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Las mujeres nunca, NUNCA, mienten… y la violencia, como el coñac Soberano, es cosa de hombres…

El Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Ricardo Conde, ha acordado abrir una diligencia informativa al titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, Adolfo Carretero, a raíz de las denuncias recibidas por su interrogatorio a Elisa Mouliaá, en el marco de las diligencias previas abiertas tras la denuncia de la actriz contra el exdiputado de Sumar Íñigo Errejón.

La Unidad de Atención Ciudadana del CGPJ ha recibido, hasta el momento, más de 900 quejas y denuncias en relación con la actuación del magistrado tras la publicación en los medios de comunicación de la grabación de las declaraciones de la denunciante y del investigado el pasado jueves.

LA FORMA EN QUE RECOGEN LA NOTICIA LOS DIVERSOS MEDIOS DE INFORMACIÓN, CREADORES DE OPINIÓN Y MANIPULACIÓN DE MASAS, DA A ENTENDER CLARAMENTE QUE, CUANDO EXISTE UN GRAN NÚMERO DE PERSONAS QUE PIENSAN U OPINAN DE UNA DETERMINADA MANERA ES QUE «ESO» QUE PIENSAN ES CIERTO, VERAZ, CORRECTO… ESTAMOS HABLANDO DE UNA «FALACIA AD POPULUM».

 Una falacia ad populum tiene la siguiente estructura:

  • Para la mayoría, A es verdadero.
  • Por lo tanto, A es verdadero.
  • ¡Tanta gente no puede estar equivocada!
  • Ni que decir tiene que, cuando alguien utiliza esta forma de «argumentar» puede incurrir doblemente en falsedad, en mendacidad pues, generalmente quien recurre a su uso también suele empezar afirmando algo de lo que no posee prueba de ninguna clase: «todo el mundo sabe que… o … esto es lo que la sociedad desea… lo que toda la gente piensa y quiere…»

Durante el interrogatorio a la actriz, el magistrado Adolfo Carretero preguntó en varias ocasiones a Mouliaá si no le pidió a Errejón que parara. «¿Y no sería que usted sí quería algo con ese señor y al no corresponderle por eso ahora le denuncia por haberse reído de usted?», le preguntó sobre lo ocurrido la noche de septiembre de 2021 en la que presuntamente se produjo la agresión sexual por parte de Errejón que la actriz denuncia. Por la tardanza en presentar la denuncia.

«Estuve dándole vueltas, pero no me atrevía. Por miedo, porque tengo una hija», declaró Mouliaá entre lágrimas, y aseguró haber sacado fuerzas tras ver las denuncias anónimas de otras mujeres contra Errejón. «Me doy cuenta del psicópata que es. Dije ‘este tío es un hijo de puta», afirmó, a lo que Carretero le indicó: «Señora, está usted ante un tribunal. Lo de hijo de puta lo deja usted para la calle» …

«¿Le intento bajar a usted las bragas?»

El instructor también la interrogó acerca de que no incluyese en la denuncia que aquella noche estaba muy borracha. «Recuerdo que estaba muchísimo más ebria de lo normal, me daba vueltas todo, tengo lagunas», declaró ella. «Usted en la denuncia no lo dijo. ¿Estaba muy ebria seguro? preguntó de nuevo Carretero.

Respecto al momento en el que Errejón y la actriz entraron en una habitación en la fiesta de unos amigos, Mouliaá explicó que él la empujó contra la pared y el magistrado le preguntó entonces si le dijo que parara. «Estaba incomoda», contestó ella. «No, muy incómoda no. Decir ‘que me dejes en paz, que no me toques’. ¿Le dijo algo de eso?», repreguntó el instructor.

Repasando la denuncia, Carretero la interrogó: «(Errejón) se sacó el miembro viril. ¿Sabe usted para qué? “Supongo que para violentarme”, aclaró ella. «¿Pero le intentó bajar a usted las bragas? ¿Cuánto tiempo le estuvo chupando las tetas?», fue otra de sus preguntas.

