Categorías: España

MANOS LIMPIAS denuncia al Alcalde del Ayuntamiento de Vita, Ávila (Antonio Martín Hernández), por presunto delito de apología y agresión sexual ( Art. 178 del CP) y de abusos sexuales (Art. 181 CP), con el agravante de referirse a una menor (pederastia).

AL JUZGADO DECANO DE ÁVILA

C/Ramón y Cajal, 1

05001 – ÁVILA

Miguel Bernad Remón con D.N.I 12.135.624-L, con domicilio en la calle Quintana 9

de Madrid 28008, y en su condición de Secretario General del Sindicato Manos

Limpias, según tengo acreditado al amparo del art. 262 LEC que prescribe: “los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio fiscal, al Tribunal com-petente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio si se tratare de un delito flagrante.

Formula:

DENUNCIA:

Contra el Alcalde del Ayuntamiento de Vita, Ávila (Antonio Martín), por presunto delito de apología y agresión sexual ( Art. 178 del CP) y de abusos sexuales (Art. 181 CP), con el agravante de referirse a una menor (pederastia).

RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE HECHOS

Las cadena televisiva la Sexta (en el programa de Al Rojo Vivo) del día 02/09/2024 del presente año, exhibe un vídeo con los correspondientes comentarios de los tertulianos donde el denunciado, ante el público del pueblo les alienta a cantar la canción que el denunciado con un micrófono y en un estrado estaba cantando para el público asistente.

Asimismo la cadena televisiva Cuatro a las 12,30h del día 02/09/2024 exhibe el mismo vídeo con los consiguientes comentarios de sus tertulianos.

Reproducimos un fragmento del texto de la canción: “En un bosque me encontré a una niña, la llevé a la camita, la subí la faldita, la baje las braguitas, le hecho el primer caliqueño …..”

NO SE TRATA DE UN ACTO DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN SOBRE UN ASUNTO POLÍTICO

En el caso que se hubiera tratado de un asunto político podría estar emparado en el derecho a la libertad de expresión. Pero la canción no tiene que ver nada con asunto político y lo grave que el denunciado es una autoridad pública y debe dar ejemplo de un comportamiento legal y moral.

En su virtud:

Solicito de ese juzgado:

Admita la presente denuncia, se nos dé parte como denunciantes y se dé traslado asimismo a la Fiscalía del Menor.

Es justicia que pido en Madrid, a 02 de Septiembre de 2024.

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Carlos Aurelio Caldito Aunión

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