España, de manera que la «res pública» esté gestionada por personas que aspiran a servir a los ciudadanos y no a servirse, a parasitar de ellos.
Pero, si algo hay especialmente destacable es que, ningún cargo electo suizo vive de la política. Sus tareas legislativas se retribuyen con dietas, por la asistencia a las sesiones de las cámaras federal, cantonal o municipal. Salvo los ministros, nadie cobra en Suiza un sueldo, ni desempeña en exclusiva labores representativas, tareas que, raramente alcanzan dedicación superior a la mitad de una jornada laboral normal.
En Suiza, la nación con democracia representativa que lidera los principales índices de progreso social y económico del planeta, diputados y senadores han de contar con su propio trabajo para sobrevivir, al no existir políticos profesionales.
Por otro lado, este régimen de representación facilita el acceso a la vida pública de los ciudadanos que tienen vocación de servicio a la comunidad y que no pueden permitirse el lujo de abandonar del todo sus trabajos habituales. Además, todo ello brinda la oportunidad, tanto a los electores como a las diversas agrupaciones políticas, de confeccionar listas abiertas, con candidatos que, demuestran a diario en su ejercicio profesional, experiencia, méritos y condiciones apropiadas para contribuir a la gobernabilidad de un territorio.
Sería maravilloso trasladar ese esquema a España, el país con mayor número de cargos -y cargas- públicos de Europa. Pero, por el contrario, en España existe la opinión de que los políticos deben ser «profesionales» y vivir exclusivamente de lo que perciban por ejercer su cargo; esa es la razón por la cual, de vez en cuando se resucita del discurso aquel de las dichosas «puertas giratorias», que lleva implícito la la idea de que, no es moralmente admisible que un cargo electo pueda luego, tras marcharse, utilizar su presencia en la política como un trampolín para conseguir una mejor colocación.
No cabe duda de que Suiza es buen ejemplo a seguir, para conseguir que la democracia liberal no sea cara, grabosa para el ciudadano, y sobre todo se ajuste a un gasto razonable. Y, aparte de ello, también sería una oportunidad para emprender la cirugía regeneradora de la que está urgentemente necesitada España, de manera que la «res pública» esté gestionada por personas que aspiran a servir a los ciudadanos y no a servirse, a parasitar de ellos.
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