¿Qué hay detrás de situaciones en las que una madre, o un padre, prefiere la muerte de su hijo a que tenga relación con el otro progenitor? ALIENACIÓN PARENTAL.
CARLOS AURELIO CALDITO AUNIÓN
En los últimos años, cada día que pasa es más frecuente que los informativos nos aterren con imágenes o relatos impactantes acerca de sucesos terribles, como lo acontecido este último miércoles en Avilés (Asturias): una mujer de cuarenta y cinco años se ha tirado desde la quinta planta de un edificio con su hija de siete años en brazos… Pues sí, cada vez es más frecuente que los medios de información nos hablen de padres y madres que prefieren que sus hijos mueran a que tengan relación con el otro progenitor.
¿Qué puede llevar a un padre o a una madre a tomar semejante decisión?
Evidentemente, detrás de semejante locura, de semejante atrocidad, detrás de ello está la sinrazón, no cabe la posibilidad de encontrar una causa lógica. Sea en el caso de Avilés, el miércoles pasado, o cualquier otro que elijamos; da lo mismo si es la madre o si es el padre, detrás de ello existe un fenómeno cada día más presente en nuestra sociedad, pese a que el gobierno social-comunista, apoyado por etarras y separatistas, actuando al dictado del feminismo de género lo niegue, siga cerrando los ojos, haciéndose el Don Tancredo, e incluso intentando prohibir que sea tenido en cuenta en los pleitos de divorcio cuando hay que tomar una decisión sobre la guarda y custodia de los menores:
ALIENACIÓN PARENTAL.
Pues sí, la Alienación Parental, sí, “eso” que algunos y algunas dicen que no existe, pese a ser tan antiguo como la Humanidad misma, consiste en emprender acciones de inculcación maliciosa, programación y lavado de cerebro de menores. Estamos hablando de algo que en cualquier país -civilizado- de nuestro entorno cultural, o en países remotos al otro lado del mar, está considerado como una forma cruel de maltrato a la infancia, y por tanto considerado como “ilícito penal”…
El Síndrome de Alienación Parental (SAP) es una forma de maltrato psíquico que suele darse en situaciones de separación o divorcio en los que uno de los progenitores ejerce una influencia negativa sobre los hijos con el objetivo de alejarlos del otro progenitor. Esta conducta puede llevar a algunos casos extremos en los que la madre (los padres suelen ser una ínfima minoría en este tipo de conducta cruel) intenta impedir cualquier tipo de contacto entre el padre y los hijos.
Son muchas, demasiadas, las situaciones post-divorcio en las que uno de los progenitores tiende a obstaculizar las estancias y la comunicación de los hijos con el otro; estoy hablando de cuando el progenitor conviviente, el progenitor custodio hace todo lo que está al alcance de su mano –y de su imaginación- para boicotear de manera más o menos sutil la relación de los hijos con el progenitor no custodio. Cuando la acción obstruccionista es continuada, constante, perseverante, acaba derivando en lo que se conoce como Alienación Parental, una de las formas más crueles de maltrato a la infancia. Este fenómeno es muy escasamente tenido en cuenta en España, a pesar de que produce en los menores un profundo desequilibrio psico-afectivo, causándoles un gravísimo daño, en la mayoría de las ocasiones irreparable.
En estos casos, la madre suele utilizarmúltiples estrategias para conseguir su objetivo, como denunciar falsamente al padre por maltrato o abuso sexual, manipular a los hijos para que sientan miedo o rechazo hacia su padre, o incluso llegar a secuestrar a los niños para impedir que tengan contacto con el otro progenitor.
El impacto del SAP sobre los hijos es muy grave, ya que se ven privados del derecho a tener una relación positiva y enriquecedora con ambos padres, y se acaban convirtiendo en huérfanos de uno de los progenitores, el que es alejado y al que se le impide participar en la crianza y la educación de los hijos… lo que puede provocarles problemas emocionales y psicológicos a largo plazo. Además, esta situación puede tener un efecto negativo sobre la autoestima y la autoimagen del padre, que se ve privado de la relación con sus hijos sin motivo aparente.
