CARLOS AURELIO CALDITO AUNIÓN
Les voy a contar una sabrosa anécdota que me ocurrió los días 21 y 22 de febrero de 2005:
Asistí junto con otro compañero de la Asociación de Padres y Madres Separados de Extremadura (de la cual yo fui fundador), a unas jornadas organizadas por la UNED (Universidad Nacional de Educación a Distancia) con formato de conferencia-coloquio, con el título de “Jornadas sobre violencia de género y doméstica” que tuvieron lugar en Mérida, capital de la Taifa del Suroeste…
No se olvide que, el Congreso de los Diputados de España acababa de aprobar, hacías dos meses, la «ley de violencia de género», de 28 de diciembre de 2004 (Día de los Santos Inocentes en el santoral católico).
En las mencionadas jornadas es importante destacar que estuvieron presentes como ponentes D. Julio Márquez de Prado (Presidente de Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, fallecido recientemente) Montserrat Comas, Presidenta por entonces del Observatorio de la “Violencia de Género”, el Magistrado del Tribunal Supremo y antiguo Fiscal General del Estado, D. Carlos Granados y la segunda de a bordo de la Fiscalía General del Estado (dirigida en aquel momento por el prestigioso jurista Sr. Cándido Conde-Pumpido, hoy miembro del Tribunal Constitucional de España).
Durante los dos días el salón de actos del centro de la UNED en Mérida estuvo especialmente concurrido, casi abarrotado por gente del mundo del derecho, funcionarios del Ministerio de Justicia, psicólogos, policías, y hubo una importante presencia de “feministas” de Extremadura.
Tras la intervención de tan destacados ponentes, empezando por Doña Montserrat Comas, presidenta del Observatorio de la Violencia de “Género” del Consejo General del Poder Judicial, miembro de Jueces para la Democracia y de la Asociación de Mujeres Juristas “Themis”, cada vez que se daba la oportunidad de intervenir al público; una vez tras otra, tomé la palabra y formulé las mismas preguntas e hice las mismas reflexiones. Lo cual acabó causando un enorme malestar a los ponentes, así como al director del Centro de la UNED en Mérida.
– ¿Por qué no se habla nunca de que España ocupa uno de los últimos lugares de los países de la Unión Europea en las estadísticas referidas a violencia intrafamiliar? Por cierto, son los países supuestamente más civilizados los que tienen el “honor” de ocupar los primeros lugares: Gran Bretaña, Suecia, Dinamarca, Alemania…
– ¿Por qué solamente hablan de la violencia ejercida sobre las mujeres y nunca o casi nunca sobre los ancianos, de los niños, y mucho menos cuando las víctimas son varones adultos?
– ¿Por qué no hablan del enorme número de varones que inmersos en procesos de separación y divorcio, acaban suicidándose? Durante el año 2003 fueron más de 400 en España, y el año siguiente los suicidios fueron más de 600, siendo las cifras de suicidios de mujeres absolutamente anecdóticas… En la actualidad, la cifra de varones empujados al suicidio, tras ser desahuciados, repudiados y alejados de sus hijos supera el millar cada año.
– ¿Por qué ocultan los datos de denuncias falsas (contra varones) por malos tratos y abusos? Y lo más preocupante e importante ¿Qué pretenden hacer para evitarlas y procurar que no queden sin castigo?
– ¿Qué opinan ustedes de que la aplicación de la legislación relativa a “violencia de género”, órdenes de alejamiento y de protección, etc. suponga la conculcación de preceptos constitucionales como el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho a un juicio justo, a la presunción de inocencia, el derecho a no ser discriminado por razón de sexo u otra circunstancia personal, etc.?
¿Por qué se oculta de manera premeditada que el maltrato a los ancianos y a los menores -de ambos sexos- es causado por mujeres en más de un 60% de los casos?
