Alberto Ortín
El procedimiento judicial seguido en el caso de la expropiación del Recreativo a Pablo Comas difícilmente puede explicarse sin asumir que hubo lawfare.
Estéticamente, Pablo Comas lo tenía todo para ser tomado por un advenedizo al mundo del fútbol, una reencarnación de Jesús Gil que llegaba a Huelva, desde Madrid, para hacerse con el equipo decano del fútbol español por cuatro perras. Todo ello en el peor momento de la crisis financiera e inmobiliaria que dejó, hace diez años, tiritando a la economía española.
Con más de 120 kilos de peso, demasiado impetuoso en ocasiones en intervenciones públicas, elegante en el vestir, Comas se hizo con el Real Club Recreativo de Huelva en 2012. Estéticamente, la operación de adquisición del equipo de la ciudad también contenía elementos que la hacían presa de prejuicios.
El club andaluz se encontraba en concurso de acreedores, y Comas -licenciado en Derecho, con estudios de Historia, seguidor del Huelva desde niño por influencia de una de sus abuelas- inyectó tres millones de euros en la concursada a través de una filial de una sociedad domiciliada en Uruguay, Gildoy España, para hacerse con el 76% de las acciones del equipo, que acumulaba una deuda cercana a los 20 millones.
Al jardín de Pablo Comas llegaban pelotas de golf con la leyenda ‘te vamos a matar’
Las consideraciones estéticas impulsaron que, cuando todo se torció, Pablo Comas fuera enseguida señalado como corrupto, como otro presidente de un equipo de fútbol que se había enriquecido de manera ilegal.
En 2015, cuando el Recreativo de Huelva bajó a Segunda División B y se arrimaba de nuevo al concurso de acreedores, más de 7.000 personas se echaron a la calle en la ciudad para exigir la dimisión del Presidente del club.
Nunca antes, nunca después, ha habido tal movilización en Huelva. Comas llegó a recibir amenazas de muerte. Le caían pelotas de golf en el jardín de su casa con la leyenda ‘te vamos a matar’. Perdió más de 50 kilos de peso.
Ante todo esto, ¿qué hizo la Justicia onubense, cómo actuaron los fiscales, los jueces de la ciudad? El proceso judicial del caso de Pablo Comas y el Recreativo de Huelva ha sido algo más que una chapuza: hubo lawfare (la instrumentalización de la Justicia por parte de la política).
Que los socios y aficionados al Recre se dejaran llevar por los prejuicios y salieran más de 7.000 personas a la calle para manifestarse cuando el club se asomaba al abismo, puede entenderse. Pero que jueces y fiscales hicieran lo mismo, que incitaran al linchamiento público del expresidente del Recreativo de Huelva, no.
En 2015, cuando el Recreativo bajó a Segunda B, para evitar la liquidación, Comas-Mata consiguió que el club fuera declarado Bien de Interés Cultural.
Manifestación en Huelva, en octubre de 2015, exigiendo la marcha de Pablo Comas. EFE/Julián Pérez.
Esa misma declaración sirvió para que el entonces alcalde de Huelva, Gabriel Cruz Santana (PSOE) pudiera expropiar el club, en una decisión inédita en el fútbol mundial, argumentando que se trataba de un bien público.
FUENTE: https://www.economiadigital.es/empresas/lawfare-pablo-comas-recre.html
En España, en democracia, solo dos empresas han sido expropiadas, el Recre y Rumasa (excluyendo las expropiaciones por obra pública). No solo el PSOE, también el PP, apoyaron la expropiación del club. Se puso en marcha entonces una estrategia judicial que -visto hoy no puede ser de otra manera- respondió a fines políticos.
«En Huelva viven 150.000 personas, unas 100.000 son electores; el Recre tiene unos 12.000 socios: en las elecciones municipales, el Recre te pone o te quita cuatro concejales», comentan fuentes políticas de la ciudad andaluza cercanas al antiguo Podemos. «Cuando se nos presentó la posibilidad de la expropiación del club no vimos que hubiera razones legales para ello, nos pareció raro desde un principio», señalan.
Un grupo de aficionados presentó querella criminal contra Pablo Comas en marzo de 2016, por cuatro delitos, entre ellos los de administración desleal y falseamiento de cuentas, ante el Juzgado de Instrucción número cinco de Huelva, pidiendo 16 años de cárcel y 9 millones de euros de indemnización. Fiscalía admitió la querella.
