Barbara Hermida
Un aparentemente sencillo trámite de divorcio y pensión de alimentos se ha convertido en un verdadero «expediente maldito» para su principal afectado. Y es que, más de 13 años después, el trámite sigue en los tribunales, siendo recientemente paralizado debido a la nueva abstención del magistrado sobre el que ha recaído el expediente.
Todo comenzaba en septiembre de 2006. Momento en el que el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Móstoles dictaba sentencia de divorcio entre Fabio y Julia (nombres ficticios). Divorcio en el que se fijó una pensión de alimentos para las dos hijas del matrimonio de 1.145 euros, a abonar mensualmente por el hombre.
Una pensión que se mantuvo hasta 2010, año en el que Fabio fue despedido. Siendo imposible para él mantener este pago de la pensión de alimentos, optó por interponer una demanda de modificación de medidas. En concreto, solicitando una reducción de la pensión a 300 euros.
Ello, debido a que el hombre aseguró «desconocer los ingresos que se iban a obtener del paro», siendo reciente el despido. Sin embargo, en el momento del proceso judicial, no todo salía según lo esperado por Fabio.
Y es que el abogado de su exmujer, y nueva pareja de la misma, intentaba que el SEPE se oficiara en el proceso, con la intención de que saliera a la luz lo que Fabio cobraría por el desempleo.
En concreto, por la capitalización del desempleo que había solicitado, en secreto, el afectado. Una cifra que, sin embargo, el abogado y nuevo novio de la exmujer de Fabio ya conocía.
«Sabían el dato concreto de la capitalización del paro que le ofrecería el SEPE», explica el abogado de Fabio, Ignacio Palomar Ruiz, socio director de Servilegal Abogados, a Confilegal.
Un dato que tenía en su poder el abogado de la mujer. Pero que el propio Fabio desconocía. Algo que hacía saltar todas las alarmas a la defensa del exmarido.
«Ante esto, metimos una denuncia administrativa por filtración de datos. Y la Administración abrió una inspección», declara el abogado a Confilegal.
Una investigación en la que se descubrió que se había accedido, desde diferentes ordenadores de la Dirección Provincial de Ávila, al expediente de la Seguridad Social de Fabio. Incluso, con las claves de una trabajadora que en ese momento se encontraba de vacaciones.
Momento en el que, a través de la investigación, se pudo conocer que fue la hermana de Julia, Carmen, la que llevó a cabo esta filtración de la información, siendo funcionaria interina del Servicio Público de Empleo Estatal.
«Realizó, sin estar autorizada para ello y sin justificación alguna, diversos accesos a los datos de Fabio». Accesos, realizados con sus claves, y con los de sus compañeras sin consentimiento, que coincidían en tiempo «con la actividad procesal en el procedimiento de modificación de medidas». Y que mostraban la intencionalidad de las hermanas y el abogado de «evitar que se disminuyera la pensión alimenticia».
Información obtenida de forma ilícita que, sin embargo, fue clave para que el Juzgado de Primera Instancia nº7 de Móstoles tomara la decisión de no conceder la reducción, después de conocerse la capitalización del desempleo de 19.000 euros que recibiría Fabio del SEPE.
Situación ante la que la defensa del hombre decidió interponer «una querella por revelación de secretos» contra las dos hermanas y el abogado. Ello, en el año 2009.
Sin embargo, el caso se mantuvo abierto durante años. Un retraso constante ante el que, finalmente, «el instructor reconoció haber perdido el expediente», tal y como explica Ignacio Palomar Ruiz. Algo que provocaba que se tuviera que realizar una reconstrucción de autos.
Proceso judicial que recaía en Móstoles. Lugar donde, sin embargo, se anulaba el proceso judicial, alegando que las competencias del caso debían recaer sobre la Audiencia Provincial de Madrid, habiéndose enviado a Móstoles «por error». Ello, debido a las altas penas solicitadas para los tres querellados.
En concreto, se les pedía una condena de 4 años de prisión por un delito de revelación de secretos. Algo a lo que se unía una multa de 24 meses con una cuota diaria de 15 euros. Una pena a la que, en el caso de Carmen, al ser trabajadora pública, se le sumaba una inhabilitación absoluta durante 12 años.
También, «en concepto de responsabilidad civil», y en respuesta conjunta, los 3 encausados deberían abonar una indemnización de 40.000 euros por los daños morales causados, así como «645 euros por la diferencia de la pensión alimenticia, al no haberse aplicado la reducción que correspondía». Unas penas que, sin embargo, no llegaron a producirse.
«En la Audiencia Provincial de Madrid se volvió a suspender. Entendieron que la competencia era de la Audiencia Provincial de Ávila», explica el letrado a Confilegal. Tiempo en el que el abogado, querellado y pareja de querellada, fallecía.
Un nuevo retraso al que, ahora, se suma un nuevo aplazamiento desde la Sección nº1 de la Audiencia Provincial de Ávila. Ello, debido a que el magistrado allí destinado, Antonio Dueñas Campo, presentaba este mes de junio de 2024 un auto de abstención.
«Dice que se abstiene porque él tomó declaración al testigo del caso», explica Palomar Ruiz. Algo que parece ser una nueva piedra en el camino para la resolución de este procedimiento, al cual el propio letrado ya bautiza como «expediente maldito», después de 13 años sin resolverse.
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