– ¿Qué nos pueden ustedes contar acerca del Síndrome de Alienación Parental y otras formas de maltrato a los menores, presentes cada vez más en los procesos de ruptura de pareja y que en el caso del SAP, según los expertos, supera ya más del cuarenta por ciento de las rupturas matrimoniales cuando se dan disputas por custodias de menores?
También, en todas mis intervenciones di lectura a estadísticas del Ministerio del Interior, de la Asociación Unificada de la Guardia Civil y otras no coincidentes con los datos del Observatorio Nacional de la Violencia Doméstica y del Género del Consejo General del Poder Judicial, presidido por la Juez Montserrat Comas. En ninguna de las ocasiones se me contestó a mis preguntas (a veces se salieron por la tangente) y nadie pudo rebatir las estadísticas a las que hice referencia…
Durante los descansos, entre ponente y ponente, nadie se atrevía a acercarse a mí y a mi compañero de asociación y casi todo el mundo guardaba una importante distancia física de nosotros cuando estábamos en el hall de entrada… Como si fuéramos apestados; e incluso, gente que nos conocía, se mantenía también distante, para evitar que se les identificara con nosotros…
Ya al final de las jornadas hubo algunas, muy poquitas, personas que vencieron el miedo y se nos acercaron en algún bar fuera del Centro de la UNED. Durante los días siguientes, meses incluso, hubo gente, mucha gente: abogados, procuradores, psicólogos, policías que de forma privada se me acercaron y me dijeron cosas como “ya era hora de que alguien se atreva a decir lo que tú dijiste en las jornadas de Mérida…” (Huelgan comentarios)
¿De veras es creíble que cuando un hombre –porque la versión oficial y socialmente correcta solo habla de los varones como los únicos que recurren a la violencia- se rebaja, se envilece hasta tal punto de que se transforma en un monstruo capaz de acabar con la vida de su compañera, esposa, novia, amiga, amante, o ex amante, o ex esposa… se debe a la Historia y a la Cultura, y es resultado de las relaciones de poder, de dominio, y de posesión que han ejercido secularmente los hombres sobre las mujeres, y que todo ello los lleva a no aceptar que las mujeres ocupen espacios que antes no se les permitía?
Generalmente en no más del 35% de los crímenes violentos las víctimas son mujeres; pese a ello, el Parlamento ha legislado una normativa especial para castigar «la violencia contra las mujeres» como si ésta fuera un crimen más horrendo que el de «la violencia contra los hombres». Es absolutamente una necedad, una idea delirante, un insulto a la inteligencia, que haya quienes afirmen que las mujeres no son proclives a la violencia (también afirman que poseen superioridad moral respecto del hombre…) y que el recurso a la violencia es algo propio de la identidad masculina. Es absolutamente increíble que sólo se hable de la violencia que los varones ejercen sobre las mujeres, que se la compare con el terrorismo o cosas parecidas, y que todo ello haya llevado a que el Poder Legislativo haya creado tribunales especiales para juzgar exclusivamente a hombres, que se hayan creado normas que violan el derecho constitucional a la presunción de inocencia (por supuesto cuando se trata de un hombre) el derecho a un juicio justo y con todas las garantías legales, o que si dos personas cometen el mismo delito sean castigadas de manera diferente si se trata de un hombre o una mujer. Es realmente alucinante que el propio Ministerio de Justicia reconozca, que todo ello ha llevado a un aumento descomunal de las denuncias falsas por maltrato por parte de mujeres inmersas en procesos de ruptura de pareja, con la intención única de obtener ventajas procesales en los pleitos por custodia de los hijos y las disputas por cuestiones patrimoniales; y lo más grave: que se diga que esto es un daño soportable…
¡HACE YA MUCHO TIEMPO QUE SE SUPERÓ LA CIFRA DE DOS MILLONES DE HOMBRES DENUNCIADOS FALSAMENTE POR SUS ESPOSAS, NOVIAS, EXCOMPAÑERAS…!
