Una de las primeras prioridades del nuevo gobierno, si se logra desalojar a los secuaces de Pedro Sánchez, debería ser aprobar una ley de «Responsabilidad de los funcionarios y de los cargos electos», para frenar la corrupción y disuadir y castigar a los corruptos».- “EL JUICIO DE RESIDENCIA”.
Como afirmo en la contraportada de mi libro (la del primer tomo): «Cuando a uno se le ocurre aproximarse a la Historia de España y rememorar lo ocurrido en los últimos siglos, estudiar la política española y a sus políticos, acaba observando, llegando a la conclusión de que la NACIÓN ESPAÑOLA, sí, ESPAÑA, ese lugar del que los «estepaisanos» no desean acordarse y menos nombrar, está subyugada como si fuera una mula atada a una noria, girando y girando… sin parar, dando vueltas y más vueltas, sin poder avanzar, siempre caminando en círculos, sobre el mismo terreno, siempre tropezando en las mismas piedras, incluso tomándole gusto a caer y volver a levantarse.
Sí, da la impresión de que los españoles estamos amarrados a los mismos problemas desde hace más de un siglo. Cada cierto tiempo vuelven a reabrirse los mismos debates, a aparecer y a desaparecer (como el río Guadiana) y vuelta a empezar: que si monarquía o república, que si estado unitario o de las «autonomías», que si somos aliados de tales o cuales naciones y luego dejamos de serlo, que si seguimos con concordato con la Santa Sede o se abole, que si continuamos con un régimen de economía de mercado o, por el contrario, implantamos un régimen intervencionista con planificación centralizada de la economía, que si enseñanza y sanidad privadas o sanidad y enseñanza públicas… que si…»
Termino el texto de la contraportada advirtiendo que en España es urgente, inaplazable que se emprenda una cirugía regeneradora, para que la «res pública» esté gestionada por personas decentes que aspiren a servir a los españoles y no a servirse, a saquearlos y a parasitar de ellos».
Evidentemente, hoy más que nunca en esta España nuestra en la que gobiernan políticos mafiosos y a los partidos más que partidos, habría que llamar cárteles mafiosos, que se dedican al crimen organizado y se reparten territorios y capacidad de influencia, y cuyo principal objetivo demuestran que es destruir España; hoy más que nunca, si finalmente se logra desalojar del gobierno a los socialistas, comunistas, separatistas y etarras, el nuevo gobierno debería tomar como primera decisión legislar acerca de la «responsabilidad de los funcionarios y de los cargos electos», para frenar la corrupción y disuadir y castigar a los corruptos.Y qué mejor para ello que reinstaurar «el juicio de residencia».
Ya ha habido algunas ocasiones en que he hablado de esta institución genuinamente española, pero como sigue estando de plena actualidad, para quienes aún ignoren de qué va el asunto, ahí va de nuevo:
El Juicio de Residencia fue una institución jurídica que tuvo gran importancia en la gestión política, la supervisión y el control de los empleados públicos, a lo largo de los siglos, que desempeñaban sus funciones tanto en España como en el resto de los territorios del Imperio Español.
El juicio de residencia era propio del derecho castellano, aunque hay quienes afirman que su origen estaba en el derecho romano tardío, fue introducido por Alfonso X el Sabio en las Partidas.
El Juicio de Residencia era un procedimiento para el control de los funcionarios de la Corona española, cuyo objetivo era revisar la conducta de los funcionarios públicos tanto de este lado del Atlántico como de las provincias de ultramar, verificar si las quejas en su contra eran ciertas, la honradez en el desempeño del cargo, y en caso de comprobarse tales faltas se les apartaba o se les imponían sanciones… Eran sometidos a él todos los que hubiesen desempeñado un oficio por delegación de los Monarcas.
Inicialmente se aplicaba sólo a los jueces, que deberían de permanecer en el lugar en el que habían ejercido su cargo durante cincuenta días, para responder a las reclamaciones que le plantearan los ciudadanos que se consideraban perjudicados por ellos.
A partir del año 1308, se someten a él todos los «oficiales» del rey. Se consolidó a partir de Las Cortes de Toledo de 1480, así como en la Pragmática posterior de 1500 . Tenían que someterse a él desde los Virreyes, Gobernadores y capitanes generales hasta corregidores, jueces (oidores y magistrados), alcaldes y otros. Se realizaban al finalizar el mandato para el cual habían sido nombrados, para evitar los abusos y desmanes de los gestores de la administración pública.
El jesuita Pedro Ribadeneyra (1526-1611), uno de los preferidos de S. Ignacio de Loyola, en su «Tratado de la religión y virtudes que debe tener el Príncipe cristiano para gobernar sus estados», expresa, refiriéndose al Juicio de Residencia: “…porque cuando no se oyen las justas quejas de los vasallos contra los gobernadores, además del cargo de conciencia, los mismos gobernadores se hacen más absolutos y los vasallos viendo que no son desagraviados ni oídos entran en desesperación”.
Los funcionarios públicos, una vez terminado el perido de tiempo para el que habían sido elegidos, no podían abandonar el lugar en el que habían estado ejerciendo sus funciones, hasta haber sido absueltos o condenados. Una parte de su salario se les retenía para garantizar que pagarían las multas si las hubiere.
