¿ES POSIBLE QUE ZAPATERO ALEGUE «LAWFARE» ANTE EL TJUE, TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA?

0

Pero, ¡ojo!, el verdadero problema no es Zapatero, sino la partitocracia española.

CARLOS AURELIO CALDITO AUNIÓN

Resumen para lectores con prisas:

Este artículo parte de una pregunta aparentemente absurda.

¿Qué ocurriría si algún día José Luis Rodríguez Zapatero acudiera a Luxemburgo alegando que determinadas características del sistema institucional español generan dudas razonables sobre la apariencia de independencia de la Justicia?

La reacción inmediata de muchos lectores será responder que semejante hipótesis carece de sentido.

Sin embargo, cuanto más se examina la cuestión, más interesante resulta.

No porque el problema sea Zapatero.

No porque el problema sea el PSOE.

No porque el problema sea el PP.

Sino porque la pregunta obliga a examinar el funcionamiento real de las instituciones españolas.

Y ahí comienzan las dificultades.

Durante décadas se ha repetido que España es una democracia consolidada y un Estado de Derecho plenamente homologable a las democracias más avanzadas del mundo.

Formalmente, se puede afirmar que es cierto.

Existen elecciones supuestamente libres.

Existe -aparentemente- pluralidad política.

Existen tribunales.

Existen, en cierto grado, garantías procesales.

Existen libertades fundamentales.

Pero la cuestión verdaderamente importante no consiste en averiguar si España celebra elecciones.

La cuestión consiste en determinar quién controla realmente las instituciones.

Y cuando se analiza esa cuestión, aparece un fenómeno que numerosos pensadores políticos describieron hace mucho tiempo.

El progresivo desplazamiento del poder desde los ciudadanos hacia las organizaciones partidistas.

La Constitución proclama la separación de poderes.

La realidad muestra una creciente concentración del poder.

Los partidos (mejor dicho, sus comités de notables) confeccionan las listas electorales.

Los partidos deciden quién entra en el Congreso.

Los partidos deciden quién entra en el Senado.

Los partidos participan decisivamente en la designación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial.

Los partidos intervienen en la designación de los magistrados del Tribunal Constitucional.

Los partidos participan en la configuración del Tribunal de Cuentas.

Los partidos designan al Defensor del Pueblo.

Los partidos influyen sobre numerosos organismos reguladores y consultivos.

Los partidos controlan la disciplina parlamentaria.

Los partidos controlan buena parte de la vida institucional.

Y cuando un mismo fenómeno se repite una y otra vez, deja de ser una casualidad.

Se convierte en una característica estructural del sistema.

Aquí aparece Robert Michels.

Hace más de un siglo formuló la llamada Ley de Hierro de las Oligarquías.

Su conclusión era demoledora.

Toda organización compleja termina concentrando el poder en una minoría dirigente.

Las bases participan cada vez menos.

Las direcciones participan cada vez más.

La organización acaba sirviéndose a sí misma.

Y la democracia interna termina convirtiéndose en una formalidad.

Pocas descripciones encajan tan bien con la evolución de los grandes partidos españoles.

Las listas electorales cerradas y bloqueadas constituyen uno de los mejores ejemplos.

Formalmente, el ciudadano elige representantes.

En realidad, elige entre listas previamente confeccionadas por las direcciones partidistas.

Formalmente, los diputados representan a la nación.

En la práctica, dependen en gran medida de quienes elaboran las candidaturas.

De facto, el mandato imperativo está prohibido.

En la práctica, la disciplina de partido es casi absoluta.

El resultado es una paradoja.

Los ciudadanos votan.

Pero quienes controlan las listas controlan buena parte del sistema.

Esta situación ayuda a comprender muchas de las tensiones institucionales actuales.

Por ejemplo, las relacionadas con el Consejo General del Poder Judicial.

Durante años, asociaciones judiciales, juristas y organismos europeos han expresado preocupación por la influencia de los partidos en determinados nombramientos.

Lo mismo ocurre con el Tribunal Constitucional.

Lo mismo ocurre con la Fiscalía General del Estado.

Lo mismo ocurre con otros organismos llamados precisamente a supervisar el ejercicio del poder.

La cuestión no consiste necesariamente en demostrar si existe, o no, corrupción.

La cuestión consiste en examinar la apariencia de independencia.

Porque una institución no sólo debe ser independiente.

También debe parecerlo.

Y cuando millones de ciudadanos identifican automáticamente a determinados responsables institucionales con quienes impulsaron sus nombramientos, la confianza comienza a deteriorarse.

Precisamente por eso las instituciones europeas no hablan únicamente de independencia real.

También hablan de percepción de independencia.

Y ésa es una cuestión que España no ha conseguido resolver satisfactoriamente.

A ello se añade otro problema.

La enorme distancia entre la teoría jurídica y la experiencia cotidiana de muchos ciudadanos.

Sobre el papel, la Justicia española garantiza una tutela judicial efectiva.

Sobre el papel, los procedimientos son accesibles.

Sobre el papel, los derechos están protegidos.

Pero la realidad muestra con frecuencia procedimientos interminables, recursos que duran años y resoluciones que llegan cuando el daño ya resulta irreparable.

La lentitud judicial deja entonces de ser un problema administrativo.

Se convierte en un problema de Justicia.

Porque una sentencia que llega diez años tarde puede resultar tan inútil como una sentencia equivocada.

Sin embargo, el problema de fondo va mucho más allá de la Justicia.

Aquí aparece Alexis de Tocqueville.

Tocqueville advirtió que las democracias modernas podían degenerar en una forma peculiar de poder.

No una tiranía brutal.

No una dictadura clásica.

Sino un poder paternalista, protector y omnipresente.

Un poder que regula cada vez más aspectos de la vida social.

Un poder que multiplica organismos, normas, controles y dependencias.

Un poder que transforma progresivamente a los ciudadanos en menores de edad políticos.

La evolución de la sociedad española muestra algunos rasgos preocupantemente próximos a esa descripción.

Cada vez existen más regulaciones.

Más organismos.

Más estructuras administrativas.

Más subvenciones.

Más dependencia respecto del Estado.

Y menos capacidad efectiva de control por parte de los ciudadanos.

La situación recuerda también las reflexiones de Mancur Olson.

Olson explicó cómo los grupos organizados tienden a capturar recursos públicos en beneficio propio.

No destruyen completamente el sistema.

Les interesa conservarlo.

Pero lo utilizan para obtener ventajas permanentes.

El resultado es una sociedad cada vez más cargada de estructuras improductivas, privilegios adquiridos y redes clientelares difíciles de desmontar.