Es importante destacar que el SAP no es un fenómeno exclusivo de las madres pues, también puede darse en los padres. Sin embargo, es más frecuente que sean las madres quienes ejerzan este tipo de conductas, sencillamente porque disponen de más oportunidades debido a que en una gran mayoría de los pleitos de divorcio les es concedida la guarda y custodia de los menores (en un porcentaje altísimo de los casos recurriendo al embuste, a la denuncia falsa, para conseguir órdenes de alejamiento de ellas y de sus hijor, alentadas por sus abogados), disponiendo de más tiempo de estancia con los hijos y por tanto más posibilidades de manipularlos para alejarlos del padre e incluso lograr que afirmen, tras la inculcación maliciosa de falsos recuerdos y maldades de todo tipo, que no desean ir con el padre y que lo odian….
Somos muchos los que llevamos décadas exigiéndoles a los políticos, a los gobernantes, que se emprendan acciones para combatir esta clase de situaciones y así proteger a los niños y niñas y para que puedan seguir relacionándose con ambos progenitores, no sean condenados a situaciones estúpidas e innecesarias de orfandad y puedan seguir disfrutando de la presencia de ambos progenitores…
Por supuesto, también lo llevamos diciendo algunos desde hace décadas, es imprescindible que los jueces y fiscales actúen con prontitud, adoptando las decisiones necesarias, para impedir tales situaciones de maltrato, abandono y desamparo, o incluso el asesinato de menores.
Sí, somos muchos los que insistimos, insistimos, desde hace varias décadas en que la única manera de acabar con tamañas crueldades, que a nadie benefician, es generaliazando la custodia compartida de forma preferente, para fomentar la corresponsabilidad parental, tal como obliga la jurisprudencia del Tribunal Supremo de España desde hace también más de una década, y los jueces y fiscales suelen olvidar; también -tal como venimos exigiendo los mismos que afirmamos que el mejor modelo es la custodia compartida- es necesario que se implante la mediación y la orientación familiar obligatorias y, en los casos que sea necesario enviar a los papás a alguna clase de terapia…
¿Cómo combatir el Síndrome de Alienación Parental, cómo disuadir a los progenitores alienadores, cómo castigarlos?
La única salvación para un hijo, cuando es víctima de alienación severa, es el cambio de custodia, que, en principio puede resultar conveniente adoptar con carácter temporal. El carácter definitivo de esta medida, es decir, privar al progenitor alienador del ejercicio de la patria potestad, habrá de depender del comportamiento del progenitor alienador. Esta medida deberá ir acompañada de un tratamiento psicológico, en el que habrá que tener en cuenta posiblemente la falta de colaboración del hijo o incluso su negativa total a ello. Si el traslado de los hijos con el progenitor alienado fuera difícil o especialmente complicado, se puede considerar un programa de transición, que incluya también una nueva residencia igualmente de transición, todo ello por supuesto supervisado por los tribunales y personal experto. Esa medida no sería necesaria en los casos leves y moderados de alienación, en los que una labor terapéutica, empezando por la del propio juez, puede resultar una reacción efectiva para evitar un distanciamiento y rechazo más persistente y difícil de corregir sin necesidad de acudir a métodos más agresivos para el menor, tal como antes he indicado.
A la vez que todo lo anterior, el tribunal debería advertir al progenitor alienador de que toda clase de obstrucción o boicot al tratamiento y al régimen de visitas, será puesto en conocimiento del juez e inmediatamente sancionado.
El lugar de transición puede ser la casa de un amigo, de algún conocido de la familia, e incluso una casa de acogida.
El progenitor alienador retomaría el contacto con el hijo cuando hubiera total seguridad de que no hay riesgo alguno de reprogramación o de que la acción alienadora se reanude.
Más de uno que haya llegado hasta estas últimas líneas dirá que si una madre –o un padre- incurre en delito de desobediencia a la autoridad judicial, incumpliendo el régimen de comunicación y estancias previsto en el llamado “convenio regulador” el juzgado debería intervenir y sancionar a la mamá o al papá alienador; pues aunque parezca increíble no hay apenas precedentes de que esto haya ocurrido en España (salvo en el caso de Avilés, del miércoles pasado, al que se hace referencia al principio), generalmente la madre alienadora (o el padre alienador) nunca será sancionada, ni se tratará de disuadirla, el juez y el fiscal dirán que si intervinieran de alguna manera no beneficiaría al o los menores, e incluso llegarán al extremo de afirmar que si el hijo no quiere ir al encuentro de su papá ¡Por algo será!…
Si el papá insiste, es posible que el padre, la madre y el hijos sean derivados a los denominados “Equipos Técnicos Psicosociales” (ilegales por cierto, aunque ese es un asunto que daría para otro artículo) las “expertas” del mismo dirán que el niño no quiere ver al padre y que se tomen en cuenta por el juzgado los deseos del niño, y como pueden suponer, las “visitas” serán interrumpidas. La mamá alienadora, a partir de ese momento, dispondrá de una coartada legal y el padre perderá todo contacto con su hijo durante muchos años, y tal vez, aunque no es lo más frecuente por desgracia, el niño nunca más volverá a tener contacto con su papá y la familia paterna hasta que sea adulto y se independice de la madre.