La denunciante aseguró que a ella se le «hizo eterno» y que le pidió «que parara, que a una mujer se le pone cómoda» y que se estaba sintiendo «violentada». «Él paró porque yo me zafé», apuntó Mouliaá.

«Pero señora, si ese señor la tenía en la cama con la puerta cerrada y a él encima, ¿cómo se levanta y se va? ¿Forcejeó con él?», a lo que Mouliaá contestó que sí.

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, denunció el pasado lunes que el interrogatorio del juez a Mouliaá «revictimiza a las mujeres y las aleja de la denuncia».

La apertura de estas diligencias son un paso previo a decidir si abre o no expediente disciplinario.

El Observatorio rechaza la filtración de los vídeos de Mouliaá y Errejón

La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial, Esther Erice, emitió ayer un comunicado, que suscribe la vocal del Observatorio Esther Rojo, expresando su «rechazo a la filtración» de los vídeos de las comparecencias de Mouliaá y Errejón ante el titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, «máxime tratándose de un procedimiento seguido por violencia sexual».

Recordó «la especial protección que la ley otorga al derecho a la intimidad de las víctimas de este tipo de delitos, tal y como prevé el artículo 681.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

Además, señaló que estamos ante «un proceso en trámite respecto del que cualquier valoración podría constituir una intromisión en la función jurisdiccional del titular del órgano, cuyas actuaciones están sometidas al sistema de recursos», así como que «no consta la interposición de queja alguna ante este CGPJ por quienes están legitimados para ello».

La presidenta del Observatorio «confía en que medidas como la atribución del conocimiento de las causas por delito sexual a juzgados especializados y con formación específica que ha realizado la LO 1/2025 aporte una sustancial mejora en la instrucción y resolución de estos delitos».

Por supuesto, si a ÍÑIGO ERREJÓN lo hubieran obligado a comparecer en «juzgado de excepción», de los que se crearon a partir de la aprobación de la LVIOGEN, ley de violencia de «género» de 28 de diciembre de 2004 (hace veinte años), en lugar de un «juzgado ordinario» y se le hubiera aplicado el protocolo que las diversas policías utilizan en casos de denuncias por violencia, con o sin resultado de muerte; la mujer supuestamente violentada habría sido tratada con especial cordialidad, el juez no le habría formulado preguntas semejantes, ni puesto en cuestión la veracidad de su versión de los hechos… el juez le habría aplicado la presunción de veracidad, y a su supuesto agresor la presunción de mendacidad y de culpabilidad, etc. pues, en esos juzgados de excepción, en los que sólamente se juzga a los hombres, se aplica por sistema (incluso cuando se sale ojo que se trata de una denuncia falsa) el dogma femiestalinista degenerado que afirma que, «las mujeres nunca mienten… y la violencia, como el coñac Soberano es cosa -exclusiva- de hombres»…

Al final, es posible que ÍÑIGO ERREJÓN, tras recibir trato de favor pues, insisto, no ha comparecido ante un juzgado de violencia de «género» como el común de los mortales españoles que son denunciados por haber violentado a alguna mujer; acabe teniendo un juicio «justo» y no se le aplique la presunción de culpabilidad… claro que, no debe bajar la guardia pues, al tribuna siempre le cabrá la posibilidad de aplicar la jurisprudencia del Tribunal Supremo de España -el reino degenerado de igual-da – que afirma que en caso de que la mujer supuestamente violentada no aporte pruebas suficientes para contrarrestar la versión del hombre supuestamente victimario, se dará por veraz la versión de la mujer, y se considerará prueba suficiente para condenar al hombre… Y, no se olvide, aplicando la LVIOGEN de 28 de diciembre de 2004, será condenado más duramente, de forma más severa que si el ilícito penal fuera cometido por una mujer, se llame Elisa Mouliaá u otra cualquiera…

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Pero Grullo de Absurdistán

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