Por su parte, Friedrich Hayek advirtió acerca de otro problema fundamental.

Ninguna élite posee información suficiente para dirigir una sociedad compleja.

Cuanto más crece el aparato administrativo, más difícil resulta coordinarlo.

Más errores se producen.

Más normas se aprueban.

Más intervenciones aparecen para corregir errores provocados por intervenciones anteriores.

Y así se genera una espiral difícil de detener.

Todo ello conduce finalmente a la cuestión central del ensayo.

¿Quién controla a quienes controlan?

Porque ésa es la pregunta que aparece siempre al final del recorrido.

¿Quién controla a los partidos?

¿Quién controla a quienes confeccionan las listas de candidatos a las divesas elecciones?

¿Quién controla a quienes negocian los nombramientos institucionales?

¿Quién controla a quienes designan a los controladores?

La respuesta resulta cada vez más difícil.

Y precisamente por eso la hipótesis Zapatero deja de parecer extravagante.

Si algún día un ciudadano —llámese Zapatero, Sánchez, Feijóo o cualquier otro— decidiera cuestionar ante Europa la apariencia de independencia de determinadas instituciones españolas, el verdadero problema no sería ese ciudadano.

El verdadero problema sería que millones de personas comprendieran perfectamente por qué formula esa pregunta.

Y quizá ahí reside la cuestión más inquietante de todas.

No si España sigue siendo formalmente una democracia.

Sino hasta qué punto los ciudadanos conservan una capacidad real para controlar a quienes ejercen el poder en su nombre.

Porque una democracia puede sobrevivir durante mucho tiempo sin entusiasmo.

Puede sobrevivir con ineficiencias.

Puede sobrevivir con corrupción.

Puede sobrevivir con malas leyes.

Lo que difícilmente puede soportar indefinidamente es la pérdida progresiva de confianza de los ciudadanos en las instituciones llamadas a protegerlos.

Y ésa es, en última instancia, la verdadera cuestión que este ensayo pretende plantear.

Si quieres profundizar y saber más, sigue leyendo.

¿ES POSIBLE QUE ZAPATERO ALEGUE «LAWFARE» ANTE EL TJUE, TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA?

LA PREGUNTA QUE NADIE QUIERE FORMULAR

Imaginemos una situación aparentemente absurda.

José Luis Rodríguez Zapatero comparece algún día ante un tribunal en un asunto de enorme trascendencia política.

Agota las vías judiciales españolas.

Y finalmente decide acudir a Luxemburgo.

No para discutir los hechos.

No para discutir las pruebas.

No para discutir la interpretación de una ley.

Sino para plantear una cuestión mucho más incómoda:

—¿Ofrece realmente el sistema institucional español las garantías de independencia exigibles por los principios del Estado de Derecho europeo?

Muchos lectores responderían inmediatamente que sí.

Otros responderían inmediatamente que no.

Ambos se equivocarían si contestaran antes de analizar los hechos.

Porque la pregunta no gira alrededor de Zapatero.

Ni alrededor del PSOE.

Ni alrededor del PP.

Ni alrededor de ningún político concreto.

La pregunta gira alrededor de las instituciones.

Y las instituciones deben ser examinadas con independencia de quién ocupe temporalmente el poder.

Lo verdaderamente inquietante es que los argumentos que hipotéticamente podría utilizar Zapatero no tendrían por qué proceder de panfletos partidistas.

Podrían proceder de informes europeos.

De recomendaciones del Consejo de Europa.

De observaciones de GRECO.

De informes de la Comisión de Venecia.

De resoluciones judiciales europeas.

De asociaciones judiciales españolas.

Y de hechos perfectamente verificables.

Por eso el problema no es Zapatero.

El problema es que la pregunta resulta cada vez más difícil de evitar.


I. ¿QUÉ ES EL LAWFARE?

La palabra lawfare procede de la unión de los términos ingleses law (ley) y warfare (guerra).

Se utiliza para describir la utilización de mecanismos judiciales con la finalidad de perjudicar o neutralizar adversarios políticos.

La expresión se ha convertido en una de las palabras favoritas de la política contemporánea.

Cuando un adversario es investigado, suele afirmarse que la Justicia funciona.

Cuando el investigado pertenece al propio bando, aparecen inmediatamente las acusaciones de persecución judicial.

Pero la cuestión verdaderamente importante no consiste en determinar si existe lawfare.

La cuestión consiste en averiguar si las instituciones poseen la credibilidad necesaria para que los ciudadanos confíen en que no existe.

Y ahí empiezan los problemas.

Porque la confianza no se decreta.

La confianza se gana.

Y puede perderse.


II. LA MUJER DEL CÉSAR

Existe una vieja máxima que conserva toda su vigencia.

La mujer del César no sólo debe ser honrada.

También debe parecerlo.

Con la Justicia sucede exactamente igual.

No basta con que los jueces sean independientes.

Los ciudadanos deben percibir que lo son.

La independencia formal resulta insuficiente cuando desaparece la confianza pública.

Y precisamente ahí se sitúa una parte esencial del debate europeo contemporáneo.

Las instituciones europeas no sólo examinan la independencia real.

También analizan la apariencia de independencia.

Porque una Justicia que necesita explicar constantemente por qué es independiente ya está sufriendo un problema de credibilidad.


III. LA JUSTICIA DEL PAPEL Y LA JUSTICIA REAL

España posee excelentes declaraciones de principios.

Magníficos textos legales.

Cartas de derechos impecables.

Compromisos institucionales admirables.

Sobre el papel, los ciudadanos disfrutan de una tutela judicial efectiva ejemplar.

Sobre el papel, tienen derecho a una Justicia accesible, comprensible y rápida.

Sobre el papel.

Porque después aparece la realidad.

Procedimientos que duran años.

Recursos interminables.

Sentencias que llegan cuando el daño ya resulta irreparable.

Empresas arruinadas antes de obtener una resolución definitiva.

Familias destruidas por procesos interminables.

Padres separados de sus hijos durante años mientras los tribunales deliberan.

La diferencia entre la teoría y la práctica constituye uno de los grandes problemas españoles.

Los ciudadanos no juzgan las instituciones por sus folletos.

Las juzgan por los resultados.


IV. CUANDO BRUSELAS NO TERMINA DE DAR EL APROBADO

Los informes europeos sobre el Estado de Derecho no presentan a España como una dictadura.

Tampoco como una democracia fallida.

Pero tampoco ofrecen un certificado de excelencia institucional.

Año tras año reaparecen observaciones relativas a la independencia judicial.