Pues, aunque también les resulte increíble, en España esta forma cruel, perversa de maltrato a la infancia no es considerada delito; y tampoco les extrañará si les digo que hay juristas de “reconocido prestigio”, que actúan al dictado del lobby feminista de género, que afirman sin ruborizarse que el SAP no existe, que es un invento de machistas, maltratadores y cómplices de maltratadores… y para recochineo, este discurso «negacionista» ha sido incluido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, «de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia».
Y, para terminar me voy a permitir dirigir a los señores diputados y diputadas, senadores y senadoras, ministros y ministras y demás miembros de los tres poderes del Reino de España, la siguiente pregunta:
¿Son ustedes conscientes del grado de maltrato institucional a menores, en el que están incurriendo, actuando al dictado de los y las femiestalinistas degenerados, en el que los señores y señoras jueces son colaboradores necesarios, por dictar sentencias que afectan negativamente a la integridad moral de menores víctimas de la alienación parental, inculcación maliciosa y de la programación y lavado de cerebro?
Es hora ya de dejar de ensalzar a las madres alienadoras (incluidas las que recurren a la sustración de menores), ¡ya está bien de presentarlas como madres «protectoras», abnegadas y entregadas a la crianza y educación de sus hijos, que actúan por su bien y afirmar que cuando apartan a los hijos de sus papás «por algo será»!
Fue realmente increible que incluso en el caso de la mujer alienadora de Maracena, Juana Rivas, que acabó secuestrando a sus dos hijos, desobedeciendo a los tribunales en múltiples ocasiones, el entonces presidente del Gobierno de España, Mariano Rajoy, le dio todo su apoyo y comprensión; lo mismo hizo la entonces presidente de la Junta de Andalucía, y multitud de gentuza más… y, para colmo, una vez ingresada en prisión, acaba siendo indultada por el actual gobierno social-comunista… y es presentada a diario como una heroína…. Lo mismo ha ocurrido con las mujeres alienadoras cercanas a la agrupación política de Irene Montero, tratadas con absoluta condescendencia, rebajadas sus penas de prisión y finalmente indultadas…
Así no es de extrañar que sucedan situaciones terribles como las de Avilés y una gran cantidad de medios de información y manipulación de masas nos presenten a sus autoras como madres protectoras, madres coraje… víctimas de sus esposos y del sistema judicial «patriarcal»… y sean disculpadas.
Vean a continuación una lista de más de cien tácticas empleadas para tratar de manipular a un hijo, o hija, contra su padre o madre:
1. Poner obstáculos a las visitas, tiempo de estancias y comunicación con el padre no custodio, incluso aunque el hijo lo pida de forma insistente…
2. Denigrar al otro padre delante de cualquiera que escuche, incluidos los niños, incluida la familia extensa, o los abuelos, tíos, primos, etc. o nombrando al padre de manera despectiva delante del niño.
3. La presentación de denuncias de malos tratos y/o abusos contra el progenitor no custodio, y hacerle comparecer ante los tribunales constantemente acusándole de que no cumple con su deber de manutención infantil o el abono de la pensión alimenticia.
4. Impedir por todos los medios cualquier contacto de la familia extensa del otro progenitor con los hijos, o de amigos que no tomen partido por el progenitor alienador…
5. Obstaculizar por todos los medios a su alcance la comunicación con los niños, incluido el boicot para impedir que el progenitor no custodio acceda a la información referente a la estancia de los hijos en los centros de estudio, y reuniones y eventos de toda clase, que tengan relación con los hijos.
6. Impedir las visitas y estancias cuando el ex cónyuge no puede pagar la manutención de los menores, o se produce alguna demora en el pago.