Mientras que a Pablo Comas le pedían 16 años de prisión, en esos mismos momentos, en la Audiencia Nacional, en Madrid, los fiscales requerían 14 años de cárcel para Txapote -el sanguinario etarra con crímenes a sus espaldas como el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco-, por el atentado contra la sede del Gobierno Civil de Guipúzcoa en el año 1995.
La pena de cárcel solicitada contra Comas fue incrementada por el Juez, hasta los 18 años. El magistrado, comentan fuentes jurídicas presentes en el caso, elevó la pena porque, dijo, el expresidente del Recreativo se había comprometido a abrir una tienda del club en la ciudad y no lo hizo, lo que podía ser malversación de fondos.
Sin embargo, Comas sí que había abierto una tienda del club en Huelva. «Salió en primera página de los periódicos de Huelva, la inauguración de la tienda, se había publicado, no entendimos como el Juez pudo llegar a plantearlo y sugerir que la querella era sostenible», dicen.
En mayo de 2018 se celebró en la sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva el juicio oral contra Pablo Comas, durante dos días.
«El Juez había veces que se dormía, otras que contaba chistes con un señor en el banquillo que afrontaba 18 años de cárcel…», aseguran fuentes presentes en el proceso.
Un mes después, Comas fue sentenciado a tres años de cárcel y a más de 600.000 euros de indemnización, por un delito de administración desleal y otro de falseamiento de cuentas.
La sentencia fue recurrida y, en 2021, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó una condena de un año y tres meses de prisión por falseamiento contable.
Si la actuación de la Justicia onubense en el caso penal contra Pablo Comas fue escandalosa, en la vía contencioso administrativa lo fue aun más.
En 2017, Comas demandó al Ayuntamiento de Huelva por la expropiación del Recreativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo número uno de la ciudad.
Al frente del caso se situó como Juez la misma persona que con anterioridad había sido el abogado de la Diputación de Huelva, del PSOE, designado Juez por el cuarto turno (sistema en el que una cuarta parte de las plazas se reservan para juristas de reconocido prestigio).
De acuerdo a las estadísticas publicadas por el Consejo General del Poder Judicial, en Andalucía, la duración media de los procesos en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo es de 9,8 meses (datos de 2022). Sin embargo, la sentencia por la demanda de Pablo Comas por la expropiación, a pesar de los numerosos escritos enviados al Juzgado solicitando impulso procesal, tardó… cinco años.
El 15 de marzo de 2022, el Juzgado Contencioso Administrativo número uno de Huelva, cinco años después, dictó sentencia, desestimando el recurso de Pablo Comas contra la expropiación del Recreativo.
Año y medio antes, en mayo de 2019, Gabriel Cruz había logrado en las elecciones municipales y autonómicas mayoría absoluta; y en febrero de ese mismo año 2022, el dirigente socialista revalidó su puesto al frente de la Secretaría General del PSOE en Huelva.
La representación legal de Pablo Comas apeló la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número uno de Huelva. El pasado 24 de enero, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó sentencia.
El TSJ de Andalucía declaró que no había «necesidad de expropiar», que fue una medida exagerada, que no se agotó la ejecución forzosa.
«No se trataba de una medida cautelar urgente puntual, sino la medida de intervención más gravosa y definitiva, la expropiación», destacan los jueces. «Y no es excusa la intención de devolver las acciones al mercado cuando a día de hoy no se ha hecho y se ha optado por contratar la gestión del club por un tercero«, señalan.
«Se estima desproporcionado acudir directamente a la expropiación sin orden de adoptar plan de ajuste concreto alguno que posibilitara la viabilidad del Club y verificar la rebeldía para hacerlo», insisten los jueces del TSJ.
Los abogados de Comas afirman que el principal deudor del Recreativo es el Ayuntamiento de Huelva, por la propiedad del estadio
En su sentencia de 2022, el Juez del Contencioso Administrativo, para justificar su decisión de desestimar el recurso de Pablo Comas contra la expropiación, afirmó que el Interventor había aprobado, en un informe elaborado con ocasión del conflicto, «la propuesta de resolución de alegaciones y aprobación definitiva de acuerdo sobre la necesidad de ocupación y de relación de bienes y derechos a expropiar en relación a la expropiación forzosa». Pero era falso.