Año tras año reaparecen recomendaciones pendientes.

Año tras año reaparecen advertencias relacionadas con los mecanismos de nombramiento y control institucional.

La cuestión no consiste en que existan críticas.

Toda democracia recibe críticas.

Lo relevante es que las mismas observaciones se repitan durante décadas.

Cuando una recomendación permanece pendiente durante años, deja de ser una anécdota.

Empieza a convertirse en un síntoma.


V. EL CGPJ Y EL PROBLEMA DE ORIGEN

La discusión sobre el Consejo General del Poder Judicial lleva décadas abierta.

La pregunta es sencilla.

¿Quién debe elegir a quienes gobiernan a los jueces?

Lo significativo es que España ingresó en la Comunidad Económica Europea con un sistema distinto del actual.

Posteriormente se consolidó un modelo en el que los acuerdos entre partidos adquirieron un peso creciente.

Sus defensores sostienen que garantiza pluralidad.

Sus críticos sostienen que favorece la captura partidista.

Pero existe una cuestión difícil de ignorar.

Cuando los ciudadanos identifican automáticamente a los vocales con el partido que impulsó su nombramiento, la confianza comienza a deteriorarse.

Y una institución sin confianza pública pierde buena parte de su autoridad moral.


VI. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

La situación se repite en el Tribunal Constitucional.

Formalmente no pertenece al Poder Judicial.

Formalmente es un órgano independiente.

Sin embargo, sus magistrados son designados mediante procedimientos en los que intervienen instituciones políticas.

Y la práctica española ha convertido esos nombramientos en objeto habitual de negociación entre partidos.

La consecuencia resulta evidente.

Una parte creciente de la población percibe el Tribunal Constitucional como una institución sometida a equilibrios partidistas.

La cuestión ya no consiste en discutir una sentencia concreta.

La cuestión consiste en preguntarse por qué una institución llamada a actuar como árbitro constitucional genera semejante nivel de desconfianza.


VII. LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

La Fiscalía constituye otro ejemplo revelador.

Formalmente actúa con arreglo a los principios de legalidad e imparcialidad.

Pero el Fiscal General del Estado es nombrado por el Gobierno.

La situación genera una pregunta elemental:

¿Puede la apariencia de independencia permanecer intacta cuando el máximo responsable de la institución encargada de promover la acción de la Justicia accede al cargo mediante una decisión gubernamental?

La cuestión no afecta a una persona concreta.

Afecta al diseño institucional.


VIII. LOS DEMÁS ORGANISMOS

La lista continúa.

Tribunal de Cuentas.

Defensor del Pueblo.

Consejos consultivos.

Organismos reguladores.

Comisiones disciplinarias.

Observatorios.

Agencias públicas.

Analizados individualmente parecen problemas menores.

Observados conjuntamente revelan un patrón.

La participación constante de los partidos en la configuración de los órganos llamados a supervisar el poder.

Y cuando el patrón se repite demasiadas veces deja de parecer una coincidencia.


IX. ¿QUIÉN FORMA A QUIÉN?

La cuestión no termina en los nombramientos.

También afecta a la formación.

A los criterios de evaluación.

A las prioridades institucionales.

A los programas doctrinales que reciben quienes deben aplicar las leyes.

Los debates relativos a la denominada perspectiva de género dentro de la formación judicial constituyen un ejemplo particularmente controvertido.

La cuestión no consiste en negar la existencia de problemas reales.

La cuestión consiste en preguntarse si determinadas perspectivas ideológicas deben convertirse en marcos obligatorios de interpretación jurídica.

Y cuando esa pregunta no puede formularse libremente, el problema deja de ser académico.

Se convierte en institucional.


X. EL PROBLEMA NO SON LOS JUECES

Llegados a este punto aparece una conclusión inesperada.

Tal vez el problema no resida principalmente en los jueces.

Ni en los fiscales.

Ni en los magistrados.

Tal vez el problema se encuentre mucho más arriba.

En los partidos políticos.

Porque son los partidos quienes confeccionan las listas electorales.

Son los partidos quienes negocian los nombramientos.

Son los partidos quienes distribuyen buena parte del poder institucional.

Y son los partidos quienes terminan condicionando el funcionamiento del conjunto del sistema.


XI. ROBERT MICHELS Y LA LEY DE HIERRO DE LAS OLIGARQUÍAS

Hace más de un siglo, Robert Michels formuló una de las observaciones más devastadoras de toda la ciencia política.

Toda organización compleja tiende a concentrar el poder en una minoría dirigente.

La organización acaba desarrollando intereses propios.

Las élites sustituyen progresivamente a las bases.

La dirección termina controlando los procedimientos.

Y quien controla los procedimientos termina controlando la organización.

Michels resumió el fenómeno en una frase inmortal:

«Quien dice organización, dice oligarquía.»

Resulta difícil encontrar una descripción más precisa de la evolución de los grandes partidos españoles.


XII. LA FICCIÓN DE LA REPRESENTACIÓN

Formalmente los diputados representan a los ciudadanos.

Formalmente votan según su conciencia.

Formalmente el mandato imperativo está prohibido.

Formalmente.

La práctica muestra otra realidad.

La disciplina de partido constituye la norma.

Las discrepancias relevantes constituyen la excepción.

Quien confecciona las listas controla el futuro político de los elegidos.

Y quien controla las listas controla en gran medida a los representantes.

La consecuencia resulta evidente.

Los ciudadanos creen elegir representantes.

Pero con frecuencia terminan eligiendo estructuras partidistas previamente configuradas por las direcciones de los partidos.


XIII. PARTIDOS MANTENIDOS POR EL ESTADO

La situación presenta otra peculiaridad.

Los grandes partidos dependen cada vez menos de sus afiliados.

Y cada vez más de recursos públicos.

Subvenciones.

Asignaciones institucionales.

Fundaciones financiadas con dinero público.

Asesores financiados con dinero público.

Estructuras financiadas con dinero público.

Con el tiempo, las organizaciones políticas corren el riesgo de dejar de parecerse a asociaciones sostenidas por sus miembros para convertirse en estructuras sostenidas por los contribuyentes.

Y cuando eso ocurre, la distancia entre dirigentes y ciudadanos tiende a aumentar.


XIV. ¿QUIÉN CONTROLA A LOS CONTROLADORES?

Ésta es la pregunta central.

No quién controla a los jueces.

No quién controla a los fiscales.

No quién controla a los organismos reguladores.

La pregunta verdaderamente importante es otra.

¿Quién controla a quienes controlan los partidos?