7. Constantes manifestaciones de odio y de venganza respecto del ex cónyuge, en presencia de los hijos.
8. Negarse a revelar su domicilio.
9. Negarse a informar al otro progenitor –el no custodio- sobre cuestiones médicas o de salud referentes al hijo.
10. Referirse continuamente al niño como exclusivamente suyo, y no de los dos padres…
11. Impedir las visitas, estancias, comunicación con el progenitor no custodio, con el pretexto o argumento de que el hijo no quiere ir con el otro progenitor, y utilizar la excusa de que no van a ir a la fuerza…
12. Obstaculizar o incumplir cualquier orden de los tribunales, sea cual sea la resolución judicial de que se trate… (generalmente el progenitor alienador suele contar con la “complicidad-condescendencia-tolerancia del tribunal de familia…”).
13. Mudar a los niños de su domicilio habitual, para ponerlos lo más lejos posible de su padre, de manera relación con él, y el régimen de comunicación y estancias sea casi imposible.
14. Llamar por teléfono a la casa del progenitor “alienado”/víctima multitud de veces al día, o bien dejar mensajes desagradables o simplemente “perturbadores”.
15. Presentarse por sorpresa, los días que el hijo le corresponde estar con el otro progenitor –el no custodio- en un lugar público y zarandear, empujar, humillar, o simplemente tratar de intimidar al padre delante del niño.
16. Hacer que el niño se sienta emocionalmente responsable de la felicidad de los padres, para que el niño tome una actitud de protección (y tome partido, provocando así un conflicto permanente de lealtades…) respecto del adulto, haciendo que el niño vea al progenitor alienador como víctima del otro padre.
17. Mentir constantemente a los niños acerca de todo lo concerniente a las cuestiones judiciales referentes al divorcio, la separación de bienes, liquidación de gananciales, custodia de hijos o cuestiones semejantes.
18. Hacer que el niño se sienta incómodo cuando tenga que hablar acerca de sí mismo, de su relación con sus padres, etc. delante del mediador familiar, o cualquier funcionario.
19. Nombrar al padre de su hijo por su nombre de pila, y no referirse a él nunca como papá o mamá…
20. Impedir que los hijos puedan hablar por teléfono con el progenitor no custodio, llegando a estropearlo, cambiar el número de teléfono, decir que ya están durmiendo, o que no están casa, etc.
21. Hacer participar a los hijos en las disputas ente los tribunales, hacerlos comparecer ante el juez, etc.
22. Obligar a los niños a que llamen al nuevo compañero o compañera (según se trate) del padre alienador «mamá o papá».
23. Predisponer, manipular, maliciosamente a los hijos cuando el padre no custodio inicie una nueva relación…
24. Procurar que los niños nunca llamen a un padre (no custodio) «mamá» o «papá».
25. Colgar el teléfono –en presencia de los hijos- si la conversación no sigue el cauce que el papá alienador desearía…
26. Escuchar y espiar al hijo cuando habla con el progenitor no custodio, instruyendo a los niños sobre qué deben decir y cómo deben responder al progenitor no custodio.
27. Premiar a los hijos cuando cumplen con sus órdenes respecto al “maltrato” que debe recibir el progenitor no custodio…
28. Evitar la presencia del progenitor no custodio, en las actividades de los niños, sea en el colegio u otros lugares…
29. Negarle al otro progenitor cualquier clase de comunicación e información, sea a través de fax, correo electrónico o carta, para que el mismo esté lo menos informado posible en todo lo concerniente al hijo…
30. Esperar hasta el último momento para informar al otro padre de la necesidad de cambios en las visitas, o los turnos de estancias, vacaciones, etc.
31. Manifestar constantemente que él/ella es el único que posee el derecho a decidir sobre las estancias y visitas de los hijos con el otro progenitor, a la vez que insiste (todo ello en presencia de los hijos, por supuesto) en que los niños deben ser devueltos con absoluta puntualidad, y con la amenaza permanente de denunciarlo si el hijo es devuelto con retraso…
32. No proporcionar ninguna información a los padres acerca del día a día de los hijos, a la vez que se insiste en saber con exactitud todo lo concerniente a los hijos cuando están con el otro progenitor…
33. Optar por pagar a otras personas para que cuiden a los hijos, o contratar algún servicio de guardería, en lugar de recurrir al otro progenitor que sería más adecuado para todas las partes.
34. Pretextar que el niño está demasiado enfermo para evitar que vaya con el padre no custodio, o evitar que éste lo visite.