Es muy importante prestar atención a esta última condición, ya que, en prevención del resultado del proceso, y en caso de que el funcionario público, o cargo electo, acabara resultando culpable y tuviese que pagar la sanción pecuniaria que le correspondiese, el tribunal sentenciador dispondría de la cantidad de dinero suficiente para satisfacer la pena que se le impusiera.
Muchos de los funcionarios esperaban con verdadero deseo que, al final de su mandato, llegase este momento, ya que si lo habían ejercido con honradez y ecuanimidad podrían aumentar su prestigio y ser promovidos para puestos superiores.
Evidentementes, cualquier cargo electo o empleado públicos sabía sobradamente que, más tarde o más temprano habría de somerterse a un «juicio de residencia», cuando finalizase su mandato. Es más, si habían sido fieles cumplidores de su deber, lo deseaban.
Otro instrumento disuasorio, aparte del Juicio de Residencia, utilizado para frenar la corrupción y perseguir y sancionar a los corruptos era la «visita» que, comprendía una inspección pública o secreta del desempeño de ciertas autoridades para detectar el grado de cumplimiento de sus funciones, y en caso de ser deficientes se les podía reprender o suspender,…
Volviendo al Juicio de Residencia, también es importante señalar que, el residenciado tampoco podía ocupar otro cargo hasta que finalizase el procedimiento.
Una vez finalizado el periodo del mandato, se procedía a analizar con todo detenimiento las pruebas documentales y la convocación de testigos, con el fin de que toda la comunidad participase y conociese el expediente que se incoaba, el grado de cumplimiento de las órdenes reales, y su comportamiento al frente del oficio desempeñado.
El Juez llevaba a cabo la compilación de pruebas en el mismo lugar de la residencia, y era el responsable de llevar y efectuar las entrevistas.
Este juicio era un acto público que se difundía los cuatro vientos para que toda la sociedad lo conociese y pudiese participar en el mismo. El juicio de residencia se comunicaba a los vecinos con pregones, y se convocaba a todos aquellos que se considerasen agraviados, por el procesado.
Se componía de dos fases: una secreta y otra pública.
En la primera se investigaba de oficio la conducta del enjuiciado, y se interrogaba de manera confidencial a un grupo de testigos y se examinaban los documentos.
En la segunda, los vecinos interesados podían presentar todo tipo de querellas y demandas contra los encausados que se tendrían que defender de todas las acusaciones que se hubiesen presentado en las dos etapas del proceso.
Según fuese la importancia de los delitos, se castigaban con multas, confiscaciones de bienes, cárcel y la incapacitación para volver a ocupar funciones públicas. Generalmente, las penas que más se imponían era multas económicas junto a la inhabilitación temporal y perpetua en el ejercicio de cargo público.
Los Juicios de Residencia fueron una herramienta poderosísima y redujeron enormemente la corrupción y los abusos que, seguramente se habrían cometido sin ellos.
Famosos fueron los juicios de residencia contra Cristóbal Colón, Hernán Cortés, Pedro de Alvarado y otros muchos más. Nadie estaba libre de ser enjuiciado.
Los juicios de residencia funcionaron hasta que fueron derogados por las Cortes de Cádiz de 1812.
Sorprende especilamente que, fueran los liberales los que eliminaron una herramienta tan potente para el control de las corruptelas y abusos políticos de los gobernantes. Indudablemente, sólo cabe pensar que les incomodaba tremendamente…
Respecto de lo que vengo hablando, no cabe duda de que «cualquier tiempo pasado fue mejor».
Por supuesto, la reinstauración de los juicios de residencia debería ir acompañado de otras acciones, como las que cito a continuación:
- Para empezar, es imprescindible una administración de justicia independiente de lobbies y de partidos políticos que, actúe de forma rápida y con contundencia, sin arbitrariedad.
- Por otro lado, es imprescindible eliminar la posibilidad de que los gobiernos concedan indultos a personas condenadas por corrupción. Los corruptos y quienes estén tentados de corromperse deben saber que no van a tener ninguna posibilidad futura de ser perdonados e indultados.
- Hay que reducir el número de aforados a su mínima expresión (ningún país en Europa tiene tantos aforados como España), y disminuir también, las situaciones de aforamiento, limitándolo exclusivamente a las actividades y actuaciones relacionadas con el ejercicio del cargo público.
- Para hacer frente al clientelismo político, es urgente disminuir el número de cargos de libre designación, y que sean ocupados por empleados públicos, mediante algún procedimiento de concurso-oposición.
- Es, también, inaplazable la aprobación de una Ley de protección a los denunciantes, de manera que los ciudadanos se sientan protegidos legalmente cuando sepan de hechos delictivos, y deseen presentar denuncias por corrupción.
- Otro asunto inaplazable es la necesidad de regulación de los lobbies, los grupos de presión e interés: Es necesario que se legisle sobre los lobbies, se les exija transparencia, y se creen Registros de grupos de interés en las distintas instituciones públicas y asambleas parlamentarias.
- También, es necesario el cumplimiento de la normativa legal sobre publicidad de contratos de obras y compra de bienes y servicios, por parta de las diversas administraciones.
- Igualmente, es imprescindible reformar la actual ley de «régimen local” para que los alcaldes y concejales dejen de tener la enorme capacidad de decisión que poseen en la actualidad, y particularmente lo que respecta a intervenir en el mercado inmobiliario, recalificando terrenos, aprovechando ellos y sus allegados y testaferros la información privilegiada que les da el ser alcaldes y concejales; e igualmente, es necesario desposeer a las corporaciones locales de su capacidad de contratar bienes y servicios con la arbitrariedad que actualmente lo hacen, evitando por todos los medios que favorezcan a empresarios amigos, e incluso creen empresas ad hoc, en la idea de que los ayuntamientos son su cortijo particular y que lo de menos es el interés de los administrados. Y, ya para no extenderme demasiado, es importante mencionar que deberíamos tomar ejemplo de Suiza: sus diversos gobiernos no tienen la manía de decidir aumentar constantemente los impuestos, y menos todavía la deuda pública, y por lo tanto, no hipotecan a sus ciudadanos ni tampoco el futuro de las generaciones venideras.
Estas circunstancias son las que favorecen que sus ciudadanos y sus empresas prosperen sin parar. Los suizos tienen muy claro que es la iniciativa privada la que crea riqueza y puestos de trabajo y que, la nación y sus ciudadanos prosperan cuando los recursos están en manos de la gente y no en manos de un gobierno. Para lo cual, no se olvide, es imprescindible que el país posea un alto grado de estabilidad y de seguridad jurídica, la única manera de atraer inversiones de todo tipo.
Respecto de todo lo anterior, no está de más hablar de Suiza y compararla con España. Suiza es el país europedo con menor número de empleados públicos que apenas llega al 10% de la población activa… En España se acerca al 20% y en algunas regiones, como Extremadura, hace ya mucho que se superó la cifra del 25%, con alrededor de un millón de habitantes, existen más de 100.000 personas que trabajan para la Administración Pública, uno de cada cuatro adultos con empleo.
Olvidaba decir que, ningún cargo electo suizo vive de la política. Sus tareas legislativas se retribuyen con dietas, por la asistencia a las sesiones de las cámaras federal, cantonal o municipal. Salvo los ministros, nadie cobra en Suiza un sueldo, ni desempeña en exclusiva labores representativas, tareas que, raramente alcanzan dedicación superior a la mitad de una jornada laboral normal.
En Suiza, la nación con democracia representativa que lidera los principales índices de progreso social y económico del planeta, diputados y senadores han de contar con su propio trabajo para sobrevivir, al no existir políticos profesionales.
Por otro lado, este régimen de representación facilita el acceso a la vida pública de los ciudadanos que tienen vocación de servicio a la comunidad y que no pueden permitirse el lujo de abandonar del todo sus trabajos habituales. Además, todo ello brinda la oportunidad, tanto a los electores como a las diversas agrupaciones políticas, de confeccionar listas abiertas, con candidatos que, demuestran a diario en su ejercicio profesional, experiencia, méritos y condiciones apropiadas para contribuir a la gobernabilidad de un territorio.
Sería maravilloso trasladar ese esquema a España, el país con mayor número de cargos -y cargas- públicos de Europa. Pero, por el contrario, en España existe la opinión de que los políticos deben ser «profesionales» y vivir exclusivamente de lo que perciban por ejercer su cargo; esa es la razón por la cual, de vez en cuando se resucita del discurso aquel de las dichosas «puertas giratorias», que lleva implícito la la idea de que, no es moralmente admisible que un cargo electo pueda luego, tras marcharse, utilizar su presencia en la política como un trampolín para conseguir una mejor colocación.
Pero, si algo hay especialmente destacable es que, ningún cargo electo suizo vive de la política. Sus tareas legislativas se retribuyen con dietas, por la asistencia a las sesiones de las cámaras federal, cantonal o municipal. Salvo los ministros, nadie cobra en Suiza un sueldo, ni desempeña en exclusiva labores representativas, tareas que, raramente alcanzan dedicación superior a la mitad de una jornada laboral normal.
Por otro lado, este régimen de representación facilita el acceso a la vida pública de los ciudadanos que tienen vocación de servicio a la comunidad y que no pueden permitirse el lujo de abandonar del todo sus trabajos habituales. Además, todo ello brinda la oportunidad, tanto a los electores como a las diversas agrupaciones políticas, de confeccionar listas abiertas, con candidatos que, demuestran a diario en su ejercicio profesional, experiencia, méritos y condiciones apropiadas para contribuir a la gobernabilidad de un territorio.
No cabe duda de que Suiza es buen ejemplo a seguir, para conseguir que la democracia liberal no sea cara, gravosa para el ciudadano, y sobre todo se ajuste a un gasto razonable. Y, aparte de ello, también sería una oportunidad para emprender la cirugía regeneradora de la que está urgentemente necesitada España, de manera que la «res pública» esté gestionada por personas que aspiran a servir a los ciudadanos y no a servirse, a parasitar de ellos.