Porque si los partidos participan decisivamente en la designación de quienes deben fiscalizarlos, el problema deja de ser una cuestión técnica.

Se convierte en un problema estructural.


XV. LA HIPÓTESIS ZAPATERO

Y ahora regresamos al punto de partida.

Zapatero.

O cualquier otro ciudadano.

No necesitaría demostrar una conspiración.

No necesitaría demostrar una llamada telefónica.

No necesitaría demostrar una orden secreta.

Le bastaría con describir una estructura institucional.

Le bastaría con señalar cómo se nombran determinados órganos.

Le bastaría con recordar las advertencias europeas acumuladas durante años.

Y podría formular una pregunta extraordinariamente sencilla:

¿Puede considerarse plenamente satisfactorio un sistema en el que una parte tan importante de los mecanismos de control depende directa o indirectamente de acuerdos entre partidos?

La respuesta corresponde a los tribunales.

Pero la pregunta pertenece a los ciudadanos.

Y cuanto más difícil resulta responderla, más urgente se vuelve afrontar el problema.

No por Zapatero.

No por Sánchez.

No por Feijóo.

No por ningún partido.

Sino por la credibilidad de las instituciones y por el futuro mismo del Estado de Derecho en España.

XVI. EL GRAN TABÚ: LA SEPARACIÓN DE PODERES QUE NUNCA TERMINÓ DE EXISTIR

Desde hace décadas, los españoles escuchan una afirmación repetida hasta la saciedad:

España es una democracia basada en la separación de poderes.

La frase suena magnífica.

El problema aparece cuando intentamos localizar esa separación en el funcionamiento cotidiano de las instituciones.

Porque una cosa es la teoría constitucional.

Y otra muy distinta la realidad política.

Montesquieu imaginó un sistema donde el poder limitaba al poder.

Un sistema en el que quienes elaboran las leyes, quienes las ejecutan y quienes las aplican se vigilan mutuamente.

Un sistema diseñado para impedir la concentración del poder.

Sin embargo, la evolución del sistema español ha seguido una dirección muy diferente.

Los partidos controlan el Parlamento.

Los partidos controlan el Gobierno cuando alcanzan el poder.

Los partidos participan decisivamente en numerosos nombramientos institucionales.

Los partidos intervienen en la configuración de los órganos llamados a supervisar a los propios partidos.

Y, en consecuencia, la separación de poderes tiende a transformarse en una separación formal mientras aumenta la concentración efectiva del poder.

No se trata necesariamente de una conspiración.

No hace falta imaginar reuniones secretas.

Basta observar el funcionamiento ordinario del sistema.

La lógica de los partidos acaba extendiéndose a casi todos los rincones del Estado.

Y cuando esa lógica se convierte en dominante, la separación de poderes comienza a parecerse cada vez más a una ficción jurídica.


XVII. EL ESTADO DE DERECHO COMO RELATO

Existe otra cuestión particularmente incómoda.

Los ciudadanos oyen constantemente hablar del Estado de Derecho.

Gobiernos.

Partidos.

Medios de información.

Instituciones.

Todos invocan el Estado de Derecho.

Sin embargo, rara vez se explica en qué consiste exactamente.

Un Estado de Derecho no se define por lo que proclama.

Se define por sus límites.

Se define por su capacidad para impedir abusos.

Se define por la existencia de controles efectivos.

Se define por la posibilidad real de exigir responsabilidades.

Y aquí surge una pregunta extremadamente sencilla.

¿Cuántos gobernantes españoles han respondido personalmente por los errores que han causado enormes perjuicios económicos, sociales o institucionales?

¿Cuántos altos cargos han afrontado consecuencias reales por decisiones desastrosas?

¿Cuántos responsables políticos han visto comprometido su patrimonio por actuaciones gravemente negligentes?

La respuesta resulta desalentadora.

Porque el sistema español ha desarrollado una extraordinaria capacidad para diluir responsabilidades.

Los éxitos siempre tienen autor.

Los fracasos casi nunca.

El ciudadano paga.

El contribuyente paga.

La sociedad soporta las consecuencias.

Pero la responsabilidad personal raramente aparece.

Y un Estado de Derecho sin responsabilidad efectiva corre el riesgo de convertirse en una simple declaración de principios.


XVIII. LA JUSTICIA LENTA TAMBIÉN ES INJUSTICIA

Una de las grandes hipocresías institucionales españolas consiste en hablar continuamente de derechos sin mencionar los plazos necesarios para hacerlos efectivos.

La lentitud judicial no constituye un problema administrativo.

Constituye un problema moral.

Una sentencia justa que llega diez años tarde puede resultar tan dañina como una sentencia injusta.

Un procedimiento que se prolonga indefinidamente puede convertirse en un castigo en sí mismo.

Un recurso que tarda años en resolverse vacía de contenido numerosos derechos.

La Justicia tardía no siempre equivale a Justicia.

En ocasiones equivale exactamente a lo contrario.

Y sin embargo el problema persiste.

Año tras año.

Década tras década.

Gobierno tras Gobierno.

Consejo tras Consejo.

Reforma tras Reforma.

Las promesas cambian.

Los resultados apenas lo hacen.


XIX. LA CONFIANZA COMO FUNDAMENTO DE TODA INSTITUCIÓN

Existe una palabra que aparece poco en los textos legales pero que resulta esencial para comprender el funcionamiento de cualquier sociedad.

Confianza.

Los bancos viven de la confianza.

La moneda vive de la confianza.

Los mercados viven de la confianza.

Las instituciones también.

Cuando los ciudadanos dejan de confiar en la neutralidad de las instituciones, comienza un proceso extremadamente peligroso.

Cada resolución es interpretada en clave política.

Cada nombramiento genera sospechas.

Cada decisión provoca acusaciones de parcialidad.

Cada actuación es contemplada desde la desconfianza.

Y una sociedad que pierde la confianza en sus instituciones entra lentamente en una crisis de legitimidad.

No porque desaparezcan las leyes.

No porque desaparezcan los tribunales.

No porque desaparezcan las elecciones.

Sino porque desaparece la convicción de que las reglas se aplican de forma razonablemente imparcial.

Ése es el verdadero peligro.

Y probablemente constituye uno de los mayores desafíos institucionales de la España contemporánea.


XX. ¿QUÉ HARÍA UN VERDADERO REFORMADOR?

Llegados a este punto surge una cuestión inevitable.

¿Qué debería hacerse?

La respuesta comienza por reconocer el problema.

Ninguna reforma resulta posible mientras se niegue la existencia de las deficiencias.

En segundo lugar, sería necesario devolver a los ciudadanos parte del control perdido.