35. Repetir constantemente que el otro progenitor no es capaz de criar al niño, ni educarlo «adecuadamente»
36. Hacer que el niño se sienta culpable por querer ver a su otro progenitor
37. Impedir por todos los medios a su alcance, que el otro progenitor tenga contacto con «profesionales» que guarden relación con el hijo o con él/ella mismo.
38. No permitir a los niños a participar en actividades, en las que pueden entrar en contacto con los niños que tengan relación con el otro progenitor.
39. Dar “instrucciones” a la escuela para que el otro progenitor no sea tenido en cuenta, “porque el otro papá no es de fiar”; o dar información falsa acerca del convenio regulador, o sembrar dudas acerca del otro progenitor, o decirle a la dirección del centro de estudios que el otro padre les ha mentido acerca de las visitas y estancias con el hijo.
40. Dar información falsa o engañosa, si el progenitor alienador se ve acorralado y se siente obligado a proporcionar la información que le sea solicitada por las autoridades, o por los tribunales, o por los Servicios de Protección a la Infancia.
41. Supervisar, tutelar, tomar el control absoluto de la “vida social” de los hijos.
42.. Obligar en exceso a que los hijos mayores cuiden a sus hermanos más pequeños, incluso cuando no son del mismo padre, para así poder tener un pretexto para alejarlos del padre biológico, y evitar que vayan con él, o boicotear las actividades que el padre no custodio tenía programadas.
43. Contar a los niños detalles que son ‘obviamente’, descaradamente falsos acerca de la separación / divorcio, de forma que el niño se sienta inmerso en un conflicto de lealtades, disminuya la capacidad de amar al otro padre… Contarle embustes tales como que papá gasta todo su dinero en sus amigas, así que, luego no puede permitirse el lujo de llevar a su hijo de campamento.
44. Involucrar a los niños en todos los aspectos relativos a la separación, el divorcio, y sobre todas las cuestiones legales, con el argumento de que el niño tiene «derecho» a saber todo lo que está sucediendo
45. Afirmar allí donde sea posible, que el ex cónyuge está procurando establecer y mantener una relación de dependencia para así seguir victimizando al padre o madre alienador… Decir que está constantemente espiando, acechando, abusando, entrometiéndose en su vida privada, e incluso forzar las cosas hasta el extremo de lograr la colaboración de la policía… Presentación de falsas denuncias de abusos, falsas denuncias de acoso y en repetidas ocasiones a los organismos de protección infantil, la policía, etc.
46. Alentar a los niños para que apoyen su versión, y mientan ante las autoridades, sobre la forma en que son tratados cuando están con el otro progenitor… sobre todo, cuando los malos tratos, el descuido, la “mala educación”, el desamparo, es a la inversa.
47. Empujar al niño a que tenga una actitud desafiante, “se ponga en huelga”, no obedezca al otro progenitor, no cumpla con las normas más elementales cuando está en presencia del otro progenitor.
48. Organizar «actividades» de manera premeditada, especialmente atractivas para los niños, en los momentos previos a la llegada del padre no custodio, y así poner en conflicto a los hijos, y forzarlos a decir que no desean ir con su padre… O con la familia extensa del padre…
49. “Sobornar” a los hijos para evitar que los niños tengan la tentación de ir con su padre, a la vez que se consigue que el niño se sienta culpable por querer estar con el padre no custodio…
50. No permitir que los niños tengan en casa, fotos u otros objetos que les hayan sido proporcionados por el otro progenitor.
51. Llegar a destruir cualquier clase de regalo que le haya hecho el padre a su hijo… especialmente cuando el niño regresa de haber estado con su padre y vuelve especialmente contento por el regalo que ha recibido, y los buenos ratos que ha pasado con su padre…
52. Negarse a que el hijo lleve a casa los regalos que le hace el padre no custodio…
53. Rechazar, también, los regalos que provengan de la familia extensa del otro progenitor… argumentando que no son buenas personas, o que son “demasiado baratos” o que no son de buena calidad, que no valen para nada, que son estúpidos…
54. Manifestar delante de los hijos que el padre “pretende comprar su afecto, su amor, haciéndoles regalos”.
55. Cambia el apellido (e incluso el nombre) del hijo cuando aparece “un nuevo padre”, el nuevo o la nueva compañera del padre alienador… Todo ello, sin pedirle permiso, o informar al padre biológico…
56. Negarse a levantar / descolgar el teléfono cuando el niño le llama desde el domicilio del otro progenitor, cuando al hijo le corresponde estar con el otro padre…
57. Insistir en que cuando el niño está con el ex cónyuge, él/ella tiene todo el derecho del mundo a mantener contacto telefónico con el niño, y sin embargo, por el contrario no permitir que el padre no custodio lo tenga, cuando está en su domicilio habitual…
58. Cambiar el número de teléfono, o desconectarlo, sin avisar al progenitor alienado…
59. Decirle al hijo que le puede pasar “algo” cuando vaya con su otro progenitor, insinuarle maliciosamente que puede ocurrirle cualquier cosa si permanece con él…
60. Exigirle al padre no custodio que pague determinados “gastos extraordinarios” supuestamente relacionados con la crianza y la educación de los hijos, gastos que en realidad son un lujo, un capricho, o simplemente innecesarios…
61. “Mal informar” a los niños de que no pueden tener ‘llaves’ u otros objetos esenciales, imprescindibles, por culpa del otro progenitor, que es el que debe costear tales gastos, y no está dispuesto a pagar por ello.
62. Negarle al hijo cualquier petición que haga de pasar más tiempo con su papá, sea cual sea el motivo, e incluso aunque se trate de una “ocasión especial”.
63. Negarse a enviar al niño al colegio, en determinadas ocasiones, para eventos de los que el padre no custodio tenga conocimiento, y los que tenga intención de asistir…
64. Desviar parte de la pensión de manutención de los hijos, o incluso la totalidad del dinero, para gastos que nada tienen que ver con los niños.
65. Decirle al hijo, de forma premeditadamente maliciosa, que no debe comportarse tal como se comportan otros niños, y dejar caer que así es como se comporta, también, su otro progenitor…
66. Hacer especial hincapié en los rasgos físicos en general y los rasgos faciales en particular que son similares a los del padre custodio y los de su familia de origen, e ignorar o negar cualquier parecido con las características del otro progenitor y su familia extensa… E incluso denigrar lo que es evidente, e innegable, cuando son similitudes o afinidades con el padre no custodio.
67. Criticar que el padre no custodia tenga alguna mascota, hacer observaciones maliciosas respecto de la relación del otro papá con los animales, y por el contrario mostrar contento por tenerlas en su propio domicilio, o manifestar que está dispuesto a tener alguna mascota…
68. Cambiar de domicilio, sin proporcionar detalles al otro progenitor antes de la mudanza.
69. Ocultar al otro papá el trasladado y negarse a proporcionar detalles al otro padre, si éste acaba pidiendo información.
70. Permitir que el hijo vaya “con malas compañías”, o frecuente a personas respecto de las que el progenitor no custodio no ha dado su aprobación, permitirles a determinadas personas tener contacto con el niño, especialmente cuando el otro progenitor tiene motivos razonables para estar preocupado, sea por ser sospechoso de violencia doméstica, abuso demostrado, o conducta calificable de algún modo como delictiva…
71. Someter al niño a intervenciones quirúrgicas innecesarias, sin el consentimiento previo, o sin el consentimiento del otro progenitor, cuando hay pruebas de suficiente peso que recomiendan lo contrario…
72. Coaccionar al otro padre, intentar chantajearlo, mediante amenazas de todo tipo, extorsionarlo, para obligarlo a firmar determinados documentos judiciales, de manera que se excluya al progenitor no custodio de la vida del hijo, o para obtener alguna mejorara/ventaja en las disputas en los tribunales, sea por la custodia, sea para restringir las estancias y la comunicación con los hijos, sea en el reparto del patrimonio acumulado durante la convivencia…
73. Manifestar abiertamente, en presencia de los hijos, que su mayor deseo sería que su padre estuviera muerto, o sufriera algún tipo de desgracia, algún accidente…
74. Lo mismo que lo anterior, pero respecto de la familia de origen del otro progenitor, de sus amigos, etc. Expresar sin tapujos que se alegraría enormemente si se accidentaran y quedaran malheridos o con alguna secuela importante.
75. Presionar a los hijos para tratar de convencerlos de que cambien de religión, o tratar de evitar que practiquen el culto en el que hasta entonces habían sido educados.
76. Decirle al niño que no puede ver al otro progenitor, o ir con él en el periodo previsto, ya que se ha retrasado en el pago de la pensión de manutención.
77. Ser injustamente grosero/a, no tener trato cordial y negarse a colaborar con el nuevo compañero, o la nueva compañera del ex cónyuge, aún a sabiendas de que esto ira en perjuicio del niño…
78. Negarse a proporcionar apoyo en todo aquello que tenga relación con la salud mental para del hijo, pese a que haya pruebas suficientes que apoyen la idea de que el hijo necesita algún tipo de atención especializada…
79. No permitir que el hijo participe los fines de semana en actividades deportivas, o de otra clase, para “castigar” de esa manera al progenitor no custodio, u organizar actividades coincidentes con el tiempo de estancias con el otro progenitor, para así provocar conflicto de lealtades, y restarle tiempo de estar con el otro papá.
80. Manipular, o influir de todas las maneras a su alcance sobre funcionarios, especialistas y profesionales para que actúen en una determinada dirección (contraria a los intereses del otro papá) o para que informen a su favor para perjudicar a la otra parte… Incluso desfavoreciendo a los hijos.
81. Engañar, mentir u ocultar información o pruebas para conseguir su beneficio, y castigar de paso al otro padre, aunque perjudiquen de paso a su propio hijo.
82. Falsificar, alterar o manipular documentación oficial para perjudicar al otro progenitor, y en beneficio propio, o para lograr ventajas procesales.
83. Presentar declaraciones falsas y engañosas a la policía para perjudicar al otro progenitor
84. Mostrar ira, humillar, maltratar de forma verbal al otro padre en presencia del niño y/o de un tercero.
85. Obligar al hijo a que redacte algún escrito denigrando o perjudicando a su padre.
86. Alentar a los niños para que denuncien a su padre, para así conseguir ventajas procesales en las disputas por la custodia o para limitar las estancias o la comunicación con el padre no custodio.
87. Amenazar o intimidar a los hijos, para que permanezcan en silencio respecto de incidentes de los que los niños hayan sido testigos, para conseguir que se le conceda la custodia exclusiva, o se restrinja o limiten las estancias y la comunicación con el otro papá.
88. Amenazar o castigar al niño cuando dice cosas positivas acerca del otro padre.
89. No permitir que al niño se le realicen pruebas de ADN, cuando lo solicite el otro progenitor.
90. Provocar alienación entre los hermanos cuando alguno aún apoya al otro padre, o no se suma a la labor denigratoria promovida por el padre alienador…
91. Decirle al hijo que su padre que no lo quiere, que no le tiene amor, o que el otro papá desearía que no hubiera nacido…
92. Hacer partícipe al niño de detalles íntimos relacionados con el matrimonio, detalles inadecuados para su edad, con la clara intención de predisponerlo contra el otro progenitor, y que al fin y al cabo acabarán desequilibrando al hijo…
93. Negarse a administrarle al hijo los fármacos que el médico le había recomendado, si el niño enfermó cuando le tocaba estar con el otro padre…
94. Insistir de forma machacona, con reiteración en que la familia extensa del ex cónyuge, no son buenas personas, y que su única y verdadera familia es la suya…
95. Decirle al hijo que desde que su padre, se echó una nueva novia, dejó de ser importante, dejó de amarlo…
96. Decirle al hijo que su otro papá ama más a sus “otros hermanos”, a los hijos habidos en su nueva relación, y que él ocupa un lugar secundario…
97. Denigrar todo lo que el otro papá diga respecto a cuestiones convivencia les, de disciplina, etc. y las actividades que su otro papá organiza o emprende con el hijo…
98. Insinuarle de forma maliciosa al hijo que, si sigue yendo con su otro padre, los hijos de la nueva relación, o la nueva compañera de su papá acabarán haciéndole daño…
99. Denunciar falsamente, que cada vez que el hijo va con su papá, y los hijos de la nueva relación, regresa con lesiones leves (o no tan leves) golpes y contusiones.
100. Criticar el corte de pelo, cuando quien llevó al hijo a la peluquería fue el otro progenitor,..
101. Solicitar intervención médica para enfermedades menores (exigir, por ejemplo, el uso de antibióticos para simples resfriados) e incluso provocar lesiones mayores.
102. No tener en cuenta los consejos de los profesionales médicos que no simpatizan con “su causa”.
103. Enviar al hijo con la ropa dañada (cortes, desgarros o manchas) cuando va al encuentro del progenitor no custodio…
104. Permitir que el hijo realice, tras la separación, determinadas actividades a las que anteriormente se negaba, y responsabilizar al otro papá de que el hijo no pudiera realizarlas…
105. Impedir que el hijo asista a fiestas de los hijos de los amigos del otro padre.
106. Decirle al hijo que su papá está loco, o tiene algún problema de salud mental, etc.
107. Decirle al hijo que su padre tiene antecedentes de abuso o maltrato a otros niños…
108. No permitir que el hijo se someta a cualquier clase de evaluación médica o psicológica, sin estar él o ella presente.
109. Decirle al hijo que vino a este mundo pese a la oposición del otro progenitor, y que su papá se opuso al embarazo, y que presionó para que abortara
110. Insistir en que la familia del papá se opuso al embarazo, que no aceptó nunca que viniera a este mundo, y que presionó para que abortara…
111. Culpar al otro progenitor de que desde la separación haya disminuido la calidad de vida de ella y de sus hijos, y que es culpa de papá que los alimentos sean de inferior calidad, la casa menos confortable, etc. pese a que el papá no custodio cumpla escrupulosamente con sus obligaciones de manutención…
112. Añadir a lo anterior, que para más desgracias, su papá tiene una nueva compañera, y nuevos hijos que les están robando alimentos, confort, etc.
113. Mostrar enojó cuando el hijo expresa deseo de ver a su papá, o hablar con él por teléfono.
114. Mostrar enfado cuando el niño informa a la madre / padre de que en el colegio se van a realizar actividades que de algún modo se centran en el otro progenitor (día del padre, día de la madre, trabajo del padre, trabajo de la madre, o cosas similares)
115. Enfadarse cuando el niño expresa su deseo de que su papá tenga más contacto con la escuela, los maestros, amigos, etc
116. Cambiar al hijo de colegio, y apartarlo de su grupo de amigos, sin causa de ninguna clase, para alejar al niño de su padre…
117. Decirle al hijo que su papá es más feliz desde que ya no vive allí, que representa una carga para su papá…
118. Decirle al hijo que su papá no lo quiere, y que no va a volver a verlo nunca más…
119. Acusar al hijo de causar divisiones entre los papás, y de ser el causante de la ruptura del matrimonio.
120. Acusar al otro progenitor de infidelidad en presencia del hijo.
121. Escribir cartas dirigidas al hijo, simulando que el remitente es el otro progenitor…
122. Engañar a los niños, haciéndoles creer que su papá se ha despreocupado por completo de ellos, hasta tal punto de que no envía cartas, ni regalos, ni dinero
123. Insistir en que el niño se refiera sólo al otro padre utilizando términos despectivos e insultantes
124. Negarse a proporcionar información médica vital relativa al hijo, poniendo de este modo dificultades para que el niño sea atendido con prontitud, y de la forma adecuada: ocultar que el hijo está recibiendo algún tipo de tratamiento, o es alérgico a algún medicamento…
125. Atribuir el fracaso en las actividades escolares y estudios a la mala influencia, o a la desatención del papá no custodio
126. Acusar al otro progenitor de tener descuidado a su hijo.
127. Consumir drogas, cigarrillos, alcohol, etc. y culpar al ex cónyuge de las adicciones, por supuesto en presencia del hijo
128. Impedir que los hijos tengan muestras de afecto cuando se despiden de su papá, al terminar sus visitas o las estancias, o impedir que digan adiós después de recibir una llamada telefónica, o que sean cordiales…
129. Permitirse lujos, caprichos que se le niegan al hijo, y culpar al padre no custodio de “sus problemas financieros”..
130. Hacer gestos o comentarios despectivos delante del hijo, cuando el otro progenitor está presente.
131. Acusar al otro papá de estar incurriendo en alienación parental, con su comportamiento.
132. Acusar de abuso o de maltrato a la nueva compañera de papá
133. Ampliar las acusaciones de abuso a la familia extensa del otro progenitor.
134. Atribuir la acusación de maltrato, o de abandono, o desatención al hecho de que papá tiene una nueva compañera y nuevos hijos…
135. Incitar y empujar al niño a que se niegue a dar regalos, o a que no muestre las notas de clase, o mostrar sus dibujos/ pinturas / cartas a su papá, la nueva pareja, los hijos de la nueva pareja, o a la familia extensa….
Escrito por Carlos Aurelio Caldito Aunión.