Volvamos al título de mi artículo, al dogma feminista de género que afirma que las mujeres son un dechado de virtudes, la personificación de la bonhomía, que nunca mienten y nunca pretenden causar daño a nadie ya que son unas benditas pacifistas, seguidoras todas, sin excepción, de Mahatma Ghandi; y como consecuencia solo los hombres practican el terrible, el horroroso vicio de la mendacidad.
Empecemos mostrando una de las muchas “joyas de la jurisprudencia”: “Los hechos han quedado acreditados por la declaración de la denunciante, por lo que a pesar de las manifestaciones que hace el denunciado, de no encontrarse en Valencia cuando ocurrieron los hechos, resulta más convincente la declaración de la denunciante, la cual es totalmente coherente con la declaración en el Juzgado y en la Comisaría. Así mismo, no existe razón para interponer la denuncia si los hechos no hubieran ocurrido”. Sentencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, número 3 de Valencia, de 11 de febrero de 2013, mediante la cual se condena al denunciado a cuatro días de arresto domiciliario (cuatro días de “localización permanente”, según la jerga judicial) como autor de “una falta de vejaciones injustas” (hemos de suponer que al entender de la magistrada-juez, existen “vejaciones justas”)
Una de las primeras conclusiones que se sacan, tras la lectura del texto es que, quienes han tenido la triste suerte de nacer con pene, en España, son ciudadanos de segunda categoría, a los que se les aplica por sistema la “presunción de culpabilidad”.
En segundo lugar, en la “argumentación de la magistrada-juez” (fundamentos de derecho lo llaman, gracioso y perverso eufemismo…) subyace la idea de que las mujeres nunca mienten, pues: ¿Qué razón habría para que una mujer denuncie a un hombre, si los hechos denunciados no fueran ciertos?
Al entender de la señora magistrada-juez, las mujeres nunca denuncian falsamente. Las mujeres –ese es el mensaje implícito en las argumentaciones de la magistrada- siempre dicen la verdad, y por tanto es absolutamente impensable que denuncien a su esposo, novio, compañero, falsamente, con intención de causarle algún daño, o cosas parecidas.
Insisto, eso de los embustes es cosa de la condición masculina. ¡Ojo! éste no es un caso excepcional, marginal, es la práctica diaria en los juzgados conocidos como “de violencia de género”, es más así lo ordena la jurisprudencia del Tribunal Supremo:
La Jurisprudencia del Tribunal Supremo de España, en Sentencias de 29-4-1999, 25-4-2000, 24-6-2000, y 7-7-2000, afirma sin tapujos, y sin rubor de clase alguna:
“El testimonio de la víctima, aunque no haya otros testigos del hecho delictivo, puede ser en estos casos suficiente para fundamentar una condena y desvirtuar la presunción de inocencia”.
Y tal como señala expresamente la sentencia del mismo tribunal, de 24 de junio de 2000 -NADIE HA DE SUFRIR EL PERJUICIO DE QUE EL SUCESO QUE MOTIVA EL PROCEDIMIENTO PENAL SE DESARROLLE EN LA INTIMIDAD ENTRE LA VICTIMA Y EL INCULPADO, DADO QUE, EN OTRO CASO, SE PROVOCARIA LA MAS ABSOLUTA DE LAS IMPUNIDADES.”
A partir de entonces se dio por muerto el derecho constitucional a la presunción de inocencia para la mitad de la población española, aquellos ciudadanos que vienen a este mundo con algo colgando entre las piernas.
Pues sí, lo más perverso, siguiendo las directrices del Tribunal Supremo es que en caso de discrepancias entre la versión de un hombre y una mujer, siempre se darán por veraces las palabras de la denunciante, por ser lo dicho ante la juez, coincidente con lo manifestado anteriormente en la Comisaría de Policía. La magistrada-juez lo denomina “coherencia”. Y, añade su señoría que “pese a lo manifestado por el denunciado, le resulta más convincente lo dicho por la denunciante”. La pregunta obligada es ¿Por qué?