Mayor responsabilidad individual de los representantes.

Menor dependencia respecto de las cúpulas partidistas.

Mayor transparencia.

Mayor rendición de cuentas.

Mayor independencia de los órganos de supervisión.

Menor intervención de los partidos en las instituciones llamadas a controlarlos.

Y, sobre todo, recuperación de una idea casi olvidada:

quien ejerce poder debe responder personalmente de sus actos.

La historia constitucional española conoció instrumentos mucho más severos.

Los antiguos juicios de residencia exigían explicaciones a quienes habían ejercido funciones públicas.

Hoy la tendencia parece ser exactamente la contraria.

Cuanto mayor es el poder, más difícil resulta exigir responsabilidades.

Y quizá ahí resida uno de los problemas fundamentales.


XXI. LA PREGUNTA FINAL

Después de todo lo expuesto, la hipótesis inicial adquiere un significado completamente distinto.

Ya no hablamos realmente de Zapatero.

Ni del PSOE.

Ni del PP.

Ni de ningún dirigente concreto.

Hablamos del sistema.

Porque si un ciudadano puede acudir a Europa cuestionando la apariencia de independencia de determinadas instituciones españolas, el problema ya no es ese ciudadano.

El problema es que la pregunta resulte verosímil.

Y cuando una pregunta de esa naturaleza resulta verosímil para millones de personas, la respuesta no consiste en insultar al mensajero.

Ni en desacreditar al crítico.

Ni en repetir consignas.

La respuesta consiste en examinar honestamente el funcionamiento de las instituciones.

Y corregir aquello que deba ser corregido.

Porque las democracias no mueren únicamente por los ataques exteriores.

También pueden deteriorarse lentamente cuando dejan de reformar sus propias estructuras.

Y quizá ésa sea la verdadera cuestión que España tiene pendiente.

No si Zapatero podría alegar lawfare.

Sino por qué una parte creciente de la sociedad considera plausible que alguien pudiera hacerlo con argumentos capaces de llegar hasta Luxemburgo.

Ésa es la pregunta.

Y cuanto más se retrase la respuesta, más incómoda se volverá.

XXII. LA GRAN PARADOJA EUROPEA

Existe una ironía extraordinaria que pocas veces se menciona.

Durante años, las instituciones europeas han examinado con lupa los sistemas judiciales de diversos países.

Polonia.

Hungría.

Rumanía.

Bulgaria.

Eslovaquia.

Croacia.

Las advertencias han sido constantes.

Los informes se han multiplicado.

Las recomendaciones se han sucedido unas a otras.

Y, en principio, nada hay de extraño en ello.

La Unión Europea tiene derecho a exigir determinados estándares institucionales a sus Estados miembros.

Lo curioso aparece cuando España comienza a recibir observaciones similares.

No idénticas.

No comparables en todos los aspectos.

Pero sí relacionadas con cuestiones fundamentales:

la independencia judicial,

la apariencia de independencia,

la lucha contra la corrupción,

la eficacia de los mecanismos de control,

la excesiva influencia política sobre determinadas instituciones.

Y entonces surge una pregunta particularmente incómoda.

Si los criterios utilizados para examinar a otros países son correctos, ¿por qué no habrían de aplicarse también a España?

Y si esos criterios se aplican a España, ¿qué conclusiones deberían extraerse?

Durante demasiado tiempo la política española ha actuado como si las recomendaciones europeas fueran importantes cuando afectaban a otros países y secundarias cuando afectaban a España.

Pero los principios no funcionan así.

O son válidos para todos.

O dejan de ser principios.


XXIII. LA CULTURA DE LA IMPUNIDAD

Hay otro fenómeno que merece atención.

La extraordinaria dificultad para exigir responsabilidades en España.

No hablamos únicamente de responsabilidades penales.

Hablamos de responsabilidades políticas.

Administrativas.

Patrimoniales.

Morales.

La historia reciente está llena de errores monumentales.

Leyes defectuosas.

Decisiones desastrosas.

Políticas públicas fallidas.

Despilfarros multimillonarios.

Obras inútiles.

Organismos redundantes.

Administraciones hipertrofiadas.

Y, sin embargo, resulta extraordinariamente difícil identificar consecuencias personales proporcionales al daño causado.

El político se equivoca.

La Administración paga.

El contribuyente paga.

La sociedad paga.

Pero rara vez paga quien tomó la decisión.

Se ha instalado una cultura de irresponsabilidad institucional que constituye uno de los grandes males del sistema.

Porque cuando los errores carecen de consecuencias, los incentivos para evitarlos desaparecen.

Y cuando desaparecen los incentivos para actuar con prudencia, la imprudencia se convierte en norma.


XXIV. LOS CIUDADANOS COMO MENORES DE EDAD POLÍTICOS

Existe además una concepción profundamente paternalista del poder.

Los ciudadanos son llamados periódicamente a votar.

Después deben limitarse a observar.

Las grandes decisiones se adoptan lejos de ellos.

Las negociaciones fundamentales se desarrollan fuera de su alcance.

Los nombramientos institucionales se acuerdan en despachos.

Los pactos se negocian en privado.

Las listas electorales se confeccionan desde arriba.

Y los ciudadanos reciben el producto terminado.

La situación recuerda cada vez más a un sistema de participación tutelada.

Los ciudadanos intervienen.

Pero sólo en los momentos y en los términos previamente definidos por las organizaciones partidistas.

La capacidad de influencia real resulta mucho más reducida de lo que sugieren los discursos oficiales.

Y eso explica, al menos parcialmente, la creciente desafección política.

No porque los ciudadanos rechacen necesariamente la democracia.

Sino porque perciben que su capacidad efectiva de influir en ella resulta limitada.


XXV. LA DEGRADACIÓN DEL LENGUAJE POLÍTICO

Todo proceso de deterioro institucional suele ir acompañado por otro fenómeno.

La degradación del lenguaje.

Las palabras comienzan a perder significado.

La propaganda sustituye al análisis.

Los eslóganes sustituyen a los argumentos.

Las etiquetas sustituyen a los razonamientos.

El adversario deja de estar equivocado.

Pasa a convertirse en enemigo.

La discrepancia deja de ser legítima.

Pasa a ser sospechosa.

La crítica deja de considerarse necesaria.

Pasa a interpretarse como deslealtad.

Y en ese clima resulta cada vez más difícil abordar los problemas reales.

Porque las palabras destinadas a describir la realidad terminan utilizándose para ocultarla.

Quizá por eso ciertas preguntas provocan tanta incomodidad.