En su sentencia del pasado mes de enero, el TSJ advierte: «No es cierto que el informe del Interventor emitido con ocasión del expediente incoado para declarar la necesidad de expropiar y bienes a expropiar, fuera positivo«.
«Por el contrario», añade, «puso de manifiesto que la situación financiera del Ayuntamiento era incompatible con la expropiación del Club profesional de fútbol».
Los abogados de Comas también destacaron en su apelación que el Ayuntamiento de Huelva había justificado una «supuesta iliquidez» para llevar a cabo la expropiación, cuando, sostuvieron, es el Ayuntamiento el mayor deudor del club, debiendo 19 millones de euros.
Dicha deuda, defienden, proviene de la titularidad del estadio del Recreativo, otro caso atascado en los Juzgados onubenses, el conocido como Caso Estadio, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número dos de Huelva desde 2016.
Los jueces del TSJ acuerdan en su sentencia de enero «la anulación del Acuerdo de la Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Huelva de fecha 27-6-2016 por el que aprueba el Acuerdo sobre la necesidad de ocupación y de relación de bienes y derechos a expropiar por interés social, de las acciones del capital social del Real Club Recreativo de Huelva, cuya titularidad corresponde a Gildoy España [la sociedad de Pablo Comas].
Otro proceso judicial seguido en Huelva por una demanda presentada por Comas contra el Recreativo reclamando la devolución de dos préstamos realizados al club siendo presidente, de 112.419 euros y 74.640 euros, da cuenta de la desidia judicial, por decirlo de alguna manera, que ha rodeado a todo este proceso.
La demanda presentada por el expresidente del Recreativo fue desestimada por el Juzgado de Primera Instancia de Huelva en sentencia comunicada en julio de 2022; no solo eso, Pablo Comas, quien recurrió, fue condenado en costas. La primera sentencia comunicada a las partes estaba incompleta, y sin firmar.
Un informe que fue empleado para desestimar una reclamación a Pablo Comas en el Juzgado carecía de todo rigor
El pasado mes de enero, la Audiencia Provincial de Huelva respondió al recurso de Comas dándole la razón y condenando al club a devolverle más de 200.000 euros.
La Audiencia Provincial aclara que, el hecho de que la primera sentencia del Juzgado de Primera Instancia estuviera incompleta y sin firmar se debió a un error informático. «No hay pues otra cosa que una falta de coordinación, un equívoco (…)», señala. A partir de ahí, la sentencia de la Audiencia Provincial debería sonrojar al Juzgado de Primera Instancia.
En ese proceso, el Recreativo presentó ante el Juez un informe elaborado por Alcabala Auditores. El Juzgado de Primera Instancia, indica la Audiencia Provincial, «parece dar credibilidad a las conclusiones que alcanza».
El Juzgado además asumió como válidos otros argumentos incongruentes, como referencias a que los préstamos se habían realizado desde sociedades del expresidente sugiriendo algo ilegal en esa estructura de inversión, o que este había estado inmerso en un proceso penal.
«Es evidente», dice en su sentencia la Audiencia Provincial, que Comas «ha pretendido siempre hacer negocio con esa inversión, algo completamente lícito y aceptable». También es evidente, añade, «que no es contrario a derecho utilizar otras sociedades mercantiles como medio para permitir que la sociedad de la que se ha hecho uno partícipe mayoritario (…) continúe funcionando (…)».
El informe presentado por la consultora contratada por el Recreativo de Huelva para defender su postura en la reclamación de Pablo Comas llega a unas conclusiones «apoyadas en una escasísima información contable, desordenada y falta de credibilidad«, advierte la Audiencia Provincial. «Es evidente la falta de rigor del mencionado informe, que difícilmente puede ser considerado una auditoría», afirma.
La sentencia penal que se quería hacer valer «como parcialmente predeterminante de una suerte de crítica personal o de fiscalización de la actuación de Comas Mata (…) ha sido absolutoria», recuerda la Audiencia Provincial. Desde el momento en que quedó firme el fallo absolutorio, destaca, «ha decaído la posibilidad de dar algún valor a esa resolución». «Todo ese alegato», afirma, «es general, indiscriminado».
Difícilmente puede explicarse el caso de Pablo Comas y la expropiación del Recreativo de Huelva sin asumir que, por muy doloroso que sea, ha existido una descarada instrumentalización política de la Justicia.
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