La única conclusión a la que uno puede llegar es que estas señoras jueces, y sus colegas varones, tienen dotes de adivinación que les permiten viajar en el tiempo y comprobar lo realmente sucedido en el lugar y en el momento, descrito por una mujer que denuncia a su compañero, por haberle infligido –supuestamente- alguna clase de maltrato, de las que se prevé en la denominada “ley integral contra la violencia de género”.
El repertorio de acciones masculinas calificables como “violencia de género” incluye desde proferir palabras soeces o malsonantes, tales como “vete a la mierda”, “que te follen”; o expeler una ventosidad, zarandear a una mujer, empujarla… hasta ejercer violencia física, puntualmente, o de manera ocasional, o el “cajón de sastre” donde todo cabe, y que nombran como “violencia psíquica” (lo común es que lo llamen violencia “psicológica”, que se supone que debería significar la “violencia que ejercen los psicólogos”).
Pero, como comprenderán, lo que cuente una mujer ante el Juez, la Policía, o la Guardia Civil, dependerá del daño que pretenda infligirle a su compañero, o lo que le haya aconsejado su abogado que cuente… Da igual si es o no verdad, pues siempre –salvo honrosas excepciones- se encontrará con una juez, o un juez que dé por ciertas sus afirmaciones y considere inciertas las del denunciado. Otras veces contará con el apoyo entusiasta del Equipo Técnico Psicosocial adscrito a los juzgados de violencia de género, que certificará que la mujer posee todos los rasgos de mujer maltratada, y su compañero de un cruel abusador… y si no, todavía queda la valiosa colaboración –también entusiasta- de algún médico, o médico forense.
Otro factor que debe tenerse en cuenta, ingrediente necesario en esta enorme tragicomedia, es la intervención de los “abogados del turno de oficio de género”, algunos de los cuales harán todo lo posible por convencer al denunciado de que firme una sentencia “de conformidad”, por sugerencia de la fiscalía, si quiere salir de aquello que llaman “palacio de justicia” cuanto antes, y con una sanción leve, pues está perdido irremediablemente, diga lo que diga… Lo cual suele ocurrir en múltiples ocasiones, pues ya ha habido antes otro ingrediente, de especial importancia: cuando un hombre es denunciado por supuestos malos tratos a su compañera, es detenido y encarcelado en los calabozos de la Guardia Civil, o de la Policía, saltándose todas las normas legales, tales como el derecho al “recurso de habeas corpus”; y si la detención se efectúa el viernes, es seguro que el hombre pasará todo el fin de semana en el calabozo, y será puesto a disposición del juez (en algunos casos ni eso) el lunes siguiente. En esos casos, hacer que el detenido firme lo que se le ponga por delante, y se declare culpable de un delito que no ha cometido, está “chupado”. Por supuesto, los abogados canallas (que haberlos haylos) normalmente tienen un lapsus de memoria y no le cuentan al denunciado que al firmar la sentencia “de conformidad” renuncian a cualquier posibilidad de recurso.
Y algunos se preguntarán: ¿Qué ocurre en los casos en los que los embustes son de tal magnitud que, la falsaria se contradice y se sale de ojo? Pues muy sencillo, para evitar que el perjudicado pueda reclamar alguna compensación, la juez, o el juez de turno decretarán su absolución “por falta de pruebas”, que no es lo mismo que declararlo inocente.
En todos los Juzgados de Violencia de “Género” se considera que las denuncias de una mujer -o de un menor- por malos tratos o abusos siempre son veraces. Según “los expertos” ninguna mujer ni ningún niño miente en estos casos. Y quien piense lo contrario es que se está dejando llevar por vicios o estereotipos machistas y patriarcales. Es más, no creer a la mujer o al menor es “re-victimizarlos”.
Cuesta creer que gente seria e instruida pueda manifestar semejantes insensateces. Pero lo peor de todo es que muchísima gente, temerosa de la versión oficial, “canónica”, políticamente correcta, lo ha acabado creyendo o diciendo que lo cree.
Es relativamente frecuente que los jueces, atemorizados por la perspectiva “canónica” y por el enorme poder de sus acólitos, el feminismo de género, también nombrado como “feminazismo” y «femiestalinismo», dicten de forma especialmente precipitada medidas cautelares, impidiendo al supuesto padre abusador o maltratador el contacto con su hijo o hija (en algunos juzgados se llega a conceder el cien por cien de las peticiones de órdenes de alejamiento para supuestos esposos maltratadores); a riesgo, claro está, de que posteriormente se descubra que el alejamiento era injusto y que éste era el propósito de la madre denunciante.
Ocurre, desgraciadamente, que meses o años de incomunicación desembocan en rupturas de los lazos entre padres e hijos o alejamientos de por vida… La parentectomía está servida:
– Por lo general al padre no se le suele escuchar nunca. Los “expertos” ya lo han condenado anticipadamente.
– Las sentencias nunca son enmendables, la versión “canónica” sostiene que los maltratadores nunca confiesan culpa alguna, y que cuando lo hacen y muestran arrepentimiento siempre mienten… Si confiesa es un maltratador, si no también, pues está mintiendo…
– Si el padre tiene “mala fama” en otros ámbitos de su vida cotidiana (trabajo, ocio, familia de origen, etc.) ello corrobora la denuncia. Y si no también, pues la versión canónica dice que los maltratadores suelen ser “buenos ciudadanos y aparentemente gente corriente”.
Se están contradiciendo principios básicos del derecho civil y penal, se está conculcando el derecho constitucional a la presunción de inocencia, se está denegando a un alto porcentaje de la población –la mitad exactamente- el derecho a un juicio justo.
Hay que sospechar, o algo más que sospechar, que hay demasiados inocentes presos, hijos huérfanos, etc. por causa de la “ideología de género”.
Gran cantidad de denuncias por malos tratos (de toda clase) “curiosamente” salen frecuentemente de algunos despachos de abogados y abogadas muy relacionados con la Asociación de Mujeres Juristas Themis, Mujeres Progresista y “asociaciones de mujeres” similares, y también íntimamente relacionadas con las “casas de la mujer”.
Las secuelas de la “Ley Integral contra la Violencia de Género” son tan destructivas como para que, afortunadamente se estén levantando voces de personas suficientemente lúcidas y experimentadas pidiendo sensatez y cordura en este ámbito, para que se derogue tan perversa ley anti-hombre, y anti-familias, y para que se aborden todas las formas de violencia intrafamiliar: de hombre a mujer, de mujer a hombre, de padres a hijos, de hijos a padres, e incluso de nietos a abuelos… Esto sería posible si se deja a un lado la instrumentalización política y el exhibicionismo actuales…
Y mientras ese día llega, hay que exigir que se aplique la ley, con rotundidad, con contundencia a las falsarias para liberar pronto y definitivamente a quien la denunciante ha tratado de enredar falsamente, perjudicar y complicar con sus maliciosas acusaciones, incluso debería combatirse la falsedad con ejemplares condenas en costas y actos de desagravio en público, hasta la plena satisfacción de la víctima, cosa que casi nunca en España–por desgracia- se hace.
Todo ello nos lleva a una reflexión: ¿A QUIÉNES BENEFICIA TODO ESTO?
El Ministerio que, ahora dirige la consorte del estalinista Pablo Iglesias Turrión, subvenciona con carácter ordinario o extraordinario a Asociaciones que se dedican a los “temas de la mujer”: se financian puntos de encuentro, casas de acogida, “acciones formativas”, supuestos “planes de igualdad”, “seminarios”, “simposios”,…Y, ¡¡qué casualidad!! Suelen coincidir los órganos de gobierno de determinadas “asociaciones” con las-los titulares de los determinados bufetes de abogados, psicólogos, que ¡¡será casualidad!! Consiguen un enorme éxito en las solicitudes de órdenes de protección-alejamiento (de varones, por supuesto) que promueven en los tribunales… Todo ello genera un lucro inmenso, una ubre gigantesca…
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