No porque sean falsas.

Sino porque obligan a abandonar las consignas y enfrentarse a los hechos.


XXVI. EL RIESGO DE CONFUNDIR LEGALIDAD Y LEGITIMIDAD

Una de las confusiones más frecuentes consiste en identificar legalidad con legitimidad.

No son la misma cosa.

Algo puede ser perfectamente legal.

Y al mismo tiempo generar una profunda desconfianza social.

Algo puede ajustarse formalmente a la ley.

Y resultar institucionalmente perjudicial.

La historia está llena de ejemplos.

Por eso el debate sobre el CGPJ, el Tribunal Constitucional o la Fiscalía General del Estado no puede resolverse simplemente afirmando que los procedimientos son legales.

La cuestión relevante es otra.

¿Contribuyen esos procedimientos a reforzar la confianza pública?

¿Contribuyen a fortalecer la percepción de imparcialidad?

¿Contribuyen a mejorar la credibilidad de las instituciones?

Si la respuesta es negativa, la mera legalidad resulta insuficiente.

Porque las instituciones viven tanto de legitimidad como de legalidad.

Y cuando la primera se deteriora, la segunda termina sufriendo también las consecuencias.


XXVII. EL ELEFANTE EN LA HABITACIÓN

Durante décadas, gran parte del debate político español ha evitado abordar el problema fundamental.

Se discuten los síntomas.

Se ignoran las causas.

Se discuten las consecuencias.

Se evita hablar de los mecanismos que las producen.

Y, sin embargo, el elefante permanece en medio de la habitación.

La concentración creciente del poder en estructuras partidistas.

La progresiva ocupación de instituciones por lógicas de partido.

La dificultad para exigir responsabilidades.

La debilidad de los controles.

La escasa participación efectiva de los ciudadanos en la toma de decisiones internas.

La disciplina casi absoluta de los representantes.

La profesionalización de la política.

La dependencia financiera respecto del Estado.

Todo ello forma parte de un mismo fenómeno.

Y mientras no se afronte en su conjunto, las reformas parciales difícilmente producirán resultados duraderos.


XXVIII. MÁS ALLÁ DE ZAPATERO

Al final, Zapatero constituye únicamente un símbolo.

Podría ser cualquier otro nombre.

Un expresidente.

Un ministro.

Un dirigente de la oposición.

Un empresario.

Un periodista.

Un ciudadano cualquiera.

Lo importante no es quién plantea la pregunta.

Lo importante es que la pregunta exista.

Y que resulte razonable formularla.

Porque cuando millones de ciudadanos empiezan a cuestionar la neutralidad de determinadas instituciones, el problema deja de ser una controversia académica.

Se convierte en una cuestión de supervivencia institucional.

Las sociedades pueden soportar errores.

Pueden soportar crisis.

Pueden soportar gobiernos incompetentes.

Lo que resulta mucho más difícil de soportar es la pérdida progresiva de confianza en las reglas del juego.


CONCLUSIÓN

La cuestión inicial parecía referirse a José Luis Rodríguez Zapatero.

En realidad nunca trató sobre él.

Trataba sobre España.

Sobre sus instituciones.

Sobre sus mecanismos de control.

Sobre la distancia creciente entre los principios proclamados y la realidad percibida por muchos ciudadanos.

Durante años se ha repetido que el problema consiste en determinados políticos.

O en determinados partidos.

O en determinadas ideologías.

Quizá el problema sea más profundo.

Quizá el problema resida en estructuras que permiten a los partidos extender su influencia mucho más allá de la representación política ordinaria.

Quizá el problema resida en la confusión progresiva entre Estado y partido.

Quizá resida en la dificultad para exigir responsabilidades.

Quizá resida en la erosión lenta de la confianza pública.

Y quizá por eso la pregunta sobre Zapatero resulta tan perturbadora.

Porque obliga a mirar directamente aquello que durante demasiado tiempo se ha preferido no examinar.

No la conducta de una persona concreta.

Sino el funcionamiento del sistema.

Y ésa es, probablemente, la discusión más importante que España tiene pendiente.

APÉNDICE I

DEL GOBIERNO REPRESENTATIVO A LA PARTITOCRACIA

Uno de los errores más frecuentes al analizar el sistema político español consiste en asumir que la situación actual constituye una consecuencia inevitable de la democracia.

No lo es.

Existen múltiples formas de democracia.

Existen múltiples sistemas electorales.

Existen múltiples mecanismos de control institucional.

Existen múltiples fórmulas para limitar el poder.

España optó por una combinación muy concreta de elementos.

Listas cerradas y bloqueadas.

Circunscripciones provinciales.

Disciplina de partido.

Financiación pública masiva.

Escaso control de los afiliados sobre las direcciones.

Elevada capacidad de las cúpulas para confeccionar candidaturas.

Concentración de poder en los aparatos.

La consecuencia fue la aparición progresiva de una realidad que numerosos autores han denominado partitocracia.

El término no describe simplemente la existencia de partidos políticos.

Eso ocurre en prácticamente todas las democracias.

Describe una situación en la que los partidos dejan de actuar como instrumentos de representación para convertirse en centros autónomos de poder.

El ciudadano ya no elige realmente a sus representantes.

Elige entre listas previamente confeccionadas por las direcciones partidistas.

El diputado ya no depende principalmente de sus electores.

Depende de quienes controlan las candidaturas.

Y las instituciones terminan reflejando esa misma lógica.

Los partidos dejan de ser una parte del sistema.

Se convierten en el sistema.


APÉNDICE II

EL SUEÑO DE MONTESQUIEU Y LA REALIDAD ESPAÑOLA

Montesquieu no diseñó la separación de poderes como un ejercicio académico.

La diseñó como un mecanismo defensivo.

Desconfiaba profundamente de la concentración del poder.

Había comprendido una verdad elemental.

Quien posee poder tiende a ampliarlo.

Por ello propuso dividirlo.

No para hacerlo más eficiente.

Sino para hacerlo menos peligroso.

La España contemporánea conserva formalmente esa arquitectura.

Pero la realidad política ha seguido una dirección diferente.

Cuando los mismos partidos participan decisivamente en la configuración del poder legislativo, del ejecutivo y de buena parte de los órganos de control, la separación de poderes pierde parte de su eficacia práctica.

No desaparece completamente.

Pero se debilita.

Y cuanto mayor es la concentración de poder partidista, más difícil resulta mantener los equilibrios originalmente imaginados por Montesquieu.


APÉNDICE III

LA LEY DE HIERRO DE LAS OLIGARQUÍAS

Robert Michels formuló una de las observaciones más pesimistas de la ciencia política.

Y probablemente una de las más certeras.

Toda organización compleja termina generando una élite dirigente.

No importa si la organización es revolucionaria o conservadora.

No importa si es religiosa o laica.

No importa si se proclama democrática o autoritaria.

La lógica organizativa acaba imponiéndose.

Las bases carecen de tiempo.

Los dirigentes disponen de información.

Las bases participan ocasionalmente.

Los dirigentes participan permanentemente.

Las bases cambian.

Las direcciones permanecen.

Y poco a poco surge una oligarquía.

Michels observó este fenómeno en partidos obreros que proclamaban ideales profundamente democráticos.

La paradoja era evidente.

Organizaciones creadas para combatir las élites terminaban generando nuevas élites.

La España contemporánea ofrece numerosos ejemplos de este fenómeno.

Congresos controlados por las direcciones.

Listas elaboradas desde arriba.

Escasa participación efectiva de los afiliados en decisiones estratégicas.

Dependencia económica respecto del aparato.

Carreras políticas condicionadas por la obediencia interna.

Todo ello encaja con sorprendente precisión en el esquema descrito por Michels hace más de un siglo.


APÉNDICE IV

EL MANDATO IMPERATIVO QUE NO EXISTE… Y EXISTE

La Constitución española prohíbe expresamente el mandato imperativo.

La teoría resulta impecable.

Cada diputado representa a toda la nación.

No está sometido a órdenes.

Debe actuar conforme a su conciencia.

Sin embargo, la práctica política cotidiana ofrece una imagen muy diferente.

Los grupos parlamentarios votan de forma extraordinariamente homogénea.

Las discrepancias relevantes resultan escasas.

Los castigos políticos para quienes desafían reiteradamente a la dirección pueden resultar severos.

Pérdida de puestos.

Exclusión de candidaturas.

Marginación interna.

Fin de la carrera política.

Formalmente el mandato imperativo no existe.

Materialmente sus efectos aparecen con frecuencia.

No mediante órdenes escritas.

Sino mediante mecanismos de control político mucho más eficaces.


APÉNDICE V

EL CONTRIBUYENTE COMO FINANCIADOR UNIVERSAL

La financiación pública de los partidos se presentó originalmente como una garantía frente a intereses privados.

La idea parecía razonable.

Reducir la dependencia respecto de grandes donantes.

Evitar influencias económicas excesivas.

Pero toda solución genera problemas nuevos.

Con el paso del tiempo, los partidos comenzaron a depender crecientemente de recursos públicos.

La consecuencia fue una transformación silenciosa.

Los partidos dejaron de necesitar tanto a sus militantes.

Los partidos dejaron de depender tanto de sus simpatizantes.

Y comenzaron a depender cada vez más del propio Estado.

El fenómeno produjo una paradoja extraordinaria.

Organizaciones destinadas a representar a la sociedad pasaron a financiarse principalmente mediante recursos obtenidos de toda la sociedad, incluidos quienes no las apoyaban.

Ello contribuyó a reforzar el peso de los aparatos permanentes y a debilitar los mecanismos tradicionales de control interno.


APÉNDICE VI

EL PROBLEMA DE LA RESPONSABILIDAD

Existe una diferencia fundamental entre el poder privado y el poder público.

En el ámbito privado, quien toma malas decisiones suele afrontar consecuencias directas.

Pierde clientes.

Pierde patrimonio.

Pierde prestigio.

Pierde recursos.

En el ámbito público español, la relación entre error y consecuencia resulta mucho más difusa.

Las malas decisiones pueden producir enormes perjuicios.

Pero las responsabilidades personales suelen diluirse.

Las organizaciones sobreviven.

Los cargos rotan.

Las estructuras permanecen.

Los costes se socializan.

Y los ciudadanos pagan.

Esta situación genera incentivos perversos.

Porque cuando los errores carecen de consecuencias personales significativas, disminuyen los incentivos para evitarlos.

La responsabilidad constituye el complemento indispensable del poder.

Y donde desaparece la primera, el segundo tiende a expandirse.


APÉNDICE VII

LA PREGUNTA QUE QUEDA PENDIENTE

Después de analizar el CGPJ.

Después de analizar el Tribunal Constitucional.

Después de analizar la Fiscalía.

Después de analizar el Tribunal de Cuentas.

Después de analizar el Defensor del Pueblo.

Después de analizar los partidos.

Después de analizar la disciplina parlamentaria.

Después de analizar la financiación pública.

Después de analizar la ley de hierro de las oligarquías.

La pregunta fundamental permanece intacta.

¿Quién controla a quienes controlan los partidos?

Porque ésa es la cuestión que aparece siempre al final de todas las cadenas de poder.

Y mientras esa pregunta carezca de una respuesta convincente, seguirán apareciendo dudas sobre la calidad institucional del sistema.

Seguirán apareciendo advertencias internacionales.

Seguirán apareciendo debates sobre independencia judicial.

Seguirán apareciendo sospechas de captura institucional.

Seguirán apareciendo ciudadanos que cuestionen la neutralidad de determinadas estructuras.

Y seguirán apareciendo preguntas incómodas.

Entre ellas la que dio origen a este ensayo.

No si Zapatero podría alegar lawfare.

Sino por qué una parte creciente de la sociedad considera plausible que alguien pudiera hacerlo.

Y, sobre todo, por qué esa posibilidad resulta cada vez menos extravagante.

APÉNDICE VIII

DEL JUICIO DE RESIDENCIA A LA IRRESPONSABILIDAD CONTEMPORÁNEA

Existe una ironía histórica que debería hacernos reflexionar.

La España que algunos presentan como atrasada, premoderna y escasamente desarrollada políticamente poseía mecanismos de control sobre los cargos públicos que hoy resultarían insoportables para buena parte de la clase política.

El llamado Juicio de Residencia constituye uno de los ejemplos más interesantes.

Su origen puede rastrearse en tradiciones jurídicas medievales que posteriormente fueron perfeccionadas por la Corona castellana y alcanzaron un notable desarrollo durante la Monarquía Hispánica.

La idea era sencilla.

Y profundamente sensata.

Quien había ejercido poder debía rendir cuentas.

No ante su partido.

No ante sus amigos.

No ante quienes lo habían nombrado.

Sino ante la ley y ante la comunidad afectada por sus decisiones.

Al concluir su mandato, el cargo público quedaba sometido a una investigación.

Se examinaba su conducta.

Se revisaban sus decisiones.

Se escuchaban denuncias.

Se analizaban abusos.

Se comprobaban posibles perjuicios causados a terceros.

Y, en caso necesario, se imponían sanciones.

Naturalmente, aquel sistema no era perfecto.

Ninguna institución humana lo es.

Pero contenía una intuición extraordinariamente valiosa.

El poder no podía separarse de la responsabilidad.

Ambos debían caminar juntos.

La España contemporánea parece haber recorrido el camino inverso.

Hoy resulta extraordinariamente difícil exigir responsabilidades efectivas a quienes gestionan enormes cantidades de recursos públicos.

Las decisiones fallidas rara vez generan consecuencias personales proporcionadas.

Los errores se diluyen.

Las responsabilidades se fragmentan.

Las organizaciones absorben las culpas.

Los individuos permanecen protegidos.

Y el ciudadano contempla con creciente perplejidad cómo quienes gestionan presupuestos multimillonarios disfrutan de niveles de responsabilidad inferiores a los exigidos a menudo a pequeños empresarios, autónomos o simples trabajadores.

La paradoja resulta evidente.

La España del siglo XVI exigía explicaciones a muchos de sus administradores.

La España del siglo XXI parece resignarse con frecuencia a no exigirlas.


APÉNDICE IX

EL PRINCIPIO OLVIDADO: QUIEN DECIDE DEBE RESPONDER

Todo sistema político se enfrenta finalmente a una pregunta esencial.

¿Quién responde cuando las cosas salen mal?

No se trata de una cuestión secundaria.

Se trata de la pregunta fundamental.

Porque la calidad de una institución puede medirse observando cómo distribuye las responsabilidades.

Cuando los beneficios son privados y las pérdidas públicas, aparece el abuso.

Cuando las decisiones son personales y las consecuencias colectivas, aparece la irresponsabilidad.

Cuando el poder aumenta mientras disminuye la rendición de cuentas, aparece el deterioro institucional.

Durante décadas se ha producido una curiosa evolución.

El volumen de recursos administrados por las instituciones públicas ha crecido.

El número de organismos ha crecido.

La capacidad regulatoria ha crecido.

La producción normativa ha crecido.

La intervención administrativa ha crecido.

Pero la responsabilidad personal de quienes toman decisiones no parece haber crecido al mismo ritmo.

Más bien ha ocurrido lo contrario.

Y esa asimetría constituye uno de los grandes problemas de las democracias contemporáneas.

No sólo de España.

Aunque en España resulte especialmente visible.


APÉNDICE X

EL ESPEJO EUROPEO

Con frecuencia los debates españoles terminan convertidos en enfrentamientos ideológicos.

Todo se interpreta en clave partidista.

Todo se traduce a términos de izquierda y derecha.

Todo acaba reduciéndose a una lucha entre bloques.

Y precisamente por eso resulta útil observar la cuestión desde fuera.

Las observaciones procedentes de instituciones europeas poseen interés no porque sean infalibles.

No lo son.

Tampoco porque carezcan de sesgos.

No carecen de ellos.

Sino porque permiten contemplar el sistema desde cierta distancia.

Cuando las mismas recomendaciones aparecen una y otra vez.

Cuando las mismas preocupaciones reaparecen durante años.

Cuando las mismas cuestiones permanecen sin resolver.

Conviene prestar atención.

No porque Europa tenga siempre razón.

Sino porque la persistencia de determinados diagnósticos suele indicar la existencia de problemas reales.

La actitud inteligente no consiste en aceptar acríticamente cualquier observación.

Pero tampoco en ignorarla sistemáticamente.

La actitud inteligente consiste en examinarla.

Contrastar los hechos.

Y preguntarse si existe alguna parte de verdad detrás de las críticas.


APÉNDICE XI

LA CONFIANZA, ÚLTIMA RESERVA DE LAS INSTITUCIONES

Las instituciones viven de muchas cosas.

Viven de presupuestos.

Viven de funcionarios.

Viven de edificios.

Viven de leyes.

Pero, por encima de todo, viven de confianza.

La confianza constituye el capital invisible de cualquier sociedad.

Y también el más difícil de reconstruir cuando se pierde.

Una institución desacreditada puede seguir existiendo durante años.

Puede conservar competencias.

Puede conservar presupuesto.

Puede conservar personal.

Puede conservar poder formal.

Pero habrá perdido algo mucho más importante.

La autoridad moral.

Y cuando la autoridad moral desaparece, las instituciones comienzan a vaciarse lentamente por dentro.

La historia ofrece innumerables ejemplos.

Imperios.

Monarquías.

Repúblicas.

Gobiernos.

Todos parecían sólidos hasta que dejaron de serlo.

Y casi siempre el deterioro comenzó mucho antes de que resultara visible.

Comenzó cuando los ciudadanos dejaron de creer.


EPÍLOGO

LA PREGUNTA PROHIBIDA

Quizá la cuestión más interesante de todo este ensayo no sea la respuesta.

Quizá sea la pregunta.

Porque las sociedades sanas no temen las preguntas.

Las sociedades seguras de sí mismas aceptan el debate.

Las instituciones sólidas soportan el escrutinio.

Las democracias maduras permiten la crítica.

Por eso la pregunta sobre Zapatero resulta tan reveladora.

No porque afecte a Zapatero.

Sino porque obliga a examinar el sistema.

Obliga a mirar allí donde normalmente se evita mirar.

Obliga a preguntarse quién controla a quienes controlan.

Obliga a analizar cómo se distribuye realmente el poder.

Obliga a cuestionar determinadas inercias que se han vuelto habituales.

Y, sobre todo, obliga a distinguir entre la realidad y el relato.

Durante décadas los españoles han escuchado innumerables discursos sobre democracia.

Sobre separación de poderes.

Sobre independencia institucional.

Sobre Estado de Derecho.

Quizá haya llegado el momento de formular una pregunta mucho más sencilla.

No qué dicen las instituciones sobre sí mismas.

Sino cómo funcionan realmente.

Porque al final las instituciones no se juzgan por sus declaraciones.

Ni por sus ceremonias.

Ni por sus discursos.

Ni por sus campañas de comunicación.

Se juzgan por sus resultados.

Y ésa es una prueba que ninguna propaganda puede superar por sí sola.

Si algún día un ciudadano —llámese Zapatero, Sánchez, Feijóo o cualquier otro— pudiera acudir a Europa cuestionando la apariencia de independencia de determinadas instituciones españolas, el verdadero problema no sería ese ciudadano.

El verdadero problema sería que millones de personas comprendieran perfectamente por qué formula esa pregunta.

Y ésa, probablemente, es la reflexión más inquietante de todas.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *