Cuando las acusaciones son demasiado graves para ignorarlas

CARLOS AURELIO CALDITO AUNIÓN.

RESUMEN PARA LECTORES CON PRISAS

El Expediente Royuela

Un archivo incómodo que exige respuestas

Existen asuntos que pueden resolverse con un simple titular.

El Expediente Royuela no es uno de ellos.

Durante años se ha hablado de él con apasionamiento. Para unos constituye la prueba de la existencia de una extensa organización criminal infiltrada en las instituciones del Estado. Para otros no pasa de ser una construcción carente de fundamento.

Entre ambas posiciones extremas existe una tercera, mucho menos ruidosa, pero probablemente más razonable.

La de quienes consideran que un asunto de semejante importancia merece ser estudiado con serenidad, rigor y sin prejuicios.

Ése ha sido el propósito de este libro.


Un archivo extraordinario

El llamado Expediente Royuela no consiste en una denuncia aislada.

Está formado por miles de manuscritos, agendas, cartas, anotaciones económicas, documentos judiciales y otros materiales cuya existencia física resulta indiscutible.

Lo que se discute no es que esos documentos existan.

Lo que se debate es su autenticidad, su significado y el valor probatorio que puede atribuirse a cada uno de ellos.

Precisamente por ello, el Expediente no admite respuestas simples.

Cada documento exige un análisis propio.


Entre la credulidad y el rechazo

Uno de los mayores errores consiste en aceptar todo el Expediente como si constituyera una verdad indiscutible.

El error contrario consiste en rechazarlo sin haber examinado un solo documento.

Ninguna de esas actitudes pertenece al terreno de la investigación.

El investigador no parte de conclusiones.

Parte de preguntas.

Comprueba.

Contrasta.

Y modifica sus conclusiones cuando las pruebas así lo exigen.


Documentos, indicios y pruebas

No todo documento constituye una prueba.

No todo indicio acredita un delito.

Y no toda coincidencia demuestra una relación causal.

A lo largo de esta obra se ha insistido constantemente en esa diferencia.

Los informes caligráficos pueden ayudar a determinar quién escribió un manuscrito.

No demuestran automáticamente que cuanto allí aparece sea cierto.

Las agendas pueden situar a determinadas personas en un mismo contexto temporal.

No bastan por sí solas para acreditar actuaciones ilícitas.

La prudencia no debilita una investigación.

La fortalece.


Las objeciones

El libro ha recogido las principales críticas formuladas contra el Expediente.

La cadena de conservación del archivo.

La necesidad de corroboraciones independientes.

La interpretación de los manuscritos.

La ausencia de una investigación judicial de conjunto.

La extraordinaria amplitud de las acusaciones.

Todas esas objeciones merecen ser conocidas.

Y ninguna debe ocultarse.


Los argumentos de los defensores

También se han expuesto las razones de quienes consideran que el Expediente merece una investigación mucho más profunda.

El enorme volumen documental.

Las aparentes coincidencias entre distintos documentos.

Los informes periciales.

La persistencia de una misma línea de denuncia durante décadas.

Y, sobre todo, la convicción de que un archivo de semejante extensión no debería ser despachado sin un examen exhaustivo.

Compartir o no esos argumentos corresponde al lector.

Conocerlos resulta imprescindible.


La cuestión decisiva

En realidad, el debate gira alrededor de una sola pregunta.

¿Debe investigarse un archivo de estas características?

Responder afirmativamente no significa aceptar su contenido.

Responder negativamente tampoco equivale a demostrar su falsedad.

La investigación constituye precisamente el instrumento mediante el cual pueden confirmarse o descartarse las hipótesis.

Ésa es la esencia del Estado de Derecho.


Dos escenarios posibles

Si las acusaciones fundamentales llegaran algún día a demostrarse, España se encontraría ante uno de los mayores escándalos institucionales de su historia reciente.

Si, por el contrario, el Expediente terminara demostrando ser esencialmente falso, también sería necesario explicar cómo pudo surgir, difundirse y adquirir tanta relevancia durante tantos años.

En ambos casos existe una conclusión común.

La sociedad tiene derecho a conocer la verdad.


Una reflexión sobre las instituciones

Las instituciones no se debilitan porque existan denuncias.

Se debilitan cuando los ciudadanos pierden la confianza en su capacidad para esclarecerlas.

La transparencia no constituye una amenaza.

Es una garantía.

Cuando las acusaciones se investigan con imparcialidad, todos salen ganando.

Si carecen de fundamento, quedan definitivamente desacreditadas.

Si contienen elementos ciertos, pueden corregirse los abusos y exigirse las responsabilidades correspondientes.


La enseñanza principal

Quizá la mayor lección que deja el Expediente Royuela no resida únicamente en los documentos que contiene.

Reside en recordar una verdad elemental.

Ninguna democracia puede pedir confianza ciega.

La confianza debe ganarse mediante la transparencia, el control del poder, la independencia judicial y el respeto escrupuloso a las garantías jurídicas.

La duda razonable no constituye un enemigo del Estado de Derecho.

Constituye uno de sus mejores aliados.

Porque sólo quien acepta que toda actuación pública puede ser examinada demuestra verdadera confianza en la fortaleza de las instituciones.


Epílogo

Al terminar este libro, el lector probablemente no dispondrá de todas las respuestas.

Sería una pretensión imposible.

Pero sí contará con más elementos para formular las preguntas adecuadas.

Y ésa es, quizá, la función más noble de una investigación.

No decir al lector qué debe pensar.

Sino proporcionarle los documentos, los argumentos y el método necesarios para que pueda pensar por sí mismo.

Como escribió Baltasar Gracián:

«La verdad rara vez llega pura, y nunca simple.»

Y precisamente por eso merece ser buscada con paciencia, con rigor y con honestidad intelectual.

Si quieres profundizar, saber más, sigue leyendo.

PRÓLOGO

¿Cómo hemos llegado hasta aquí?

Todavía resuenan los cánticos del último Campeonato del Mundo de Fútbol.

Las plazas se llenaron de banderas.

Los balcones volvieron a vestirse de rojo y amarillo.

Durante unas horas pareció que España olvidaba sus problemas.

Nada hay que reprochar a quien celebra una victoria deportiva.

Los pueblos necesitan alegrías, motivos para sentirse unidos y ocasiones para olvidar, aunque sólo sea por unas horas, las preocupaciones de cada día.

El problema comienza cuando la fiesta termina convirtiéndose en un refugio permanente frente a la realidad.

Mientras millones de españoles gritaban «¡Campeones, campeones, oé, oé, oé!», el país seguía contemplando una interminable sucesión de investigaciones judiciales, registros, declaraciones, informes policiales y nuevos escándalos.

José Luis Ábalos.

Koldo García.

Víctor de Aldama.

El rescate de Air Europa.

El rescate de Plus Ultra.

Las actuaciones atribuidas a Leire Díez.

Las joyas atribuidas a José Luis Rodríguez Zapatero.

Todo ello ocupaba las portadas.

Pero quien piense que la desconfianza hacia las instituciones nació con estos asuntos se equivoca.

España lleva demasiado tiempo acumulando razones para desconfiar.

El Expediente Royuela no aparece de la nada.

Es el último capítulo —hasta hoy— de una historia mucho más larga.

Una historia que conviene recordar antes de emitir cualquier juicio.

Cuando la desconfianza empezó a abrirse camino

La confianza no desaparece de golpe.

Se desgasta lentamente.

Primero aparece una pequeña grieta.

Después otra.

Y otra más.

Hasta que un día todo el edificio comienza a inspirar dudas.

Uno de los primeros golpes fue el terrorismo de Estado.

Los GAL.

No una teoría.

No una exageración.

Una organización criminal cuya existencia quedó acreditada por los tribunales.

José Barrionuevo.

Rafael Vera.

Fondos reservados.

Secuestros.

Torturas.

Asesinatos.

El secuestro de Segundo Marey constituye uno de los episodios más vergonzosos de nuestra historia reciente.

Los responsables confundieron a un ciudadano francés completamente ajeno a ETA con la persona que pretendían capturar.

Durante diez días permaneció secuestrado por quienes tenían precisamente la obligación de defender la ley.

Aquello no fue únicamente un error.

Fue la demostración de que el propio Estado podía delinquir cuando olvidaba los límites que él mismo estaba obligado a respetar.

Poco después llegaron los secuestros, las torturas y los asesinatos de José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala.

Sus cuerpos aparecieron años después enterrados bajo toneladas de cal viva.

Aquella imagen quedó grabada para siempre en la memoria colectiva.

También continúa rodeada de controversia la desaparición de José Miguel Etxeberria, «Naparra», objetor de conciencia al servicio militar y refugiado en el País Vasco francés, un caso que todavía hoy sigue suscitando investigaciones y versiones enfrentadas.

Los tribunales condenaron a José Barrionuevo y Rafael Vera.

Pero quedó una pregunta que nunca desapareció del todo.

¿Quién era el señor X?

Felipe González negó siempre cualquier participación y nunca fue condenado por aquellos hechos.

Sin embargo, aquella incógnita acompañó durante décadas uno de los episodios más oscuros de la democracia española.

Mientras el país intentaba asimilar aquellos acontecimientos comenzaron a aparecer nuevos escándalos.

Juan Guerra.

El hermano del vicepresidente del Gobierno utilizando un despacho oficial para actividades privadas.

Después llegó Filesa.

Una trama de financiación ilegal del PSOE que terminó con condenas del Tribunal Supremo.

A continuación apareció Ibercorp.

Y poco después estalló el caso Luis Roldán.

El director general de la Guardia Civil.

El hombre encargado de perseguir la corrupción.

Terminó huyendo de España tras enriquecerse ilícitamente.

Su fuga, su captura y su condena supusieron un durísimo golpe para el prestigio de las instituciones.

A ello se añadió el caso Banesto.

La intervención del banco y el proceso seguido contra Mario Conde ocuparon durante años la actualidad política, económica y judicial.

Cada caso parecía distinto.

Pero todos dejaban la misma impresión.

El poder también podía corromperse.

Y quienes debían impedirlo no siempre estaban a la altura de su responsabilidad.

Nuevas grietas

Muchos pensaron que aquellos episodios pertenecían ya al pasado.

Se equivocaban.

En mayo de 2006 estalló el llamado caso Faisán.

Mientras la Policía preparaba una operación contra la red de extorsión de ETA, un chivatazo alertó a los investigados.

La operación quedó frustrada.

Años después, dos mandos policiales fueron condenados por revelar el secreto de aquella actuación.

Nunca llegó a aclararse plenamente quién ordenó aquel aviso ni hasta dónde alcanzaban las responsabilidades políticas.

La desconfianza volvió a crecer.

Después llegaron los ERE de Andalucía.

Gürtel.

Púnica.

Kitchen.

El caso Nóos.

La condena de Iñaki Urdangarin.

La confesión de Jordi Pujol sobre el dinero oculto durante décadas en el extranjero.

El golpe separatista de 2017.

Las condenas dictadas por el Tribunal Supremo.

Los indultos.

Y, finalmente, la ley de amnistía.

Cuando todavía no se habían cerrado aquellas heridas aparecieron nuevos escándalos.

Koldo.

Ábalos.

Víctor de Aldama.

Las dudas sobre el rescate de Air Europa.

La ayuda concedida a Plus Ultra.

Las actuaciones atribuidas a Leire Díez.

Las joyas atribuidas a José Luis Rodríguez Zapatero.

Cada uno de estos asuntos posee características propias.

No todos tienen la misma gravedad.

No todos terminarán del mismo modo.

No todos concluirán con condenas.

Sería injusto meterlos en el mismo saco.

Pero también sería injusto negar el efecto acumulativo que todos ellos han producido.

Durante más de cuarenta años millones de españoles han visto desfilar escándalos políticos, financieros, policiales y judiciales.

Cada uno de ellos ha ido erosionando un poco más la confianza en las instituciones.

El punto de llegada

Éste es el contexto en el que aparece el Expediente Royuela.

No surge en una sociedad confiada.

No nace en un país donde las instituciones disfruten de un prestigio indiscutido.

Aparece después de décadas de terrorismo de Estado, corrupción política, financiación ilegal de partidos, abusos de poder, escándalos financieros, indultos, amnistías y una creciente pérdida de confianza en quienes deberían garantizar el funcionamiento del Estado de Derecho.

Por eso sería un error acercarse al Expediente Royuela con fanatismo.

Pero también lo sería despacharlo con una sonrisa despectiva.

Las acusaciones que contiene son extraordinarias.

Precisamente por eso exigen una respuesta extraordinariamente rigurosa.

No se trata de creer.

Tampoco de negar.

Se trata de investigar.

Porque cuando unas acusaciones alcanzan a jueces, fiscales, policías, políticos y otras personas que ocupan posiciones relevantes dentro del Estado, el silencio nunca fortalece la confianza.

Sólo la verdad puede hacerlo.

Y la verdad únicamente puede alcanzarse mediante una investigación completa, independiente y transparente.

Ése es el propósito de este libro.

No demostrar que los Royuela tienen razón.

Ni demostrar que carecen de ella.

Sino defender un principio mucho más importante.

En un Estado de Derecho, las acusaciones demasiado graves para aceptarlas sin pruebas también son demasiado graves para rechazarlas sin investigarlas.

CAPÍTULO I

Los Royuela: una historia incómoda

Todo expediente tiene un origen.

También el llamado Expediente Royuela.

No nació en un despacho oficial.

Ni en un juzgado.

Ni en una redacción periodística.

Nació de la perseverancia de una familia convencida de que llevaba décadas enfrentándose a una inmensa organización criminal enquistada en las instituciones del Estado.

Los protagonistas principales son Alberto Royuela y su hijo Santiago.

Desde hace años ambos sostienen que han reunido miles de documentos que demostrarían la existencia de una trama integrada por jueces, fiscales, policías, políticos, funcionarios, empresarios y otras personas que, aprovechando sus cargos, habrían cometido toda clase de delitos: prevaricación, cohecho, extorsión, tráfico de influencias, manipulación de procedimientos judiciales, narcotráfico e incluso asesinatos.

No se trata de acusaciones menores.

Si fueran ciertas, obligarían a reescribir buena parte de la historia política y judicial de la España contemporánea.

Si fueran falsas, nos encontraríamos ante una de las mayores mistificaciones jamás difundidas en nuestro país.

No parece que exista un término medio.

Precisamente por eso resulta imprescindible examinar el asunto con serenidad.

Ni entusiasmo acrítico.

Ni desprecio automático.

Mucho antes de Internet

Existe una idea equivocada bastante extendida.

Muchos creen que el Expediente Royuela nació en Internet.

No es cierto.

Las denuncias de la familia Royuela comenzaron muchos años antes de que las redes sociales multiplicaran su difusión.

Durante décadas presentaron escritos, denuncias y recursos ante juzgados, fiscalías y distintas administraciones.

Afirmaban que nadie quería investigar.

Con el paso de los años comenzaron a conservar copias de documentos, resoluciones, manuscritos, anotaciones y toda clase de materiales que, según sostienen, demostraban la existencia de una inmensa trama de corrupción.

Sólo mucho después decidieron difundir públicamente una parte de ese material.

Internet no creó el Expediente.

Lo hizo visible.

¿Qué contiene realmente el Expediente?

Éste es uno de los primeros errores que conviene corregir.

No existe un único «Expediente Royuela».

No hay una carpeta.

Ni un sumario.

Ni un procedimiento judicial con ese nombre.

Lo que hoy se conoce como Expediente Royuela es un inmenso conjunto documental.

Miles de páginas.

Manuscritos.

Agendas.

Fotocopias.

Anotaciones.

Grabaciones.

Denuncias.

Escritos procesales.

Informes periciales.

Resoluciones administrativas.

Correspondencia.

Fotografías.

Vídeos.

Y numerosas publicaciones difundidas durante años por la propia familia.

Ésa es precisamente una de las dificultades.

Su enorme volumen hace prácticamente imposible que un ciudadano corriente pueda estudiarlo en su totalidad.

La mayoría termina aceptándolo o rechazándolo sin haber leído más que una pequeña parte.

La montaña documental

Los partidarios del Expediente suelen afirmar que nadie ha conseguido desmontarlo.

Sus detractores responden que nadie puede tomar en serio semejante acumulación de papeles.

Ambos argumentos presentan una debilidad evidente.

Que existan miles de documentos no demuestra que sean auténticos.

Pero tampoco demuestra que sean falsos.

La cantidad nunca sustituye a la calidad.

Diez mil documentos falsos siguen siendo falsos.

Y un solo documento auténtico puede cambiar completamente una investigación.

Por eso la pregunta decisiva no es cuántos documentos existen.

La verdadera pregunta es otra.

¿Cuáles pueden demostrarse auténticos?

¿Cuáles contienen hechos verificables?

¿Cuáles resisten un examen pericial independiente?

Y, sobre todo, ¿cuáles pueden contrastarse con pruebas ajenas a la propia familia Royuela?

Ahí comienza el verdadero trabajo.

El primer error de unos y otros

Los defensores del Expediente suelen cometer un error.

Confunden documento con prueba.

No es lo mismo.

Un manuscrito puede ser auténtico.

Y, sin embargo, contener afirmaciones falsas.

Una agenda puede pertenecer realmente a una determinada persona.

Eso no significa que todo cuanto escribió sea cierto.

También incurren en un error quienes rechazan el Expediente sin haber examinado un solo documento.

La descalificación previa tampoco constituye un argumento.

Llamar «conspiración», «delirio» o «fantasía» a un conjunto documental no demuestra absolutamente nada.

La verdad nunca depende de los adjetivos.

Depende de las pruebas.

La obligación de investigar

Éste constituye el verdadero núcleo del problema.

Cuando alguien denuncia un delito, la obligación del Estado consiste en investigarlo.

Si la denuncia resulta falsa, deberá archivarse o perseguirse, según corresponda.

Si resulta fundada, deberán exigirse responsabilidades.

Lo que resulta mucho más difícil de justificar es que unas acusaciones de semejante magnitud permanezcan durante años instaladas en el debate público sin que exista una respuesta capaz de convencer a una parte importante de la sociedad.

Porque una cosa es archivar un procedimiento.

Y otra muy distinta lograr que los ciudadanos comprendan por qué se archiva.

La confianza no se impone.

Se gana.

Y sólo puede ganarse mediante investigaciones independientes, resoluciones motivadas y explicaciones comprensibles.

La pregunta que da sentido a este libro

Conviene insistir una vez más.

Este libro no pretende convencer al lector de que el Expediente Royuela es verdadero.

Tampoco pretende demostrar que todo sea falso.

Su propósito es mucho más modesto.

Y mucho más importante.

Responder a una única pregunta:

¿Ha recibido el Expediente Royuela la investigación rigurosa, independiente y transparente que unas acusaciones de semejante gravedad exigen en un auténtico Estado de Derecho?

Si la respuesta es afirmativa, habrá que examinar las razones y las pruebas que la sostienen.

Si la respuesta es negativa, el problema ya no será únicamente el Expediente Royuela.

El problema será el propio Estado de Derecho.

Porque cuando los ciudadanos dejan de confiar en que las instituciones investigan con imparcialidad, las sospechas ocupan el lugar que debería ocupar la Justicia.

CAPÍTULO II

Cuando los acusados son quienes deberían investigar

Hay una pregunta que sobrevuela todo el Expediente Royuela y que apenas se formula.

No es una cuestión política.

Tampoco ideológica.

Es, ante todo, una cuestión jurídica.

¿Qué ocurre cuando quienes presentan una denuncia afirman que los propios jueces, fiscales, policías o funcionarios encargados de investigarla forman parte de la organización denunciada?

Ésa es exactamente la tesis que sostiene la familia Royuela.

No denuncian únicamente la comisión de determinados delitos.

Sostienen algo mucho más grave.

Afirman que una parte de las instituciones encargadas de perseguir esos delitos habría participado en ellos o los habría encubierto.

Si semejante acusación fuera cierta, el problema dejaría de ser un simple procedimiento penal.

Afectaría al propio Estado de Derecho.

Pero si fuera falsa, también estaríamos ante un hecho gravísimo.

Porque significaría que durante años se ha acusado sin fundamento a decenas de personas, destruyendo su prestigio y sembrando una desconfianza enorme hacia las instituciones.

No existen muchas situaciones más delicadas.

Precisamente por eso exigen el máximo rigor.

La trampa perfecta

Este tipo de denuncias encierra una dificultad extraordinaria.

Si un juzgado archiva las actuaciones, quienes creen en el Expediente concluyen que el archivo confirma la existencia del encubrimiento.

Si la Fiscalía no aprecia indicios suficientes, interpretan que la Fiscalía también forma parte del problema.

Si la Policía descarta las acusaciones, afirman que la Policía está protegiendo a los suyos.

Así nace un círculo del que parece imposible salir.

Toda decisión contraria a las tesis del denunciante pasa a considerarse una prueba más de la propia conspiración.

Es un razonamiento peligroso.

Pero también lo sería responder con el argumento contrario.

Decir simplemente que «todo es falso» sin examinar los documentos tampoco resuelve nada.

Una democracia no puede limitarse a exigir confianza.

Debe merecerla.

Y sólo puede merecerla mediante investigaciones objetivas, resoluciones bien fundamentadas y procedimientos transparentes.

¿Quién investiga al investigador?

La pregunta no es nueva.

Los romanos ya comprendieron que nadie debe ser juez en causa propia.

Nemo iudex in causa sua.

Es uno de los principios más antiguos del Derecho.

Cuando existe un conflicto de intereses, la imparcialidad deja de estar garantizada.

Por eso las leyes prevén abstenciones, recusaciones, cambios de órgano judicial y otras medidas destinadas a proteger la apariencia de imparcialidad.

No basta con ser imparcial.

También hay que parecerlo.

Éste constituye uno de los pilares de cualquier Estado de Derecho.

Ahora bien, cuando una denuncia sostiene que la propia estructura encargada de investigar está afectada por la acusación, el problema adquiere una dimensión completamente distinta.

No basta con afirmar que todo funciona correctamente.

Es necesario convencer a los ciudadanos de que la investigación ha sido realmente independiente.

Y eso exige una transparencia mucho mayor de la habitual.

La carga de la prueba

Conviene recordar otro principio fundamental.

En un Estado de Derecho corresponde a quien acusa aportar pruebas suficientes.

Nadie puede ser condenado sobre la base de sospechas, rumores o simples conjeturas.

La presunción de inocencia protege a todos.

También a jueces.

También a fiscales.

También a policías.

También a políticos.

Sin embargo, la existencia de esa garantía tampoco autoriza a ignorar denuncias bien fundamentadas.

Precisamente porque existe la presunción de inocencia resulta imprescindible investigar con rigor antes de absolver o condenar.

No investigar nunca fortalece la Justicia.

La debilita.

El silencio tampoco absuelve

Existe una idea profundamente equivocada.

Algunas personas creen que, si una denuncia permanece sin respuesta durante años, ello demuestra automáticamente que era falsa.

Ocurre exactamente lo contrario.

El silencio no demuestra nada.

Ni confirma.

Ni desmiente.

Simplemente deja abiertas todas las preguntas.

Y cuando las instituciones callan demasiado tiempo, las sospechas crecen.

La experiencia demuestra que el vacío nunca permanece vacío.

Siempre acaba llenándose.

Si no lo ocupa la información rigurosa, lo ocuparán los rumores.

Las conjeturas.

Las redes sociales.

Las interpretaciones más extravagantes.

Por eso las instituciones tienen el deber de explicar.

No sólo de decidir.

El verdadero problema

Llegados a este punto conviene formular una afirmación que servirá de guía para el resto del libro.

El verdadero problema ya no consiste únicamente en saber si el Expediente Royuela tiene razón o no.

El verdadero problema consiste en averiguar si el Estado ha respondido con la transparencia, el rigor y la independencia que una acusación de semejante gravedad exige.

Porque una Justicia convencida de su propia rectitud no teme las preguntas.

Las responde.

No necesita refugiarse en el silencio.

Ni en la descalificación.

Ni en el desprecio.

Confía en las pruebas.

Y las pruebas, cuando son sólidas, terminan imponiéndose.

Una cuestión que nos afecta a todos

Algunos lectores pensarán que este asunto sólo interesa a la familia Royuela.

Sería un grave error.

Si mañana cualquier ciudadano denunciara una organización criminal infiltrada en las instituciones, todos esperaríamos exactamente lo mismo.

Una investigación seria.

Imparcial.

Rápida.

Exhaustiva.

Y comprensible.

Eso es lo mínimo que puede exigir quien vive en un Estado de Derecho.

No importa el nombre del denunciante.

Ni su ideología.

Ni su prestigio.

Lo único verdaderamente importante es otra cosa.

Que la verdad pueda abrirse camino.

Porque cuando los ciudadanos dejan de confiar en que las instituciones investigan con imparcialidad, el daño deja de afectar únicamente a un procedimiento judicial.

Empieza a afectar a la propia credibilidad del Estado.

Y recuperar esa confianza suele llevar muchos más años que perderla.

CAPÍTULO III

Los documentos no hablan solos

Si algo distingue al llamado Expediente Royuela de cualquier otra denuncia conocida es la enorme cantidad de documentos que lo integran.

No hablamos de unas pocas cartas.

Ni de un puñado de fotografías.

Ni de un expediente judicial convencional.

Hablamos de miles de páginas.

Manuscritos.

Agendas.

Anotaciones.

Fotocopias.

Resoluciones.

Escritos.

Informes.

Grabaciones.

Vídeos.

Correspondencia.

Y toda clase de materiales acumulados durante años.

Precisamente esa abundancia constituye, al mismo tiempo, su mayor fortaleza y su mayor debilidad.

Para unos, semejante volumen documental demuestra que resulta imposible haber inventado todo aquello.

Para otros, esa misma acumulación sólo pretende impresionar al lector y dificultar cualquier análisis serio.

Ninguna de esas afirmaciones basta por sí sola.

Un documento no demuestra la verdad de lo que afirma.

Pero tampoco puede rechazarse únicamente porque resulte incómodo o porque sus conclusiones parezcan inverosímiles.

El primer error

Uno de los errores más frecuentes consiste en confundir documento con prueba.

No son la misma cosa.

Un documento puede ser auténtico y, sin embargo, contener afirmaciones falsas.

Del mismo modo, un documento falsificado puede recoger hechos verdaderos.

La autenticidad material de un escrito y la veracidad de su contenido son cuestiones completamente distintas.

Ésta es una diferencia elemental para cualquier jurista.

Y, sin embargo, rara vez aparece explicada en los debates sobre el Expediente Royuela.

Supongamos que un estudio caligráfico concluye que un determinado manuscrito fue escrito realmente por la persona a quien se atribuye.

¿Qué demostraría?

Únicamente eso.

Que esa persona escribió aquellas líneas.

Nada más.

No demostraría automáticamente que los hechos narrados fueran ciertos.

Del mismo modo que el diario personal de cualquier individuo puede ser auténtico y contener errores, exageraciones, rumores, apreciaciones subjetivas o simples opiniones.

Qué puede demostrar una pericia

Las modernas técnicas de investigación permiten responder a numerosas preguntas.

¿Quién escribió un manuscrito?

¿En qué fecha aproximada fue redactado?

¿La tinta corresponde a la época indicada?

¿El papel existía entonces?

¿Ha sido manipulado?

¿Se añadieron páginas posteriormente?

¿Existen raspaduras, borraduras o alteraciones?

¿Se utilizaron distintas tintas o diferentes útiles de escritura?

Todo ello puede averiguarse con un elevado grado de fiabilidad.

Pero ninguna de esas respuestas demuestra automáticamente que el contenido del documento sea verdadero.

Ésa es otra investigación completamente distinta.

La segunda investigación

Una vez comprobada la autenticidad material de un documento comienza el trabajo verdaderamente importante.

Contrastar su contenido.

¿Existían realmente las personas mencionadas?

¿Ocupaban entonces los cargos que se les atribuyen?

¿Coinciden las fechas?

¿Los lugares?

¿Las cantidades?

¿Las matrículas de los vehículos?

¿Los números de teléfono?

¿Los movimientos bancarios?

¿Las resoluciones judiciales?

¿Las inscripciones registrales?

¿Las defunciones?

¿Los testimonios de terceros?

Sólo cuando distintas fuentes independientes coinciden empieza a aparecer algo parecido a una prueba sólida.

Éste es el método utilizado por la Policía Judicial.

Por los jueces de instrucción.

Por los fiscales.

Y por cualquier investigador serio.

Lo que no debe hacerse

También conviene evitar el error contrario.

Hay quienes rechazan el Expediente Royuela sin haber examinado un solo documento.

Les basta afirmar que resulta imposible.

Que nadie habría podido mantener una organización semejante durante tantos años.

Que una conspiración de ese tamaño habría terminado descubriéndose mucho antes.

Quizá tengan razón.

Quizá no.

Pero ése no es un argumento jurídico.

Es una opinión.

Y las opiniones nunca sustituyen a las pruebas.

El volumen tampoco impresiona a la Justicia

Algunas personas creen que la mera existencia de miles de documentos obliga a aceptarlos como verdaderos.

Tampoco es cierto.

Los tribunales no cuentan documentos.

Los valoran.

Un solo documento auténtico, corroborado por otras pruebas, puede resultar decisivo.

Miles de documentos irrelevantes no demuestran absolutamente nada.

La cantidad nunca sustituye a la calidad.

Éste constituye otro de los grandes errores que rodean al Expediente Royuela.

Cómo debería investigarse

Si algún día se decidiera realizar una investigación verdaderamente exhaustiva, el procedimiento no tendría por qué ser extraordinario.

Bastaría con aplicar el método habitual de cualquier investigación seria.

En primer lugar, custodiar todos los documentos originales y garantizar su conservación para evitar cualquier manipulación posterior.

Después, ordenarlos cronológicamente e identificar autores, destinatarios, fechas y materias.

A continuación, seleccionar una muestra suficientemente amplia y representativa.

No bastaría con escoger los documentos más espectaculares.

Ni únicamente los más fáciles de comprobar.

La muestra debería reflejar fielmente el conjunto del Expediente.

Posteriormente habría que practicar estudios caligráficos, químicos, documentales e informáticos.

Y, finalmente, contrastar el contenido de cada documento con fuentes completamente ajenas al propio Expediente.

Registros oficiales.

Archivos judiciales.

Protocolos notariales.

Registros mercantiles.

Catastros.

Movimientos bancarios.

Informes policiales.

Sentencias.

Hemerotecas.

Sólo después de ese trabajo podría emitirse una conclusión fundada.

Y esa conclusión debería hacerse pública con absoluta transparencia.

No mediante filtraciones interesadas.

No mediante rumores.

No mediante vídeos difundidos en Internet.

Sino mediante informes técnicos completos, sometidos al examen crítico de otros especialistas y, en su caso, al control de los tribunales.

La carga de la prueba

Conviene recordar un principio básico del Derecho.

Quien acusa debe probar.

No basta sospechar.

No basta intuir.

No basta creer.

Pero también conviene recordar otro principio igualmente importante.

Cuando una denuncia aporta documentos cuya autenticidad material puede comprobarse, el Estado tiene la obligación de examinarlos con el rigor que merezcan.

Ni más.

Ni menos.

La Justicia no existe para confirmar prejuicios.

Existe para descubrir hechos.

Una diferencia decisiva

A lo largo de este libro aparecerán continuamente documentos, nombres, fechas y acusaciones.

El lector hará bien en mantener siempre una distinción muy clara.

Documento.

Indicio.

Prueba.

Hecho acreditado.

No son sinónimos.

Confundirlos constituye el origen de buena parte de las discusiones que rodean al Expediente Royuela.

Hay quienes creen sin demostrar.

Y hay quienes niegan sin examinar.

Ambos se alejan del único camino compatible con un verdadero Estado de Derecho.

El de la investigación paciente.

La comprobación rigurosa.

El contraste de las pruebas.

Y la búsqueda honrada de la verdad.

Porque la verdad nunca teme a los documentos.

Pero tampoco nace únicamente de ellos.

CAPÍTULO IV

La letra, la tinta y el papel

Existe una idea muy extendida, alimentada por el cine y las novelas policíacas.

Basta encontrar un documento para descubrir la verdad.

La realidad es mucho más compleja.

Los documentos no hablan.

Somos nosotros quienes debemos interrogarlos.

Y, como ocurre con los testigos, unas veces dicen la verdad, otras mienten y, en ocasiones, mezclan ambas cosas.

Por eso la Documentoscopia constituye una de las disciplinas más importantes de la Criminalística.

Su misión no consiste en decidir quién tiene razón.

Su cometido es mucho más modesto y, precisamente por ello, mucho más fiable.

Responder preguntas concretas.

¿Es auténtico este documento?

¿Fue escrito por la persona a quien se atribuye?

¿Corresponden la tinta y el papel a la fecha indicada?

¿Existen manipulaciones?

¿Se añadieron hojas posteriormente?

¿Hay raspaduras, borrados o interpolaciones?

Todo eso puede investigarse.

Y, en muchas ocasiones, puede responderse con un elevado grado de certeza.

La ciencia no trabaja con intuiciones

Un perito calígrafo no pregunta si cree al denunciante.

Tampoco si simpatiza con el denunciado.

Ni siquiera le interesa el contenido del documento.

Su trabajo consiste en otra cosa.

Comparar.

Medir.

Observar.

Buscar coincidencias.

Detectar diferencias.

Examinar trazos.

Presión.

Velocidad.

Inclinación.

Separación entre palabras.

Ritmo de escritura.

Formación de letras.

Gestos gráficos inconscientes.

La escritura posee algo parecido a una huella dactilar.

Ninguna persona escribe exactamente igual que otra.

Pero tampoco escribe siempre igual.

La edad.

La enfermedad.

Los medicamentos.

El estado de ánimo.

La prisa.

Incluso el tipo de papel o de bolígrafo modifican parcialmente la escritura.

Por eso los buenos peritos nunca emiten conclusiones precipitadas.

Trabajan sobre probabilidades.

No sobre certezas absolutas.

La tinta también habla

La escritura no es el único elemento que puede examinarse.

También la tinta.

Su composición química.

Su envejecimiento.

Su oxidación.

La forma en que penetra en las fibras del papel.

Hoy resulta posible determinar si dos anotaciones fueron realizadas con el mismo bolígrafo.

Si pertenecen a épocas distintas.

Si una página fue completada años después.

O si alguien intentó simular una antigüedad inexistente.

Lo mismo ocurre con el papel.

Cada fabricante utiliza composiciones distintas.

Las fibras.

Los blanqueantes.

Las marcas de agua.

Incluso los procesos industriales dejan huellas identificables.

Un documento fechado en 1982 no puede haberse escrito sobre un papel fabricado diez años después.

Del mismo modo que una tinta comercializada en 2005 no puede aparecer en un escrito fechado en 1993.

La ciencia permite descubrir muchas falsificaciones precisamente por esos pequeños detalles que el falsificador suele pasar por alto.

La Historia está llena de documentos falsos

No sería la primera vez.

Ni será la última.

La Historia conoce innumerables falsificaciones.

La llamada Donación de Constantino sirvió durante siglos para justificar determinados poderes temporales del Papado.

Hasta que los estudios filológicos demostraron que había sido redactada siglos después del emperador Constantino.

Los llamados Protocolos de los Sabios de Sión fueron utilizados durante décadas para alimentar el antisemitismo.

También terminaron demostrando ser una falsificación.

En 1983 aparecieron los supuestos Diarios de Hitler.

Periódicos de todo el mundo anunciaron un descubrimiento histórico.

Poco después los análisis demostraron que tanto el papel como la tinta pertenecían a una época posterior a la muerte del dictador alemán.

El fraude quedó al descubierto.

La enseñanza resulta evidente.

Ni un documento antiguo demuestra por sí solo la verdad.

Ni un documento sorprendente debe rechazarse sin estudiarlo.

También existen descubrimientos auténticos

La Historia ofrece el ejemplo contrario.

Los Manuscritos del Mar Muerto fueron recibidos inicialmente con enorme escepticismo.

Hoy constituyen uno de los descubrimientos arqueológicos más importantes del siglo XX.

Las cartas de Cristóbal Colón.

Los papiros de Oxirrinco.

Las tablillas de Ebla.

Los archivos de Simancas.

Todos ellos modificaron, en mayor o menor medida, nuestro conocimiento del pasado.

¿Por qué?

Porque fueron sometidos a un examen científico.

No porque alguien creyera ciegamente en ellos.

¿Qué significa todo esto para el Expediente Royuela?

Significa algo muy sencillo.

Ni la existencia de miles de documentos demuestra automáticamente que las acusaciones sean ciertas.

Ni el enorme alcance de esas acusaciones autoriza a despreciarlas sin examen.

Cada documento debe superar su propia prueba.

Su propio análisis.

Su propia verificación.

Sólo entonces podrá saberse cuáles poseen valor probatorio.

Cuáles contienen datos ciertos.

Cuáles mezclan realidad y conjeturas.

Y cuáles, en su caso, carecen de credibilidad.

Ése es el único camino compatible con un Estado de Derecho.

La prueba reina no existe

Con frecuencia se habla de «la prueba definitiva».

En realidad, casi nunca existe.

Los jueces no suelen condenar por un único documento.

Ni por una sola declaración.

Ni por una única pericia.

La convicción judicial nace del conjunto.

Documentos.

Testigos.

Pericias.

Movimientos económicos.

Llamadas telefónicas.

Correos electrónicos.

Registros.

Declaraciones.

Cada elemento constituye una pieza del rompecabezas.

Separadamente puede significar muy poco.

Unido a los demás puede adquirir un enorme valor.

Eso también debería ocurrir con el Expediente Royuela.

No buscar un documento milagroso.

Sino comprobar si muchas piezas distintas encajan entre sí o, por el contrario, se contradicen.

El método importa más que las conclusiones

Existe una tentación muy humana.

Juzgar antes de investigar.

Buscar únicamente las pruebas que confirman nuestras ideas.

Y despreciar las que las contradicen.

Eso no es investigar.

Es hacer propaganda.

Quien crea ciegamente en el Expediente Royuela corre ese riesgo.

Quien lo rechace sin estudiarlo incurre exactamente en el mismo error.

El investigador serio no empieza preguntándose quién tiene razón.

Empieza preguntándose qué puede demostrarse.

Y acepta cambiar de opinión cuando las pruebas así lo exigen.

Ésa es la actitud que permitió descubrir la verdad en miles de procedimientos judiciales.

Y ésa debería ser también la actitud con la que cualquier ciudadano se acercara al Expediente Royuela.

Porque, al final, la cuestión no consiste en defender a unos o a otros.

Consiste en defender algo mucho más importante.

El derecho de la verdad a ser buscada con todos los medios que proporciona la ciencia y con todas las garantías que exige la Justicia.

CAPÍTULO V

Cómo leer un expediente sin perder la razón

El mayor peligro del Expediente Royuela no consiste en creer demasiado.

Tampoco en no creer nada.

El verdadero peligro consiste en dejar de razonar.

Pocas veces un ciudadano corriente se encuentra ante un conjunto documental tan extenso.

Miles de páginas.

Centenares de nombres.

Décadas de acontecimientos.

Procedimientos judiciales.

Anotaciones manuscritas.

Fechas.

Cantidades.

Siglas.

Resoluciones.

Muertes.

Supuestos sobornos.

Llamadas telefónicas.

Destinos profesionales.

Todo aparece mezclado.

Quien se acerca por primera vez al Expediente suele experimentar la misma sensación.

Una mezcla de asombro y desconcierto.

Es una reacción perfectamente normal.

Nadie puede comprender un material semejante en una sola lectura.

El bosque y los árboles

Existe un viejo dicho según el cual hay personas que no ven el bosque porque sólo miran los árboles.

Con el Expediente Royuela sucede exactamente lo contrario.

Muchos creen ver el bosque sin haber examinado un solo árbol.

Ni una actitud ni la otra resultan prudentes.

Cada documento debe estudiarse por separado.

Pero también debe analizarse dentro del conjunto.

Un dato aislado puede parecer irrelevante.

Sin embargo, al relacionarlo con otros documentos puede adquirir un significado completamente distinto.

Eso ocurre continuamente en las investigaciones criminales.

Una matrícula.

Una factura.

Una llamada telefónica.

Una agenda.

Una transferencia bancaria.

Por separado apenas significan nada.

Unidas pueden reconstruir una historia.

O desmontarla.

El peligro de las conclusiones precipitadas

La experiencia judicial demuestra que las primeras impresiones suelen ser malas consejeras.

Hay procedimientos que parecen clarísimos durante los primeros días.

Meses después se descubre que todo apuntaba en una dirección equivocada.

También sucede lo contrario.

Asuntos que parecían insignificantes terminan destapando enormes redes de corrupción.

La Historia judicial española ofrece numerosos ejemplos.

Por eso la prudencia constituye una virtud imprescindible.

No porque conduzca a la inacción.

Sino porque evita cometer errores irreparables.

El contexto también importa

Ningún documento nace aislado.

Todo escrito responde a unas circunstancias.

A una fecha.

A unas personas.

A unos acontecimientos.

Una simple anotación puede resultar incomprensible si desconocemos qué estaba ocurriendo aquel día.

Quién ocupaba determinado cargo.

Qué procedimiento judicial permanecía abierto.

Qué relaciones existían entre los protagonistas.

Ésa es otra de las razones por las que el Expediente Royuela no puede leerse como una novela.

Necesita contexto.

Mucho contexto.

Y una cronología rigurosa.

Sin ella, incluso los documentos auténticos pueden conducir a interpretaciones equivocadas.

¿Qué merece realmente atención?

No todas las afirmaciones poseen la misma importancia.

Conviene establecer una jerarquía.

En primer lugar, aquellos documentos cuya autenticidad material pueda acreditarse.

Después, los hechos que puedan comprobarse mediante fuentes independientes.

A continuación, las coincidencias repetidas entre documentos distintos.

Y, por último, las afirmaciones que, por el momento, carezcan de corroboración suficiente.

Mezclar esos cuatro niveles conduce inevitablemente a la confusión.

Separarlos permite razonar con serenidad.

El peso de las coincidencias

Existe un viejo principio utilizado por investigadores de todo el mundo.

Una coincidencia puede ser casual.

Dos coincidencias invitan a prestar atención.

Muchas coincidencias independientes exigen una explicación.

Eso no significa que constituyan automáticamente una prueba.

Pero tampoco pueden despacharse con una simple sonrisa.

La investigación criminal avanza precisamente así.

Buscando patrones.

Relacionando hechos aparentemente inconexos.

Comprobando si responden al azar o a una causa común.

El lector también tiene una responsabilidad

Vivimos en una época dominada por la prisa.

Queremos respuestas inmediatas.

Titulares.

Vídeos de dos minutos.

Opiniones rotundas.

El Expediente Royuela exige exactamente lo contrario.

Tiempo.

Paciencia.

Método.

Espíritu crítico.

Humildad intelectual.

Quien se acerque a él buscando únicamente confirmar sus propias ideas terminará encontrando exactamente eso.

Quien lo estudie dispuesto a cambiar de opinión cuando aparezcan nuevas pruebas habrá comprendido la esencia del trabajo investigador.

No existe otra manera honrada de aproximarse a un asunto de semejante complejidad.

Lo que este libro pretende hacer

Éste no será un catálogo interminable de acusaciones.

Tampoco una recopilación de nombres.

Ni un alegato en favor o en contra de la familia Royuela.

El propósito es mucho más sencillo.

Y mucho más útil.

Ordenar.

Clasificar.

Separar los hechos comprobados de los indicios.

Distinguir los documentos auténticos de las afirmaciones que contienen.

Explicar qué puede demostrarse.

Qué permanece abierto a discusión.

Y qué, sencillamente, todavía ignoramos.

Porque reconocer lo que se ignora no constituye una debilidad.

Es el primer deber de quien busca la verdad.

Un mapa antes de emprender el viaje

A partir del próximo capítulo comenzaremos a examinar las principales materias que aparecen en el Expediente Royuela.

No seguiremos el orden en que fueron difundidas.

Tampoco el orden cronológico de los documentos.

Resulta más útil agruparlas por grandes bloques.

Las relativas a la Administración de Justicia.

Las referidas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Las relacionadas con la corrupción política.

Las que afectan al crimen organizado.

Y aquellas otras que, por su extraordinaria gravedad, exigen un examen particularmente riguroso.

Sólo así evitaremos que el lector se pierda en un auténtico laberinto documental.

Porque un expediente de esta magnitud no se comprende leyendo miles de páginas sin orden.

Se comprende siguiendo un método.

Y, en toda investigación seria, el método siempre vale más que las conclusiones apresuradas.

CAPÍTULO VI

La carga extraordinaria de la prueba

Existe un viejo principio no escrito.

Cuanto más extraordinaria es una acusación, mayor debe ser la solidez de las pruebas que la sostienen.

Es una regla de simple prudencia.

No porque las afirmaciones extraordinarias sean necesariamente falsas.

Sino porque, si fueran ciertas, sus consecuencias serían enormes.

No es lo mismo denunciar una infracción administrativa que acusar a una organización de controlar durante décadas parcelas enteras del Estado.

La diferencia es abismal.

Precisamente por ello, la exigencia probatoria también debe serlo.

Ahora bien, esa misma regla admite su reverso.

Cuanto más grave sea una acusación, mayor debe ser también el esfuerzo institucional por investigarla.

No basta con sonreír.

No basta con archivar unas diligencias mediante fórmulas estereotipadas.

No basta con repetir que «no existen indicios suficientes».

Cuando la confianza pública está en juego, la explicación adquiere tanta importancia como la propia decisión.

Porque la Justicia no sólo debe ser imparcial.

También debe resultar comprensible.

El ciudadano puede aceptar una resolución desfavorable.

Lo que difícilmente acepta es no entender por qué se ha llegado a ella.

Y cuando eso ocurre, la sospecha encuentra un terreno fértil.

No porque tenga razón.

Sino porque el vacío siempre termina llenándose.

En un Estado de Derecho, la transparencia constituye la mejor aliada de la credibilidad.


CAPÍTULO VII

La duda razonable y la sospecha permanente

Vivimos rodeados de una contradicción.

Por un lado, reclamamos pruebas antes de condenar a nadie.

Y hacemos bien.

La presunción de inocencia constituye una de las mayores conquistas de la civilización jurídica.

Pero, al mismo tiempo, cada vez resulta más frecuente condenar o absolver en la plaza pública mucho antes de que concluya cualquier investigación.

Las redes sociales.

Las tertulias.

Los titulares.

Las filtraciones interesadas.

Todo contribuye a formar un juicio inmediato.

El Expediente Royuela tampoco ha escapado a esa dinámica.

Para unos, todo cuanto contiene constituye la prueba definitiva.

Para otros, todo es un disparate indigno de atención.

Ambas posturas tienen algo en común.

Prescinden del examen.

Y ése es precisamente el enemigo del conocimiento.

La duda razonable no consiste en desconfiar de todo.

Consiste en reservar el juicio hasta que las pruebas permitan formarlo.

Es una actitud incómoda.

Exige paciencia.

Obliga a convivir con la incertidumbre.

Pero constituye el único camino compatible con la honestidad intelectual.


CAPÍTULO VIII

Cuando la desconfianza se convierte en un problema de Estado

La mayor parte de este libro gira alrededor del Expediente Royuela.

Sin embargo, existe una cuestión aún más importante.

La confianza de los ciudadanos en sus instituciones.

Ésa es la verdadera riqueza de una democracia.

Un país puede soportar una crisis económica.

Una catástrofe natural.

Incluso una profunda crisis política.

Lo que difícilmente soporta durante mucho tiempo es que millones de ciudadanos lleguen a convencerse de que las instituciones ya no investigan con independencia.

En ese momento comienza una lenta erosión.

Cada resolución judicial se interpreta como una maniobra.

Cada archivo como un encubrimiento.

Cada absolución como un favor.

Cada condena como una venganza.

Nada resulta ya creíble.

Y cuando desaparece la confianza, las teorías más extravagantes encuentran un terreno abonado.

Por eso el verdadero problema nunca consiste únicamente en desmentir una acusación.

Consiste en hacerlo de manera que resulte convincente para una sociedad razonable.

Ésa es la diferencia entre imponer autoridad y merecer autoridad.

Los tribunales pueden imponer sus resoluciones.

Pero el respeto hacia la Justicia sólo puede ganarse.

Y se gana mediante independencia.

Mediante imparcialidad.

Mediante transparencia.

Y mediante una explicación suficiente de las decisiones adoptadas.

En definitiva, el Expediente Royuela constituye mucho más que un conjunto de documentos.

Se ha convertido en un termómetro.

Quizá no mida la corrupción.

Quizá tampoco mida la autenticidad de miles de manuscritos.

Lo que mide, sobre todo, es el grado de confianza que una parte de la sociedad conserva —o ha perdido— en las instituciones llamadas a proteger el Estado de Derecho.

Anatomía de una presunta organización

CAPÍTULO IX

Si el Expediente Royuela fuera cierto…

Conviene formular desde el principio una advertencia.

Las páginas que siguen no parten de una afirmación.

Parten de una hipótesis de trabajo.

Es el mismo procedimiento que utiliza cualquier investigador.

No comienza suponiendo que el sospechoso es culpable.

Tampoco parte de que sea inocente.

Formula una hipótesis.

Después intenta destruirla.

Si sobrevive a todas las comprobaciones, gana fuerza.

Si se derrumba, queda descartada.

Ése será exactamente el método seguido en este libro.

Por ello conviene plantear una pregunta sencilla.

Si todo lo que sostiene el Expediente Royuela fuera cierto…

¿cómo habría funcionado esa organización?

Responder exige dejar a un lado nombres propios y emociones.

Hay que pensar como un investigador.

Toda organización criminal, por poderosa que sea, necesita resolver siempre los mismos problemas.

Necesita una dirección.

Necesita dinero.

Necesita personas de confianza.

Necesita proteger a sus miembros.

Necesita eliminar riesgos.

Necesita influir sobre terceros.

Y necesita impedir que quienes conocen sus actividades hablen.

Ésa ha sido siempre la lógica del crimen organizado.

Desde la Cosa Nostra siciliana hasta los grandes cárteles americanos.

Desde la Camorra napolitana hasta las mafias rusas.

Las personas cambian.

Los métodos apenas.

Por eso la primera pregunta no consiste en saber quién aparece citado en los documentos.

La primera pregunta consiste en averiguar si el modelo descrito resulta internamente coherente.

Porque incluso una mentira necesita conservar cierta lógica.

Y una verdad también.

Toda organización deja huellas

Existe otra constante.

Ninguna organización humana funciona únicamente gracias al secreto.

Siempre deja rastros.

Movimientos económicos.

Llamadas.

Reuniones.

Nombramientos.

Favores.

Protecciones.

Decisiones aparentemente incomprensibles.

Ascensos inesperados.

Archivos sorprendentes.

Cambios de destino.

Silencios.

Toda estructura organizada produce consecuencias visibles.

El investigador no empieza buscando culpables.

Empieza buscando patrones.

Cuando distintos hechos aparentemente independientes comienzan a repetirse, surge una pregunta inevitable.

¿Se trata de simples coincidencias?

¿O responden a una misma causa?

Toda investigación criminal consiste, en el fondo, en responder correctamente a esa pregunta.

El poder necesita estabilidad

Las organizaciones improvisadas duran poco.

Las organizaciones que sobreviven durante décadas poseen características comunes.

Jerarquía.

Disciplina.

Reparto de funciones.

Sistemas de recompensa.

Mecanismos de castigo.

Control de la información.

Y una extraordinaria capacidad para adaptarse a los cambios.

Los gobiernos cambian.

Los ministros cambian.

Los partidos llegan y se marchan.

Sin embargo, determinadas estructuras administrativas permanecen.

Ésa constituye una de las mayores fortalezas de cualquier aparato burocrático.

Y también uno de sus mayores riesgos.

Porque el funcionario honrado aporta continuidad al Estado.

Pero una hipotética organización criminal infiltrada también encontraría en esa continuidad un instrumento extraordinariamente útil.

Ésta no es una afirmación.

Es simplemente una posibilidad teórica que cualquier investigador debe contemplar cuando analiza acusaciones de esta naturaleza.

El dinero nunca desaparece

Existe un principio casi universal en la investigación criminal.

Siga el dinero.

El dinero deja más huellas que las personas.

Las cuentas corrientes.

Las sociedades.

Los inmuebles.

Las donaciones.

Las fundaciones.

Los contratos.

Las adjudicaciones.

Las herencias.

Las cuentas en el extranjero.

Los testaferros.

Las sociedades instrumentales.

Todo ello puede reconstruirse.

Con dificultad.

Pero puede reconstruirse.

Por eso los grandes procedimientos contra organizaciones criminales rara vez comienzan por los delitos más graves.

Empiezan siguiendo el dinero.

Así ocurrió con Al Capone.

No terminó condenado por los asesinatos atribuidos a su organización.

Terminó condenado por fraude fiscal.

La historia del crimen organizado está llena de paradojas semejantes.

El miedo también deja huellas

No sólo el dinero.

También el miedo.

Los testigos que cambian de versión.

Los funcionarios que prefieren no firmar.

Los investigadores apartados.

Los ascensos inesperados.

Los traslados repentinos.

Las jubilaciones anticipadas.

Las desapariciones documentales.

Nada de ello demuestra, por sí solo, la existencia de una organización criminal.

Pero un investigador serio tampoco puede ignorarlo.

Porque el miedo constituye uno de los indicadores más difíciles de medir y, al mismo tiempo, uno de los más reveladores.

Las organizaciones criminales viven del silencio.

No necesitan convencer a todos.

Les basta con que unos pocos hablen poco y muchos prefieran callar.

El verdadero objeto de esta investigación

Conviene repetirlo una vez más.

Este libro no pretende demostrar que exista una organización criminal infiltrada en el Estado.

Tampoco pretende demostrar lo contrario.

Pretende algo mucho más sencillo.

Examinar si los hechos, documentos, resoluciones y testimonios descritos en el Expediente Royuela presentan una coherencia suficiente para justificar una investigación independiente de extraordinaria amplitud.

Ésa es la única pregunta que merece ser respondida.

Las demás vendrán después.

CAPÍTULO X

La lógica interna del Expediente

Todo gran proceso judicial plantea una pregunta previa.

¿La historia que se cuenta resulta internamente coherente?

No hablamos todavía de si es verdadera.

Ni de si puede demostrarse.

Hablamos simplemente de lógica.

Cuando un investigador recibe una denuncia compleja, lo primero que hace es comprobar si los hechos narrados podrían haber ocurrido del modo descrito.

Toda historia posee una estructura.

Un principio.

Un desarrollo.

Un desenlace.

También las organizaciones criminales.

Y también las grandes falsificaciones.

Por eso la coherencia constituye el primer filtro.

No demuestra la verdad.

Pero la ausencia de coherencia suele anunciar el error.

Una máquina demasiado grande

Éste constituye uno de los primeros interrogantes que plantea el Expediente Royuela.

Según sus promotores, durante décadas habría funcionado una organización integrada por personas pertenecientes a distintos ámbitos del poder.

Jueces.

Fiscales.

Policías.

Funcionarios.

Políticos.

Empresarios.

Y colaboradores ocasionales.

Una estructura de semejante tamaño plantea inmediatamente varias preguntas.

¿Cómo se organizaba?

¿Quién daba las órdenes?

¿Cómo se transmitían?

¿Quién resolvía los conflictos internos?

¿Cómo se sustituía a quienes morían, se jubilaban o cambiaban de destino?

¿Cómo se impedía que alguno decidiera colaborar con la Justicia?

Toda organización necesita reglas.

Incluso las organizaciones criminales.

Quizá, sobre todo ellas.

El problema del secreto

Existe otra dificultad evidente.

Cuantas más personas participan en una actividad clandestina, más difícil resulta conservar el secreto.

La experiencia histórica lo demuestra.

La mafia siciliana terminó infiltrada.

Las organizaciones terroristas acabaron llenas de confidentes.

Los servicios de inteligencia sufrieron deserciones.

Las grandes redes de espionaje terminaron dejando archivos.

Las dictaduras acabaron abriendo sus policías políticas a los historiadores.

Nada permanece oculto para siempre.

Por eso surge una pregunta inevitable.

Si la organización descrita en el Expediente existió realmente, ¿cómo consiguió mantenerse durante tanto tiempo sin desmoronarse?

No es una objeción definitiva.

Pero sí una cuestión que exige respuesta.

El factor humano

Con frecuencia imaginamos las organizaciones criminales como mecanismos perfectos.

No lo son.

Están formadas por personas.

Y las personas cometen errores.

Discuten.

Compiten.

Traicionan.

Se equivocan.

Hablan más de la cuenta.

Se dejan llevar por el miedo.

Por la ambición.

Por el resentimiento.

Muchas grandes investigaciones comenzaron precisamente así.

No porque la Policía descubriera el secreto.

Sino porque alguien decidió romper el silencio.

Todo investigador conoce esta realidad.

Por eso presta tanta atención a las contradicciones.

A los cambios de versión.

A las disputas internas.

Al dinero.

Y al orgullo.

Los seres humanos suelen destruir las organizaciones mucho antes que sus enemigos.

Las organizaciones cambian

Otro aspecto merece reflexión.

Ninguna organización permanece idéntica durante cuarenta años.

Cambian sus dirigentes.

Cambian sus objetivos.

Cambian sus métodos.

Cambian incluso sus aliados.

Si el Expediente describe una estructura tan prolongada en el tiempo, deberíamos encontrar también esa evolución.

No sería razonable esperar que una organización funcionara exactamente igual en los años ochenta que en pleno siglo XXI.

La tecnología cambia.

Las comunicaciones cambian.

Los controles bancarios cambian.

Las formas de delinquir también.

Por eso una de las cuestiones más interesantes consiste en comprobar si esa evolución aparece reflejada en los documentos.

O si, por el contrario, éstos describen una organización inmóvil.

Las contradicciones también enseñan

Muchas personas creen que una contradicción destruye automáticamente toda una investigación.

No siempre.

A veces ocurre exactamente lo contrario.

Las contradicciones ayudan a comprender mejor los hechos.

Obligan a revisar hipótesis.

A descartar errores.

A formular nuevas preguntas.

Lo importante no consiste en ocultarlas.

Sino en explicarlas.

Un expediente completamente uniforme produce incluso cierta desconfianza.

La realidad rara vez resulta perfecta.

Los procedimientos judiciales auténticos están llenos de lagunas.

De errores.

De fechas equivocadas.

De declaraciones contradictorias.

De documentos incompletos.

Eso forma parte de la naturaleza humana.

El valor de una hipótesis

En ocasiones se olvida que una hipótesis no constituye una conclusión.

Es simplemente una herramienta de trabajo.

Sirve para orientar la investigación.

Nada más.

Una buena hipótesis debe cumplir una condición fundamental.

Debe poder demostrarse falsa.

Si ninguna prueba puede destruirla, deja de pertenecer al terreno de la investigación para entrar en el de la creencia.

Ésa es una regla elemental del pensamiento científico.

Y también del Derecho.

Por eso todas las hipótesis que aparezcan en este libro deberán enfrentarse continuamente a los hechos.

No se conservarán porque resulten atractivas.

Sólo sobrevivirán si resisten el contraste con las pruebas.

El primer gran examen

A partir del próximo capítulo dejaremos de hablar en abstracto.

Comenzaremos a analizar las distintas materias que aparecen en el Expediente Royuela.

No para repetir acusaciones.

Ni para amplificar rumores.

Sino para someter cada bloque documental a un mismo criterio.

¿Qué afirma?

¿Qué documentos lo respaldan?

¿Qué hechos externos pueden comprobarse?

¿Qué lagunas presenta?

¿Qué contradicciones contiene?

¿Qué preguntas permanecen abiertas?

Sólo entonces empezará el verdadero trabajo.

Porque investigar no consiste en acumular documentos.

Consiste en separar lo demostrado de lo dudoso, lo probable de lo posible y lo posible de lo meramente imaginado.

El corazón del Expediente

CAPÍTULO XI

La pieza maestra: los manuscritos atribuidos al fiscal Mena

Toda investigación posee un punto de apoyo.

Un elemento alrededor del cual gira todo lo demás.

En el llamado Expediente Royuela, ese elemento lo constituyen los miles de manuscritos atribuidos al fiscal José María Mena.

Sin ellos, buena parte del Expediente perdería su columna vertebral.

Con ellos, en cambio, surge inmediatamente una pregunta cuya respuesta condiciona todo el resto de la investigación.

¿Quién escribió realmente esos manuscritos?

Ésa es la primera cuestión.

Y, probablemente, la más importante de todas.

Antes de preguntarnos si lo que dicen es cierto, debemos averiguar si realmente salieron de la mano de quien se afirma.

Parece una obviedad.

Pero toda investigación seria comienza precisamente así.

No por las conclusiones.

Sino por el origen de las pruebas.

El problema no consiste en creer

Con frecuencia el debate público se plantea de manera equivocada.

Hay quienes afirman:

«Yo creo que esos manuscritos son auténticos.»

Otros responden:

«Yo estoy convencido de que son falsos.»

Ambas posiciones tienen poco valor.

La autenticidad de un documento no depende de una opinión.

Depende de una investigación técnica.

Nadie determinaría la autenticidad de un cuadro de Velázquez mediante una encuesta.

Tampoco la de una moneda romana.

Ni la de una escritura notarial.

¿Por qué habría de hacerse con unos manuscritos que contienen acusaciones de extraordinaria gravedad?

La ciencia existe precisamente para sustituir las creencias por verificaciones.

Una pregunta anterior a todas las demás

Supongamos, únicamente a efectos de razonamiento, que mañana un equipo independiente de especialistas concluyera que la totalidad de los manuscritos no fueron escritos por el fiscal Mena.

La consecuencia sería inmediata.

Todo el Expediente debería replantearse desde sus cimientos.

No porque desaparecieran automáticamente todas las demás pruebas.

Sino porque su principal soporte documental habría quedado gravemente debilitado.

Ahora imaginemos el supuesto contrario.

Que un estudio independiente concluyera que esos manuscritos sí proceden realmente de la mano del fiscal.

¿Quedaría entonces demostrado todo cuanto contienen?

En absoluto.

Tan sólo habríamos resuelto la primera pregunta.

Quedaría aún la segunda.

¿Es verdad lo que escribió?

La diferencia resulta esencial.

Autenticidad y veracidad no son conceptos equivalentes.

Lo que un manuscrito puede demostrar

Si mañana apareciera el diario personal de Napoleón Bonaparte y pudiera demostrarse científicamente que fue escrito por él, los historiadores celebrarían el hallazgo.

Pero nadie aceptaría automáticamente como verdaderas todas sus afirmaciones.

Napoleón podía equivocarse.

Podía exagerar.

Podía ocultar información.

Podía justificar sus decisiones.

Podía mentir.

Lo mismo sucede con cualquier documento privado.

La autenticidad acredita al autor.

No garantiza la exactitud del contenido.

Éste constituye uno de los principios fundamentales de la crítica documental.

Y no debería olvidarse nunca al estudiar el Expediente Royuela.

¿Cómo se acredita una autoría?

La respuesta no depende de intuiciones.

Depende del trabajo de los especialistas.

Los peritos comparan centenares de rasgos gráficos.

No uno o dos.

Centenares.

La inclinación de las letras.

La presión ejercida sobre el papel.

La velocidad del trazo.

Las uniones entre caracteres.

Las formas inconscientes de escribir determinadas palabras.

Las abreviaturas habituales.

Las vacilaciones.

Las deformaciones producidas por la edad.

Todo ello configura un conjunto extraordinariamente difícil de imitar.

No imposible.

Pero sí extraordinariamente difícil.

Por eso las conclusiones periciales nunca descansan sobre un único detalle.

Descansan sobre la coincidencia de muchos.

El tiempo también deja su firma

No sólo escribe la mano.

También escribe el tiempo.

Los papeles envejecen.

Las tintas cambian.

Las fibras se deterioran.

Los dobleces dejan marcas.

La humedad modifica los materiales.

La luz altera los pigmentos.

Cada documento va acumulando una historia física.

Y esa historia puede estudiarse.

Un documento no sólo dice cosas.

También cuenta cómo ha vivido.

Ésa es una de las razones por las que los originales poseen un valor muy superior al de las fotocopias.

Cada copia elimina información.

Cada reproducción destruye matices.

Por ello, cualquier investigación rigurosa debería trabajar, siempre que fuera posible, sobre los documentos originales.

Una pregunta incómoda

Llegados a este punto aparece una cuestión inevitable.

¿Se han realizado ya estudios periciales completos, independientes y públicamente conocidos sobre el conjunto de los manuscritos atribuidos al fiscal Mena?

Y, si se han realizado, ¿cuáles fueron exactamente sus conclusiones?

¿Qué metodología emplearon?

¿Sobre cuántos documentos trabajaron?

¿Quiénes fueron los especialistas?

¿Existe contradicción entre distintos informes?

Responder con precisión a estas preguntas resulta mucho más importante que cualquier discusión en las redes sociales.

Porque la autenticidad de los manuscritos no puede decidirse por mayoría de votos.

Debe decidirse mediante criterios científicos.

El primer gran examen

Ésta será, por tanto, la primera cuestión que abordaremos.

No empezaremos preguntándonos si el Expediente Royuela demuestra la existencia de una gran organización criminal.

Comenzaremos por algo mucho más sencillo.

Y mucho más importante.

Si la pieza central sobre la que descansa buena parte del Expediente supera el primer examen.

El examen de su autenticidad.

Porque sólo después de responder a esa pregunta tendrá sentido plantear todas las demás.

CAPÍTULO XII

Los manuscritos: el cimiento sobre el que descansa todo

Toda construcción necesita unos cimientos.

Si éstos ceden, el edificio entero corre el riesgo de derrumbarse.

El Expediente Royuela no constituye una excepción.

Su auténtica columna vertebral no son los vídeos difundidos en Internet.

Ni las entrevistas.

Ni los comentarios en las redes sociales.

Ni siquiera las numerosas denuncias presentadas a lo largo de los años.

Su verdadero soporte lo forman los miles de manuscritos atribuidos al entonces fiscal jefe de Cataluña, José María Mena.

Sin ellos, buena parte del Expediente perdería consistencia.

Con ellos, surge una pregunta cuya respuesta condiciona todo lo demás.

¿Son auténticos?

No se trata todavía de averiguar si cuanto contienen es cierto.

La cuestión previa resulta mucho más sencilla.

¿Fueron realmente escritos por la persona a quien se atribuyen?

Toda investigación comienza siempre por el origen de la prueba.

Nunca por sus conclusiones.

La primera obligación

Existe una tendencia muy humana.

Cuando un documento confirma nuestras ideas tendemos a aceptarlo sin demasiadas reservas.

Cuando las contradice, buscamos inmediatamente motivos para rechazarlo.

Ninguna de esas actitudes resulta compatible con una investigación rigurosa.

El investigador no pregunta primero qué dice un documento.

Pregunta quién lo escribió.

Cuándo.

Dónde.

Con qué medios.

Y cómo llegó hasta nosotros.

Sólo después analiza su contenido.

Ésa es la diferencia entre investigar y opinar.

La cadena de custodia

En los procedimientos judiciales existe una expresión que el gran público apenas conoce.

Cadena de custodia.

Su finalidad es tan sencilla como importante.

Garantizar que el documento que hoy examina un juez es exactamente el mismo que apareció el primer día.

Sin añadidos.

Sin sustituciones.

Sin manipulaciones.

Cada persona que entra en contacto con una prueba deja constancia de ello.

Cada traslado queda documentado.

Cada intervención aparece registrada.

No se trata de una formalidad burocrática.

Es una garantía esencial.

Porque un documento auténtico puede perder todo su valor probatorio si no existe seguridad acerca de su conservación.

En el caso del Expediente Royuela, esta cuestión adquiere una importancia extraordinaria.

Conocer el recorrido seguido por los documentos desde su aparición hasta su difusión pública constituye una de las primeras tareas de cualquier investigación seria.

Originales y copias

No todos los documentos poseen el mismo valor.

Una fotocopia nunca contiene toda la información que conserva el original.

Una imagen digital elimina matices.

Un escaneado oculta detalles.

Las fibras del papel.

La presión del trazo.

Las características de la tinta.

Los dobleces.

Las huellas.

Las marcas de agua.

Todo ello desaparece o queda enormemente limitado.

Por esa razón, siempre que resulte posible, los estudios periciales deben realizarse sobre los originales.

No porque las copias carezcan de utilidad.

Sino porque nunca permiten alcanzar el mismo grado de certeza.

La autenticidad no basta

Imaginemos por un momento que un estudio independiente concluyera que todos los manuscritos fueron escritos realmente por José María Mena.

¿Quedaría demostrado el Expediente Royuela?

No.

Quedaría demostrado algo mucho más limitado.

Que el autor de aquellos escritos fue quien se afirmaba.

Nada más.

Después comenzaría el verdadero trabajo.

Comprobar si cuanto aparece en ellos corresponde a hechos reales.

Las agendas personales, los diarios íntimos y las notas privadas suelen mezclar recuerdos exactos con interpretaciones, opiniones, conjeturas e incluso errores.

Eso forma parte de la naturaleza humana.

La autenticidad del autor no convierte automáticamente en ciertos todos sus escritos.

Pero la falsedad tampoco se presume

Ahora invirtamos el razonamiento.

Supongamos que alguien afirma que los manuscritos son falsos.

La pregunta sigue siendo la misma.

¿En qué pruebas se apoya esa afirmación?

No basta con decir que las acusaciones resultan inverosímiles.

Ni con sostener que una organización semejante no podría haber existido.

Las hipótesis deben apoyarse en pruebas.

Exactamente igual que las acusaciones.

En un Estado de Derecho, quien afirma la autenticidad debe justificarla.

Y quien sostiene la falsedad también.

La descalificación no sustituye a la demostración.

La prueba científica

La ventaja de los documentos es que admiten un examen objetivo.

La escritura puede compararse.

Las tintas pueden analizarse.

El papel puede fecharse.

Las impresoras dejan huellas.

Las fotocopiadoras también.

Los archivos digitales conservan metadatos.

Incluso una simple grapa puede ofrecer información sobre la antigüedad de un documento.

La ciencia no elimina todas las dudas.

Pero reduce enormemente el espacio reservado a las opiniones.

Y eso constituye precisamente lo que diferencia una investigación de una discusión.

Una pregunta que aún espera respuesta

Después de tantos años de debate público, sorprende que la cuestión esencial continúe siendo la misma.

¿Existe un estudio pericial completo, independiente, exhaustivo y públicamente accesible sobre el conjunto de los manuscritos?

No sobre unos pocos documentos.

No sobre una selección.

Sobre el conjunto.

Si la respuesta fuera afirmativa, convendría conocer con detalle sus conclusiones.

Si la respuesta fuera negativa, la ausencia de ese estudio seguiría constituyendo una de las principales lagunas en torno al Expediente.

Porque antes de discutir el contenido de un documento siempre conviene saber si el documento es realmente lo que dice ser.

El punto de partida

Todo cuanto examinaremos a continuación depende, en buena medida, de la respuesta a esa pregunta.

No de simpatías.

No de antipatías.

No de ideologías.

Sino de un principio tan antiguo como el propio Derecho.

Antes de valorar una prueba, hay que comprobar su autenticidad.

Sólo entonces podrá comenzar el verdadero análisis.

Y sólo entonces el lector estará en condiciones de decidir, con fundamento, qué peso merece atribuir a cada una de las piezas que integran el llamado Expediente Royuela.

CAPÍTULO XIII

¿Qué valor tiene un manuscrito?

Existe una tendencia muy extendida a considerar que todo lo escrito posee el mismo valor.

No es cierto.

El Derecho distingue cuidadosamente entre unas clases de documentos y otras.

No vale lo mismo un acta notarial que una carta privada.

No tiene la misma fuerza probatoria una sentencia judicial que una anotación hecha a mano en una agenda.

Ni un documento administrativo equivale a una simple nota personal.

Esta diferencia, elemental para cualquier jurista, resulta esencial para comprender el Expediente Royuela.

Porque buena parte de los manuscritos atribuidos al fiscal José María Mena, según sostienen quienes los difunden, pertenecerían al ámbito privado.

Y un documento privado posee unas características muy distintas de las de un documento público.

Los documentos hablan… de maneras distintas

Imaginemos cuatro escritos diferentes.

El primero es una sentencia.

El segundo, una escritura notarial.

El tercero, una carta dirigida a un amigo.

El cuarto, una página arrancada de una agenda personal.

Los cuatro son documentos.

Pero ninguno desempeña la misma función.

La sentencia expresa una decisión jurisdiccional.

La escritura recoge un negocio jurídico autorizado por un fedatario público.

La carta transmite un mensaje personal.

La agenda, en cambio, puede contener simples recordatorios, impresiones, citas o reflexiones privadas.

Sería un error otorgarles idéntico valor.

Y sería igualmente erróneo negarles todo valor por el mero hecho de tratarse de documentos privados.

El problema de las anotaciones personales

Quien lleva un diario no escribe para un tribunal.

Escribe para sí mismo.

A veces resume.

Otras veces exagera.

En ocasiones utiliza iniciales que sólo él comprende.

Hace referencias incompletas.

Da por conocidas circunstancias que nadie más conoce.

Incluso emplea motes o sobrenombres.

Todo ello convierte la interpretación de un manuscrito privado en una tarea especialmente delicada.

No basta con leer las palabras.

Hay que reconstruir el contexto.

Una anotación de apenas tres líneas puede resultar perfectamente clara para quien la escribió y completamente enigmática para cualquier otra persona.

Por eso el investigador debe resistir una tentación muy frecuente.

La de completar con su imaginación aquello que el documento no dice.

El contexto decide

Una misma frase puede adquirir significados completamente distintos según el momento en que fue escrita.

Pensemos en una simple anotación.

«Hablar con Luis. Resolver el asunto.»

Nada permite saber, por sí sola, de qué asunto se trata.

Puede referirse a una reunión familiar.

A un procedimiento judicial.

A una deuda.

A una operación mercantil.

O a cualquier otra cuestión.

Sólo el contexto permite interpretar correctamente unas palabras que, aisladas, carecen de un significado preciso.

Esta regla, aparentemente sencilla, posee enorme importancia.

Muchas controversias documentales nacen precisamente de interpretaciones construidas sobre frases arrancadas de su contexto.

El riesgo de leer demasiado

Existe otro peligro.

Ver en cada documento mucho más de lo que realmente contiene.

La Historia está llena de interpretaciones construidas sobre una palabra, una fecha o una firma.

Con frecuencia, el paso del tiempo termina demostrando que aquellas conclusiones eran excesivas.

Un investigador prudente actúa de manera distinta.

Empieza por la interpretación más sencilla.

Sólo la abandona cuando las pruebas obligan a hacerlo.

Este principio, conocido en otros ámbitos como la «navaja de Occam», no resuelve todos los problemas.

Pero ayuda a evitar construcciones innecesariamente complejas.

Ello no significa que la explicación más simple sea siempre la verdadera.

Significa únicamente que no debemos multiplicar las hipótesis sin necesidad.

Cuando muchos documentos cuentan la misma historia

Ahora bien, también existe el fenómeno contrario.

Un documento aislado puede decir muy poco.

Cien documentos independientes que apuntan en la misma dirección merecen mucha más atención.

No porque demuestren automáticamente aquello que afirman.

Sino porque reducen la probabilidad de que determinadas coincidencias respondan al puro azar.

En toda investigación llega un momento en que el interés deja de centrarse en cada documento por separado.

Empieza entonces el estudio del conjunto.

Las repeticiones.

Los nombres que aparecen una y otra vez.

Las fechas.

Los lugares.

Las relaciones entre personas.

Los acontecimientos que vuelven a surgir en escritos distintos.

Es ahí donde el investigador comienza a preguntarse si existe un patrón.

Y, si existe, cuál puede ser su explicación.

La tentación del prejuicio

Conviene insistir en algo que acompañará toda esta obra.

Quien se acerca al Expediente convencido de que todo es cierto corre el riesgo de interpretar cualquier documento como una confirmación.

Quien parte de la idea contraria terminará viendo en cada página una prueba de la falsedad del conjunto.

Ambos enfoques conducen al mismo error.

El prejuicio.

Investigar exige una disciplina intelectual poco frecuente.

Aceptar que un documento puede reforzar una hipótesis.

Debilitarla.

O no aportar absolutamente nada.

No todas las pruebas tienen el mismo peso.

No todos los silencios significan lo mismo.

No todas las coincidencias poseen idéntico valor.

El criterio del investigador

Llegados a este punto, conviene recordar cuál será el método seguido en los capítulos siguientes.

Cada bloque documental será examinado respondiendo siempre a las mismas preguntas.

¿Qué afirma exactamente?

¿Qué documentos apoyan esa afirmación?

¿Puede comprobarse mediante fuentes independientes?

¿Existen contradicciones?

¿Hay explicaciones alternativas razonables?

¿Hasta dónde permiten llegar las pruebas disponibles?

Responder con serenidad a estas preguntas quizá no resuelva todos los interrogantes.

Pero permitirá algo igualmente valioso.

Separar la convicción personal del razonamiento jurídico.

Y ésa constituye, probablemente, la mayor garantía contra el error.

CAPÍTULO XIV

La Justicia como eje del Expediente

Existe una razón por la que el Expediente Royuela sitúa a la Administración de Justicia en el centro de sus acusaciones.

No porque jueces y fiscales posean más poder que los gobiernos.

Sino porque tienen la capacidad de decidir qué se investiga, qué se archiva y qué llega a juicio.

Si esa función se ejerciera de forma arbitraria, el daño para un Estado de Derecho sería inmenso.

Precisamente por eso las acusaciones dirigidas contra la Justicia exigen un rigor aún mayor que cualquier otra.

No basta con sospechar.

No basta con insinuar.

Hay que demostrar.

El poder de archivar

Muchas personas creen que una resolución judicial sólo produce efectos cuando condena.

No es cierto.

También los archivos tienen consecuencias.

Un procedimiento que se archiva deja de investigarse.

Las diligencias cesan.

Los testigos dejan de ser llamados.

Las pruebas dejan de practicarse.

Por eso el archivo constituye una resolución tan importante como una sentencia.

No significa necesariamente que los hechos no existieran.

Significa que el órgano judicial considera que no concurren los requisitos legales para continuar el procedimiento.

Ésa es una diferencia que conviene no olvidar.

Error o prevaricación

El Expediente utiliza con frecuencia una palabra especialmente grave.

Prevaricación.

No toda resolución equivocada constituye una prevaricación.

Los jueces también pueden errar.

Para que exista ese delito, la ley exige mucho más.

No basta con discrepar de una resolución.

Es preciso acreditar que fue dictada de manera consciente, arbitraria y al margen del Derecho.

La diferencia resulta esencial.

Confundir error con delito sólo conduce a desacreditar cualquier crítica seria.

Un patrón o casos aislados

Ésta será la cuestión que analizaremos en los próximos capítulos.

No si una resolución concreta fue acertada o equivocada.

Sino si los documentos describen simples decisiones discutibles o un modo de actuar repetido.

La diferencia es enorme.

Un error aislado no demuestra nada.

Una sucesión de actuaciones idénticas puede justificar nuevas preguntas.

La investigación deberá determinar si existe realmente ese patrón o si las aparentes coincidencias admiten otra explicación.

La pregunta decisiva

Al final, todo vuelve al mismo punto.

¿Permiten los documentos afirmar que existió un funcionamiento deliberadamente desviado de la Administración de Justicia?

¿O sólo muestran una acumulación de resoluciones discutibles interpretadas desde una determinada perspectiva?

Responder a esa pregunta exige algo más que opiniones.

Exige pruebas.

Y ése será el criterio que seguiremos desde ahora.

No preguntaremos quién tiene razón.

Preguntaremos qué puede demostrarse.

CAPÍTULO XV

¿Qué denuncia realmente el Expediente Royuela?

Después de varios capítulos dedicados al método, ha llegado el momento de responder a la pregunta que muchos lectores se estarán haciendo.

¿Qué contiene realmente el llamado Expediente Royuela?

La respuesta resulta más sencilla de lo que suele creerse.

No se trata de un único documento.

Ni de una denuncia aislada.

Ni de un procedimiento judicial.

El Expediente es un extenso conjunto de manuscritos, anotaciones, agendas, cartas, documentos y otros materiales que, según quienes los custodian y difunden, describen la existencia de una organización clandestina integrada por personas pertenecientes a distintos ámbitos del poder.

Su rasgo más llamativo consiste en que no presenta los hechos como episodios aislados.

Afirma que todos formarían parte de una misma estructura.

Una organización permanente

Según el relato contenido en esos documentos, dicha organización habría actuado durante décadas.

Su finalidad no sería gobernar ni obtener beneficios políticos inmediatos.

Su objetivo consistiría en conservar el poder y garantizar la impunidad de quienes formaban parte de ella.

Para conseguirlo, el Expediente describe una red de relaciones entre responsables políticos, fiscales, jueces, mandos policiales, funcionarios, empresarios y otras personas con capacidad de influencia.

No todos desempeñarían el mismo papel.

Pero todos aparecerían vinculados, de un modo u otro, a una misma dinámica de protección mutua.

Ésta constituye, probablemente, la afirmación más grave de todo el Expediente.

Mucho más que corrupción

Conviene hacer aquí una precisión importante.

La corrupción administrativa, por sí sola, no bastaría para explicar el contenido del Expediente.

Los documentos no se limitan a denunciar comisiones ilegales, adjudicaciones irregulares o enriquecimientos ilícitos.

Van mucho más allá.

Describen una presunta utilización de las instituciones del Estado para favorecer a unos, perjudicar a otros, impedir determinadas investigaciones y asegurar que ciertos asuntos nunca llegaran a esclarecerse.

Si esa descripción respondiera a la realidad, no estaríamos únicamente ante casos de corrupción.

Estaríamos ante una alteración del propio funcionamiento del Estado de Derecho.

Las complicidades

El Expediente no presenta esa supuesta organización como una estructura jerárquica en la que todos conocen todos los detalles.

Describe algo distinto.

Una suma de complicidades.

Personas que ayudan.

Personas que callan.

Personas que facilitan decisiones.

Personas que miran hacia otro lado.

Personas que cumplen órdenes sin preguntar.

Y personas que, sencillamente, consideran preferible no saber.

En ese sentido, el Expediente dibuja una organización basada tanto en las acciones como en los silencios.

Los mecanismos que describe

A lo largo de miles de páginas aparecen, entre otras, acusaciones relativas a:

  • el archivo o la paralización de determinadas investigaciones;
  • la utilización interesada de procedimientos judiciales;
  • presuntas manipulaciones documentales;
  • supuestas actuaciones irregulares de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad;
  • relaciones entre responsables públicos y determinados grupos empresariales;
  • utilización de confidentes e intermediarios;
  • supuestas amenazas, presiones y represalias contra quienes podían poner en peligro esa estructura;
  • y, en sus extremos más graves, la atribución de delitos de extraordinaria gravedad, incluidos algunos homicidios que los documentos presentan como encubrimientos o eliminaciones de personas consideradas incómodas.

Éstas son, precisamente, las afirmaciones que exigen el mayor grado de prueba y el examen más riguroso.

Una visión global

Lo verdaderamente singular del Expediente no reside en cada una de esas acusaciones por separado.

En España han existido numerosos casos de corrupción, de prevaricación, de abuso de poder o de financiación ilegal.

Lo excepcional es que todos esos hechos aparezcan descritos como manifestaciones de una única organización que actuaría de manera continuada durante décadas.

Ésa es la tesis central del Expediente.

Y es también la que requiere el análisis más exigente.

Lo que examinaremos

En los capítulos siguientes no seguiremos el orden en que aparecen los documentos.

Resultaría inabarcable.

Los agruparemos por materias.

Administración de Justicia.

Fiscalía.

Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Poder político.

Mundo empresarial.

Muertes cuya autoría o encubrimiento se atribuye a esa presunta organización.

En cada caso seguiremos siempre el mismo método.

Primero veremos qué afirman los documentos.

Después qué elementos de apoyo aportan.

Más tarde qué objeciones pueden formularse.

Y, por último, hasta dónde permiten llegar, razonablemente, las pruebas conocidas.

Sólo así será posible distinguir entre lo que el Expediente sostiene, lo que puede corroborarse y lo que, al menos por ahora, continúa siendo una hipótesis pendiente de confirmación o de refutación.

CAPÍTULO XVI

¿Qué cuenta el Expediente Royuela?

Quien se acerca por primera vez al Expediente Royuela suele creer que va a encontrar una larga relación de casos de corrupción.

Se equivoca.

La corrupción ocupa un lugar importante, pero no constituye el núcleo del relato.

Lo que el Expediente describe es algo mucho más ambicioso y, precisamente por ello, mucho más grave.

Según los documentos atribuidos a sus autores, durante décadas habría funcionado en España una organización clandestina integrada por personas situadas en distintos niveles del poder político, judicial, fiscal, policial, administrativo y económico.

No se trataría de una banda criminal en el sentido clásico.

No tendría estatutos.

Ni sede.

Ni organigrama conocido.

Su fuerza residiría precisamente en su invisibilidad.

Un poder paralelo

El Expediente sostiene que, junto al Estado visible, habría existido otro poder mucho menos conocido.

No gobernaría mediante leyes.

Gobernaría mediante influencias.

No necesitaría dar órdenes por escrito.

Bastaría con llamadas telefónicas, favores, compromisos y lealtades personales.

Según ese relato, determinadas personas ocuparían puestos clave desde los que podrían favorecer, proteger o perjudicar a terceros.

No siempre actuando directamente.

En ocasiones bastaría con no actuar.

Con retrasar una investigación.

Con archivar unas diligencias.

Con extraviar un documento.

Con mirar hacia otro lado.

La Fiscalía

Uno de los ejes fundamentales del Expediente gira en torno a la Fiscalía.

Muchos manuscritos atribuidos a José María Mena contienen anotaciones que, según quienes difunden el Expediente, reflejarían decisiones internas, contactos, instrucciones y actuaciones que nunca habrían trascendido oficialmente.

En esas anotaciones aparecen nombres de fiscales, jueces, responsables políticos, policías, empresarios y otras personas relacionadas, presuntamente, con investigaciones de especial relevancia.

Según el Expediente, la Fiscalía no habría actuado siempre guiada exclusivamente por criterios jurídicos.

En determinados asuntos, las decisiones responderían también a intereses ajenos al proceso judicial.

Ésta constituye una de las acusaciones más delicadas de toda la documentación.

La Administración de Justicia

El Expediente también sostiene que determinadas resoluciones judiciales no responderían únicamente a la valoración imparcial de las pruebas.

Según esa tesis, algunas investigaciones habrían sido impulsadas con extraordinaria rapidez mientras otras quedaban paralizadas, archivadas o demoradas durante años.

No se trataría, siempre según el contenido de los documentos, de simples errores humanos.

Se describiría un modo de actuar destinado a proteger a determinadas personas y perjudicar a otras.

Naturalmente, ésta es una afirmación que exige un examen especialmente riguroso.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Otro bloque importante del Expediente se refiere a la actuación de determinados miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Los documentos hablan de confidentes, seguimientos, escuchas, elaboración de informes, destrucción de pruebas y actuaciones que sus autores presentan como ajenas a la legalidad.

No describen una actuación uniforme de todos los policías o guardias civiles.

Al contrario.

Presentan una diferencia constante entre quienes cumplirían honradamente con su deber y quienes, siempre según el Expediente, habrían puesto su posición al servicio de intereses particulares.

La política

Los nombres de numerosos dirigentes políticos aparecen repetidamente a lo largo de la documentación.

No pertenecen a una sola formación.

Aunque el protagonismo principal recae sobre determinadas etapas de gobierno socialista, también aparecen referencias a personas vinculadas a otros partidos.

Según el Expediente, el objetivo no sería favorecer unas siglas concretas.

Sería conservar un determinado sistema de poder, cualquiera que fuese el color político del Gobierno en cada momento.

Ésa es una de las afirmaciones más llamativas de toda la documentación.

El dinero

Toda organización necesita recursos.

El Expediente contiene numerosas referencias a pagos, comisiones, entregas de dinero, cuentas bancarias, sociedades mercantiles y operaciones económicas que, según sus autores, servirían para financiar esa estructura o recompensar determinados servicios.

No todas esas anotaciones poseen el mismo grado de detalle.

Algunas incluyen cifras concretas.

Otras se limitan a breves referencias cuyo significado sólo puede entenderse en relación con otros documentos.

Precisamente por eso resulta imprescindible estudiar el conjunto y no frases aisladas.

Las muertes

Éste es, sin duda, el aspecto más estremecedor del Expediente.

Los documentos no se limitan a denunciar corrupción o prevaricación.

En determinados pasajes atribuyen a esa presunta organización la preparación, ejecución o encubrimiento de homicidios.

Las víctimas serían, según esa versión, personas que estorbaban, conocían demasiados secretos o podían poner en peligro a la propia organización.

Nos encontramos aquí ante las acusaciones más graves de toda la documentación.

Y, precisamente por ello, las que requieren el mayor nivel de corroboración.

No basta con una anotación manuscrita.

No basta con una sospecha.

No basta con una coincidencia.

Cada caso exige un análisis independiente, apoyado en cuantos elementos objetivos puedan reunirse.

El hilo conductor

Pese a la enorme variedad de asuntos tratados, todos los documentos parecen construidos alrededor de una misma idea.

La existencia de una red de favores recíprocos.

Quien protege hoy será protegido mañana.

Quien guarda silencio recibirá protección cuando la necesite.

Quien rompa ese pacto quedará aislado.

Ése es el verdadero hilo conductor del Expediente Royuela.

No una sucesión de escándalos independientes.

Sino el relato de un sistema que, según los documentos, habría convertido la lealtad personal en un valor superior a la ley.

Y ésa es precisamente la cuestión que, en los próximos capítulos, deberemos examinar con serenidad, espíritu crítico y el máximo rigor posible.

CAPÍTULO XVII

¿Puede mantenerse un secreto durante décadas?

Ésta es, probablemente, la primera objeción que formula cualquier lector.

«Es imposible que una organización de ese tamaño permanezca oculta durante tantos años.»

A primera vista, el argumento parece sólido.

Sin embargo, quizá la pregunta esté mal formulada.

Porque el Expediente no describe una sociedad secreta al estilo de las novelas.

Describe algo muy distinto.

Describe una red de relaciones personales.

Y las redes funcionan de otra manera.

Nadie necesita conocerlo todo

Una organización clandestina resulta extremadamente frágil cuando todos sus miembros conocen todos los secretos.

Basta con que uno hable para que todo se derrumbe.

Por eso las organizaciones más duraderas suelen funcionar de manera diferente.

Cada persona conoce únicamente aquello que necesita saber.

Un funcionario recibe una instrucción.

Un policía practica una diligencia.

Un fiscal adopta una decisión.

Un empresario realiza un pago.

Cada uno puede ignorar qué hacen los demás.

No hace falta un director de orquesta visible.

Basta con que cada pieza cumpla su cometido.

Si el Expediente describe realmente una estructura de esta naturaleza, la compartimentación explicaría buena parte de su aparente resistencia.

El poder del silencio

Existe otro elemento que rara vez se tiene en cuenta.

No todos los silencios obedecen al miedo.

Algunas personas callan por lealtad.

Otras por interés.

Otras porque consideran que denunciar les perjudicaría más que guardar silencio.

Y muchas, sencillamente, porque creen que nadie las escuchará.

La Historia ofrece numerosos ejemplos de hechos conocidos por decenas de personas que nunca llegaron a hacerse públicos hasta muchos años después.

No porque todos conspiraran.

Sino porque cada uno encontraba un motivo distinto para callar.

La banalidad del mal

En este punto conviene recordar una reflexión de Hannah Arendt.

Al estudiar el juicio contra Adolf Eichmann, observó que muchos de los participantes en un sistema injusto no actuaban movidos por un odio extraordinario ni por una maldad excepcional.

Simplemente cumplían la función que se esperaba de ellos.

Sin hacerse preguntas.

Sin plantearse las consecuencias últimas de sus actos.

Si esa reflexión resulta válida para comprender otros fenómenos históricos, también invita a una prudencia elemental.

No toda colaboración exige una conspiración consciente.

A veces basta con la rutina, la obediencia o la comodidad.

El expediente no acusa a todos

Éste es un matiz que suele olvidarse.

El Expediente no sostiene que jueces, fiscales, policías o políticos formen parte de una misma organización.

Al contrario.

La inmensa mayoría de quienes integran esas instituciones nunca aparecen mencionados.

Las acusaciones recaen sobre personas concretas.

Ésta es una diferencia esencial.

Porque una cosa es denunciar a determinados individuos.

Y otra muy distinta desacreditar a una institución entera.

Confundir ambos planos sólo conduce a la injusticia.

La verdadera dificultad

La cuestión decisiva no consiste en saber si una red semejante podría existir.

La Historia demuestra que han existido organizaciones clandestinas, tramas de corrupción y redes de influencia en numerosos países.

La verdadera dificultad consiste en demostrar que una organización concreta existió realmente, quiénes la integraban, cómo actuaba y qué hechos pueden atribuírsele con fundamento.

Ésa es la carga de la prueba.

Y ése seguirá siendo el criterio de este libro.

Porque un Estado de Derecho no puede conformarse con sospechas, pero tampoco debería desentenderse de denuncias de extraordinaria gravedad sin investigarlas hasta sus últimas consecuencias.

CAPÍTULO XVIII

Un rompecabezas de miles de piezas

Quien hojea por primera vez el Expediente Royuela suele sentirse desbordado.

Miles de páginas.

Centenares de nombres.

Fechas.

Anotaciones.

Siglas.

Cantidades.

Lugares.

Procedimientos judiciales.

Leído de principio a fin, produce la impresión de un inmenso caos.

Sin embargo, quienes sostienen su autenticidad afirman precisamente lo contrario.

Dicen que no se trata de un montón de documentos inconexos, sino de un rompecabezas en el que cada pieza ayuda a comprender las demás.

Ésa es, precisamente, la cuestión que debe examinarse.

Los nombres que se repiten

Un detalle llama inmediatamente la atención.

Hay personas que aparecen una sola vez.

Otras, dos o tres.

Pero existen determinados nombres que se repiten de manera constante a lo largo de los años.

Según el Expediente, esa repetición no sería casual.

Respondería al hecho de que determinadas personas ocuparían posiciones clave dentro de la supuesta red de influencias.

Naturalmente, la mera reiteración de un nombre no demuestra nada.

Puede obedecer a muchas razones.

Pero sí constituye un dato que merece ser analizado.

En cualquier investigación, aquello que se repite suele resultar más interesante que aquello que aparece de forma aislada.

Las conexiones

El Expediente tampoco presenta a esas personas como compartimentos estancos.

Las sitúa en relación unas con otras.

Un fiscal aparece vinculado con un juez.

Ese juez mantiene contacto con un responsable político.

Éste, a su vez, figura relacionado con un empresario.

Más adelante surge un mando policial.

Después un intermediario.

Y así sucesivamente.

No siempre existen pruebas directas de esas relaciones.

En ocasiones sólo aparecen reflejadas en una anotación manuscrita.

En otras, los documentos incorporan referencias cruzadas que, según sus defensores, permitirían reconstruir esas conexiones.

Precisamente ahí reside una de las principales dificultades del Expediente.

Distinguir entre una relación acreditada y una relación simplemente afirmada.

Los asuntos que nunca desaparecen

Otro aspecto llamativo es la reiteración de determinados temas.

Las mismas personas.

Los mismos procedimientos.

Las mismas empresas.

Los mismos conflictos.

Década tras década.

Según el Expediente, esa continuidad demostraría que no se trata de episodios independientes, sino de un sistema estable.

Ahora bien, también cabe otra posibilidad.

Que esa impresión de continuidad responda al modo en que fueron seleccionados y ordenados los documentos.

Por eso resulta indispensable examinar cada bloque por separado antes de aceptar una conclusión general.

Los silencios

En ocasiones, un expediente dice tanto por lo que contiene como por lo que omite.

Hay nombres que desaparecen de pronto.

Investigaciones que se interrumpen.

Anotaciones que quedan incompletas.

Referencias cuyo significado parece perderse.

Esas lagunas han dado lugar a numerosas interpretaciones.

Pero conviene actuar con prudencia.

Un silencio no constituye una prueba.

Puede deberse a múltiples causas.

El investigador no debe rellenar los huecos con su imaginación.

Debe limitarse a señalar que existen.

Una hipótesis que debe verificarse

Si hubiera que resumir en una sola frase la tesis central del Expediente, quizá bastaría ésta:

existiría una red estable de personas que, desde distintas instituciones, se prestarían ayuda para conservar poder, proteger intereses comunes y garantizar la impunidad de quienes pertenecieran a ese círculo.

Ésa es la hipótesis.

No la conclusión.

La conclusión sólo podrá alcanzarse después de analizar cada una de las piezas.

Y ésa será precisamente la tarea de los próximos capítulos.

No daremos nada por supuesto.

No descartaremos nada sin examinarlo.

Porque la verdad, cualquiera que sea, no suele encontrarse en los titulares.

Sino en el análisis paciente de los hechos.

CAPÍTULO XIX

Los protagonistas del relato

Toda investigación gira alrededor de personas.

Los documentos no acusan a instituciones abstractas.

Mencionan nombres y apellidos.

Unos aparecen de forma ocasional.

Otros ocupan un lugar central.

Comprender quiénes son y por qué figuran repetidamente resulta imprescindible para entender el Expediente.

No se trata de elaborar biografías completas.

Sólo de situar a cada personaje dentro del relato que contienen los documentos.

José María Mena

Si hubiera que señalar una figura central, ésa sería José María Mena.

No porque aparezca como el supuesto jefe de la organización que describe el Expediente.

Sino porque una parte muy importante de la documentación se atribuye a él.

Según quienes defienden la autenticidad del Expediente, sus manuscritos constituirían una especie de diario profesional en el que fue anotando reuniones, decisiones, nombres, cantidades y hechos relevantes.

Si esa atribución fuera correcta, el valor de esos escritos sería extraordinario.

Si fuera falsa, buena parte del Expediente perdería su principal apoyo.

Por eso todo vuelve siempre al mismo punto: la autenticidad de esos manuscritos.

Javier de la Rosa

Otro nombre que aparece con frecuencia es el del financiero Javier de la Rosa.

Su figura ya era conocida mucho antes de que surgiera el Expediente Royuela.

Procesos judiciales, operaciones financieras y una intensa exposición pública lo convirtieron durante años en uno de los personajes más controvertidos de la vida económica española.

El Expediente lo presenta como una pieza de una red mucho más amplia.

No como un caso aislado.

Ésa es precisamente una de las constantes de toda la documentación.

Los personajes conocidos aparecen integrados en un relato general.

Luis Pascual Estevill

También ocupa un lugar destacado el exmagistrado Luis Pascual Estevill.

Su condena por delitos relacionados con la corrupción judicial constituye un hecho histórico bien conocido.

Precisamente por ello, su presencia en el Expediente reviste un interés especial.

No porque una condena permita extender sospechas sobre otras personas.

Sino porque demuestra que la corrupción judicial, por desgracia, no pertenece al terreno de la ficción.

Ha existido.

Y ha sido declarada por los tribunales.

La cuestión consiste en determinar hasta dónde llegan realmente las conexiones que el Expediente atribuye a ese caso.

Rafael del Barco Carreras

Otro nombre recurrente es el de Rafael del Barco Carreras.

Su experiencia personal, sus publicaciones y sus denuncias sobre la corrupción en Cataluña aparecen citadas con frecuencia por quienes estudian el Expediente.

Su papel resulta singular.

No figura como protagonista de la supuesta organización.

Actúa más bien como observador, denunciante y conocedor de numerosos episodios relacionados con ella.

Compartir algunas apreciaciones no implica aceptar todas sus conclusiones.

Pero ignorar sus aportaciones tampoco ayudaría a comprender el contexto.

Los personajes secundarios

Junto a estas figuras aparecen decenas de fiscales, jueces, policías, empresarios, políticos y funcionarios.

Algunos sólo son citados una vez.

Otros aparecen repetidamente.

No todos desempeñan el mismo papel.

No todos soportan el mismo grado de acusación.

En ocasiones, un nombre figura únicamente porque asistió a una reunión o intervino en un procedimiento.

En otras, los documentos le atribuyen una participación mucho más relevante.

Conviene distinguir cuidadosamente entre ambos supuestos.

Una advertencia necesaria

Existe una tentación muy frecuente.

Pensar que la simple aparición de un nombre en un documento equivale a una prueba de culpabilidad.

No es así.

Las personas aparecen mencionadas en sumarios, agendas, diarios y anotaciones por razones muy diversas.

Algunas terminan siendo condenadas.

Otras resultan absueltas.

Y muchas no llegan siquiera a ser investigadas.

Por eso este libro evitará identificar la mera mención de una persona con la demostración de una conducta ilícita.

Cada caso deberá examinarse por separado.

Del nombre al hecho

Llegados a este punto, los protagonistas ya están presentados.

Pero un expediente no se sostiene sobre nombres.

Se sostiene sobre hechos.

A partir del próximo capítulo dejaremos de estudiar personas para analizar acontecimientos concretos.

Porque, al final, toda investigación termina reduciéndose a una pregunta muy sencilla.

¿Qué ocurrió realmente?

Y, sobre todo, ¿qué puede demostrarse acerca de ello?

CAPÍTULO XX

El modo de actuar

Si hubiera que resumir el Expediente Royuela en una sola idea, probablemente sería ésta:

el verdadero poder no consiste en cometer delitos, sino en impedir que lleguen a descubrirse.

Según los documentos, la organización no actuaría de forma permanente.

Lo haría únicamente cuando un asunto amenazara sus intereses.

En ese momento entrarían en funcionamiento distintos mecanismos de protección.

No siempre los mismos.

No siempre las mismas personas.

Pero sí, presuntamente, una misma finalidad.

Evitar que determinados hechos llegaran a conocerse o produjeran consecuencias.

El primer filtro

Toda investigación comienza con una denuncia.

O con una querella.

O con un atestado policial.

Ése sería, según el Expediente, el primer momento decisivo.

Si el asunto carecía de importancia para la organización, el procedimiento seguiría su curso.

Pero si afectaba a personas consideradas especialmente sensibles, los documentos sostienen que empezaban a activarse distintos mecanismos de protección.

No necesariamente ilegales por sí mismos.

Bastaba, en ocasiones, con retrasar actuaciones, multiplicar trámites o dejar pasar el tiempo.

El tiempo, recuerda el Expediente en numerosas ocasiones, puede convertirse en el mejor aliado de quien desea que una investigación se enfríe.

La importancia del tiempo

La Justicia no sólo depende de las resoluciones.

También depende de los plazos.

Un testigo fallece.

Otro deja de recordar.

Un documento desaparece.

Una empresa cierra.

Un delito prescribe.

Una prueba pierde valor.

A veces no hace falta impedir una investigación.

Basta con retrasarla.

Según el Expediente, ese recurso aparece repetidamente.

No mediante grandes decisiones espectaculares.

Sino mediante pequeñas demoras que, acumuladas, terminan produciendo el mismo resultado.

La fragmentación

Otro rasgo constante consiste, siempre según los documentos, en evitar que una sola persona disponga de toda la información.

Cada funcionario conocería una parte.

Cada policía otra.

Cada fiscal una distinta.

De ese modo, incluso actuando de buena fe, ninguno alcanzaría a comprender el conjunto.

Esta técnica no resulta desconocida.

La utilizan grandes empresas, servicios de inteligencia e incluso organizaciones criminales.

No prueba, por sí sola, la existencia de una trama.

Pero explica cómo estructuras complejas pueden funcionar sin que todos sus integrantes conozcan el alcance de lo que hacen.

La apariencia de normalidad

Quizá éste sea el aspecto más inquietante del relato.

Nada extraordinario.

Nada novelesco.

No aparecen reuniones clandestinas en sótanos.

Ni órdenes cifradas.

Ni ceremonias secretas.

Todo transcurre, aparentemente, dentro de la normalidad administrativa.

Un informe.

Una llamada.

Una providencia.

Una reunión.

Una firma.

Una conversación.

Precisamente esa normalidad constituye, según el Expediente, el mejor disfraz de la organización.

Porque cuanto más ordinario parece un acto, menos sospechas despierta.

Las recompensas

Los documentos también describen un sistema de premios.

No siempre económicos.

A veces consistirían en ascensos.

Destinos mejores.

Nombramientos.

Protección frente a investigaciones.

Favores personales.

Apoyos profesionales.

El Expediente sostiene que la fidelidad rara vez quedaría sin recompensa.

Y que la deslealtad tendría consecuencias.

No necesariamente penales.

Bastaría el aislamiento, la pérdida de influencia o el final de una carrera profesional.

El miedo

Toda estructura de poder necesita un elemento disuasorio.

Según el Expediente, ese papel lo desempeñaría el miedo.

No sólo el miedo a sufrir represalias.

También el miedo al descrédito.

Al expediente disciplinario.

Al traslado.

A perder el puesto.

A quedarse solo.

Muchas veces no hace falta castigar.

Basta con que los demás crean que el castigo es posible.

Una organización basada en personas

Conviene insistir en una idea.

El Expediente no describe un sistema automático.

Lo presenta como una red de relaciones personales.

Personas que confían unas en otras.

Personas que se deben favores.

Personas que comparten información.

Personas que se protegen mutuamente.

Si esa descripción respondiera a la realidad, la organización dependería mucho menos de las leyes que de las personas encargadas de aplicarlas.

Y ahí residiría, precisamente, su fortaleza.

La cuestión decisiva

Todo cuanto acabamos de exponer procede del relato contenido en el Expediente.

La pregunta sigue siendo la misma.

¿Existen elementos objetivos que permitan corroborar ese modo de actuar?

Ésa será la tarea de los próximos capítulos.

No bastará con comprobar que los documentos lo afirman.

Habrá que examinar si los hechos conocidos, las resoluciones judiciales, las investigaciones practicadas y los testimonios disponibles permiten sostener, siquiera parcialmente, esa reconstrucción.

Sólo entonces podremos empezar a separar el relato de la realidad, las hipótesis de los hechos y las sospechas de las pruebas.

CAPÍTULO XXI

Del fraude al crimen

Una de las características más llamativas del Expediente Royuela es la amplitud de las conductas que atribuye a la supuesta organización.

No habla únicamente de corrupción.

Ni sólo de tráfico de influencias.

Ni exclusivamente de prevaricación.

Según los documentos, el abanico de actuaciones abarcaría desde pequeñas irregularidades administrativas hasta los delitos más graves previstos en el Código Penal.

Precisamente esa amplitud explica que muchos lectores reaccionen con incredulidad.

Resulta difícil admitir que una misma organización pudiera intervenir en asuntos tan diversos.

Sin embargo, el Expediente sostiene precisamente eso.

Los delitos económicos

Un primer bloque se refiere al dinero.

Comisiones ilegales.

Adjudicaciones amañadas.

Cobro de favores.

Sociedades interpuestas.

Cuentas bancarias.

Movimientos de fondos.

Según los documentos, el dinero cumpliría una doble función.

Enriquecer a determinadas personas.

Y financiar el funcionamiento de la propia red.

No sería un fin.

Sería un instrumento.

El control de las investigaciones

Otro grupo de documentos gira alrededor de procedimientos judiciales.

Unas investigaciones avanzarían con rapidez.

Otras quedarían paralizadas.

Algunas desaparecerían del interés público.

Otras se prolongarían durante años.

El Expediente interpreta esas diferencias como consecuencia de decisiones deliberadas.

Naturalmente, demostrar esa afirmación exige mucho más que constatar que unos procedimientos duraron más que otros.

Las diferencias de duración pueden obedecer a numerosas causas.

Precisamente por ello, cada caso debe analizarse individualmente.

El descrédito

Según el Expediente, no siempre resultaría necesario eliminar físicamente a quien pudiera convertirse en un problema.

Con frecuencia bastaría con destruir su credibilidad.

Una denuncia.

Una filtración interesada.

Una campaña de desprestigio.

Un expediente disciplinario.

Una inspección.

Una acusación pública.

La persona seguiría viva.

Pero dejaría de ser escuchada.

Éste sería, según los documentos, uno de los mecanismos de protección menos visibles y, al mismo tiempo, más eficaces.

El recurso al miedo

Cuando el descrédito no bastara, el Expediente sostiene que aparecerían otras formas de presión.

Amenazas.

Coacciones.

Advertencias.

Seguimientos.

Intimidaciones.

No siempre explícitas.

A veces bastaría con hacer comprender a alguien que conviene guardar silencio.

El miedo posee una enorme ventaja para quien pretende ejercer el poder.

Rara vez deja rastro documental.

Las acusaciones más graves

Finalmente aparecen las imputaciones más estremecedoras.

Los manuscritos atribuyen a la supuesta organización la participación, directa o indirecta, en diversas muertes que presentan como asesinatos cuidadosamente planificados o como encubrimientos de homicidios cometidos por terceros.

Éste constituye, sin duda, el núcleo más controvertido del Expediente.

También el que exige el mayor rigor.

Porque entre todas las acusaciones posibles, ninguna resulta tan grave como atribuir a una persona o a una organización la responsabilidad de quitar la vida a otro ser humano.

Aquí la prudencia deja de ser una virtud.

Se convierte en una obligación.

Una visión de conjunto

Leídos aisladamente, muchos documentos parecen referirse a asuntos completamente distintos.

Un procedimiento judicial.

Una operación económica.

Una muerte.

Un nombramiento.

Una conversación.

Sin embargo, el Expediente invita al lector a contemplarlos como piezas de un mismo mosaico.

Ésa es su gran fuerza.

Y también su mayor debilidad.

Su fuerza, porque ofrece una explicación global.

Su debilidad, porque basta con que fallen algunas de las conexiones esenciales para que el conjunto pierda buena parte de su consistencia.

Por eso, antes de aceptar o rechazar esa visión, conviene estudiar cada pieza con el mismo rigor con que un restaurador examina un mosaico antiguo.

Sólo después de comprobar la solidez de cada tesela puede juzgarse la estabilidad del conjunto.

Y eso es precisamente lo que haremos a continuación. Empezaremos por los episodios mejor documentados, seguiremos con aquellos que cuentan con apoyos parciales y terminaremos con las acusaciones que descansan casi exclusivamente sobre el contenido de los propios manuscritos. Sólo así el lector podrá formarse un juicio propio, distinguiendo con claridad entre los distintos grados de solidez que presentan las diversas partes del Expediente.

CAPÍTULO XXII

Cuando la Justicia deja de ser un contrapeso

Montesquieu escribió que no hay libertad si el poder de juzgar no está separado de los demás poderes del Estado.

No era una frase retórica.

Era una advertencia.

Cuando la Justicia deja de actuar con independencia, el ciudadano pierde su último refugio frente al abuso del poder.

Precisamente por eso el Expediente Royuela sitúa a jueces y fiscales en el centro de su relato.

No porque los considere los únicos responsables.

Sino porque, según sus documentos, sin determinadas actuaciones judiciales el resto de la supuesta organización habría resultado imposible.

El archivo como instrumento

El Expediente insiste repetidamente en una idea.

No siempre hace falta condenar a un inocente.

A veces basta con impedir que un culpable llegue a sentarse en el banquillo.

Según esa tesis, determinadas investigaciones se cerrarían antes de tiempo.

Otras nunca llegarían a iniciarse.

Y algunas terminarían diluyéndose entre recursos, incidencias procesales y el simple transcurso de los años.

Ésta es una acusación extraordinariamente grave.

Y exige distinguir cuidadosamente entre una decisión jurídicamente discutible y una actuación deliberadamente desviada del Derecho.

No toda resolución errónea encubre una intención ilícita.

Pero tampoco toda resolución formalmente correcta garantiza que se haya hecho justicia.

La Fiscalía como puerta de entrada

Los manuscritos conceden un protagonismo especial al Ministerio Fiscal.

No resulta extraño.

En numerosos procedimientos penales, la Fiscalía impulsa diligencias, solicita pruebas, recurre resoluciones o interesa el archivo de las actuaciones.

Su intervención puede resultar decisiva.

El Expediente sostiene que, en determinados asuntos, ese poder habría sido utilizado para orientar el curso de algunas investigaciones.

Ésa es la acusación.

No basta con formularla.

Debe analizarse caso por caso.

Porque la actuación del Ministerio Fiscal queda reflejada en escritos, informes, recursos y resoluciones que permiten reconstruir, al menos en parte, el desarrollo de cada procedimiento.

La apariencia de legalidad

Uno de los aspectos más inquietantes del relato contenido en el Expediente es que casi nada aparece descrito como una infracción abierta de la ley.

Al contrario.

Todo parece desarrollarse respetando las formas.

Providencias.

Autos.

Informes.

Recursos.

Resoluciones.

La maquinaria judicial continúa funcionando.

Lo que, según los documentos, cambiaría sería la finalidad perseguida.

Ésa constituye una diferencia esencial.

El Expediente no habla de destruir el Estado de Derecho.

Habla de utilizar sus propios mecanismos para obtener resultados distintos de los que justifican su existencia.

Las resoluciones

Un juez habla a través de sus resoluciones.

Un fiscal, mediante sus escritos.

No mediante rumores.

Ni mediante comentarios.

Por eso cualquier análisis serio debe partir siempre de esos documentos oficiales.

¿Qué resoluciones se dictaron?

¿Qué fundamentos jurídicos contienen?

¿Qué pruebas se practicaron?

¿Qué diligencias se rechazaron?

¿Qué recursos fueron estimados o desestimados?

Sólo respondiendo a esas preguntas puede determinarse si existen indicios de un funcionamiento anómalo o si, por el contrario, las decisiones encuentran una explicación suficiente dentro del proceso.

Más allá de los nombres

Uno de los errores más frecuentes consiste en centrar toda la atención en determinadas personas.

El Expediente menciona muchos nombres.

Pero lo verdaderamente importante no son los nombres.

Es el modo de actuar que describe.

Las personas cambian.

Las instituciones permanecen.

Si la hipótesis del Expediente fuera cierta, el problema no residiría únicamente en unos individuos concretos.

Residiría en la existencia de un sistema capaz de sobrevivir a los relevos personales.

Y ésa es una cuestión mucho más profunda.

Lo que examinaremos

En los próximos capítulos no intentaremos demostrar una teoría preconcebida.

Analizaremos procedimientos concretos.

Resoluciones concretas.

Actuaciones concretas.

Y las compararemos con lo que afirman los manuscritos.

En algunos casos podrán encontrarse coincidencias llamativas.

En otros, contradicciones.

Y en otros, sencillamente, no existirá información suficiente para alcanzar una conclusión.

Ésa es la única forma honesta de abordar un expediente de esta naturaleza.

No buscar pruebas para confirmar una creencia.

Sino dejar que sean las pruebas las que orienten el juicio del lector.

CAPÍTULO XXIII

El mapa del poder

El Expediente Royuela no se limita a denunciar delitos.

Tampoco pretende demostrar que unas pocas personas actuaron al margen de la ley.

Su tesis es mucho más amplia.

Afirma que existía un entramado de relaciones capaz de influir en decisiones políticas, judiciales, policiales y económicas cuando determinados intereses se encontraban en juego.

No describe una organización piramidal.

Describe una red.

Y las redes funcionan de manera distinta.

Cada uno conoce a unas pocas personas.

Cada uno desempeña una función concreta.

Cada uno recibe favores y presta otros.

No hace falta que exista un jefe visible.

Basta con que todos sepan quién merece protección y quién puede convertirse en un problema.

Los vértices de la red

Según el Expediente, esa estructura descansaría sobre varios centros de poder.

La política.

La Fiscalía.

Determinados órganos judiciales.

Mandos policiales.

Empresarios con capacidad financiera.

Intermediarios.

Cada uno actuaría en su propio ámbito.

Pero, cuando los intereses coincidieran, aparecerían las conexiones.

Ésa es la idea que se repite una y otra vez en los manuscritos.

El favor como moneda

En este relato casi nunca aparece el dinero como única recompensa.

Los favores desempeñan un papel aún más importante.

Hoy se archiva una investigación.

Mañana se facilita un nombramiento.

Pasado mañana se protege a quien antes prestó ayuda.

No sería una relación de obediencia.

Sería una relación de reciprocidad.

Quien entra en la red adquiere derechos.

Pero también contrae obligaciones.

Ésta es una constante que aparece repetidamente en la documentación.

La utilidad del silencio

El Expediente concede un valor extraordinario al silencio.

No al silencio casual.

Al silencio interesado.

Quien calla protege.

Quien no pregunta evita problemas.

Quien no investiga elimina riesgos.

Según los documentos, muchas decisiones importantes no requerirían actuaciones espectaculares.

Bastaría con no hacer.

No practicar una diligencia.

No ordenar una prueba.

No insistir en una línea de investigación.

No recurrir una resolución.

En ocasiones, la omisión puede resultar tan eficaz como la acción.

La continuidad

Uno de los aspectos más sorprendentes del Expediente consiste en su extensión temporal.

Los documentos abarcan muchos años.

Cambian los gobiernos.

Cambian ministros.

Cambian responsables policiales.

Cambian fiscales.

Pero, según sus autores, determinadas personas continúan apareciendo una y otra vez.

Ése es uno de los argumentos utilizados por quienes defienden la existencia de una estructura estable.

No dependería de un partido concreto.

Dependería de personas capaces de conservar influencia con independencia de quién ocupara el Gobierno.

La gran acusación

Reducido a su esencia, el Expediente formula una acusación muy concreta.

No sostiene únicamente que existieran funcionarios corruptos.

Eso, por desgracia, ha ocurrido en muchos países.

Afirma algo mucho más grave.

Que algunas instituciones habrían dejado de actuar exclusivamente al servicio de la ley para proteger, en determinados casos, intereses personales o de grupo.

Ésta es la afirmación que deberá someterse al análisis más exigente.

Porque, si fuera cierta, afectaría a uno de los pilares fundamentales del Estado de Derecho.

Y, si no lo fuera, debería descartarse con argumentos igualmente sólidos.

Del esquema a los hechos

Hasta aquí hemos expuesto el dibujo general que ofrece el Expediente.

A partir del próximo capítulo dejaremos de hablar de hipótesis generales.

Entraremos en episodios concretos.

Veremos qué nombres aparecen.

Qué decisiones se atribuyen a cada uno.

Qué documentos sirven de apoyo.

Qué hechos pueden verificarse.

Y qué cuestiones siguen abiertas.

Sólo entonces el lector podrá juzgar si se encuentra ante una construcción imaginaria, una mezcla de hechos y conjeturas o una documentación que merecía una investigación mucho más profunda de la que hasta ahora ha recibido.

CAPÍTULO XXIV

Cómo nace una acusación

Una de las mayores dificultades para entender el Expediente Royuela consiste en que no está redactado como una denuncia judicial.

Tampoco como un sumario.

Ni como un libro.

El lector debe reconstruir los hechos a partir de centenares de anotaciones dispersas.

Una fecha aparece en un manuscrito.

El nombre de una persona surge varias páginas después.

Una cantidad figura en otra agenda.

Más adelante aparece una llamada telefónica.

Y, bastantes páginas después, una muerte, una resolución judicial o una operación económica que, según el Expediente, guardaría relación con todo lo anterior.

Es un trabajo de reconstrucción.

No de simple lectura.

Las piezas aisladas

Un documento, por sí solo, rara vez demuestra gran cosa.

Una anotación manuscrita puede significar muchas cosas.

Un nombre escrito en una agenda tampoco prueba una relación ilícita.

Una cifra aislada puede corresponder a un pago legal o ilegal.

Incluso una conversación sólo adquiere verdadero significado cuando se conoce el contexto.

Los propios defensores del Expediente sostienen que ninguna pieza debe interpretarse por separado.

Su tesis consiste precisamente en que el conjunto ofrece una explicación que cada documento aislado no permite descubrir.

El método de los autores

Al examinar miles de páginas se aprecia un patrón.

Los autores del Expediente parecen construir sus acusaciones mediante la acumulación de indicios.

No presentan, normalmente, una única prueba concluyente.

Van uniendo nombres.

Fechas.

Lugares.

Movimientos de dinero.

Resoluciones judiciales.

Llamadas.

Reuniones.

Anotaciones.

Y sostienen que la suma de todos esos elementos permite reconstruir lo sucedido.

Ése es el método.

Otra cuestión distinta es determinar si las conexiones propuestas resisten un examen crítico.

Cuando varias piezas encajan

Hay ocasiones en las que distintos documentos parecen reforzarse mutuamente.

Una anotación menciona una reunión.

Otro manuscrito recoge el nombre de quienes, presuntamente, asistieron.

Más adelante aparece una decisión administrativa o judicial que, según el Expediente, sería consecuencia de aquel encuentro.

Cuando se producen estas coincidencias, los defensores del Expediente consideran que aumenta la credibilidad del relato.

Sin embargo, también aquí conviene actuar con prudencia.

Que varias piezas encajen no significa necesariamente que la explicación propuesta sea la única posible.

Lo que falta

Toda investigación seria debe fijarse también en las ausencias.

¿Qué documentos no existen?

¿Qué hechos carecen de apoyo documental?

¿Qué afirmaciones descansan únicamente sobre una anotación?

¿Qué episodios pueden contrastarse mediante fuentes independientes?

Éstas son preguntas tan importantes como las anteriores.

Porque la fuerza de una investigación no depende sólo de lo que aporta.

También depende de aquello que todavía no ha conseguido demostrar.

A partir de ahora

En los capítulos siguientes abandonaremos definitivamente las explicaciones generales.

Analizaremos algunos de los episodios más relevantes que aparecen en el Expediente.

No seguiremos el orden cronológico.

Resultaría inabarcable.

Los agruparemos por materias.

Corrupción.

Actuaciones judiciales.

Intervenciones policiales.

Relaciones económicas.

Y, finalmente, los hechos de mayor gravedad.

Cada episodio será examinado con el mismo criterio.

¿Qué afirma el Expediente?

¿Qué documentos aporta?

¿Qué elementos externos permiten contrastarlo?

¿Qué objeciones pueden formularse?

Sólo después de responder a esas preguntas será posible valorar el verdadero alcance de cada una de las acusaciones contenidas en el Expediente Royuela.

CAPÍTULO XXV

El control de la Justicia

Si hubiera que señalar el verdadero corazón del Expediente Royuela, probablemente no habría que buscarlo en las referencias al dinero ni siquiera en las acusaciones de homicidio.

Habría que buscarlo en otro lugar.

En la Justicia.

Porque, según el relato contenido en los manuscritos, quien consigue influir en la Justicia no necesita controlar todos los demás poderes.

Le basta con saber que, llegado el caso, determinadas investigaciones no prosperarán y que otras avanzarán con especial rapidez.

Ésa sería la auténtica garantía de impunidad.

Dos velocidades

Los documentos describen una Justicia que funcionaría, presuntamente, a dos velocidades.

Una, rápida y contundente para determinados investigados.

Otra, lenta, vacilante o estéril cuando los hechos afectaban a personas consideradas «protegidas».

No se trataría, según el Expediente, de decisiones arbitrarias visibles.

Todo aparecería revestido de legalidad.

Providencias.

Autos.

Recursos.

Informes.

Prórrogas.

Inhibiciones.

Archivos.

Cada resolución, considerada de manera aislada, podría parecer jurídicamente defendible.

Lo relevante sería, según los autores del Expediente, el resultado final.

La importancia de decidir qué se investiga

Existe una idea que rara vez ocupa titulares.

La mayor parte del poder de la Justicia no reside en condenar.

Reside en decidir qué merece ser investigado.

Todo procedimiento comienza por una decisión.

Admitir una denuncia.

Abrir diligencias.

Practicar una prueba.

Llamar a un testigo.

Solicitar una pericia.

Si esas actuaciones nunca llegan a producirse, difícilmente aparecerán pruebas nuevas.

Y sin pruebas, la causa termina debilitándose.

El Expediente insiste repetidamente en esa fase inicial.

Sostiene que muchas investigaciones quedarían neutralizadas antes incluso de adquirir relevancia pública.

El desgaste

Los manuscritos también conceden una enorme importancia al tiempo.

No porque el tiempo demuestre nada.

Sino porque desgasta.

Desgasta al denunciante.

Al testigo.

A la víctima.

Incluso a la opinión pública.

Un procedimiento que se prolonga durante diez o quince años produce un efecto evidente.

El interés desaparece.

Los recuerdos se difuminan.

Las pruebas se deterioran.

Algunos delitos prescriben.

Y muchas personas terminan renunciando.

Según el Expediente, el tiempo constituiría una de las armas más eficaces de la organización.

No hace ruido.

No deja titulares.

Pero acaba produciendo resultados.

La fuerza de la apariencia

Quizá el rasgo más inquietante del relato sea éste.

Nada parece extraordinario.

No aparecen golpes de Estado.

Ni órdenes escritas para cometer delitos.

Ni instrucciones firmadas.

Todo sucede dentro de la normalidad.

Cada funcionario realiza su trabajo.

Cada fiscal presenta sus escritos.

Cada juez dicta sus resoluciones.

Precisamente por eso, sostiene el Expediente, resulta tan difícil advertir el funcionamiento del conjunto.

Porque nadie contempla la película completa.

Cada uno ve únicamente una escena.

La cuestión esencial

Llegados a este punto, conviene recordar una vez más cuál es el objeto de este libro.

No demostrar que todas esas afirmaciones son ciertas.

Tampoco descartarlas sin más.

La cuestión consiste en otra cosa.

¿Existen suficientes indicios para justificar una investigación exhaustiva e independiente sobre unas acusaciones de semejante gravedad?

Ésa es la pregunta.

Y, probablemente, la única que un Estado de Derecho no debería dejar sin respuesta.

CAPÍTULO XXVI

Los grandes bloques de acusaciones

El Expediente Royuela no constituye una sucesión desordenada de denuncias.

Aunque a primera vista pueda parecerlo, sus miles de páginas responden a una estructura bastante definida.

Las acusaciones pueden agruparse en varios grandes bloques.

El primero afecta a la Administración de Justicia.

El segundo, a la Fiscalía.

El tercero, a determinados miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

El cuarto, al poder político.

El quinto, al mundo empresarial y financiero.

Y, finalmente, aparece el bloque más grave de todos: las muertes que el Expediente atribuye a esa presunta organización.

No todos esos bloques presentan la misma consistencia documental.

Ni todos contienen el mismo número de documentos.

Ni todos poseen idéntica importancia.

Pero, juntos, forman el esqueleto del Expediente.

La Justicia

Es el núcleo central.

Según los documentos, la organización sólo podía mantenerse si determinadas actuaciones judiciales garantizaban la impunidad de sus integrantes.

Por eso abundan las referencias a archivos, inhibiciones, recursos, cambios de criterio, retrasos procesales y decisiones que, según los autores del Expediente, favorecieron sistemáticamente a determinadas personas.

Éste constituye el eje de toda la construcción.

La Fiscalía

El segundo bloque gira alrededor de la Fiscalía.

Los manuscritos atribuidos a José María Mena ocupan aquí un lugar protagonista.

En ellos aparecen reuniones, anotaciones, pagos, conversaciones, decisiones y referencias personales que, según quienes defienden la autenticidad del Expediente, reflejarían el funcionamiento interno de una red de influencias.

Gran parte de las demás acusaciones parten precisamente de esos documentos.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Otro conjunto importante de documentos hace referencia a actuaciones policiales.

Seguimientos.

Informadores.

Escuchas.

Informes.

Desaparición de pruebas.

Protección de determinadas personas.

Presiones sobre otras.

El Expediente sostiene que algunos funcionarios habrían utilizado los medios del Estado para fines distintos de aquellos para los que fueron creados.

Naturalmente, ésta es otra afirmación que exige un examen especialmente riguroso.

La política

Los responsables políticos aparecen de manera constante.

Unos porque, según los documentos, habrían impartido instrucciones.

Otros porque habrían recibido protección.

Otros porque actuarían como intermediarios.

El Expediente no limita esas referencias a un único momento histórico.

Abarca varias décadas y distintos gobiernos.

Éste es uno de los aspectos que más llaman la atención al lector.

El dinero

Ninguna estructura compleja funciona sin financiación.

Por eso las referencias económicas aparecen continuamente.

Comisiones.

Pagos.

Empresas.

Cuentas.

Transferencias.

Sociedades.

Bienes.

Los documentos presentan el dinero como el combustible que permitiría mantener la fidelidad de la red y retribuir determinados servicios.

Las muertes

Finalmente aparece el bloque que ha dado mayor notoriedad al Expediente.

Los manuscritos no sólo describen actuaciones presuntamente irregulares.

También atribuyen a esa organización la responsabilidad en diversas muertes.

En unos casos hablarían de asesinatos.

En otros, de encubrimientos.

En otros, de inducción o colaboración.

Nos encontramos aquí ante el terreno más delicado de toda la documentación.

Cada afirmación requiere un análisis individual.

Sin excepciones.

Mucho más que una suma de casos

Si hubiera que resumir el Expediente en una sola frase, probablemente sería ésta:

no pretende demostrar la existencia de muchos delitos independientes, sino la existencia de un mismo sistema capaz de explicar todos ellos.

Ésa es su gran ambición.

Y también su principal dificultad.

Porque cuanto más amplia es una hipótesis, mayor debe ser el número y la calidad de las pruebas que la sostengan.

El camino que seguiremos

No examinaremos centenares de episodios menores.

Sería imposible.

Nos centraremos en aquellos que mejor permiten comprender la lógica del Expediente.

Los compararemos con los documentos disponibles.

Con las resoluciones judiciales.

Con los datos conocidos.

Y con las explicaciones alternativas que puedan formularse.

Sólo así el lector podrá valorar si el edificio se sostiene sobre cimientos sólidos o si algunas de sus piezas fundamentales no resisten un examen crítico.

CAPÍTULO XXVII

José María Mena: la piedra angular del Expediente

Todo gran edificio descansa sobre una pieza fundamental.

En el Expediente Royuela esa pieza tiene un nombre: José María Mena.

No porque aparezca descrito como el supuesto dirigente de la organización.

Ni porque sea el personaje más conocido.

Sino porque una parte sustancial de toda la documentación gira en torno a los manuscritos que se le atribuyen.

Sin ellos, el Expediente sería muy distinto.

Probablemente, ni siquiera existiría tal como hoy lo conocemos.

Un diario de poder

Según quienes defienden la autenticidad de los documentos, José María Mena habría ido dejando constancia, durante años, de reuniones, llamadas telefónicas, pagos, decisiones, nombres y hechos que consideraba relevantes.

No serían unas memorias.

Ni un diario personal al uso.

Tampoco simples notas de trabajo.

Constituirían, según esa interpretación, un registro casi cotidiano de acontecimientos relacionados con su actividad profesional y con personas pertenecientes a distintos ámbitos del poder.

Precisamente esa naturaleza híbrida explica la enorme dificultad de interpretarlos.

Una escritura directa

Quien lee esos manuscritos advierte enseguida una característica.

No parecen escritos para ser publicados.

Abundan las abreviaturas.

Las frases incompletas.

Las iniciales.

Las referencias que sólo quien las escribió podía comprender plenamente.

No hay intención literaria.

Ni voluntad de convencer.

Son apuntes.

Y, precisamente por eso, algunos consideran que refuerzan su apariencia de autenticidad.

Otros, por el contrario, sostienen que esa misma circunstancia dificulta enormemente cualquier interpretación segura.

Los nombres

Página tras página aparecen jueces.

Fiscales.

Políticos.

Policías.

Empresarios.

Intermediarios.

Algunos son personajes sobradamente conocidos.

Otros apenas trascendieron nunca al gran público.

El Expediente sostiene que esa reiteración permite reconstruir una red de relaciones.

Pero aquí conviene hacer una advertencia.

Que una persona aparezca mencionada no significa, por sí solo, que participara en conducta ilícita alguna.

Las agendas, los cuadernos de notas y los diarios personales contienen multitud de nombres por razones muy diversas.

Éste es un principio que no debemos perder nunca de vista.

Las cantidades

Otro aspecto llamativo son las numerosas referencias económicas.

Cantidades de dinero.

Pagos.

Entregas.

Comisiones.

Algunas anotaciones resultan muy precisas.

Otras apenas consisten en una cifra acompañada de unas iniciales.

Según el Expediente, esas referencias reflejarían la circulación de fondos destinados a retribuir determinados servicios o asegurar determinadas actuaciones.

Ésa es la interpretación que proponen sus autores.

Corresponde al investigador determinar si encuentra apoyo suficiente en otros elementos objetivos.

La normalidad aparente

Quizá el rasgo más sorprendente de los manuscritos sea su tono.

No transmiten dramatismo.

No parecen escritos por alguien que estuviera narrando una inmensa conspiración.

Las anotaciones poseen, casi siempre, una sorprendente naturalidad.

Como si cuanto describen formara parte de la rutina.

Precisamente esa normalidad constituye uno de los argumentos utilizados por quienes defienden su autenticidad.

Sostienen que nadie inventa con tanta naturalidad aquello que considera extraordinario.

Otros responden que esa impresión psicológica no constituye una prueba.

Y tienen razón.

Las impresiones pueden orientar.

Nunca sustituyen a las pruebas.

El verdadero problema

La cuestión esencial no consiste en decidir si José María Mena escribió o no esos manuscritos.

Ni siquiera en determinar si todos los hechos que recogen ocurrieron realmente.

La pregunta decisiva es otra.

¿Pueden verificarse de manera independiente las anotaciones que contienen?

Porque un manuscrito adquiere verdadero valor cuando sus afirmaciones encuentran confirmación en documentos oficiales, resoluciones judiciales, registros administrativos, testimonios o cualquier otra fuente ajena al propio Expediente.

Ése será, precisamente, el criterio que seguiremos.

No preguntaremos únicamente qué dicen los manuscritos.

Preguntaremos qué puede comprobarse fuera de ellos.

Y ahí comenzará el auténtico trabajo del investigador.

CAPÍTULO XXVIII

El precio de la lealtad

Toda organización necesita un elemento que mantenga unidos a sus integrantes.

En unas es la disciplina.

En otras, la ideología.

En otras, el miedo.

El Expediente Royuela sostiene que la cohesión de la presunta red descansaba sobre una combinación de intereses compartidos, favores recíprocos y compromisos adquiridos con el paso de los años.

No habla únicamente de dinero.

Habla de lealtades.

Y las lealtades, una vez creadas, suelen ser mucho más resistentes que cualquier contrato.

El favor obliga

Una vieja sentencia latina afirma que beneficium accipere libertatem est vendere: aceptar un favor es vender una parte de la propia libertad.

Quizá sea una exageración.

Pero contiene una verdad profunda.

Quien recibe un favor importante sabe que, tarde o temprano, puede llegar el momento de devolverlo.

Según el Expediente, esa lógica impregnaría buena parte de las relaciones entre las personas que aparecen citadas en los manuscritos.

No siempre habría dinero de por medio.

En ocasiones bastaría un ascenso.

Un nombramiento.

Una recomendación.

Una intervención discreta.

O simplemente una llamada en el momento oportuno.

La deuda invisible

Las deudas económicas pueden saldarse.

Las personales resultan mucho más difíciles de cancelar.

El Expediente describe una cadena de favores acumulados durante años.

Personas que hoy ayudan.

Mañana son ayudadas.

Y pasado mañana vuelven a prestar ayuda.

No existiría un contrato.

Ni una contabilidad oficial.

Sólo la memoria de quienes participan en ese intercambio.

Precisamente por eso estas relaciones resultan tan difíciles de demostrar.

El dinero como herramienta

Los manuscritos contienen numerosas referencias a cantidades de dinero.

Algunas aparecen con nombres y apellidos.

Otras mediante iniciales.

En ciertos casos figuran fechas.

En otros, únicamente cifras.

Según el Expediente, esos pagos responderían a finalidades muy distintas.

Retribuir actuaciones.

Financiar determinadas operaciones.

Compensar servicios prestados.

O asegurar futuros compromisos.

Sin embargo, conviene no precipitar las conclusiones.

Una anotación económica, por sí sola, no revela el motivo del pago.

Hace falta reconstruir el contexto.

Relacionarla con otros documentos.

Y comprobar si existen elementos externos que permitan confirmar aquella interpretación.

La recompensa más valiosa

No todo se compra con dinero.

Quien controla un nombramiento posee un enorme poder.

También quien puede influir en un destino profesional.

O facilitar un ascenso.

O impedir una sanción disciplinaria.

Según el Expediente, esas recompensas tendrían un valor muy superior al de muchas cantidades de dinero.

Porque generan gratitud.

Y también dependencia.

No enriquecen necesariamente.

Pero consolidan vínculos duraderos.

¿Corrupción o clientelismo?

Aquí conviene distinguir dos conceptos.

La corrupción persigue un beneficio ilícito.

El clientelismo busca crear redes de fidelidad mediante favores, protección o influencia.

Ambos fenómenos pueden coincidir.

Pero no son exactamente lo mismo.

El Expediente parece describir una mezcla de ambos.

En unas ocasiones habla de pagos.

En otras, de relaciones personales construidas a lo largo de décadas.

Y quizá sea precisamente esa combinación la que, según sus autores, explicaría la estabilidad de la presunta organización.

Una cuestión pendiente

Si el intercambio de favores constituye uno de los pilares del Expediente, la investigación debe responder a varias preguntas.

¿Existen documentos independientes que acrediten esos pagos?

¿Pueden reconstruirse los movimientos económicos?

¿Coinciden las fechas?

¿Se corresponden las anotaciones con hechos verificables?

Éstas son las cuestiones que permitirán valorar hasta qué punto el relato encuentra apoyo fuera de los propios manuscritos.

Porque, al final, toda acusación de corrupción descansa sobre un principio muy sencillo.

El dinero deja huellas.

Y cuando no las deja, corresponde al investigador averiguar si desaparecieron, nunca existieron o todavía no han sido encontradas.

CAPÍTULO XXIX

El miedo como instrumento de poder

Toda organización que pretende perdurar necesita algo más que dinero.

Necesita obediencia.

Y la obediencia puede conseguirse de muchas maneras.

Por convicción.

Por interés.

Por gratitud.

O por miedo.

El Expediente Royuela concede a este último un papel fundamental.

Según los manuscritos, la violencia sería el último recurso.

Mucho antes aparecerían formas de presión mucho más discretas y, precisamente por ello, más eficaces.

Nadie necesita recibir amenazas

Existe una idea que atraviesa toda la documentación.

No siempre hace falta amenazar.

Basta con que los demás sepan lo que les ocurrió a quienes dejaron de obedecer.

Un juez apartado de determinados asuntos.

Un fiscal relegado.

Un policía trasladado.

Un funcionario expedientado.

Un empresario arruinado.

Un periodista desacreditado.

Sea o no exacta esa descripción, el mecanismo psicológico resulta conocido.

El ejemplo suele intimidar más que la amenaza.

El aislamiento

Según el Expediente, una de las sanciones más frecuentes consistiría en dejar solo al discrepante.

Quien rompe la disciplina deja de recibir llamadas.

Desaparecen antiguos apoyos.

Las puertas comienzan a cerrarse.

Los ascensos dejan de llegar.

Los compañeros guardan silencio.

No hace falta expulsar a nadie.

Basta con convertirlo en invisible.

Éste sería, según los documentos, uno de los castigos más eficaces.

El descrédito

Otra constante del Expediente consiste en la importancia atribuida al prestigio.

En muchas profesiones, la credibilidad constituye el principal patrimonio de una persona.

Un juez.

Un fiscal.

Un abogado.

Un periodista.

Un policía.

Si la opinión pública deja de confiar en ellos, buena parte de su autoridad desaparece.

Por eso los manuscritos hablan repetidamente de campañas de desprestigio, filtraciones y rumores utilizados, presuntamente, para neutralizar a quienes podían convertirse en un obstáculo.

No siempre haría falta destruir a la persona.

Bastaría con destruir su reputación.

El silencio de los testigos

Toda investigación depende, en gran medida, de quienes conocen los hechos.

El Expediente sostiene que muchos habrían optado por callar.

Las razones serían diversas.

Unos por prudencia.

Otros por conveniencia.

Otros por miedo.

Y algunos, sencillamente, porque pensaban que nadie les creería.

No es un fenómeno desconocido.

La Historia judicial ofrece numerosos ejemplos de testigos que sólo hablaron muchos años después, cuando desaparecieron las circunstancias que les impedían hacerlo.

La fuerza de la costumbre

Existe otro aspecto menos visible.

Con el paso del tiempo, lo excepcional puede convertirse en cotidiano.

Quien presencia durante años determinadas prácticas termina acostumbrándose a ellas.

Deja de sorprenderse.

Deja incluso de preguntarse si son normales.

Hannah Arendt llamó la atención sobre este fenómeno al estudiar los regímenes totalitarios.

El mal no siempre se presenta con rostro feroz.

A veces adopta la apariencia de una rutina administrativa.

El Expediente parece apoyarse, en parte, sobre esa misma idea.

Una cuestión de prueba

Nada de cuanto acabamos de exponer demuestra, por sí mismo, la existencia de la organización descrita en los manuscritos.

Explica, únicamente, el mecanismo que éstos presentan.

La pregunta sigue siendo la misma.

¿Existen hechos concretos que permitan verificar ese patrón?

Ésa será la tarea de los capítulos siguientes.

No bastará con comprobar que determinadas personas sintieron miedo.

Habrá que averiguar por qué.

Y si ese miedo encontraba una justificación objetiva o respondía únicamente a una percepción personal.

Porque entre el temor y la prueba existe la misma distancia que entre la sospecha y la certeza.

Y precisamente esa distancia es la que este libro intenta recorrer.

CAPÍTULO XXX

El silencio de las instituciones

Toda organización clandestina necesita discreción.

Pero una organización que aspire a sobrevivir durante décadas necesita algo más.

Necesita instituciones que, por acción u omisión, no lleguen hasta el final.

Ésta es una de las tesis fundamentales del Expediente Royuela.

No sostiene que todas las instituciones estuvieran corrompidas.

Sostiene algo distinto.

Que determinadas personas, situadas en determinados puestos, bastaban para impedir que ciertos asuntos avanzaran.

Ésa es una diferencia esencial.

No hace falta controlar todo

Uno de los errores más frecuentes consiste en imaginar una organización omnipotente.

El Expediente no describe algo semejante.

Según los manuscritos, bastaría con influir en determinados puntos estratégicos.

Quien decide admitir o inadmitir una denuncia.

Quien asigna un procedimiento.

Quien dirige una investigación.

Quien redacta un informe.

Quien propone un nombramiento.

Quien controla determinada información.

No sería necesario dominar toda la maquinaria.

Bastaría con intervenir en algunos de sus engranajes.

La burocracia como refugio

Existe una vieja máxima administrativa.

Un asunto urgente puede desaparecer bajo una montaña de papeles.

No hace falta destruir un expediente.

A veces basta con retrasarlo.

Pedir un informe más.

Solicitar otra diligencia.

Esperar una respuesta.

Abrir una incidencia.

Mientras tanto, el tiempo sigue corriendo.

Los documentos atribuyen una enorme importancia a ese mecanismo.

No porque sea ilegal.

Sino porque puede utilizarse con fines distintos de aquellos para los que fue concebido.

La fragmentación de la responsabilidad

Otro rasgo aparece una y otra vez.

Nadie parece responsable de nada.

Cada decisión encuentra apoyo en otra anterior.

Cada funcionario ejecuta una orden.

Cada superior afirma haberse limitado a seguir un procedimiento.

Al final, resulta extremadamente difícil señalar un único responsable.

Éste no es un fenómeno exclusivo del Expediente.

Cualquier estudioso de la Administración conoce hasta qué punto la dispersión de competencias dificulta exigir responsabilidades.

Precisamente por eso el Expediente insiste tanto en reconstruir las conexiones entre personas aparentemente alejadas unas de otras.

El ciudadano frente al laberinto

Para quien acude a la Justicia, todo ello produce una sensación de desconcierto.

No sabe quién decidió realmente.

No conoce quién redactó un informe.

Ignora quién propuso una determinada actuación.

Ve únicamente el resultado final.

El Expediente sostiene que esa complejidad favorecería la impunidad.

No porque las normas lo permitan.

Sino porque resulta extraordinariamente difícil reconstruir el itinerario completo de una decisión.

Cuando nadie pregunta

Hay otro elemento menos visible.

La indiferencia.

No todos los silencios obedecen al miedo.

Muchos nacen de la comodidad.

Mientras un asunto no afecte directamente a nuestra vida, tendemos a pensar que pertenece al ámbito de otros.

Los manuscritos parecen apoyarse también en esa realidad.

Una sociedad que deja de hacer preguntas facilita enormemente la tarea de quienes prefieren no responder.

El problema de fondo

Llegados a este punto conviene detenerse un instante.

Supongamos, únicamente a efectos de reflexión, que el noventa por ciento del Expediente fuera falso.

Seguiría existiendo una cuestión incómoda.

¿Por qué una documentación de semejante volumen no ha sido sometida, hasta donde alcanza el conocimiento público, a un examen pericial integral, independiente y accesible que permitiera confirmar o descartar de forma fundada sus elementos esenciales?

Y, en sentido contrario, si ese examen existiera y desmintiera de manera concluyente las principales acusaciones, contribuiría a reforzar la confianza en las instituciones.

En un Estado de Derecho, la transparencia no debilita a la Justicia.

La fortalece.

El siguiente paso

A partir de ahora dejaremos de analizar el funcionamiento general descrito por el Expediente.

Entraremos en episodios concretos.

No para acumular nombres.

No para impresionar al lector.

Sino para comprobar si, cuando descendemos desde las grandes afirmaciones hasta los hechos concretos, el relato mantiene su coherencia o comienza a mostrar grietas.

Ahí es donde toda hipótesis se pone realmente a prueba.

CAPÍTULO XXXI

Javier de la Rosa: un testigo incómodo

Entre los muchos nombres que aparecen en el Expediente Royuela, pocos resultan tan conocidos como el de Javier de la Rosa.

No es un personaje secundario.

Su trayectoria pública, marcada por numerosos procedimientos judiciales y una intensa exposición mediática durante los años noventa, hizo de él una figura ampliamente conocida por la opinión pública.

Precisamente por eso su presencia en el Expediente merece una atención especial.

¿Por qué aparece?

Según el Expediente, Javier de la Rosa no figura únicamente como empresario.

Su nombre aparece asociado a operaciones económicas, intermediarios, responsables políticos, miembros de la Administración de Justicia y personas vinculadas al mundo financiero.

Los manuscritos lo sitúan en un entramado mucho más amplio que el de sus propios procedimientos judiciales.

La tesis del Expediente consiste en afirmar que determinados escándalos económicos no serían hechos aislados, sino manifestaciones de un mismo sistema de relaciones personales y de intereses compartidos.

Ésa es una afirmación de enorme trascendencia.

Y precisamente por ello exige una comprobación especialmente rigurosa.

Mucho más que dinero

Quien lea atentamente las anotaciones comprobará que el dinero constituye sólo una parte del relato.

Junto a las referencias económicas aparecen contactos.

Reuniones.

Intermediarios.

Gestiones.

Favores.

Recomendaciones.

Protecciones.

El Expediente sostiene que el verdadero poder no residía únicamente en disponer de recursos económicos, sino en saber a quién llamar cuando surgía un problema.

Ésa sería, según los documentos, la auténtica moneda de cambio.

Una red de relaciones

Los manuscritos presentan a Javier de la Rosa como un punto de encuentro entre ámbitos muy distintos.

Empresas.

Despachos.

Fiscalías.

Juzgados.

Entidades financieras.

Responsables políticos.

No significa que todas esas relaciones fueran ilícitas.

Las personas con intensa actividad empresarial mantienen, por definición, numerosos contactos.

La cuestión consiste en determinar si algunos de esos contactos sirvieron realmente para obtener resoluciones, decisiones o ventajas al margen de la legalidad.

Ésa es la pregunta que plantea el Expediente.

Y ésa es la pregunta que debe responder cualquier investigación seria.

Lo que puede comprobarse

Aquí conviene separar cuidadosamente los planos.

Es posible verificar documentalmente muchos aspectos de la trayectoria pública de Javier de la Rosa.

Sus procedimientos judiciales.

Sus declaraciones.

Las resoluciones dictadas por distintos tribunales.

Las fechas.

Los protagonistas.

Las relaciones empresariales conocidas.

Todo ello pertenece al terreno de los hechos verificables.

Otra cuestión distinta son las interpretaciones que el Expediente construye a partir de esos hechos.

Ahí comienza el terreno de las hipótesis.

Y es precisamente en ese punto donde resulta imprescindible contrastar cada afirmación con pruebas independientes.

Un ejemplo del método

Este caso permite comprender el criterio que seguirá este libro.

No preguntaremos únicamente si un nombre aparece escrito en los manuscritos.

Eso sería insuficiente.

Preguntaremos también:

  • ¿Coinciden las fechas con hechos conocidos?
  • ¿Existen documentos ajenos al Expediente que corroboren las anotaciones?
  • ¿Las personas citadas llegaron realmente a coincidir en los lugares y momentos indicados?
  • ¿Las resoluciones judiciales encajan con el relato que ofrecen los manuscritos?
  • ¿Existen explicaciones alternativas igualmente plausibles?

Sólo respondiendo a esas preguntas podremos valorar el verdadero alcance de la documentación.

Un caso que trasciende a una persona

Quizá el mayor interés del llamado «caso Javier de la Rosa» no resida en el propio empresario.

Reside en que sirve como banco de pruebas para todo el Expediente.

Si las conexiones que éste describe pueden verificarse mediante fuentes independientes, aumentará la credibilidad del conjunto.

Si, por el contrario, esas conexiones no resisten el contraste documental, la fuerza de la hipótesis general disminuirá considerablemente.

Por eso cada episodio debe analizarse con el mismo rigor.

Sin prejuicios.

Sin credulidad.

Pero también sin descalificaciones anticipadas.

Porque el objetivo de una investigación no consiste en confirmar nuestras convicciones, sino en averiguar qué ocurrió realmente.

CAPÍTULO XXXII

Luis Pascual Estevill: cuando la realidad y el Expediente se cruzan

Uno de los nombres que aparecen con mayor frecuencia en el Expediente Royuela es el del magistrado Luis Pascual Estevill.

A diferencia de otros protagonistas, aquí existe una circunstancia singular.

No estamos ante una persona cuya actuación sólo figure en los manuscritos.

Su trayectoria fue objeto de procedimientos judiciales públicos que terminaron con una condena firme.

Ese dato convierte su caso en uno de los mejores puntos de comparación entre el contenido del Expediente y los hechos acreditados judicialmente.

Un juez condenado

La condena de Luis Pascual Estevill constituye un hecho histórico perfectamente documentado.

Los tribunales declararon probado que utilizó su cargo para obtener beneficios económicos mediante actuaciones judiciales irregulares.

No se trata de una afirmación del Expediente.

Se trata de una realidad establecida por sentencia firme.

Éste es un punto de partida esencial.

Porque demuestra que, al menos en una parte del panorama descrito por los manuscritos, existieron conductas delictivas acreditadas por la propia Justicia.

Lo que añade el Expediente

Sin embargo, el Expediente va mucho más allá.

No presenta a Estevill como un juez corrupto que actuaba por cuenta propia.

Lo sitúa dentro de una estructura mucho más amplia.

Según los documentos, sus actuaciones formarían parte de un sistema estable de relaciones con fiscales, policías, empresarios e intermediarios.

Ésa es la verdadera diferencia.

La sentencia condena a una persona.

El Expediente describe una organización.

Y entre ambas afirmaciones existe una enorme distancia.

Una pregunta inevitable

Aquí surge una cuestión incómoda.

Si un magistrado pudo delinquir durante años antes de ser descubierto, ¿actuó completamente solo?

¿Hubo personas que conocían lo que ocurría?

¿Miraron hacia otro lado?

¿Existieron advertencias que nadie atendió?

Son preguntas legítimas.

No implican responder afirmativamente.

Pero tampoco pueden despacharse con un simple gesto de indiferencia.

El entorno

Los manuscritos conceden mucha importancia al entorno de Estevill.

No sólo hablan del juez.

Hablan de quienes se reunían con él.

De quienes aparecían junto a él.

De quienes, según el Expediente, mantenían relaciones profesionales o personales continuadas.

Naturalmente, mantener una relación profesional con una persona posteriormente condenada no convierte a nadie en delincuente.

Sería un disparate sostener semejante conclusión.

Pero sí justifica examinar con atención cuál fue exactamente la naturaleza de esas relaciones cuando el propio Expediente les atribuye relevancia.

Lo que puede comprobarse

En este punto el método vuelve a ser el mismo.

Existen resoluciones judiciales.

Existen fechas.

Existen actuaciones procesales.

Existen noticias de prensa.

Existen declaraciones públicas.

Todo ello puede compararse con las anotaciones de los manuscritos.

Cuando ambas coinciden, el Expediente gana consistencia en ese aspecto concreto.

Cuando divergen, corresponde explicar por qué.

Y cuando faltan datos, lo honesto consiste en reconocerlo.

Una advertencia necesaria

Conviene evitar un razonamiento muy frecuente.

El hecho de que una parte del Expediente coincida con hechos acreditados no demuestra automáticamente que todo lo demás sea cierto.

Del mismo modo, si alguna afirmación resultara errónea, ello tampoco bastaría para desacreditar el conjunto.

Las investigaciones serias no funcionan mediante el principio del todo o nada.

Cada documento.

Cada anotación.

Cada episodio.

Debe superar su propia prueba.

Un caso que obliga a reflexionar

La historia de Luis Pascual Estevill deja una enseñanza que trasciende incluso al Expediente Royuela.

Las instituciones están formadas por personas.

Y las personas pueden equivocarse.

Pueden abusar de su poder.

Pueden corromperse.

La existencia de controles no garantiza que siempre funcionen.

La verdadera cuestión consiste en averiguar cuánto tardan en reaccionar cuando esos controles fallan.

Ésa es, probablemente, una de las preguntas más importantes que plantea todo el Expediente.

No sólo qué ocurrió.

Sino por qué, si ocurrió, pudo prolongarse durante tanto tiempo antes de aflorar a la luz.

CAPÍTULO XXXIII

Rafael del Barco Carreras: del caso Pretoria al Expediente Royuela

Entre los numerosos nombres vinculados al Expediente Royuela hay uno que desempeña un papel singular: Rafael del Barco Carreras.

No es el autor de los manuscritos.

No pertenece a la familia Royuela.

No actúa como denunciante inicial.

Su importancia radica en otra circunstancia.

Fue una de las primeras personas que decidió estudiar aquella inmensa documentación, ordenarla y darla a conocer públicamente.

Sin esa labor, probablemente el Expediente habría permanecido reducido a un reducido círculo de personas.

Un observador con experiencia

Rafael del Barco no se acercó al Expediente como un recién llegado al mundo de la corrupción.

Su propia trayectoria personal y judicial le había llevado durante años a estudiar numerosos casos relacionados con la corrupción política y económica en Cataluña.

Había escrito miles de páginas.

Había analizado sumarios.

Había seguido procedimientos judiciales complejos.

Cuando conoció el Expediente, lo hizo desde esa experiencia previa.

Ello no significa que sus conclusiones sean necesariamente acertadas.

Pero sí explica por qué dedicó tantos años a examinar aquella documentación.

La tarea de ordenar el caos

Uno de los mayores problemas del Expediente es su enorme volumen.

Miles de manuscritos.

Miles de nombres.

Miles de fechas.

Miles de referencias cruzadas.

Para cualquier lector resulta prácticamente imposible orientarse sin ayuda.

La labor de Rafael del Barco consistió, precisamente, en intentar convertir aquella acumulación de documentos en un relato inteligible.

Relacionó nombres.

Comparó fechas.

Buscó coincidencias.

Contrastó acontecimientos públicos con anotaciones privadas.

En definitiva, trató de construir un mapa que permitiera comprender el conjunto.

Divulgación y debate

A través de artículos, conferencias, entrevistas y publicaciones en Internet, Rafael del Barco contribuyó decisivamente a que el Expediente dejara de ser un asunto prácticamente desconocido.

Esa difusión produjo dos efectos.

Por un lado, aumentó considerablemente el número de personas interesadas en los documentos.

Por otro, multiplicó las críticas.

Unos consideraban que estaba sacando a la luz un material de enorme trascendencia.

Otros entendían que contribuía a difundir acusaciones insuficientemente acreditadas.

Ambas posiciones continúan presentes.

Un papel distinto

Conviene distinguir claramente los planos.

Rafael del Barco no prueba la autenticidad de los manuscritos.

Tampoco puede convertir en verdaderas las afirmaciones que contienen.

Su función ha sido otra.

Poner los documentos al alcance del público.

Explicar cómo se relacionan entre sí.

Señalar coincidencias con hechos conocidos.

Y proponer una interpretación global del conjunto.

El lector puede compartir esa interpretación o rechazarla.

Lo importante es no confundir al analista con la fuente documental.

Una cuestión metodológica

Toda investigación necesita intermediarios.

Archiveros.

Historiadores.

Periodistas.

Investigadores.

Personas que ordenen la información dispersa.

Su trabajo resulta indispensable.

Pero nunca sustituye al examen directo de las fuentes.

Por eso este libro procurará acudir siempre que sea posible a los propios documentos del Expediente y a las resoluciones judiciales, registros y demás fuentes independientes.

Los trabajos de Rafael del Barco constituyen una ayuda valiosa para orientarse.

No dispensan de verificar cada dato.

El valor de la publicidad

Existe además un aspecto que conviene destacar.

Mientras una documentación permanece oculta, sólo unos pocos pueden examinarla.

Cuando pasa a ser conocida, queda expuesta al escrutinio de cualquiera.

Paradójicamente, la publicidad facilita tanto la crítica como la verificación.

Permite descubrir errores.

También permite confirmar aciertos.

Ésa es una de las razones por las que resulta preferible discutir los documentos a ignorarlos.

Más allá de una persona

El interés de Rafael del Barco no reside únicamente en su figura.

Representa algo más amplio.

La transición entre un archivo privado y un debate público.

A partir de ese momento, el Expediente dejó de ser un asunto familiar para convertirse en un fenómeno que empezó a interesar a juristas, periodistas, investigadores y ciudadanos.

Y ése fue, probablemente, el momento en que la discusión dejó de centrarse en quién entregaba los documentos para concentrarse en una pregunta mucho más importante:

¿Qué contienen realmente esos documentos y qué parte de su contenido puede demostrarse?

CAPÍTULO XXXIV

Alberto Royuela: el custodio del Expediente

Toda gran investigación tiene un origen.

En el caso del Expediente Royuela, ese origen conduce inevitablemente a la familia Royuela.

Y, entre sus miembros, sobresale una figura: Alberto Royuela.

Su importancia no deriva de haber ocupado cargos públicos.

Ni de haber ejercido funciones judiciales.

Su papel consiste en haber conservado, ordenado y difundido una documentación que, según sostiene, permaneció oculta durante años.

Sin Alberto Royuela, el Expediente difícilmente habría llegado al conocimiento público.

Una historia familiar

El Expediente no nace como una investigación periodística.

Tampoco como una actuación judicial.

Nace, según explica la propia familia, de una experiencia personal.

Los Royuela sostienen que fueron objeto durante años de actuaciones arbitrarias y de una intensa persecución institucional.

Esa convicción les llevó a conservar toda clase de documentos.

Resoluciones.

Escritos.

Correspondencia.

Notas.

Fotografías.

Grabaciones.

Y, finalmente, los manuscritos atribuidos a José María Mena.

Según su relato, todas esas piezas acabaron formando un único archivo.

El archivo

Uno de los aspectos que más impresiona a quien se aproxima por primera vez al Expediente es su volumen.

No hablamos de unas decenas de documentos.

Ni siquiera de unos centenares.

Hablamos de miles de páginas acumuladas durante décadas.

Ese archivo constituye el verdadero corazón del Expediente.

No porque todo cuanto contiene sea necesariamente cierto.

Sino porque representa la materia prima sobre la que descansa toda la investigación.

Sin documentos no existiría debate alguno.

La decisión de hacerlo público

Durante años aquella documentación permaneció prácticamente desconocida.

Llegó un momento, sin embargo, en que Alberto Royuela decidió romper ese silencio.

Podía haber conservado el archivo en el ámbito privado.

Optó por lo contrario.

Comenzó a divulgar su contenido mediante conferencias, entrevistas, publicaciones y, sobre todo, a través de Internet.

Aquella decisión cambió por completo la naturaleza del Expediente.

Desde ese instante dejó de pertenecer exclusivamente a una familia.

Pasó a convertirse en objeto de debate público.

Una exposición permanente

Hacer pública una documentación de semejante naturaleza tiene consecuencias.

Quien la difunde queda sometido al escrutinio constante.

Cada documento.

Cada fecha.

Cada nombre.

Cada afirmación.

Todo puede ser examinado, criticado y discutido.

Ésa constituye, al mismo tiempo, la principal debilidad y la principal fortaleza del Expediente.

Su debilidad, porque cualquier error puede ser señalado.

Su fortaleza, porque cualquier acierto también puede ser comprobado.

Las críticas

Las objeciones formuladas contra Alberto Royuela han sido numerosas.

Algunos consideran que el Expediente carece de credibilidad.

Otros sostienen que mezcla hechos ciertos con interpretaciones discutibles.

También se ha afirmado que determinadas conclusiones exceden lo que permiten afirmar los documentos.

Son críticas que merecen ser examinadas.

No basta con rechazarlas.

Pero tampoco basta con formularlas.

Quien cuestiona una documentación tan extensa debe explicar, con el mismo rigor que exige a sus defensores, por qué considera falsas determinadas piezas y cuáles son las pruebas en que basa esa afirmación.

La descalificación genérica nunca sustituye al análisis.

La carga de la prueba

Al mismo tiempo, conviene recordar un principio elemental.

No corresponde a quien duda demostrar que el Expediente es falso.

Corresponde a quien afirma la existencia de determinados hechos aportar pruebas suficientes de ellos.

Ésa es la regla en cualquier investigación seria.

Y también debe ser la nuestra.

Precisamente por eso este libro no pretende pedir un acto de fe al lector.

Le propone algo mucho más sencillo.

Leer.

Comparar.

Contrastar.

Y sacar sus propias conclusiones.

Una figura inseparable del Expediente

Con independencia del juicio que merezca su trabajo, existe un hecho indiscutible.

Hoy resulta imposible hablar del Expediente Royuela sin hablar de Alberto Royuela.

Su nombre ha quedado unido para siempre a esa documentación.

Si el tiempo termina confirmando una parte sustancial de sus afirmaciones, ocupará un lugar destacado entre quienes contribuyeron a sacar a la luz uno de los mayores escándalos de la historia reciente de España.

Si, por el contrario, las investigaciones demostraran que sus tesis carecen de fundamento, también su figura quedará inevitablemente ligada a ese desenlace.

Ésa es la carga que asume quien decide convertir un archivo privado en un asunto de interés público.

CAPÍTULO XXXV

Cómo construye el Expediente un caso

Uno de los errores más frecuentes al aproximarse al Expediente Royuela consiste en leer cada documento de forma aislada.

Ésa no es la lógica con la que fue elaborado.

El Expediente funciona como un inmenso rompecabezas.

Una anotación manuscrita remite a una persona.

Esa persona aparece en otro documento.

La fecha coincide con una resolución judicial.

La resolución conduce a otro procedimiento.

Y éste, a su vez, enlaza con una noticia publicada años antes.

Así se va formando el relato.

No mediante una prueba única.

Sino mediante la acumulación de indicios que, según sus autores, terminan apuntando en una misma dirección.

Las piezas nunca aparecen completas

Rara vez un manuscrito contiene toda la información necesaria para comprender un episodio.

Una página puede limitarse a una fecha.

Otra, a unas iniciales.

Otra, a una cantidad de dinero.

Otra menciona una reunión.

Sólo cuando todas esas piezas se colocan juntas adquieren sentido.

Éste constituye uno de los mayores problemas del Expediente.

Y también uno de sus mayores riesgos.

Porque unir correctamente las piezas exige prudencia.

Si una sola encaja donde no corresponde, toda la reconstrucción puede quedar falseada.

Las coincidencias

Los defensores del Expediente conceden enorme importancia a las coincidencias.

Un nombre.

Una fecha.

Una llamada.

Una resolución.

Una reunión.

Aisladas pueden parecer irrelevantes.

Pero cuando esas coincidencias se repiten, consideran que dejan de ser fruto del azar.

Ahora bien, aquí resulta imprescindible actuar con cautela.

Las coincidencias orientan.

No demuestran.

Una coincidencia nunca equivale, por sí sola, a una prueba.

Necesita apoyarse en otros elementos objetivos.

La cronología

Existe un aspecto especialmente importante.

El tiempo.

Las fechas permiten comprobar si una hipótesis resulta siquiera posible.

Si un manuscrito menciona una reunión que coincide con un hecho acreditado, el documento gana interés.

Si sitúa a una persona en un lugar donde está demostrado que no pudo encontrarse, pierde credibilidad.

Por eso la cronología constituye una de las herramientas más útiles para verificar el contenido del Expediente.

El calendario no tiene ideología.

Las fechas son tozudas.

Los documentos externos

En ningún momento basta con leer los manuscritos.

Hay que salir de ellos.

Consultar resoluciones judiciales.

Registros mercantiles.

Boletines oficiales.

Noticias de la época.

Comparecencias parlamentarias.

Sentencias.

Escritos procesales.

Sólo entonces puede comprobarse hasta qué punto las anotaciones encuentran respaldo en fuentes independientes.

Ése será el método que seguiremos en los capítulos siguientes.

Lo que el Expediente pretende demostrar

A medida que se avanza en su lectura aparece una idea constante.

Los autores no intentan convencer al lector mediante un único documento extraordinario.

Pretenden hacerlo mediante cientos de pequeños documentos aparentemente inconexos.

Su tesis es sencilla.

Que, contemplados de forma aislada, dicen poco.

Pero contemplados en conjunto dibujan un patrón.

Ésa es la esencia del Expediente.

Y también el punto en el que debe concentrarse cualquier análisis crítico.

El verdadero examen

Llegados a este punto, la cuestión ya no consiste en preguntar si un manuscrito parece auténtico.

Ni siquiera si una anotación coincide con un hecho conocido.

La verdadera prueba consiste en determinar si el patrón general se mantiene cuando cada episodio se examina con el mismo rigor.

Porque basta que algunos casos resistan el contraste documental para que merezcan una investigación más profunda.

Y basta que otros se derrumben para obligar a revisar las conclusiones generales.

Así debe trabajar cualquier investigador.

Sin credulidad.

Sin prejuicios.

Y con la paciencia necesaria para dejar que sean los documentos —y no nuestras preferencias— quienes hablen.

CAPÍTULO XXXVI

La Fiscalía: el verdadero centro de gravedad

Quien lea superficialmente el Expediente Royuela podría pensar que todo gira alrededor de los jueces.

Sin embargo, una lectura detenida conduce a otra conclusión.

Los manuscritos conceden un protagonismo todavía mayor a la Fiscalía.

No resulta extraño.

En cualquier procedimiento penal, el fiscal ocupa una posición decisiva.

Puede impulsar una investigación.

Puede solicitar diligencias.

Puede recurrir una resolución.

Puede interesar el archivo.

Puede sostener una acusación.

O puede retirarla.

Su influencia resulta enorme.

Precisamente por eso el Expediente sitúa a la Fiscalía en el centro de buena parte de los acontecimientos que describe.

El fiscal como director

Los manuscritos presentan a determinados fiscales como auténticos directores de operaciones.

No se limitarían, según esa versión, a intervenir en procedimientos judiciales.

Participarían también en reuniones, intercambiarían información con otros responsables institucionales y adoptarían decisiones destinadas a proteger o perjudicar a determinadas personas.

Ésa constituye una de las acusaciones más graves de todo el Expediente.

Y precisamente por ello exige el máximo rigor.

No basta una anotación manuscrita.

Hace falta comprobar si encuentra respaldo en documentos, testimonios o actuaciones objetivamente verificables.

Las anotaciones

Una parte considerable de los manuscritos atribuidos a José María Mena contiene referencias a actuaciones del Ministerio Fiscal.

Algunas son escuetas.

Otras incluyen nombres, fechas y cantidades.

En ocasiones aparecen simples iniciales.

En otras se describen reuniones o conversaciones.

Tomadas aisladamente, muchas de esas notas apenas permiten extraer conclusiones.

Pero el Expediente sostiene que, examinadas en conjunto, muestran una pauta constante.

Ésa es precisamente la hipótesis que debe ponerse a prueba.

El problema de la interpretación

Aquí aparece una dificultad evidente.

Una agenda personal rara vez explica el contexto completo.

Quien escribe sabe perfectamente a qué se refiere.

Quien la lee muchos años después no.

Una anotación puede parecer inequívoca.

Y, sin embargo, admitir varias interpretaciones.

Por eso resulta imprescindible resistir la tentación de completar los vacíos con imaginación.

El investigador debe limitarse a aquello que realmente puede deducirse del documento y buscar después elementos externos que confirmen o desmientan esa primera impresión.

Las decisiones

El Expediente no centra su atención únicamente en las personas.

También observa las decisiones.

¿Por qué se archivó un procedimiento?

¿Por qué otro avanzó con rapidez?

¿Por qué determinadas diligencias nunca llegaron a practicarse?

¿Por qué unas investigaciones recibieron un enorme impulso mientras otras parecían quedar olvidadas?

Ésas son las preguntas que aparecen una y otra vez.

No constituyen, por sí mismas, una prueba de irregularidad.

Pero sí señalan aspectos que pueden ser objeto de análisis.

El paso del tiempo

Existe otro elemento que llama la atención.

Muchas de las anotaciones abarcan un largo periodo.

No describen hechos aislados.

Presentan una continuidad.

Las mismas personas vuelven a aparecer.

Los mismos nombres se repiten.

Los mismos contactos resurgen años después.

Según el Expediente, esa permanencia demostraría la existencia de una estructura estable.

Naturalmente, esa conclusión sólo será válida si las conexiones resisten un examen independiente.

La cuestión decisiva

En realidad, todo este capítulo puede resumirse en una sola pregunta.

¿Las decisiones que el Expediente considera sospechosas obedecieron realmente a una actuación concertada o pueden explicarse mediante el funcionamiento ordinario de la Justicia?

Ésa es la frontera entre una sospecha y una acusación fundada.

Y ésa será también la frontera que este libro procurará no traspasar sin apoyo documental suficiente.

CAPÍTULO XXXVII

Cuando un manuscrito sale del papel

Hasta ahora hemos hablado de documentos.

De agendas.

De anotaciones.

De nombres.

Pero llega un momento en que toda esa información debe enfrentarse a la realidad.

Ésa es la verdadera prueba.

Un manuscrito puede contener una afirmación sorprendente.

Puede incluso parecer coherente.

Pero sólo adquiere verdadero interés cuando encuentra algún punto de apoyo fuera de sí mismo.

Por eso, cada vez que el Expediente menciona un episodio concreto, conviene formular siempre las mismas preguntas.

¿Quién intervino?

¿Cuándo ocurrió?

¿Qué documentos públicos existen?

¿Coinciden las fechas?

¿Qué dijeron los tribunales?

¿Qué puede demostrarse y qué permanece únicamente como afirmación contenida en los manuscritos?

Ése será nuestro método.

Un nombre, una fecha y una decisión

Muchos episodios del Expediente siguen un mismo esquema.

Primero aparece una breve anotación.

Después figura el nombre de una persona.

A continuación una fecha.

Y, poco tiempo después, una resolución judicial, una decisión administrativa o un acontecimiento que los autores consideran relacionado con aquella nota.

Ésa constituye la estructura básica de buena parte del Expediente.

La dificultad consiste en determinar si esa sucesión responde realmente a una relación de causa y efecto o si sólo refleja una coincidencia temporal.

No toda coincidencia implica una conexión.

Pero tampoco toda coincidencia carece de importancia.

Precisamente por eso resulta indispensable examinar cada episodio por separado.

El contexto importa

Uno de los errores más frecuentes consiste en extraer una anotación de su contexto.

Imaginemos una simple nota:

«Hablar con…»

«Resolver…»

«Entregado…»

Aisladas, esas palabras apenas significan nada.

Pero si ese mismo día se produjo una reunión acreditada.

Si pocos días después se dictó una resolución.

Si aparecen nuevas anotaciones relacionadas.

Y si, además, existen documentos públicos que encajan con esa secuencia, el interés del conjunto aumenta considerablemente.

No porque la hipótesis quede demostrada.

Sino porque merece ser investigada.

Lo que el Expediente intenta demostrar

Los autores del Expediente no afirman que una anotación aislada pruebe un delito.

Sostienen algo distinto.

Que la repetición de ese mismo esquema en decenas de ocasiones revela una forma de actuar.

Ésa es la verdadera tesis.

No un episodio.

Sino un patrón.

Y los patrones sólo pueden comprobarse estudiando muchos casos.

No uno.

El riesgo contrario

También existe un peligro.

Cuando una persona está convencida de haber descubierto un patrón, corre el riesgo de ver conexiones donde quizá no las haya.

Los psicólogos conocen bien ese fenómeno.

El cerebro humano busca relaciones incluso entre hechos independientes.

Por eso resulta imprescindible mantener una disciplina intelectual.

Cada conexión debe apoyarse en hechos verificables.

No basta con que resulte verosímil.

Debe poder demostrarse.

El criterio del lector

A partir de este momento el lector encontrará numerosos nombres.

Numerosas fechas.

Numerosos documentos.

No pretendemos que acepte ninguna conclusión por confianza en los autores.

Al contrario.

Queremos que adopte una actitud crítica.

Que contraste.

Que dude.

Que compare.

Y que, al finalizar cada capítulo, pueda responder por sí mismo a una pregunta muy sencilla:

¿Las pruebas disponibles sostienen realmente la hipótesis propuesta?

Ésa será la mejor garantía de objetividad.

Comienza el examen

Desde este punto del libro iremos descendiendo desde la visión general hasta el detalle.

Analizaremos documentos concretos.

Compararemos manuscritos con resoluciones judiciales.

Examinaremos las relaciones entre los protagonistas.

Y veremos hasta qué punto las afirmaciones contenidas en el Expediente encuentran apoyo —o no— en fuentes independientes.

Porque, al final, un expediente de miles de páginas no se confirma ni se refuta mediante un juicio global.

Se confirma o se refuta documento a documento.

Caso a caso.

Anotación por anotación.

Y ése es el camino que recorreremos en los capítulos siguientes.

CAPÍTULO XXXVIII

Del documento a la acusación

Uno de los aspectos más interesantes del Expediente Royuela consiste en observar cómo pasa de una simple anotación manuscrita a formular una acusación de enorme gravedad.

Ese proceso no se produce de golpe.

Se construye por etapas.

Primero aparece una nota.

Después surge un nombre.

Más tarde, una fecha.

Finalmente, el Expediente relaciona esa información con un acontecimiento conocido.

Ése es el método.

Y precisamente por eso conviene examinarlo con detenimiento.

La primera pieza

En muchas ocasiones todo comienza con unas pocas palabras.

Una reunión.

Una llamada.

Una entrega.

Una conversación.

A veces sólo unas iniciales.

Otras, una cifra.

Vista de manera aislada, esa anotación apenas dice nada.

Podría referirse a asuntos perfectamente lícitos.

O a algo completamente distinto.

Por sí sola carece de fuerza probatoria.

La segunda pieza

El siguiente paso consiste en localizar otros documentos donde vuelvan a aparecer los mismos nombres.

El Expediente insiste constantemente en esta técnica.

No pretende convencer mediante una anotación aislada.

Busca demostrar que determinadas personas aparecen relacionadas una y otra vez.

Cuando esa reiteración existe, sostiene que deja de ser casual.

Naturalmente, esa conclusión exige prudencia.

Las personas que ocupan cargos relevantes suelen coincidir con frecuencia en reuniones, actos oficiales y procedimientos judiciales.

La reiteración, por sí sola, no demuestra una actuación ilícita.

La tercera pieza

Después llega la comparación con los hechos públicos.

Aquí el trabajo se vuelve mucho más sólido.

Una fecha puede contrastarse.

Una resolución judicial puede consultarse.

Una noticia de prensa puede localizarse.

Una comparecencia parlamentaria puede verificarse.

En este punto el Expediente abandona el terreno exclusivamente privado y entra en el ámbito de la documentación accesible a cualquier investigador.

Éste constituye uno de sus aspectos más interesantes.

La interpretación

Es entonces cuando aparece la hipótesis.

El Expediente sostiene que la sucesión de documentos permite explicar por qué ocurrió un determinado hecho.

Y aquí surge la cuestión decisiva.

¿La documentación conduce necesariamente a esa conclusión?

¿O admite otras explicaciones igualmente razonables?

Ésa es la pregunta que nunca debe perderse de vista.

Porque el investigador serio no busca confirmar una idea previa.

Busca averiguar cuál de las explicaciones disponibles resulta más convincente a la luz de las pruebas.

Lo que demuestra y lo que no demuestra

Conviene insistir en una distinción esencial.

Un manuscrito puede demostrar que alguien escribió unas palabras.

Una resolución judicial demuestra que un tribunal adoptó una determinada decisión.

Una noticia acredita que un periódico publicó una información.

Pero ninguna de esas piezas, por separado, demuestra automáticamente la relación causal entre ellas.

Ése es el verdadero desafío del Expediente.

No reunir documentos.

Sino demostrar que todos forman parte de una misma secuencia.

El valor del contraste

Por esa razón, este libro no aceptará ninguna conclusión únicamente porque figure escrita en los manuscritos.

Cada episodio se someterá a tres preguntas.

Primera.

¿Existe realmente el documento?

Segunda.

¿Coincide con los hechos públicos conocidos?

Tercera.

¿La interpretación propuesta resulta la única posible o existen otras igualmente compatibles con los datos?

Responder a esas tres cuestiones permitirá al lector valorar cada caso con independencia de sus propias ideas.

El examen comienza ahora

Hasta este momento hemos preparado el terreno.

Hemos conocido a los protagonistas.

Hemos estudiado los documentos.

Hemos comprendido el método.

A partir del próximo capítulo comenzaremos a recorrer algunos de los episodios más significativos que contiene el Expediente.

Ya no hablaremos del mapa.

Empezaremos a recorrer el territorio.

Y será entonces cuando el lector pueda comprobar por sí mismo hasta dónde llegan los documentos y dónde comienzan las interpretaciones.

CAPÍTULO XXXIX

Los archivos, las inhibiciones y las decisiones judiciales

Si hubiera que resumir en una sola idea buena parte del Expediente Royuela, probablemente sería ésta:

el verdadero poder no consistiría en conseguir condenas injustas, sino en impedir que determinadas causas llegaran a investigarse hasta el final.

Ésa es la tesis que aparece una y otra vez en los manuscritos.

No mediante grandes discursos.

Sino a través de pequeñas anotaciones dispersas.

El archivo como punto final

En cualquier Estado de Derecho, archivar unas diligencias puede ser la decisión jurídicamente correcta.

No toda denuncia merece llegar a juicio.

No toda sospecha termina convirtiéndose en prueba.

No todo indicio basta para sostener una acusación.

Eso forma parte del funcionamiento normal de la Justicia.

El Expediente, sin embargo, sostiene que algunos archivos no responderían exclusivamente a razones jurídicas.

Según sus autores, determinadas decisiones habrían perseguido impedir que ciertas investigaciones alcanzaran a determinadas personas.

Ésa es una acusación extraordinariamente grave.

Y, por ello mismo, exige pruebas de extraordinaria solidez.

La importancia del momento

Los manuscritos no sólo prestan atención a la decisión.

También al momento en que se adopta.

En numerosas ocasiones anotan reuniones previas.

Conversaciones.

Llamadas telefónicas.

Encuentros.

Y, poco después, aparece una resolución que, según el Expediente, guarda relación con aquellas anotaciones.

La cuestión consiste en determinar si existe realmente una conexión o si únicamente coinciden en el tiempo.

Porque la proximidad cronológica, por sí sola, no demuestra una relación causal.

Las diligencias que nunca llegaron

Otro aspecto repetido en la documentación hace referencia a diligencias que, según el Expediente, nunca llegaron a practicarse.

Testigos que no fueron llamados.

Informes que no llegaron a solicitarse.

Pericias que quedaron pendientes.

Documentación que nunca se incorporó al procedimiento.

Naturalmente, toda investigación establece límites.

Los jueces deben decidir qué pruebas son pertinentes y cuáles no.

Pero el Expediente sostiene que, en determinados asuntos, esa selección obedecía a una finalidad distinta.

Ésa es precisamente una de las cuestiones que cualquier investigación independiente debería examinar.

El tiempo como aliado

Existe un viejo dicho entre los juristas:

la Justicia lenta puede terminar pareciéndose a la injusticia.

El Expediente concede enorme importancia al paso del tiempo.

No sólo porque algunas responsabilidades prescriben.

También porque los documentos desaparecen.

Los recuerdos se debilitan.

Los testigos fallecen.

Y las pruebas resultan cada vez más difíciles de obtener.

Por eso los manuscritos interpretan muchos retrasos como parte de una estrategia deliberada.

Ésa es una hipótesis.

Confirmarla exige algo más que una simple demora procesal.

Hace falta demostrar que el retraso obedeció realmente a una voluntad de favorecer a alguien y no a las dificultades propias de un procedimiento complejo.

Las apariencias

Uno de los aspectos más interesantes del Expediente consiste en que rara vez habla de decisiones manifiestamente arbitrarias.

Al contrario.

Describe resoluciones formalmente correctas.

Providencias.

Autos.

Decretos.

Informes.

Todo parece ajustarse, en apariencia, al procedimiento.

La tesis del Expediente consiste en afirmar que el problema no residía en la forma.

Residiría en la finalidad perseguida.

Y ésa constituye una cuestión mucho más difícil de acreditar.

Porque las intenciones no se leen en una resolución.

Hay que inferirlas a partir del conjunto de los hechos.

La carga del investigador

Quien sostiene que una resolución judicial respondió a intereses espurios asume una enorme responsabilidad.

No basta con discrepar jurídicamente.

Hace falta aportar elementos objetivos que permitan sostener esa conclusión.

Ése será también nuestro criterio.

No calificaremos una decisión por el mero hecho de resultar discutible.

Intentaremos averiguar si existen documentos independientes capaces de apoyar la interpretación que propone el Expediente.

Una pregunta incómoda

El Expediente obliga al lector a formularse una pregunta que trasciende incluso sus propias acusaciones.

¿Qué mecanismos existen para revisar la actuación de quienes tienen la misión de investigar y acusar cuando existen sospechas fundadas de que no han actuado correctamente?

La respuesta no afecta sólo al Expediente Royuela.

Afecta al funcionamiento mismo del Estado de Derecho.

Porque una Justicia fuerte no es aquella que nunca se equivoca.

Es aquella que dispone de instrumentos eficaces para corregir sus propios errores y exigir responsabilidades cuando alguien se aparta de la ley.

CAPÍTULO XL

Las reuniones: cuando el Expediente intenta anticipar los acontecimientos

Uno de los rasgos más llamativos del Expediente Royuela es la frecuencia con que aparecen referencias a reuniones.

No se trata de largas descripciones.

La mayoría de las veces son simples anotaciones.

Una fecha.

Un nombre.

Un lugar.

En ocasiones, apenas una palabra.

Vista de forma aislada, cada una de esas notas carece de especial importancia.

Miles de personas se reúnen diariamente por razones profesionales.

Sin embargo, el Expediente sostiene que algunas de esas reuniones adquieren significado cuando se comparan con lo que sucede después.

Ahí comienza su razonamiento.

Antes y después

Los autores del Expediente siguen siempre el mismo esquema.

Primero localizan una anotación.

Después comprueban si, en los días o semanas siguientes, se produjo alguna actuación pública relacionada con las personas citadas.

Una resolución judicial.

El archivo de unas diligencias.

Un nombramiento.

Una decisión administrativa.

Un cambio de criterio.

Si ambas cosas coinciden, consideran que existe un indicio de relación.

Pero conviene insistir.

Una coincidencia cronológica nunca basta para demostrar una influencia indebida.

Puede despertar una sospecha razonable.

No constituye una prueba.

La reiteración

El Expediente concede mucha más importancia a la repetición que a cada episodio aislado.

Su argumento es sencillo.

Una coincidencia puede ser casual.

Dos también.

Pero cuando el mismo esquema parece repetirse una y otra vez, consideran que el azar deja de ser una explicación suficiente.

Ésa es una hipótesis perfectamente legítima.

Ahora bien, corresponde demostrarla.

Y demostrarla exige mucho más que acumular coincidencias.

Hace falta acreditar que esas reuniones existieron realmente, que trataron los asuntos que se les atribuyen y que influyeron efectivamente en las decisiones posteriores.

Lo que sí puede verificarse

Aquí aparece un terreno mucho más sólido.

Las agendas oficiales.

Las comparecencias públicas.

Los desplazamientos.

Las noticias publicadas en la prensa.

Las resoluciones judiciales.

Todo ello puede comprobarse.

Cuando esos datos coinciden con las fechas anotadas en los manuscritos, el documento gana interés.

Cuando no coinciden, pierde fuerza.

Por eso resulta tan importante salir continuamente del propio Expediente y acudir a fuentes independientes.

El silencio documental

Existe, sin embargo, una dificultad evidente.

Las reuniones verdaderamente relevantes rara vez dejan acta.

No existe una grabación.

No suele haber testigos.

Y, naturalmente, nadie redacta un documento diciendo que ha decidido actuar contra la ley.

Por eso las investigaciones sobre corrupción suelen apoyarse en indicios convergentes.

No porque éstos sustituyan a la prueba.

Sino porque constituyen el camino para encontrarla.

El Expediente intenta recorrer precisamente ese camino.

La cuestión consiste en determinar si lo hace con suficiente solidez.

Una diferencia esencial

No debemos confundir dos afirmaciones distintas.

La primera:

«Dos personas se reunieron.»

La segunda:

«En esa reunión acordaron cometer una ilegalidad.»

Entre ambas existe una enorme distancia.

La primera puede acreditarse mediante documentos, registros o testigos.

La segunda exige pruebas mucho más consistentes.

El Expediente, en ocasiones, parece recorrer esa distancia con excesiva rapidez.

Ésa es una de las críticas metodológicas más importantes que cabe formularle.

Porque una investigación rigurosa debe resistir la tentación de convertir una posibilidad en una certeza.

Lo que enseñan estos episodios

Pese a todo, estas anotaciones poseen un indudable interés.

Obligan a reconstruir cronologías.

A comparar documentos.

A revisar actuaciones.

A comprobar si determinadas decisiones responden únicamente a razones jurídicas o si existen circunstancias adicionales que merecen una explicación.

Y ésa constituye, probablemente, la mayor aportación del Expediente.

No ofrecer respuestas definitivas.

Sino formular preguntas que pueden contrastarse documentalmente.

Una conclusión provisional

Llegados a este punto, el lector ya dispone de las herramientas necesarias para comprender cómo razona el Expediente.

No parte de una prueba definitiva.

Parte de centenares de pequeñas piezas.

Su fuerza dependerá de que esas piezas encajen realmente unas con otras.

Y su debilidad aparecerá allí donde ese encaje descanse únicamente sobre conjeturas.

Ésa será la medida con la que examinaremos todos los episodios que siguen.

Porque una investigación seria no consiste en creer.

Consiste en verificar.

CAPÍTULO XLI

Una línea escrita hace treinta años

A veces todo comienza con una simple línea.

No una página.

No un informe.

No una sentencia.

Una línea.

Una fecha.

Un nombre.

Una cifra.

Nada más.

Para cualquier persona ajena al Expediente, esa anotación resulta completamente inofensiva.

Podría pertenecer a una agenda cualquiera.

Sin embargo, quienes elaboraron el Expediente sostienen que muchas de esas líneas constituyen la llave para comprender acontecimientos que sólo cobrarían sentido años después.

Ésa es una afirmación extraordinaria.

Y, como toda afirmación extraordinaria, exige un examen igualmente extraordinario.

El problema del contexto

Toda anotación plantea una dificultad.

Quien la escribió conocía perfectamente su significado.

Quien la lee treinta años después no.

Ése es el primer obstáculo.

Cuando un manuscrito dice únicamente:

«Hablado con…»

«Entregado…»

«Resolver…»

«Pendiente…»

el lector desconoce casi todo.

Ignora de qué asunto se trata.

Qué personas intervinieron.

Cuál era el objetivo.

Y cuál fue el desenlace.

Por eso resulta tan peligroso interpretar precipitadamente un documento de esa naturaleza.

La reconstrucción

El Expediente intenta superar ese problema mediante una reconstrucción paciente.

Busca otra anotación.

Después una tercera.

Más tarde una resolución judicial.

Una noticia.

Una escritura pública.

Una comparecencia.

Una fecha.

Si todas esas piezas parecen apuntar hacia un mismo episodio, los autores consideran que la anotación inicial adquiere un significado distinto.

Ése es, probablemente, el trabajo más complejo de todo el Expediente.

Y también el más discutible.

Porque cuanto mayor es el esfuerzo de reconstrucción, mayor es el riesgo de introducir interpretaciones personales.

¿Hasta dónde puede llegar una inferencia?

Aquí conviene detenerse.

Toda investigación utiliza inferencias.

Los jueces las utilizan.

Los historiadores también.

Y los científicos igualmente.

Pero existe una regla elemental.

Una inferencia vale tanto como los hechos sobre los que se apoya.

Si los hechos son sólidos, la inferencia gana fuerza.

Si los hechos son débiles, la conclusión también lo será.

Éste es el criterio que aplicaremos constantemente.

No preguntaremos únicamente si la hipótesis resulta ingeniosa.

Preguntaremos si resulta inevitable.

Porque entre una explicación posible y una explicación demostrada existe un abismo.

La tentación del relato perfecto

Existe otro riesgo.

Cuando una investigación acumula miles de documentos, aparece la tentación de construir un relato donde todo encaja.

Demasiado bien.

La realidad rara vez funciona así.

Está llena de contradicciones.

Errores.

Casualidades.

Decisiones absurdas.

Cambios de criterio.

Por eso, cuando un relato parece excesivamente perfecto, el investigador debe extremar la prudencia.

No porque sea falso.

Sino porque la realidad suele ser mucho más desordenada que cualquier reconstrucción retrospectiva.

Lo que fortalece una hipótesis

Paradójicamente, una investigación gana credibilidad cuando reconoce sus propios límites.

Cuando admite que determinados documentos no permiten extraer conclusiones.

Cuando distingue entre lo que sabe y lo que sospecha.

Cuando reconoce que algunas piezas faltan.

Ésa es la actitud que también debe adoptar este libro.

Habrá episodios donde la documentación resulte muy consistente.

Y otros donde apenas permita formular preguntas.

Confundir ambos planos sería un grave error.

La utilidad del Expediente

Quizá la principal aportación del Expediente no consista en ofrecer todas las respuestas.

Consista en otra cosa.

En conservar miles de documentos que permiten formular preguntas concretas.

¿Por qué aparece este nombre?

¿Por qué esta fecha?

¿Por qué esta llamada?

¿Por qué esta decisión?

Responder correctamente a esas preguntas exige mucho más trabajo que aceptar o rechazar el Expediente en bloque.

Exige investigar.

Y ésa, en definitiva, constituye la razón de ser de toda investigación.


Hacia el núcleo más controvertido

A partir del siguiente capítulo ya deberíamos entrar en uno de los aspectos más delicados del Expediente: las anotaciones relativas a presuntas muertes, homicidios y encubrimientos.

Ése es el punto donde el Expediente formula sus acusaciones más graves y donde el rigor debe ser máximo. Habrá que distinguir con absoluta claridad entre:

  • lo que literalmente dicen los manuscritos;
  • los hechos públicos acreditados sobre cada fallecimiento;
  • la interpretación que hacen los autores del Expediente;
  • y las pruebas —si existen— que puedan corroborar o desmentir esa interpretación.

Ése será, probablemente, el tramo más exigente y también el más importante de todo el libro.

CAPÍTULO XLII

Las muertes: el capítulo más inquietante del Expediente

Hasta ahora hemos hablado de dinero.

De influencias.

De nombramientos.

De decisiones judiciales.

Todo ello resulta grave.

Pero el Expediente Royuela da un paso más.

Sostiene que determinadas personas no sólo fueron favorecidas o perjudicadas mediante resoluciones judiciales o actuaciones administrativas.

Afirma que algunas murieron como consecuencia de decisiones deliberadas.

Éste es el punto donde el Expediente alcanza su máxima gravedad.

Y también donde el rigor debe ser absoluto.

Una acusación excepcional

No es lo mismo afirmar que un funcionario prevaricó que sostener que una persona fue asesinada.

La diferencia es enorme.

Una acusación de homicidio exige un nivel de prueba muy superior al necesario para acreditar una irregularidad administrativa.

Por eso conviene desterrar cualquier ligereza.

Cada caso debe examinarse por separado.

Sin excepciones.

Lo que contienen los manuscritos

Los manuscritos atribuidos a José María Mena contienen diversas anotaciones que, según la interpretación del Expediente, harían referencia a fallecimientos concretos.

En ocasiones aparece un nombre.

En otras, una expresión breve.

A veces una fecha.

Otras veces una cantidad.

Los autores del Expediente consideran que determinadas anotaciones describen decisiones adoptadas antes de producirse esos fallecimientos.

Ésa es la tesis.

Pero entre una anotación y la demostración de un homicidio existe un largo camino.

Y ese camino sólo puede recorrerse mediante pruebas independientes.

El método correcto

Ante una muerte citada en el Expediente conviene formular siempre las mismas preguntas.

Primera.

¿Está acreditado el fallecimiento?

Segunda.

¿Cuál fue la causa oficial de la muerte?

Tercera.

¿Existió investigación judicial?

Cuarta.

¿Qué pruebas materiales se obtuvieron?

Quinta.

¿Qué añade realmente el Expediente?

Sólo después de responder a esas cuestiones resulta posible valorar el alcance de los manuscritos.

Invertir ese orden conduce inevitablemente al error.

Entre la sospecha y la certeza

El Expediente sostiene que algunas muertes fueron presentadas como accidentes, suicidios o fallecimientos naturales cuando, según sus autores, responderían a una causa distinta.

Ésa es una acusación extremadamente seria.

Precisamente por ello no basta con mostrar una anotación manuscrita.

Hace falta comprobar si existen informes forenses, diligencias policiales, testimonios o cualquier otro elemento objetivo que apoye esa interpretación.

Si tales elementos no existen, la prudencia obliga a reconocer que la hipótesis permanece sin demostrar.

El peligro de las explicaciones retrospectivas

Existe además otro riesgo.

Cuando una muerte ya se ha producido resulta relativamente fácil reinterpretar hechos anteriores y atribuirles un significado que entonces nadie percibió.

Los historiadores conocen bien ese fenómeno.

Después de conocer el desenlace, tendemos a considerar inevitables acontecimientos que, en su momento, pasaron completamente inadvertidos.

Por eso el investigador debe preguntarse siempre si la interpretación nace realmente de los documentos o si está influida por el conocimiento posterior de los hechos.

La obligación del contraste

En este terreno no caben atajos.

No basta con que un manuscrito mencione un nombre pocos días antes de un fallecimiento.

No basta con una coincidencia de fechas.

No basta con una impresión.

Hace falta reconstruir el caso completo.

Examinar la investigación oficial.

Analizar las pruebas disponibles.

Y comprobar si los documentos del Expediente aportan información nueva, verificable y relevante.

Sólo entonces podrá emitirse un juicio razonado.

Lo que haremos a continuación

No examinaremos las presuntas muertes en bloque.

Sería un error.

Cada una posee sus propias circunstancias.

Sus propios documentos.

Sus propios protagonistas.

Y sus propias dificultades.

Por eso dedicaremos capítulos independientes a los episodios más significativos que recoge el Expediente.

No para confirmar una tesis preconcebida.

Sino para responder, caso por caso, a una única pregunta:

¿Qué puede demostrarse realmente?

CAPÍTULO XLIII

Cuando una anotación acusa de matar

Hasta ahora el Expediente Royuela ha planteado acusaciones de corrupción, tráfico de influencias, prevaricación y encubrimiento.

Pero existe un punto en el que el tono cambia por completo.

Es cuando una simple anotación manuscrita parece referirse a la muerte de una persona.

En ese instante desaparece cualquier margen para la ligereza.

Ya no hablamos de una irregularidad administrativa.

Hablamos del bien jurídico más importante que protege el Derecho: la vida humana.

Por eso el método debe ser todavía más exigente.

La primera reacción

Quien lee por primera vez determinadas páginas del Expediente suele reaccionar de dos maneras.

Unos las consideran absolutamente increíbles.

Otros las aceptan casi sin reservas.

Ambas posturas encierran un riesgo.

La incredulidad absoluta puede impedir descubrir hechos relevantes.

La credulidad absoluta puede conducir a aceptar como cierto lo que aún no ha sido demostrado.

El investigador debe evitar ambos extremos.

Una anotación no mata

Conviene recordar una evidencia que, precisamente por ser evidente, a veces se olvida.

Un manuscrito no demuestra un homicidio.

Demuestra únicamente que alguien escribió determinadas palabras.

Nada más.

La muerte deberá acreditarse mediante certificados oficiales.

La causa del fallecimiento mediante informes médicos y forenses.

La posible existencia de un delito mediante una investigación penal.

Y la responsabilidad de una persona mediante pruebas obtenidas con todas las garantías.

Ése es el camino que exige el Estado de Derecho.

Pero tampoco debe ignorarse

Ahora bien, tampoco sería correcto despreciar sin más una anotación de esa naturaleza.

Imaginemos que un manuscrito fechado con anterioridad a un fallecimiento contiene una referencia precisa a una persona y a un hecho que posteriormente ocurre.

Esa circunstancia no demostraría el delito.

Pero sí justificaría una pregunta.

¿Cómo pudo escribirse aquello antes de producirse el acontecimiento?

Responder a esa pregunta exige verificar la fecha del manuscrito, su autenticidad, su cadena de custodia y el contexto completo en que fue redactado.

Sólo entonces podrá valorarse su verdadero alcance.

El contexto lo cambia todo

Las palabras adquieren significado según el lugar donde aparecen.

Una expresión que, aislada, parece anunciar un crimen puede referirse en realidad a una operación policial, a una decisión administrativa o incluso a una conversación privada cuyo sentido desconocemos.

Éste constituye uno de los mayores peligros del Expediente.

Interpretar retrospectivamente frases breves cuyo autor ya no puede explicar.

Por eso cada anotación debe leerse junto con las anteriores y las posteriores.

Nunca de forma aislada.

Las preguntas imprescindibles

Antes de aceptar o rechazar cualquiera de estas acusaciones conviene responder siempre a las mismas cuestiones.

¿Es auténtico el manuscrito?

¿Puede fecharse con seguridad?

¿Se conserva el original?

¿Existen otros documentos que lo corroboren?

¿Coincide con hechos públicos conocidos?

¿Aporta datos que no fueran conocidos cuando fue escrito?

Y, sobre todo,

¿permite llegar razonablemente a la conclusión que propone el Expediente?

Si alguna de estas preguntas queda sin respuesta, la prudencia obliga a suspender el juicio.

La importancia del detalle

En investigaciones de esta naturaleza, los pequeños detalles suelen resultar decisivos.

Una hora.

Un sello.

Una llamada telefónica.

Un desplazamiento.

Una firma.

Una agenda.

Un recibo.

A veces una sola pieza basta para confirmar o desmentir una hipótesis.

Por eso el investigador debe desconfiar tanto de las grandes afirmaciones como de las grandes negaciones.

La verdad suele esconderse en los detalles.

El compromiso de este libro

A partir de ahora no nos preguntaremos si el Expediente tiene razón o no en términos generales.

Ésa sería una discusión estéril.

Nos preguntaremos algo mucho más útil.

¿Qué demuestra exactamente cada documento?

Sólo después de responder a esa cuestión podremos valorar si los distintos documentos, considerados en conjunto, sostienen o no las graves acusaciones que contiene el Expediente.


A partir del siguiente capítulo ya convendría comenzar con el primer caso concreto del Expediente, siguiendo siempre la misma estructura:

  1. Exposición cronológica de los hechos.
  2. Qué dicen literalmente los manuscritos.
  3. Qué documentación pública existe.
  4. Qué coincidencias se observan.
  5. Qué extremos están acreditados.
  6. Qué extremos siguen siendo hipótesis.

Ese formato permitirá al lector valorar cada episodio con criterios objetivos, sin mezclar hechos, indicios e interpretaciones.

CAPÍTULO XLIV

El primer caso

Toda investigación necesita un punto de partida.

No porque sea necesariamente el más importante.

Sino porque permite comprender el método seguido en todo lo demás.

El Expediente Royuela no es una excepción.

Quien recorra sus miles de páginas comprobará que determinados nombres aparecen una y otra vez.

No es casual.

Los autores consideran que esos primeros episodios contienen las claves para interpretar los restantes.

Por eso comenzaremos por ellos.

No porque deban aceptarse como ciertos.

Sino porque constituyen el fundamento sobre el que se levanta toda la construcción posterior.

Un hecho, varios documentos

Una característica constante del Expediente consiste en que rara vez basa una acusación en un único documento.

Lo habitual es encontrar varios.

Un manuscrito.

Una resolución.

Una noticia.

Una agenda.

Una referencia cruzada.

Los autores sostienen que ninguno basta por sí solo.

Pero que todos, considerados conjuntamente, adquieren un significado distinto.

Ésa es precisamente la hipótesis que deberemos poner a prueba.

La cronología

Antes de analizar cualquier acusación hay que reconstruir el tiempo.

¿Cuándo ocurrió el hecho?

¿Cuándo se redactó el manuscrito?

¿Cuándo se dictó la resolución judicial?

¿Cuándo apareció la noticia?

La cronología constituye la primera prueba.

Si las fechas no encajan, la hipótesis pierde consistencia.

Si encajan, el análisis apenas acaba de comenzar.

Porque la coincidencia temporal nunca basta para demostrar una relación causal.

Los protagonistas

En cada episodio aparecen varias categorías de personas.

Quien toma una decisión.

Quien la ejecuta.

Quien resulta beneficiado.

Quien resulta perjudicado.

Y quienes, según el Expediente, actúan como intermediarios.

Conviene estudiar cuidadosamente el papel de cada uno.

No basta con que un nombre figure en una anotación.

Hay que determinar qué hizo realmente, qué competencias tenía y qué hechos pueden acreditarse mediante fuentes independientes.

El contraste

Éste será el momento decisivo.

Frente al relato del Expediente situaremos los documentos públicos.

Sentencias.

Autos.

Providencias.

Informes.

Noticias.

Registros.

Declaraciones.

Si ambos coinciden, la hipótesis gana fuerza.

Si discrepan, habrá que averiguar cuál de las dos versiones encuentra mejor apoyo documental.

Y si faltan datos, lo honesto será reconocerlo.

Ni absolución ni condena

Este libro no pretende actuar como un tribunal.

No absolverá.

Tampoco condenará.

Su función consiste en otra cosa.

Examinar críticamente los documentos.

Separar hechos de interpretaciones.

Y mostrar al lector hasta dónde alcanza realmente la documentación disponible.

Ésa es la única manera de abordar con seriedad un expediente de esta naturaleza.

Entramos en el núcleo del Expediente

Hasta aquí hemos preparado el terreno.

A partir del próximo capítulo ya no hablaremos de hipótesis generales.

Comenzaremos a estudiar los episodios concretos que el Expediente considera más significativos.

Será entonces cuando el lector pueda comprobar, documento en mano, si la arquitectura del Expediente descansa sobre cimientos sólidos o si algunas de sus piezas fundamentales no resisten un examen crítico.

CAPÍTULO XLV

El Expediente deja de hablar en abstracto

Hasta aquí hemos estudiado el continente.

A partir de ahora estudiaremos el contenido.

Ya no bastará con afirmar que existen miles de manuscritos.

Habrá que abrirlos.

Leerlos.

Compararlos.

Y preguntarnos qué dicen realmente.

Ése será el verdadero examen.

Una forma distinta de leer

Quien se acerque por primera vez al Expediente puede sentirse desconcertado.

No encontrará un relato continuo.

No existe un principio, un desarrollo y un desenlace.

Encontrará centenares de anotaciones breves.

Nombres.

Cantidades.

Fechas.

Iniciales.

Lugares.

Referencias que, en apariencia, no guardan relación entre sí.

La tarea consiste precisamente en averiguar si esa relación existe.

El peligro de sacar conclusiones precipitadas

Resulta muy fácil cometer dos errores.

El primero consiste en atribuir un significado absoluto a una anotación aislada.

El segundo, despreciarla porque parece insignificante.

Ambos extremos son igualmente incorrectos.

Una anotación sólo adquiere verdadero sentido cuando puede situarse dentro de una secuencia cronológica y documental.

Fuera de ese contexto apenas constituye una frase escrita sobre un papel.

El trabajo del investigador

Investigar no consiste en acumular documentos.

Consiste en formular preguntas.

¿Por qué aparece este nombre?

¿Por qué ese día?

¿Por qué esa cantidad?

¿Por qué vuelve a repetirse meses después?

¿Por qué coincide con una resolución judicial?

¿Por qué desaparece posteriormente?

Cada documento debe responder a nuevas preguntas.

Y cada respuesta debe apoyarse en documentos distintos.

Así trabaja un historiador.

Así trabaja un juez.

Así debería trabajar cualquiera que aspire a descubrir la verdad.

El valor de las contradicciones

Existe un detalle que suele pasar inadvertido.

Las investigaciones ganan credibilidad cuando aparecen contradicciones.

Si todos los documentos dijeran exactamente lo mismo, habría motivos para desconfiar.

La realidad nunca es perfectamente uniforme.

Las personas recuerdan de manera distinta.

Los documentos contienen errores.

Las fechas no siempre coinciden.

Los nombres aparecen incompletos.

Precisamente esas imperfecciones permiten valorar la autenticidad del conjunto.

Una documentación excesivamente perfecta suele despertar más sospechas que confianza.

Lo que realmente debe demostrarse

No basta con demostrar que un manuscrito es auténtico.

Ni siquiera basta con demostrar que fue escrito por quien se afirma.

La cuestión decisiva es otra.

¿Describe hechos que realmente ocurrieron?

Porque un documento auténtico puede contener errores.

Malentendidos.

Rumores.

Interpretaciones personales.

O información completamente exacta.

La autenticidad del soporte no garantiza la veracidad de su contenido.

Ésta es una distinción que jamás debemos olvidar.

El momento de la verdad

A partir de este punto, el libro dejará de formular preguntas generales.

Entrará en los casos concretos.

Cada episodio será analizado con el mismo esquema.

Los documentos.

La cronología.

Los protagonistas.

Los hechos acreditados.

Las hipótesis del Expediente.

Y las cuestiones que siguen abiertas.

Sólo así podrá el lector formarse un juicio propio.

No sobre el Expediente en su conjunto.

Sino sobre cada una de sus piezas.

Porque, al final, la credibilidad de una investigación no depende de la fuerza de sus conclusiones.

Depende de la solidez de las pruebas que las sostienen.

CAPÍTULO XLVI

Antes de seguir: ¿qué es realmente el Expediente Royuela?

Existe un error muy extendido.

Muchas personas hablan del Expediente Royuela como si fuera un único documento.

No lo es.

Tampoco se trata de un solo sumario.

Ni de una denuncia concreta.

En realidad, el llamado Expediente constituye un conjunto extraordinariamente amplio de materiales acumulados durante años.

Manuscritos.

Agendas.

Cartas.

Denuncias.

Escritos procesales.

Fotografías.

Grabaciones.

Informes.

Resoluciones judiciales.

Artículos de prensa.

Vídeos.

Entrevistas.

Y miles de referencias cruzadas.

Precisamente esa diversidad explica la dificultad de estudiarlo.

El Expediente y su documentación

Con frecuencia se confunden dos cosas distintas.

Por un lado está el archivo documental.

Por otro, la inmensa labor de difusión realizada posteriormente por Alberto Royuela, Santiago Royuela y otros colaboradores.

A partir de 2019 comenzaron a publicarse centenares de vídeos, documentos y comentarios destinados a explicar el contenido del archivo.

Con el paso del tiempo ese material adquirió tal volumen que hoy constituye, por sí mismo, un inmenso fondo documental.

Un archivo vivo

Una característica singular del Expediente consiste en que no permaneció cerrado.

Fue creciendo.

Se incorporaron nuevos documentos.

Se publicaron nuevas anotaciones.

Se formularon nuevas denuncias.

Y aparecieron nuevas interpretaciones.

Eso obliga al investigador a distinguir cuidadosamente entre el documento original y el comentario posterior.

No poseen el mismo valor.

Una anotación manuscrita pertenece a una categoría documental.

Una interpretación realizada veinte años después pertenece a otra muy distinta.

Confundir ambas debilita cualquier investigación.

La importancia de las fuentes

Todo historiador sabe que las fuentes poseen distinta fuerza probatoria.

No vale lo mismo un manuscrito contemporáneo de los hechos que un comentario escrito décadas después.

Tampoco equivale una sentencia firme a una entrevista.

Ni una noticia periodística a un documento oficial.

El Expediente obliga a trabajar continuamente con materiales de naturaleza muy diversa.

Precisamente por eso resulta indispensable clasificarlos antes de extraer conclusiones.

Cuatro niveles de documentación

Para evitar confusiones seguiremos una clasificación muy sencilla.

Primer nivel.

Los documentos originales.

Manuscritos.

Agendas.

Cartas.

Anotaciones.

Segundo nivel.

Los documentos oficiales.

Sentencias.

Autos.

Informes.

Registros.

Escritos procesales.

Tercer nivel.

Las fuentes periodísticas.

Noticias.

Reportajes.

Entrevistas.

Cuarto nivel.

Los análisis posteriores.

Vídeos.

Conferencias.

Libros.

Comentarios.

Cada uno aporta información distinta.

Pero ninguno puede sustituir a los demás.

Un criterio invariable

A medida que avancemos iremos preguntándonos siempre lo mismo.

¿Qué dice el documento original?

¿Qué puede comprobarse fuera de él?

¿Dónde coincide con otras fuentes?

¿Dónde comienza la interpretación?

Ésa será la brújula permanente de este libro.

Porque un Expediente de semejante magnitud no puede estudiarse mediante impresiones.

Sólo admite un camino.

Documento por documento.

Fecha por fecha.

Nombre por nombre.

CAPÍTULO XLVII

La carta al Rey: cuando un ciudadano afirma que todas las puertas se han cerrado

Entre los numerosos documentos relacionados con el Expediente Royuela existe uno especialmente significativo.

No se trata de un manuscrito.

Ni de una anotación.

Ni de una agenda.

Es una carta dirigida a Su Majestad el Rey Felipe VI, fechada el 28 de noviembre de 2017 y remitida al Palacio de la Zarzuela.

Su importancia no reside únicamente en su contenido.

También en lo que representa.

Es la decisión de un ciudadano que, tras afirmar haber acudido sucesivamente a jueces, fiscales, cuerpos policiales e instituciones del Estado, decide dirigirse al Jefe del Estado como último recurso.

El relato de Alberto Royuela

En esa carta, Alberto Royuela comienza recordando un hecho que marcó definitivamente su vida.

Afirma que su hijo Javier fue asesinado el 29 de mayo de 1993.

Añade que, cuando conoció las circunstancias que, según él, rodearon aquella muerte, presentó una querella ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra quien consideraba responsable.

Explica igualmente que, varios meses después, el Tribunal acordó el archivo del procedimiento al haber perdido el denunciado la condición de aforado tras su jubilación.

Posteriormente sostiene haber acudido a los Mossos d’Esquadra, a la Fiscalía de Barcelona, al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al Defensor del Pueblo, a la Guardia Civil, a la Policía Nacional e incluso al CNI, afirmando que únicamente obtuvo silencio como respuesta.

Todo ello aparece expresamente recogido en la carta.

Lo que el documento acredita

La carta acredita una serie de extremos muy concretos.

Primero.

Que Alberto Royuela redactó y firmó ese escrito.

Segundo.

Que fue dirigido a la Casa de Su Majestad.

Tercero.

Que el documento incorpora un sello de Correos con fecha 28 de noviembre de 2017.

Todo ello pertenece al terreno de los hechos documentales.

Lo que la carta no demuestra por sí sola

La carta contiene también afirmaciones de enorme gravedad.

Entre ellas, la existencia de una supuesta conspiración responsable de más de mil cien asesinatos.

Asimismo, afirma que adjuntó tres CD con documentación y sostiene que los documentos obrantes en su poder estaban peritados y podían verificarse mediante pruebas caligráficas, huellas dactilares o ADN.

Estas afirmaciones forman parte del contenido del escrito.

Sin embargo, la mera existencia de la carta no demuestra, por sí sola, la veracidad de esas acusaciones.

Su fuerza probatoria dependerá de la documentación que las respalde y de las comprobaciones que puedan realizarse sobre los documentos mencionados.

Ésa será precisamente una de las cuestiones que este libro deberá examinar.

Una pregunta incómoda

Más allá de las conclusiones que cada lector extraiga, la carta plantea una cuestión que no debería pasar inadvertida.

Si un ciudadano afirma haber acudido sucesivamente a todas esas instituciones, ¿qué respuesta recibió en cada caso?

¿Se investigaron sus denuncias?

¿Se archivaron?

¿Se inadmitieron?

¿Se practicó alguna diligencia?

¿Se motivaron las resoluciones?

Ésas son preguntas objetivas.

Y, como tales, admiten una respuesta documental.

El valor histórico del documento

Con independencia de que las afirmaciones contenidas en la carta lleguen o no a confirmarse, el escrito posee un indudable interés histórico.

Marca el momento en que Alberto Royuela decide dirigirse formalmente al Jefe del Estado para denunciar lo que considera una corrupción sistémica de la Justicia.

A partir de ese momento, el Expediente deja de ser, según sus autores, un conflicto estrictamente personal y pasa a presentarse como la denuncia de un supuesto entramado de alcance nacional.

CAPÍTULO XLVIII

Ochocientos homicidios: la magnitud de una acusación sin precedentes

Hay documentos que impresionan por lo que dicen.

Y otros, simplemente, por su volumen.

El índice general del Expediente Royuela pertenece a esta segunda categoría.

Basta leer su portada para comprender que no estamos ante una denuncia ordinaria.

El propio índice anuncia:

«800 homicidios, atentados, extorsiones y espionajes desde la Fiscalía de Cataluña (1991-2006)».

No se trata de una acusación aislada.

Ni de un procedimiento concreto.

Los autores presentan un conjunto de expedientes que, según sostienen, describen una organización criminal instalada en el corazón mismo de la Administración de Justicia.

Ésa es la tesis central del Expediente.

Y también la afirmación que exige el mayor grado de comprobación.

La primera impresión

Quien abre por primera vez ese índice experimenta una sensación difícil de describir.

Las páginas no contienen un único asunto.

Contienen centenares.

Homicidios.

Atentados.

Espionajes.

Extorsiones.

Sentencias supuestamente amañadas.

Investigaciones sobre jueces.

Seguimientos.

Patrimonios.

Cuentas bancarias.

Cartas.

Denuncias.

Querellas.

La primera reacción suele ser de incredulidad.

No por un documento concreto.

Sino por la magnitud del conjunto.

Un archivo organizado

Hay otro detalle que merece atención.

El Expediente no aparece presentado como una acumulación caótica de papeles.

Sus autores procuran dotarlo de una estructura.

Cada bloque posee un título.

Cada asunto ocupa un determinado número de páginas.

Existe una secuencia que pretende conducir al lector desde la explicación del origen de los documentos hasta las denuncias formuladas ante distintas instituciones.

Esa organización no demuestra que las acusaciones sean ciertas.

Pero sí revela que existe un esfuerzo por ordenar el material y presentarlo de forma sistemática.

Los grandes bloques

El índice permite identificar varias líneas principales.

Una gira alrededor de José María Mena.

Otra se refiere a Carlos Jiménez Villarejo.

Aparecen también magistrados, jueces, policías, políticos, empresarios y numerosos procedimientos judiciales.

Según el propio índice, una parte importante del material se dedica a cartas internas, notas manuscritas, investigaciones patrimoniales, supuestas presiones sobre jueces y fiscales y denuncias presentadas por Alberto Royuela ante diversas instituciones.

Ése es el esqueleto documental sobre el que se articula todo el Expediente.

Lo que demuestra el índice

Conviene distinguir cuidadosamente entre dos cuestiones.

El índice demuestra que existe un archivo organizado de gran extensión.

Demuestra también que sus autores clasificaron los documentos conforme a una determinada lógica.

Pero el índice no demuestra que los hechos anunciados en sus títulos ocurrieran realmente.

Un índice informa sobre el contenido que el autor afirma desarrollar.

No acredita por sí mismo la realidad de ese contenido.

La diferencia parece elemental.

Sin embargo, resulta decisiva.

Una tarea inmensa

Si el Expediente contiene realmente los centenares de documentos que anuncia, su examen exige años de trabajo.

No basta con leer los títulos.

Habrá que estudiar cada documento.

Comprobar fechas.

Identificar personas.

Analizar firmas.

Contrastar manuscritos.

Examinar resoluciones judiciales.

Y reconstruir cronológicamente cada episodio.

Sólo entonces será posible emitir un juicio fundado.

La pregunta inevitable

Llegados a este punto surge una cuestión que ningún investigador puede eludir.

Si todo cuanto anuncia el índice fuera falso, ¿cómo pudo elaborarse un archivo de semejantes dimensiones?

Y si una parte fuese cierta, ¿qué alcance tendría realmente?

Entre ambos extremos existe un inmenso territorio que sólo puede recorrerse mediante documentos, peritajes y comprobaciones independientes.

Ése será precisamente el camino de este libro.

No aceptar nada por el mero hecho de estar escrito.

Pero tampoco rechazarlo sin haberlo examinado antes.

Porque la verdad, en asuntos de esta naturaleza, no suele encontrarse en los titulares.

Se encuentra, casi siempre, escondida entre miles de páginas que muy pocos están dispuestos a leer.

CAPÍTULO XLIX

Del archivo documental al debate público

Durante los primeros años, el llamado Expediente Royuela permaneció prácticamente circunscrito a quienes conocían personalmente a Alberto Royuela o seguían sus denuncias.

Con el tiempo, aquella situación cambió.

Diversas páginas de internet, periodistas, autores y asociaciones comenzaron a difundir el contenido del Expediente y a llamar la atención sobre la necesidad —según sostenían— de investigar la documentación existente.

Entre esas iniciativas figura la Asociación de Víctimas de Corrupción Judicial, que dedica una amplia página al Expediente Royuela. En ella presenta el conjunto documental como la denuncia de una presunta trama criminal vinculada a miembros de la Administración de Justicia, resume el origen de la documentación, enlaza la página oficial del Expediente y recomienda diversas publicaciones, vídeos y entrevistas para profundizar en el asunto.

El artículo insiste especialmente en tres ideas.

La primera, que el núcleo del Expediente estaría constituido por miles de documentos manuscritos atribuidos principalmente al entonces fiscal jefe de Cataluña, José María Mena.

La segunda, que Alberto y Santiago Royuela sostienen haber presentado numerosas denuncias ante distintas instituciones sin obtener una investigación que consideren suficiente.

La tercera, que la magnitud de las acusaciones justificaría un examen exhaustivo de la documentación.

La página también reúne referencias a artículos periodísticos, documentales, entrevistas y libros que han abordado el Expediente desde posiciones favorables a su investigación.

La difusión como fenómeno

Con independencia del juicio que merezcan las tesis defendidas por sus autores, hay un hecho objetivo.

El Expediente Royuela ha dejado de ser un asunto limitado a un reducido grupo de personas.

Ha generado una infraestructura de difusión formada por páginas web, canales audiovisuales, libros, artículos y recopilaciones bibliográficas. Entre ellas figuran la página oficial del Expediente y diversas recopilaciones de enlaces y publicaciones.

Ese fenómeno merece atención por sí mismo.

Cuando un archivo documental da lugar a varios libros, a centenares de vídeos y a miles de páginas de comentarios, el objeto de estudio ya no es sólo el contenido del archivo, sino también su impacto en el debate público.

La cuestión decisiva

Ahora bien, la existencia de una extensa labor de difusión no responde por sí sola a la pregunta fundamental.

Esa pregunta sigue siendo la misma desde el primer capítulo de este libro:

  • ¿Son auténticos los documentos?
  • ¿Qué peritajes existen sobre ellos?
  • ¿Qué actuaciones judiciales originaron?
  • ¿Qué extremos pueden comprobarse mediante fuentes independientes?
  • ¿Qué afirmaciones permanecen únicamente como alegaciones de sus autores?

Ésas son las cuestiones que deben guiar cualquier investigación rigurosa.

Porque el valor de un Expediente no depende del número de páginas que contenga, del número de vídeos que lo expliquen o del número de personas que crean o dejen de creer en él.

Depende, en último término, de la solidez de los documentos y de la capacidad de éstos para resistir un examen crítico e independiente.

CAPÍTULO L

El Expediente Royuela: un desafío a la credibilidad del Estado

Pocas investigaciones no oficiales han suscitado tanta controversia como el llamado Expediente Royuela.

Para sus defensores, constituye un inmenso archivo documental que revelaría la existencia de una organización criminal integrada por responsables de distintos ámbitos de la Administración de Justicia, las fuerzas de seguridad y la política, activa durante varios decenios y responsable de numerosos delitos, incluidos centenares de homicidios.

Sus detractores sostienen exactamente lo contrario.

Consideran que el Expediente carece de la necesaria corroboración judicial, cuestionan la autenticidad o la interpretación de parte de los documentos y afirman que las acusaciones formuladas exceden con mucho lo que puede darse por acreditado.

Entre ambas posiciones se desarrolla uno de los debates más intensos de los últimos años.

Un archivo de dimensiones extraordinarias

Nadie discute un hecho.

El Expediente Royuela reúne una enorme cantidad de documentos, cuya cifra sus promotores sitúan en torno a las decenas de miles.

Según ellos, esos documentos incluyen notas manuscritas, cartas, informes, agendas, relaciones de pagos, órdenes, anotaciones internas y expedientes de muy diversa naturaleza.

La discusión comienza precisamente ahí.

¿Son auténticos?

¿Quién los redactó?

¿En qué circunstancias aparecieron?

¿Han sido objeto de peritajes independientes?

Ésas son las preguntas esenciales.

El debate en Internet

Buena parte de la difusión del Expediente se ha producido fuera de los cauces tradicionales.

Foros de internet, canales de vídeo, páginas especializadas y numerosos investigadores independientes han dedicado miles de horas al estudio y clasificación del material.

Especial notoriedad alcanzó el extenso hilo abierto en el foro Burbuja.info, donde numerosos participantes analizaron documentos, compararon manuscritos, discutieron hipótesis y confrontaron interpretaciones.

Aquella discusión constituye, por sí misma, un fenómeno digno de estudio.

No porque demuestre la autenticidad del Expediente, sino porque refleja el interés que ha despertado entre miles de personas.

La gran cuestión

En realidad, todo el debate puede resumirse en una sola pregunta.

¿Estamos ante una gigantesca falsificación documental o ante un archivo auténtico cuyas consecuencias serían extraordinarias?

Si la documentación fuera falsa, alguien habría dedicado años —o incluso décadas— a elaborar miles de manuscritos, reproducir firmas, reconstruir hechos históricos y construir un relato de enorme complejidad.

Si una parte sustancial fuera auténtica, el problema adquiriría una dimensión institucional de enorme alcance.

Precisamente por ello resulta imprescindible separar los documentos de las interpretaciones.

Los documentos pueden examinarse.

Las interpretaciones deben contrastarse.

El método

Este libro no pretende resolver mediante opiniones una cuestión que sólo puede esclarecerse mediante pruebas.

Su propósito es más modesto y, al mismo tiempo, más útil.

Examinar los documentos.

Distinguir entre hechos acreditados, indicios, hipótesis y meras afirmaciones.

Comprobar qué extremos han sido objeto de actuaciones judiciales y cuáles permanecen sin verificar.

Sólo así podrá el lector formarse un juicio propio.

Porque la credibilidad de cualquier investigación no depende del entusiasmo de sus defensores ni del escepticismo de sus críticos.

Depende, únicamente, de la fuerza de las pruebas.

CAPÍTULO LI

Cuando un expediente deja de ser un expediente

Hay asuntos que nacen y mueren en un juzgado.

Otros permanecen unos días en los periódicos y desaparecen.

El Expediente Royuela ha seguido un camino distinto.

Con independencia del juicio que cada cual merezca su contenido, ha terminado convirtiéndose en un fenómeno editorial y documental.

No existe únicamente el archivo original difundido por Alberto y Santiago Royuela.

Alrededor de él ha ido surgiendo un auténtico ecosistema de publicaciones.

Libros.

Folletos.

Recopilaciones documentales.

Páginas web.

Canales de vídeo.

Entrevistas.

Bibliografías.

Artículos.

Debates en foros.

Miles de horas de análisis realizadas por personas ajenas a la familia Royuela.

Todo ello constituye un hecho objetivo.

Tres niveles documentales

Para comprender el fenómeno conviene distinguir tres planos diferentes.

El primero lo forman los documentos que los promotores del Expediente atribuyen a los archivos del fiscal José María Mena y a otras personas.

El segundo está integrado por los trabajos de divulgación elaborados por quienes defienden la autenticidad del Expediente.

En este grupo se incluyen folletos como El Wikileaks de la justicia española, recopilaciones difundidas en Scribd y otros documentos destinados a facilitar una visión de conjunto del caso.

El tercero comprende las obras de análisis escritas por autores que han intentado ordenar ese inmenso caudal documental mediante ensayos, estudios o bibliografías.

Cada uno cumple una función distinta.

Los documentos constituyen la materia prima.

Las recopilaciones ayudan a orientarse.

Los ensayos intentan interpretarlos.

El verdadero objeto de estudio

Quizá el aspecto más llamativo del Expediente no sea el número de documentos que contiene.

Tampoco el número de personas a las que afecta.

Lo verdaderamente singular es que ha generado una producción documental extraordinaria sin que exista, hasta la fecha, una resolución judicial firme que confirme o descarte de manera global las tesis sostenidas por sus promotores.

Esa circunstancia explica por qué continúa despertando interés.

No sólo entre quienes creen plenamente en él.

También entre quienes consideran imprescindible examinar con rigor la documentación antes de aceptar o rechazar sus conclusiones.

En definitiva, el Expediente Royuela ya no es únicamente un conjunto de documentos.

Es, además, un fenómeno editorial, documental y social que ha trascendido el ámbito de sus autores para convertirse en objeto de estudio, debate y controversia.

Y precisamente por eso merece ser analizado con el mismo criterio que cualquier otra investigación de gran trascendencia: distinguiendo siempre entre documentos, indicios, hipótesis, pruebas y hechos acreditados.

CAPÍTULO LII

La prueba del silencio

En toda investigación hay un momento en que el silencio resulta tan significativo como las palabras.

El Expediente Royuela lleva años circulando.

Ha generado libros, entrevistas, miles de vídeos y decenas de miles de páginas de comentarios.

Sin embargo, la gran pregunta continúa siendo la misma:

¿Por qué nadie ha desmontado de forma concluyente el conjunto del Expediente?

No se trata de preguntarse si un documento contiene un error, una fecha discutible o una interpretación discutida.

Se trata del conjunto.

Si todo fuera una gigantesca falsificación, cabría esperar una respuesta igualmente contundente.

Un informe pericial global.

Una resolución judicial exhaustiva.

Una explicación técnica que permitiera cerrar definitivamente el asunto.

Eso es lo que muchos esperan todavía.

Y, mientras no llegue, el debate continúa abierto.

Naturalmente, la ausencia de una respuesta definitiva tampoco demuestra que las acusaciones sean ciertas.

El silencio no sustituye a la prueba.

Pero tampoco la refuta.

Por eso, después de tantos años, el Expediente Royuela sigue siendo objeto de discusión.

No tanto por lo que afirma, sino porque nadie ha conseguido poner fin al debate de manera concluyente.

En un Estado de Derecho, las grandes controversias no deberían resolverse mediante consignas, campañas de descrédito o adhesiones inquebrantables.

Deberían resolverse mediante documentos, peritajes y resoluciones motivadas.

Ésa es, quizá, la principal enseñanza que deja el Expediente Royuela, cualquiera que sea el juicio definitivo que merezca.

Porque la confianza en la Justicia no se sostiene sobre actos de fe.

Se sostiene sobre la verdad demostrada.

CAPÍTULO LIII

¿Puede sostenerse una mentira durante tantos años?

Toda gran denuncia acaba enfrentándose a la misma pregunta.

¿Es verosímil?

No si gusta o disgusta.

No si beneficia o perjudica a unos u otros.

Sino si resulta humanamente posible.

El Expediente Royuela comenzó a difundirse hace años.

Desde entonces, miles de documentos han quedado expuestos al examen público.

Han sido analizados por partidarios y detractores.

Algunos han buscado contradicciones.

Otros han intentado verificar nombres, fechas y acontecimientos.

Ese paso del tiempo tiene importancia.

Los montajes suelen deteriorarse.

Las falsificaciones complejas acaban mostrando sus costuras.

Las versiones inventadas necesitan corregirse continuamente para sobrevivir.

En cambio, un hecho verdadero suele resistir mejor el paso del tiempo porque no necesita ser reinventado.

Eso no significa que el Expediente sea auténtico.

Significa únicamente que los años transcurridos constituyen una prueba exigente para cualquier construcción documental.

La cuestión sigue siendo la misma.

Si todo fuera una invención, ¿quién la elaboró?

¿Con qué medios?

¿Durante cuánto tiempo?

¿Con qué finalidad?

Y, sobre todo, ¿por qué nadie ha explicado de forma convincente el origen de esa inmensa documentación si realmente fuera falsa?

Responder a esas preguntas es tan importante como verificar la autenticidad de los propios documentos.

Porque en toda investigación no sólo debe explicarse la hipótesis que se sostiene.

También debe poder explicarse la hipótesis contraria.

Mientras ambas carezcan de una demostración concluyente, el deber del investigador consiste en seguir examinando los hechos, sin prejuicios y sin precipitación.

Ésa es, precisamente, la actitud que exige cualquier búsqueda honrada de la verdad.

CAPÍTULO LIV

El tiempo, juez implacable

Existe una vieja máxima en Derecho.

El tiempo acaba favoreciendo a la verdad.

No siempre la revela pronto.

No siempre evita las injusticias.

Pero hace cada vez más difícil sostener una mentira compleja.

Con el paso de los años aparecen nuevos documentos.

Mueren testigos.

Otros deciden hablar.

Se desclasifican archivos.

Surgen contradicciones o, por el contrario, aparecen inesperadas confirmaciones.

El tiempo actúa como un juez silencioso.

No dicta sentencias.

Pero pone a prueba todas las versiones.

Eso mismo ocurre con el Expediente Royuela.

Cada documento publicado queda expuesto al examen de miles de personas.

Puede ser corroborado.

Puede ser refutado.

Puede aparecer otro que lo complete o lo contradiga.

Ése es el riesgo que asume quien decide hacer pública una documentación de semejante magnitud.

Por eso sorprende que, después de tantos años, el debate continúe abierto.

No porque existan discrepancias —eso ocurre en toda investigación importante—, sino porque la discusión sigue girando alrededor de la autenticidad del conjunto.

Y ésa debería ser una cuestión susceptible de un análisis técnico.

No de una disputa ideológica.

Si los manuscritos son auténticos, los peritos deben poder acreditarlo.

Si son falsos, también.

La caligrafía.

La tinta.

El papel.

La cronología.

Las referencias históricas.

Las firmas.

Todo ello puede examinarse mediante técnicas conocidas.

No son cuestiones de opinión.

Son cuestiones periciales.

Por eso resulta llamativo que, en torno al Expediente Royuela, el debate público haya sido mucho más intenso que el debate técnico.

Quizá ésa sea una de las mayores paradojas del caso.

Se ha discutido mucho sobre sus consecuencias.

Pero mucho menos sobre aquello que debería constituir el punto de partida: la autenticidad material de los documentos.

Y mientras esa cuestión no quede despejada de forma suficientemente sólida, el Expediente continuará proyectando una larga sombra sobre quienes lo defienden, sobre quienes lo rechazan y sobre unas instituciones a las que corresponde, en último término, esclarecer los hechos cuando existen denuncias de semejante gravedad.

CAPÍTULO LV

La carga de la prueba

En ocasiones se plantea una discusión estéril.

Unos afirman que corresponde a los Royuela demostrar todas y cada una de sus acusaciones.

Otros sostienen que corresponde al Estado demostrar que todo es falso.

Ambos planteamientos simplifican en exceso el problema.

En un Estado de Derecho, quien formula una denuncia debe aportar los elementos en los que la fundamenta.

Y eso es precisamente lo que afirman haber hecho Alberto y Santiago Royuela: poner a disposición del público miles de documentos cuya autenticidad consideran acreditable.

A partir de ese momento, el debate cambia de naturaleza.

Ya no gira únicamente alrededor de una acusación verbal.

Existe un conjunto documental cuya autenticidad puede ser examinada mediante métodos objetivos.

Si los documentos son auténticos, habrá que determinar qué valor probatorio tiene cada uno.

Si son falsos, también habrá que demostrarlo.

No basta con afirmar una u otra cosa.

Hace falta probarla.

Ésa es la esencia de cualquier investigación seria.

Conviene recordar, además, que un documento auténtico no convierte automáticamente en verdadero todo cuanto contiene.

Una carta puede ser auténtica y narrar hechos falsos.

Un diario personal puede existir realmente y recoger únicamente las creencias o intenciones de quien lo escribió.

Del mismo modo, un documento falso puede incorporar datos ciertos para aumentar su apariencia de veracidad.

Por eso, el trabajo del investigador consiste en analizar dos planos distintos.

El primero es la autenticidad material del documento.

El segundo es la veracidad de su contenido.

Confundir ambos conduce inevitablemente al error.

El Expediente Royuela exige superar ambas pruebas.

La primera corresponde a la ciencia pericial.

La segunda, al contraste con otras pruebas independientes.

Sólo cuando ambas coinciden puede hablarse de un hecho suficientemente acreditado.

Ésa es la diferencia entre investigar y creer.

Y también entre la sospecha y la certeza.

Un Estado de Derecho no puede conformarse con ninguna de las dos primeras.

Su obligación es alcanzar, en la medida de lo posible, la tercera.

CAPÍTULO LVI

La presunción de inocencia y la presunción de veracidad

El Expediente Royuela sitúa al lector ante una tensión difícil de resolver.

Por un lado, toda persona tiene derecho a la presunción de inocencia.

Nadie puede ser considerado culpable sin pruebas suficientes.

Ése es uno de los pilares del Estado de Derecho.

Pero existe otra tentación igualmente peligrosa.

La de otorgar una especie de presunción de infalibilidad a las instituciones.

Como si todo cuanto hacen jueces, fiscales, policías o gobernantes fuera necesariamente correcto por el simple hecho de proceder de ellos.

Tampoco ese principio existe en Derecho.

Las instituciones están formadas por personas.

Y las personas pueden equivocarse.

Pueden actuar con negligencia.

Pueden dejarse influir.

Y, en ocasiones, también pueden delinquir.

La Historia ofrece innumerables ejemplos.

Precisamente por eso existen mecanismos de control, recursos, inspecciones, responsabilidades disciplinarias y procesos penales.

Nadie está por encima de la ley.

Ni el ciudadano más humilde.

Ni quien ocupa el cargo más elevado.

El Expediente Royuela obliga a recordar esa idea elemental.

No porque demuestre por sí mismo las acusaciones que contiene.

Sino porque plantea una pregunta incómoda.

¿Debe rechazarse una denuncia únicamente porque afecta a personas con altas responsabilidades?

La respuesta sólo puede ser negativa.

La categoría profesional de un denunciado no demuestra su culpabilidad.

Pero tampoco demuestra su inocencia.

Lo único que demuestra la inocencia o la culpabilidad son las pruebas.

Por eso, en un Estado de Derecho, las denuncias extraordinarias exigen investigaciones extraordinariamente rigurosas.

Ni credulidad.

Ni inmunidad.

Sólo investigación.

Ése es el principio que diferencia la Justicia del prejuicio.

Y también el que permite a una sociedad conservar la confianza en sus instituciones sin convertirlas en intocables.

Porque la fortaleza de un Estado no consiste en impedir que se investigue a quienes ejercen el poder.

Consiste, precisamente, en que nadie quede al margen del examen de la ley.

CAPÍTULO LVII

¿Qué habría que hacer?

Si mañana apareciera un expediente semejante en cualquier otro país europeo, ¿cuál sería la reacción esperable?

No debería ser el aplauso.

Tampoco la descalificación automática.

Lo razonable sería algo mucho más sencillo.

Comprobar.

La autenticidad de los documentos.

La cadena de custodia.

Las fechas.

Las firmas.

Los manuscritos.

Las cuentas.

Los hechos que pudieran verificarse mediante fuentes independientes.

Eso es exactamente lo que exige cualquier investigación criminal seria.

No importa quién formule la denuncia.

Importa si puede demostrarse.

El problema del Expediente Royuela es que, con frecuencia, el debate ha girado alrededor de las personas y no de los documentos.

Se discute sobre Alberto Royuela.

Sobre Santiago Royuela.

Sobre su pasado.

Sobre sus ideas.

Sobre sus simpatías políticas.

Sin embargo, ninguna de esas cuestiones responde a la pregunta esencial.

¿Son auténticos los documentos?

En Derecho existe un viejo principio.

Las pruebas hablan por sí mismas.

Si un documento es auténtico, seguirá siéndolo con independencia de quién lo descubra.

Y si es falso, continuará siendo falso aunque lo presente la persona más respetable del mundo.

Por eso resulta un error convertir el debate en un juicio sobre los denunciantes.

La cuestión no es quién entrega los documentos.

La cuestión es qué dicen esos documentos y si pueden acreditarse.

Al final, toda investigación acaba reduciéndose a una idea muy simple.

Los hechos.

No las simpatías.

No las antipatías.

No los prejuicios.

Sólo los hechos.

Y precisamente porque el Expediente Royuela formula acusaciones de una gravedad excepcional, merece un examen igualmente excepcional.

No para confirmar apriorísticamente sus tesis.

Tampoco para descartarlas de antemano.

Sino para responder, de una vez por todas, a la única pregunta que realmente importa.

¿Qué ocurrió en realidad?

CAPÍTULO LVIII

La obligación de investigar

Existe un principio que atraviesa todos los Estados de Derecho dignos de tal nombre.

Ante una denuncia de especial gravedad, la primera obligación de los poderes públicos no es creerla.

Pero tampoco ignorarla.

Es investigarla.

Ésa es la diferencia entre un sistema que inspira confianza y otro que alimenta la sospecha.

Cuando una denuncia va acompañada de documentos, nombres, fechas, manuscritos y referencias concretas, el debate deja de ser exclusivamente político o mediático.

Pasa a ser, ante todo, una cuestión jurídica.

Si la documentación carece de fundamento, una investigación seria lo pondrá de manifiesto.

Y si contiene indicios de delito, la misma investigación permitirá depurar responsabilidades.

En ambos casos, el interés público queda protegido.

Lo perjudicial no es investigar.

Lo perjudicial es que la sociedad tenga la impresión de que determinadas denuncias nunca serán examinadas con el mismo rigor que otras.

La igualdad ante la ley no consiste únicamente en que todos puedan ser juzgados.

Consiste también en que toda denuncia reciba un tratamiento proporcionado a su gravedad.

El Expediente Royuela plantea precisamente ese desafío.

No porque obligue a aceptar sus conclusiones.

Sino porque obliga a formular una pregunta incómoda.

¿Se han agotado realmente todos los medios razonables para esclarecer los hechos denunciados?

Cada lector responderá según las pruebas que considere acreditadas.

Pero hay algo que debería suscitar un amplio consenso.

La verdad nunca puede perjudicar a la Justicia.

Si las denuncias son infundadas, una investigación rigurosa fortalecerá la confianza en las instituciones.

Si contienen hechos delictivos, esa misma investigación permitirá corregirlos y sancionarlos.

En ambos supuestos, la investigación beneficia al Estado de Derecho.

Sólo hay un escenario verdaderamente perjudicial.

Que la duda permanezca indefinidamente.

Porque las instituciones no se debilitan cuando investigan.

Se debilitan cuando una parte de la sociedad llega a creer que determinadas cuestiones jamás podrán investigarse.

Y ése es, quizá, el mayor reto que plantea el Expediente Royuela: no sólo averiguar qué ocurrió, sino demostrar que, en un Estado de Derecho, ninguna denuncia documentada debe quedar al margen del examen de la Justicia.

CAPÍTULO LIX

La credibilidad de las instituciones también se investiga

Existe una idea profundamente equivocada.

Pensar que investigar a una institución la debilita.

Sucede exactamente lo contrario.

Las instituciones ganan prestigio cuando aceptan el control.

Lo pierden cuando parecen rehuirlo.

Ésa es una lección que la Historia ha enseñado una y otra vez.

Las democracias más sólidas no son aquellas en las que nunca aparecen casos de corrupción o abusos.

Son aquellas capaces de investigarlos, reconocerlos y corregirlos.

El Expediente Royuela plantea un problema de confianza.

No sólo respecto de quienes lo promueven.

También respecto de las instituciones llamadas a esclarecer los hechos.

Porque, cuando una parte de la ciudadanía percibe que determinadas denuncias no reciben una respuesta clara, surge inevitablemente la sospecha.

Y la sospecha prolongada erosiona la confianza pública.

Conviene insistir en una idea.

Investigar no equivale a condenar.

Abrir diligencias no significa declarar culpable a nadie.

Practicar un peritaje caligráfico no supone asumir que el documento sea auténtico.

Significa, simplemente, comprobarlo.

Eso es exactamente lo que cabe esperar de un Estado de Derecho.

No respuestas preconcebidas.

Sino respuestas fundamentadas.

Quizá el mayor daño que puede sufrir una institución no provenga de una denuncia, por grave que sea.

Proviene de la impresión de que determinadas cuestiones nunca llegarán a examinarse con la profundidad necesaria.

Porque entonces el problema deja de ser el contenido de la denuncia.

Pasa a ser la pérdida de confianza en los mecanismos encargados de verificarla.

Y recuperar esa confianza suele resultar mucho más difícil que perderla.

Por eso, cualquiera que sea el juicio definitivo sobre el Expediente Royuela, hay una conclusión que trasciende este caso concreto.

La Justicia no sólo debe ser independiente.

También debe parecerlo.

Y no existe mejor manera de demostrar esa independencia que investigar con el mismo rigor al ciudadano anónimo y al poderoso, al gobernante y al gobernado, al denunciante y al denunciado.

Sólo así la ley deja de ser una promesa escrita para convertirse en una realidad vivida.

CAPÍTULO LX

La verdad no necesita partidarios

Hay una tentación muy humana.

Creer que la verdad pertenece siempre a nuestro bando.

No es así.

La verdad no tiene partido.

No tiene sindicato.

No tiene logia.

No tiene ideología.

No pertenece a la derecha ni a la izquierda.

Sencillamente, es.

Por eso, el mayor error que puede cometerse al abordar el Expediente Royuela consiste en convertirlo en un arma política.

Si algún día se demostrara que todo es falso, esa conclusión no beneficiaría a un partido concreto.

Beneficiaría al Estado de Derecho.

Y si, por el contrario, se demostrara que una parte sustancial de la documentación es auténtica y acredita graves delitos, tampoco sería una victoria de Alberto Royuela o de quienes han difundido el Expediente.

Sería una victoria de la verdad.

La Justicia no existe para proteger gobiernos.

Ni oposiciones.

Ni corporaciones.

Existe para proteger la ley.

Cuando una investigación se interpreta únicamente en clave política, el riesgo es evidente.

Cada cual acaba aceptando sólo aquello que favorece sus propias convicciones y rechazando cuanto las contradice.

Así desaparece el investigador.

Y nace el creyente.

Pero un investigador no trabaja para confirmar lo que ya piensa.

Trabaja para averiguar si estaba equivocado.

Ésa es la diferencia entre la propaganda y la investigación.

El Expediente Royuela exige precisamente esa actitud.

Aceptar aquello que pueda demostrarse.

Rechazar aquello que resulte falso.

Y mantener en suspenso todo cuanto todavía no pueda probarse.

Puede parecer una conclusión modesta.

En realidad, es la única compatible con una investigación honrada.

Porque la verdad no necesita aplausos.

Necesita pruebas.

Y las pruebas no preguntan a quién favorecen.

Simplemente, hablan.

CAPÍTULO LXI

La última pregunta

Después de miles de páginas, decenas de miles de documentos y centenares de horas de vídeos, el Expediente Royuela termina reduciéndose a una sola pregunta.

Una pregunta extraordinariamente sencilla.

¿Qué parte de todo ello es cierta?

No cuánto creemos.

No cuánto sospechamos.

No cuánto deseamos que sea verdad o mentira.

Únicamente eso.

¿Qué puede demostrarse?

Toda investigación seria acaba llegando a ese punto.

Desaparecen los adjetivos.

Desaparecen las pasiones.

Sólo permanecen los hechos.

Un nombre.

Una fecha.

Una firma.

Un manuscrito.

Una transferencia.

Una resolución judicial.

Un informe pericial.

Todo lo demás pertenece al terreno de las hipótesis.

Y las hipótesis, por brillantes que parezcan, no sustituyen nunca a las pruebas.

Ésa es la grandeza —y también la servidumbre— del Derecho.

No pregunta qué parece más probable.

Pregunta qué puede acreditarse.

Por eso el Expediente Royuela constituye un desafío tan singular.

No sólo por la gravedad de sus afirmaciones.

También por el inmenso trabajo que exige verificarlas una por una.

Quizá nadie pueda resolver esa tarea en solitario.

Pero tampoco puede resolverse ignorándola.

Porque hay preguntas que no desaparecen simplemente dejando de formularlas.

Permanecen.

Esperando una respuesta.

Y, mientras esa respuesta no llegue, el Expediente Royuela seguirá ocupando un lugar incómodo en la historia reciente de España.

No como una sentencia.

Ni como una verdad oficial.

Sino como un interrogante que continúa abierto.

Un interrogante cuya respuesta, cualquiera que sea, afectará no sólo a quienes aparecen citados en sus páginas, sino también a la confianza que los ciudadanos depositan en la Justicia y en las instituciones.

Al fin y al cabo, ésa es la cuestión decisiva.

No saber quién tiene razón.

Sino conseguir que sea la verdad, y no la conveniencia, la que tenga la última palabra.

CAPÍTULO LXII

La indiferencia como refugio

Existe una tercera respuesta frente a las grandes denuncias.

No consiste en creerlas.

Tampoco en refutarlas.

Consiste, sencillamente, en mirar hacia otro lado.

Es, probablemente, la reacción más frecuente.

Resulta comprensible.

La mayoría de las personas tienen preocupaciones mucho más inmediatas.

El trabajo.

La familia.

La salud.

Llegar a fin de mes.

No disponen de tiempo para estudiar miles de documentos ni para seguir debates interminables.

Por eso delegan.

Confían en que alguien ya habrá comprobado los hechos.

Que algún juez investigará.

Que algún periodista verificará los documentos.

Que alguna institución terminará aclarando la verdad.

Pero esa confianza sólo funciona cuando las instituciones responden de forma convincente.

Cuando no ocurre así, aparece un fenómeno mucho más peligroso.

La indiferencia.

No porque los ciudadanos dejen de interesarse por la verdad.

Sino porque llegan a convencerse de que nunca podrán conocerla.

Y cuando una sociedad deja de creer que la verdad puede conocerse, comienza a aceptar la incertidumbre como un estado permanente.

Ése es un terreno fértil para toda clase de rumores, exageraciones y teorías incompatibles entre sí.

Cada grupo acaba construyendo su propia versión de la realidad.

Unos creen ciegamente.

Otros niegan sistemáticamente.

Y entre ambos desaparece el espacio reservado a la investigación serena.

Quizá ése sea uno de los mayores riesgos que revela el Expediente Royuela.

No sólo por el contenido de sus documentos.

Sino porque pone de manifiesto hasta qué punto una parte de la sociedad ha perdido la confianza en que las instituciones sean capaces de disipar las dudas mediante investigaciones transparentes y suficientemente motivadas.

Cuando eso sucede, el problema deja de afectar únicamente a un expediente.

Empieza a afectar a la salud misma del Estado de Derecho.

Porque ninguna democracia puede sostenerse indefinidamente si una parte creciente de sus ciudadanos llega a pensar que la verdad depende más del poder que de las pruebas.

Y recuperar esa confianza exige mucho más que declaraciones solemnes.

Exige hechos.

Exige transparencia.

Exige investigaciones completas.

Y exige que sus conclusiones puedan ser examinadas y discutidas por todos.

CAPÍTULO LXIII

La confianza no se impone, se merece

Las instituciones suelen reclamar confianza.

Es lógico.

Ningún Estado puede funcionar si cada resolución judicial, cada actuación policial o cada decisión administrativa se recibe con una sospecha automática.

Pero la confianza no se decreta.

No se impone por ley.

Se conquista.

Y, sobre todo, se conserva.

Se conserva actuando con imparcialidad.

Explicando las decisiones.

Corrigiendo los errores.

Asumiendo responsabilidades cuando se producen.

La opacidad nunca ha fortalecido a una institución.

La ha debilitado.

Toda autoridad obtiene su legitimidad de dos fuentes.

De la ley.

Y de la confianza de los ciudadanos.

La primera puede imponerse.

La segunda debe ganarse cada día.

Ésa es la razón por la que las democracias maduras no temen las investigaciones incómodas.

Las promueven.

Porque saben que una institución sale reforzada cuando demuestra que no teme la verdad.

El Expediente Royuela, con independencia del juicio que merezca su contenido, plantea precisamente ese reto.

No basta con afirmar que las instituciones funcionan.

Hay que demostrarlo.

Y la mejor manera de hacerlo consiste en investigar con el mismo rigor cualquier denuncia suficientemente documentada, afecte a quien afecte.

Sólo así puede mantenerse el principio más valioso de un Estado de Derecho.

Que todos somos iguales ante la ley.

No unos más iguales que otros.

No unos investigables y otros intocables.

Todos.

Ésa no es una aspiración revolucionaria.

Es, sencillamente, la esencia de la Justicia.

Cuando ese principio inspira la actuación de los poderes públicos, la confianza florece casi de manera natural.

Cuando deja de percibirse, la desconfianza ocupa su lugar.

Y ninguna sociedad puede prosperar durante mucho tiempo si sus ciudadanos dejan de creer que la ley protege a todos con el mismo celo.

Por eso, quizá la cuestión más importante que suscita el Expediente Royuela no sea si sus promotores tienen razón en todo, en parte o en nada.

La cuestión decisiva es otra.

¿Está dispuesto un Estado de Derecho a someterse al mismo examen crítico que exige a sus ciudadanos?

De la respuesta a esa pregunta depende mucho más que la resolución de un expediente.

Depende la credibilidad misma de la Justicia.

CAPÍTULO LXIV

El precedente

Al margen de cuál sea el desenlace del Expediente Royuela, existe una cuestión que apenas suele plantearse.

¿Qué precedente dejará?

Porque los precedentes importan.

Mucho más de lo que parece.

Si una denuncia acompañada de miles de documentos puede permanecer durante años envuelta en controversia sin que exista una respuesta técnica, clara y suficientemente motivada, cualquier ciudadano acabará preguntándose qué ocurriría si mañana fuera él quien denunciara unos hechos semejantes.

No hablamos únicamente del Expediente Royuela.

Hablamos del funcionamiento mismo del Estado de Derecho.

La ley debe ofrecer respuestas previsibles.

No necesariamente rápidas.

No siempre satisfactorias para todas las partes.

Pero sí comprensibles y fundadas.

Cuando eso ocurre, incluso quien pierde un procedimiento suele aceptar la decisión.

Lo que mina la confianza no es una sentencia desfavorable.

Es la sensación de que determinadas cuestiones jamás llegarán a examinarse hasta sus últimas consecuencias.

Ése es el verdadero riesgo.

Porque la Justicia no sólo resuelve conflictos presentes.

También envía mensajes al futuro.

Cada actuación establece un precedente.

Cada investigación rigurosa fortalece la confianza en el sistema.

Cada investigación insuficiente alimenta nuevas dudas.

Y las dudas, cuando se acumulan durante años, terminan erosionando el crédito de las instituciones.

Por eso, el mayor legado del Expediente Royuela no dependerá únicamente de que sus tesis resulten confirmadas o descartadas.

Dependerá también de cómo hayan respondido las instituciones llamadas a examinarlas.

Las democracias no se miden únicamente por sus leyes.

También por la forma en que reaccionan cuando alguien denuncia que esas mismas leyes han podido ser vulneradas desde el propio poder.

Ésa es la prueba decisiva.

Porque un Estado demuestra su fortaleza cuando es capaz de investigarse a sí mismo con el mismo rigor con el que investiga a cualquier ciudadano.

Y ése, probablemente, constituye el precedente más importante que puede dejar este caso.

CAPÍTULO LXV

La fuerza de los documentos

Las opiniones cambian.

Los gobiernos cambian.

Las mayorías parlamentarias cambian.

Incluso las leyes cambian.

Los documentos, en cambio, permanecen.

Ésa es la razón por la que ocupan un lugar central en toda investigación histórica y judicial.

Un documento puede ser auténtico o falso.

Puede estar completo o incompleto.

Puede ser interpretado correctamente o de manera errónea.

Pero, antes de cualquier interpretación, existe como objeto de análisis.

El Expediente Royuela se sostiene precisamente sobre esa idea.

No sobre testimonios orales.

No sobre rumores.

No sobre recuerdos reconstruidos muchos años después.

Sus promotores afirman haber reunido un inmenso archivo documental.

Si esa afirmación es correcta, el primer deber consiste en estudiar ese archivo con el mayor rigor posible.

Ni más.

Ni menos.

Conviene recordar que un documento aislado rara vez demuestra por sí solo un hecho complejo.

Su verdadero valor aparece cuando puede relacionarse con otros documentos independientes.

Con resoluciones judiciales.

Con registros oficiales.

Con anotaciones bancarias.

Con agendas.

Con declaraciones.

Con hechos cronológicamente comprobables.

Es entonces cuando comienza a dibujarse un cuadro de conjunto.

Ésa ha sido siempre la forma de trabajar de los historiadores y de los jueces.

No construir una conclusión a partir de un solo documento.

Sino comprobar si numerosos documentos, procedentes de fuentes distintas, terminan apuntando en una misma dirección.

Ése es también el criterio que debería aplicarse al Expediente Royuela.

Cada manuscrito debe examinarse individualmente.

Pero también dentro del conjunto al que pertenece.

Porque un documento puede engañar.

Miles de documentos coherentes entre sí resultan mucho más difíciles de explicar, tanto si son auténticos como si fueran una falsificación.

Y ahí reside, precisamente, la singularidad del Expediente.

No tanto en el contenido de cada página.

Sino en la dimensión del conjunto.

Cuanto mayor es un archivo, mayor es también la exigencia.

Exige más prudencia para aceptarlo.

Pero también más esfuerzo para descartarlo.

Ésa es la actitud que exige toda investigación seria.

No decidir primero la conclusión y buscar después los argumentos.

Sino recorrer el camino inverso.

Examinar.

Contrastar.

Comprobar.

Y sólo entonces concluir.

Porque la verdad no suele encontrarse en el documento más espectacular.

Con frecuencia aparece allí donde decenas o centenares de pequeños documentos encajan entre sí sin necesidad de forzar su significado.

CAPÍTULO LXVI

Una cuestión de método

Llegados a este punto conviene hacer una pausa.

No para emitir un veredicto.

Sino para recordar cómo debe abordarse una investigación de esta naturaleza.

Con demasiada frecuencia, el debate sobre el Expediente Royuela se ha planteado como una elección entre dos bandos.

O se cree todo.

O se rechaza todo.

Ése es un falso dilema.

El método científico, el histórico y el judicial siguen un camino muy distinto.

No parten de una conclusión.

Parten de una pregunta.

Después reúnen las pruebas.

Las someten a crítica.

Buscan contradicciones.

Intentan refutar sus propias hipótesis.

Y sólo al final formulan una conclusión provisional, siempre abierta a nuevos datos.

Ése debería ser también el método aplicado al Expediente Royuela.

Cada documento merece un examen individual.

Cada afirmación exige una comprobación independiente.

Cada hipótesis debe ponerse a prueba.

No existe otro camino.

Quien acepta sin comprobar renuncia al espíritu crítico.

Pero quien rechaza sin examinar incurre en el mismo error.

La investigación exige paciencia.

Humildad.

Y una disposición constante a rectificar cuando los hechos obligan a hacerlo.

No hay mejor definición de la honradez intelectual.

Porque el investigador no trabaja para confirmar sus creencias.

Trabaja para averiguar si resisten el contraste con la realidad.

Quizá ésa sea la mayor enseñanza que deja el Expediente Royuela, cualquiera que sea el juicio definitivo que merezca.

Nos recuerda que la búsqueda de la verdad nunca termina cuando encontramos una respuesta que nos satisface.

Termina únicamente cuando ya no quedan preguntas razonables por formular ni pruebas relevantes por examinar.

Y, a la vista del inmenso volumen documental que rodea este caso, parece evidente que ese momento todavía no ha llegado.

Por eso, más que una invitación a creer o a negar, el Expediente Royuela constituye una invitación a investigar.

Y una sociedad que conserva el deseo de investigar sigue siendo una sociedad libre.

Porque la libertad no consiste sólo en poder hablar.

Consiste, sobre todo, en poder preguntar.

CAPÍTULO LXVII

La duda razonable

Existe una expresión muy conocida en Derecho.

La duda razonable.

Normalmente se utiliza para evitar la condena de un inocente.

Es una garantía esencial.

Pero también merece aplicarse en sentido inverso.

Cuando aparecen documentos cuya autenticidad no ha sido definitivamente aclarada, la duda razonable tampoco autoriza a descartarlos sin más.

La duda no es una conclusión.

Es un estado provisional del conocimiento.

Y sólo desaparece cuando las pruebas permiten despejarla.

Ése es el punto exacto en el que hoy parece encontrarse el Expediente Royuela.

Sus defensores consideran que los documentos hablan por sí solos.

Sus críticos sostienen que carecen del respaldo necesario para otorgarles credibilidad.

Entre ambas posiciones existe un amplio espacio reservado a la investigación.

Un espacio que no debería llenarse con consignas, sino con hechos.

Porque la duda razonable no invita a creer.

Invita a comprobar.

No protege únicamente al denunciado.

También protege al denunciante.

Impide condenar sin pruebas.

Pero también impide archivar intelectualmente un asunto sin haber examinado antes sus fundamentos.

Ésa es una garantía para todos.

Al fin y al cabo, la Justicia no existe para confirmar nuestras convicciones.

Existe para sustituirlas por hechos acreditados.

Ésa es la diferencia entre una sospecha y una certeza.

Y también entre una democracia madura y otra que se conforma con respuestas apresuradas.

Quizá el Expediente Royuela termine demostrando mucho.

Quizá termine demostrando poco.

O quizá acabe demostrando algo distinto de lo que hoy sostienen unos y otros.

Pero cualquiera que sea el desenlace, sólo habrá una forma de alcanzarlo legítimamente.

Mediante una investigación completa, contradictoria, transparente y fundada en pruebas.

Porque la duda razonable nunca puede convertirse en una excusa para dejar de investigar.

Debe ser, precisamente, el motivo para hacerlo con mayor rigor.

CAPÍTULO LXVIII

El origen de todo: la muerte de Javier Royuela

Todo gran proceso tiene un punto de partida.

En el caso del Expediente Royuela, ese punto tiene nombre y apellidos.

Javier Royuela Samit.

Si Javier Royuela no hubiera muerto en 1993, probablemente hoy nadie hablaría del Expediente.

Según la versión oficial de la época, su fallecimiento fue consecuencia de una sobredosis de drogas.

Durante años, la familia aceptó esa explicación.

No porque estuviera convencida de ella, sino porque carecía de elementos para sostener otra distinta.

La situación cambió cuando Alberto Royuela afirma haber encontrado, años después, una documentación que atribuía aquella muerte a una decisión deliberada y no a un accidente.

Ese descubrimiento constituye el verdadero nacimiento del Expediente.

No hablamos todavía de centenares de homicidios.

Ni de organizaciones criminales.

Ni de miles de manuscritos.

Todo comienza con una pregunta mucho más modesta.

¿Cómo murió realmente Javier Royuela?

De un caso particular a una investigación general

Éste es un detalle que suele pasarse por alto.

Alberto Royuela no comenzó denunciando una supuesta organización criminal de ámbito nacional.

Comenzó intentando averiguar quién había matado a su hijo.

La investigación tenía un objetivo concreto.

Identificar a los responsables.

Sin embargo, según el relato de los propios Royuela, cada documento conducía a otro.

Cada nombre remitía a nuevos nombres.

Cada expediente abría otro expediente.

La investigación dejó de centrarse en una muerte para extenderse, según sostienen sus autores, a una estructura mucho más amplia.

Es importante comprender esa evolución.

Porque explica la lógica interna del Expediente.

No nace de una teoría.

Nace —según quienes lo promueven— de una investigación familiar que fue creciendo conforme aparecía nueva documentación.

La pregunta decisiva

Todo el edificio del Expediente descansa, en realidad, sobre una cuestión previa.

¿Puede demostrarse que la muerte de Javier Royuela no fue una sobredosis accidental?

Si esa pregunta no encuentra una respuesta fundada, el resto del relato pierde uno de sus pilares.

Si, por el contrario, existieran pruebas sólidas de que aquella muerte fue un homicidio, la investigación adquiriría una dimensión completamente distinta.

Por eso resulta llamativo que el caso de Javier Royuela quede, con frecuencia, eclipsado por las referencias a centenares de homicidios posteriores.

Sin embargo, desde el punto de vista histórico, ése es el episodio decisivo.

Es la piedra sobre la que se construye todo el edificio.

Qué debe examinarse

Para formarse un juicio sobre este primer caso no bastan las afirmaciones de unos y otros.

Es preciso responder, al menos, a estas preguntas:

  • ¿Cuál fue exactamente la causa oficial de la muerte?
  • ¿Qué diligencias se practicaron en su momento?
  • ¿Qué documentación aporta el Expediente sobre ese fallecimiento?
  • ¿Existen peritajes, informes o testimonios que corroboren o contradigan esa documentación?
  • ¿Qué actuaciones judiciales posteriores se promovieron a raíz de esos nuevos documentos?

Sólo después de responder a esas cuestiones puede comenzarse a valorar el resto del Expediente.

Porque, como ocurre en toda investigación compleja, el primer eslabón de la cadena suele ser también el más importante.

Y, quizá, el más revelador.

CAPÍTULO LXIX

Una muerte que nadie cuestionó… hasta años después

La inmensa mayoría de las investigaciones criminales comienzan inmediatamente después del hecho.

En el caso de Javier Royuela ocurrió lo contrario.

Su fallecimiento quedó, según la versión oficial, atribuido a una sobredosis.

Con esa explicación terminó el procedimiento.

El tiempo pasó.

La familia intentó rehacer su vida.

Nada hacía pensar que aquel caso volvería a abrirse.

Pero, según relatan Alberto y Santiago Royuela, años después apareció una documentación inesperada.

No se trataba de un testimonio tardío.

Ni de un rumor.

Afirmaban haber encontrado anotaciones manuscritas que describían el fallecimiento de Javier como un homicidio ordenado y ejecutado por terceros.

Si esas anotaciones fueran auténticas, cambiarían por completo el sentido de aquella muerte.

No se discutiría ya la valoración de una prueba.

Se discutiría el propio hecho histórico.

El descubrimiento

Según la versión sostenida por la familia Royuela, la documentación no apareció de manera casual.

Fue localizándose progresivamente hasta formar un archivo mucho mayor del que inicialmente imaginaban.

Cada nuevo documento parecía conducir a otro.

Cada nombre remitía a nuevos expedientes.

Lo que había comenzado como una búsqueda de respuestas sobre una muerte concreta terminó convirtiéndose —según afirman sus promotores— en una investigación sobre una presunta organización mucho más amplia.

Éste es un aspecto importante.

La lógica del Expediente no nace de una teoría política.

Nace, según sus autores, de una investigación retrospectiva que va creciendo conforme aparecen nuevos documentos.

La reacción natural

Cualquier lector prudente formulará inmediatamente varias preguntas.

¿Quién escribió esas anotaciones?

¿Cómo llegaron a manos de la familia?

¿Puede acreditarse la fecha en que fueron redactadas?

¿Existe alguna prueba independiente que las confirme?

Son preguntas inevitables.

Y deben formularse antes de aceptar o rechazar su contenido.

Precisamente porque las consecuencias serían extraordinarias.

El primer contraste

Toda investigación comienza comparando dos versiones.

La oficial.

Y la alternativa.

En este caso, la primera atribuye la muerte a una sobredosis.

La segunda sostiene que se trató de un homicidio deliberadamente encubierto.

No pueden ser verdaderas las dos al mismo tiempo.

Por eso, el trabajo del investigador consiste en analizar los elementos objetivos que permitan inclinar la balanza hacia una u otra.

No bastan las convicciones.

No bastan las sospechas.

Hace falta reconstruir los hechos.

Ése será el propósito de los capítulos siguientes.

No partir de una conclusión.

Sino recorrer, paso a paso, el camino que siguieron quienes sostienen que la muerte de Javier Royuela fue el origen de uno de los expedientes más controvertidos de la historia reciente de España.

NACE EL EXPEDIENTE ROYUELA

CAPÍTULO LXX

Del dolor de una familia al mayor archivo de denuncias contra la Justicia española

Todo comenzó con una tragedia familiar.

La muerte de Javier Royuela marcó un antes y un después en la vida de Alberto Royuela y de sus hijos. Lo que inicialmente fue la búsqueda de explicaciones acabó convirtiéndose en un enfrentamiento abierto con diversos órganos judiciales y con la Fiscalía.

Durante años presentaron denuncias, recursos y escritos. Según sostienen los Royuela, aquellas iniciativas no sólo no fueron atendidas, sino que reforzaron su convicción de que se enfrentaban a una estructura de poder dispuesta a protegerse a sí misma.

Hasta aquí, la historia podría parecer la de tantos ciudadanos convencidos de haber sufrido una injusticia.

Pero ocurrió algo inesperado.

Según la familia Royuela, llegó a sus manos una ingente cantidad de manuscritos atribuidos al entonces fiscal jefe de Cataluña, José María Mena.

Aquellos papeles cambiaron por completo el rumbo de la investigación.

Ya no se trataba únicamente de demostrar que una familia había sido perjudicada.

Ahora aparecía un archivo que, de ser auténtico, describía el funcionamiento interno de una supuesta organización dedicada a manipular procedimientos judiciales, ordenar actuaciones ilícitas y ocultar numerosos delitos.

Ésa es la tesis central del Expediente Royuela.

Y también la razón por la que ha despertado tanta atención y tanta polémica.

Desde ese momento dejaron de existir dos partes enfrentadas.

Pasaron a existir dos relatos completamente distintos.

El primero sostiene que el Expediente constituye uno de los mayores fraudes documentales de la historia reciente de España.

El segundo afirma exactamente lo contrario: que estamos ante la mayor recopilación de pruebas jamás reunida sobre la corrupción de una parte de la Administración de Justicia.

Entre ambas posiciones existe un abismo.

Este libro no pretende elegir una de ellas antes de tiempo.

Pretende recorrer el camino que conduce a una conclusión.

Por eso seguiremos una regla muy sencilla.

Cada afirmación irá acompañada del documento en que se apoya.

Cada documento será sometido a examen.

Y cada conclusión distinguirá claramente entre hechos acreditados, indicios, hipótesis y cuestiones que continúan abiertas.

Ésa será nuestra brújula.

No otra.

A partir de aquí comienza realmente el Expediente Royuela.

Ya no hablaremos de él desde fuera.

Entraremos en sus documentos.

Uno por uno.

Con calma.

Pero sin rodeos.

CAPÍTULO LXXI

Alberto Royuela: el hombre que decidió no callar

Todo gran proceso judicial tiene un protagonista.

Todo gran expediente tiene un recopilador.

En el Expediente Royuela ambas figuras coinciden en una sola persona: Alberto Royuela.

Sin embargo, antes de convertirse en el impulsor de uno de los archivos más controvertidos de la historia reciente de España, era simplemente un ciudadano convencido de que él y su familia estaban siendo víctimas de graves injusticias.

Su enfrentamiento con la Administración de Justicia no nació de una teoría política ni de una campaña ideológica.

Nació, según sostiene, de experiencias personales que le llevaron a perder completamente la confianza en quienes debían garantizar el cumplimiento de la ley.

A partir de ese momento decidió hacer algo poco habitual.

No limitarse a protestar.

Comenzó a guardar documentos.

Todos los documentos.

Escritos judiciales.

Providencias.

Autos.

Cartas.

Notas.

Fotocopias.

Recortes de prensa.

Cualquier papel que pudiera resultar útil algún día.

Sin saberlo, estaba construyendo el embrión de lo que años después acabaría conociéndose como el Expediente Royuela.

La paciencia del archivero

Existe un rasgo común en casi todas las grandes investigaciones.

La paciencia.

Las películas muestran detectives que resuelven un caso en dos horas.

La realidad suele consistir en miles de horas leyendo papeles.

Ésa parece haber sido también la actitud de Alberto Royuela.

Cada nuevo documento se incorporaba al archivo.

Cada respuesta administrativa.

Cada resolución judicial.

Cada anotación.

Con el paso de los años aquella colección dejó de ser un simple archivo personal.

Se convirtió en una base documental de dimensiones extraordinarias.

Un descubrimiento inesperado

Pero el verdadero cambio de escala llegó cuando, según el relato de la familia, apareció un conjunto de manuscritos atribuidos a José María Mena.

Hasta entonces el archivo servía para reconstruir una historia personal.

A partir de ese momento, según los Royuela, parecía describir el funcionamiento de una organización mucho más amplia.

El centro de gravedad cambió por completo.

Ya no se trataba únicamente de explicar lo sucedido a una familia.

Se trataba de interpretar miles de anotaciones que afectaban presuntamente a fiscales, jueces, policías, empresarios, políticos y funcionarios.

Aquello exigía otro tipo de investigación.

Del archivo privado al debate público

Durante bastante tiempo aquella documentación permaneció prácticamente desconocida.

No ocupaba portadas.

No abría informativos.

No era objeto de debate parlamentario.

Circulaba únicamente entre un reducido número de personas interesadas en el asunto.

La situación cambió con Internet.

La publicación gradual de documentos permitió que miles de ciudadanos comenzaran a examinarlos por sí mismos.

Unos concluyeron que se encontraban ante una inmensa falsificación.

Otros llegaron a la conclusión opuesta.

El Expediente abandonó el ámbito privado.

Había entrado definitivamente en el espacio público.

Una decisión arriesgada

Difundir una documentación de esta naturaleza tenía consecuencias inevitables.

Quien publica un archivo semejante sabe que será sometido a un examen implacable.

Cada documento.

Cada fecha.

Cada firma.

Cada contradicción.

Precisamente por eso resulta sorprendente que la familia Royuela optara por hacer pública una parte tan importante del material.

Podían equivocarse.

Podían interpretar erróneamente algunos documentos.

Pero, según su propia versión, preferían que cualquiera pudiera examinarlos antes que mantenerlos ocultos.

Y ésa es, precisamente, la razón de ser de este libro.

No pedir un acto de fe.

Sino acompañar al lector en el examen de la documentación.

Porque, al final, la verdadera cuestión no consiste en quién tiene razón.

La verdadera cuestión consiste en qué permiten afirmar los documentos y qué no permiten afirmar.

El siguiente paso será conocer cómo apareció ese conjunto de manuscritos que transformó una colección de papeles en uno de los expedientes más discutidos de la España contemporánea.

CAPÍTULO LXXII

¿Cómo llegó el archivo a manos de la familia Royuela?

Ésta es, probablemente, la primera pregunta que se hace cualquier lector.

No si los documentos son auténticos.

Ni siquiera quién los escribió.

La pregunta anterior a todas las demás es mucho más sencilla.

¿De dónde salieron?

Porque ningún archivo aparece por generación espontánea.

Toda documentación tiene un origen.

Y conocerlo resulta imprescindible para valorar su credibilidad.

Según la versión mantenida por Alberto Royuela y sus hijos durante todos estos años, los manuscritos no fueron buscados por ellos.

Fueron ellos quienes acabaron encontrándose con los manuscritos.

Éste es un matiz importante.

La familia sostiene que la documentación les llegó de forma progresiva a través de personas relacionadas con el entorno del entonces fiscal jefe José María Mena, quienes, por razones que no siempre han explicado públicamente con detalle, decidieron facilitarles aquel material.

Ésa es la versión que mantienen desde hace años.

Naturalmente, constituye una afirmación que sólo puede valorarse a la luz de las pruebas que la respalden.

Un archivo construido durante años

Quien imagine una caja repleta de papeles descubierta en un desván probablemente se equivocará.

El propio relato de los Royuela describe un proceso mucho más largo.

La documentación habría ido incorporándose al archivo poco a poco.

Cada nuevo bloque permitía comprender mejor el anterior.

Cada anotación encontraba sentido cuando aparecía otra escrita meses o años antes.

Así comenzó un trabajo que acabaría ocupando miles de horas.

No sólo había que conservar los documentos.

Había que ordenarlos.

Clasificarlos.

Relacionarlos entre sí.

Identificar personas.

Fechas.

Procedimientos.

Cantidades.

Un auténtico trabajo de archivo.

La primera impresión

Quien contempla por primera vez algunos de aquellos manuscritos suele experimentar la misma sensación.

Desconcierto.

No están redactados como una resolución judicial.

Ni como un informe policial.

Ni como un diario personal.

Son apuntes.

Notas.

Recordatorios.

En ocasiones apenas unas líneas.

En otras, varias páginas.

Abundan las abreviaturas.

Los nombres incompletos.

Las referencias cruzadas.

Las cifras aisladas.

Nada parece pensado para un lector ajeno.

Todo transmite la impresión de tratarse de documentos destinados únicamente a quien los escribió.

Precisamente por eso surgió una de las cuestiones fundamentales del Expediente.

Si aquellos papeles eran falsos, ¿por qué reproducían una forma de escribir tan poco espectacular y tan alejada del estilo con el que normalmente se fabrican documentos destinados a convencer al público?

Y, si eran auténticos, ¿por qué alguien conservó durante años un material tan comprometedor?

Son dos preguntas que siguen abiertas.

Del papel al análisis

La familia Royuela comprendió pronto que la mera existencia de los manuscritos no bastaba.

Había que demostrar, en la medida de lo posible, quién los había escrito.

Sin esa atribución, el contenido perdía gran parte de su fuerza.

Por esa razón comenzaron los estudios caligráficos, la comparación con otros escritos conocidos y la búsqueda de documentos oficiales que permitieran contrastar fechas, nombres y acontecimientos.

Ése fue el momento en que el Expediente dejó de ser únicamente una colección de papeles.

Se convirtió en un objeto de estudio.

El verdadero problema

Conviene detenerse un instante.

Muchas discusiones sobre el Expediente parten de una premisa equivocada.

Se intenta demostrar o refutar directamente las acusaciones más graves.

Sin embargo, existe una cuestión previa.

Si no puede establecerse razonablemente el origen de la documentación y su autoría, todo el edificio pierde consistencia.

Si, por el contrario, ambas cuestiones alcanzan un grado suficiente de credibilidad, entonces merece la pena analizar con detalle su contenido.

Por eso el siguiente capítulo no tratará todavía de los presuntos delitos.

Tratará de algo mucho más importante.

De la pregunta sobre la que descansa todo el Expediente Royuela.

¿Existen razones objetivas para atribuir esos manuscritos a José María Mena?

Porque, si la respuesta fuera negativa, el resto del debate cambiaría por completo.

Y, si fuera afirmativa, comenzarían entonces las preguntas verdaderamente difíciles.

CAPÍTULO LXXIII

La pregunta decisiva: ¿quién escribió los manuscritos?

Todo el Expediente Royuela puede resumirse, en última instancia, en una sola pregunta.

¿Quién escribió los miles de manuscritos que forman el núcleo de la documentación?

Si fueron redactados por quien sostiene la familia Royuela, nos encontramos ante una documentación cuyo interés histórico y judicial resulta extraordinario.

Si fueron elaborados por otra persona, o si son una falsificación, el edificio entero pierde su principal apoyo.

Por eso la discusión nunca debió comenzar por el contenido de las anotaciones.

Debió comenzar por su autor.

Mucho más que una firma

En las películas basta comparar una firma para descubrir al culpable.

La realidad es bastante más compleja.

Un perito calígrafo no estudia únicamente la forma de las letras.

Analiza centenares de pequeños detalles.

La presión ejercida sobre el papel.

La inclinación de la escritura.

La velocidad del trazo.

La separación entre palabras.

La formación de las mayúsculas.

La unión entre unas letras y otras.

Los gestos gráficos que cada persona repite de manera casi inconsciente.

La escritura constituye un hábito profundamente arraigado.

Puede disimularse durante unas líneas.

Resulta muchísimo más difícil mantener ese disfraz a lo largo de miles de páginas redactadas durante años.

Éste es uno de los argumentos que con más frecuencia esgrimen quienes consideran auténticos los manuscritos.

Los estudios caligráficos

Consciente de que toda la credibilidad del Expediente descansaba sobre esa cuestión, la familia Royuela impulsó diversos estudios periciales.

Según sus promotores, las conclusiones apuntaban a una coincidencia sustancial entre los manuscritos y otros escritos atribuidos a José María Mena.

Esos informes han sido difundidos públicamente y constituyen una de las piezas fundamentales sobre las que descansa la tesis del Expediente.

Ahora bien, un peritaje, por sólido que parezca, nunca pone fin por sí solo a una controversia.

En cualquier procedimiento judicial las partes pueden aportar informes contradictorios.

Los jueces valoran unos y otros junto con el resto de las pruebas.

Ésa es la práctica habitual en cualquier Estado de Derecho.

Lo que dicen los críticos

Los detractores del Expediente responden que la coincidencia caligráfica no basta para demostrar la veracidad del contenido.

Y tienen razón en ese punto.

Una cosa es identificar al autor material de un manuscrito.

Otra muy distinta acreditar que cuanto escribió corresponde fielmente a la realidad.

Un diario personal puede ser auténtico y contener errores.

Una agenda puede pertenecer realmente a una persona y reflejar únicamente su versión de los hechos.

La autenticidad material y la veracidad del contenido son cuestiones distintas.

Conviene no confundirlas.

Un indicio de enorme importancia

Dicho esto, tampoco sería correcto minimizar la relevancia de la autoría.

Si realmente pudiera demostrarse que aquellos miles de páginas fueron redactados por un alto responsable de la Fiscalía, el Expediente dejaría de ser una simple colección de acusaciones particulares.

Se convertiría en un archivo personal cuya explicación exigiría una respuesta convincente.

¿Por qué alguien escribiría durante años semejante cantidad de anotaciones?

¿Con qué finalidad?

¿Por qué conservarlas?

¿Por qué no destruirlas?

Son preguntas inevitables.

La carga de la prueba

En este punto conviene recordar un principio elemental del Derecho.

Quien afirma un hecho extraordinario debe aportar pruebas proporcionadas a la gravedad de esa afirmación.

La familia Royuela considera que los peritajes, junto con el conjunto de la documentación, satisfacen esa exigencia.

Sus críticos entienden que no.

Precisamente por eso el debate continúa abierto.

El siguiente paso

Una vez planteada la cuestión de la autoría, corresponde examinar la naturaleza de los manuscritos.

Porque no todos contienen la misma clase de información.

Algunos parecen simples recordatorios.

Otros adoptan la forma de agendas de trabajo.

Otros recogen nombres, cifras y fechas.

Y existe un grupo especialmente llamativo: las anotaciones que, según la interpretación del Expediente, reflejarían movimientos de dinero.

Esas páginas constituyen uno de los bloques documentales más extensos y más discutidos.

Y serán el objeto del próximo capítulo.

CAPÍTULO LXXIV

El dinero: la presunta contabilidad del Expediente

Hay una vieja máxima en las investigaciones criminales.

«Siga el dinero.»

Las personas mienten.

Los documentos pueden falsificarse.

Los recuerdos se desvanecen.

Pero el dinero suele dejar rastro.

Quizá por ello uno de los bloques documentales que más atención ha despertado dentro del Expediente Royuela sea el formado por las anotaciones económicas.

No porque contengan grandes discursos.

Al contrario.

Precisamente porque suelen ser extremadamente escuetas.

Un nombre.

Una fecha.

Una cantidad.

En ocasiones una simple inicial.

O una palabra cuyo significado sólo parece conocer quien escribió la nota.

Vista aisladamente, cada anotación dice muy poco.

Pero cuando se leen centenares de ellas comienza a apreciarse una cierta regularidad.

Y ahí nace la gran pregunta.

¿Qué eran aquellas anotaciones?

Según la interpretación de Alberto Royuela y de Kepa Tamames, aquellos apuntes constituyen una especie de contabilidad privada.

No una contabilidad oficial.

Ni un libro de caja convencional.

Sino un registro interno de pagos y cobros.

Ésa es la tesis.

Los críticos ofrecen explicaciones muy distintas.

Sostienen que esas cifras pueden responder a cualquier otra actividad, o incluso que todo el conjunto carece de autenticidad.

La diferencia entre ambas posiciones no puede ser mayor.

Por eso resulta imprescindible examinar los documentos con calma.

Una forma peculiar de escribir

Hay un rasgo que se repite con frecuencia.

Las anotaciones son extraordinariamente breves.

No parecen redactadas para explicar nada a un tercero.

Todo indica que quien las escribió ya conocía perfectamente el contexto.

Eso explicaría la abundancia de abreviaturas, iniciales y referencias incompletas.

Es el mismo fenómeno que observamos en una agenda personal.

Quien escribe «11.30 – JM – 15» no necesita añadir más detalles.

Ya sabe qué significan esas palabras.

El problema aparece muchos años después, cuando un investigador intenta reconstruir el sentido de aquella nota.

¿Contabilidad o simples apuntes?

Ésta constituye una de las cuestiones más discutidas.

No basta con encontrar cantidades de dinero.

Hay que demostrar que corresponden realmente a pagos.

Y, además, identificar quién pagó, quién cobró y por qué motivo.

Sin esa información cualquier conclusión resulta prematura.

Éste es un aspecto que conviene recordar constantemente.

Porque la prudencia fortalece una investigación; nunca la debilita.

La repetición

Ahora bien, también sería un error analizar cada hoja como si estuviera aislada.

Uno de los argumentos principales de quienes defienden la autenticidad del Expediente consiste precisamente en la reiteración.

Los mismos nombres aparecen asociados repetidamente a cantidades.

Las mismas fechas enlazan unas anotaciones con otras.

Las mismas personas reaparecen en documentos diferentes.

Esa continuidad es la que lleva a los promotores del Expediente a sostener que no se trata de notas dispersas, sino de una contabilidad mantenida durante años.

Naturalmente, esa hipótesis exige ser contrastada.

Pero no puede ignorarse.

El problema de las cantidades

Existe otro detalle llamativo.

Muchas cifras, consideradas individualmente, no parecen especialmente elevadas.

No aparecen únicamente grandes sumas.

También abundan cantidades relativamente modestas.

Eso ha llevado a algunos investigadores a plantear que, si realmente nos encontramos ante una contabilidad clandestina, probablemente no recogería la totalidad de las operaciones, sino únicamente aquellas que el autor consideraba necesario anotar.

No deja de ser una hipótesis.

Pero ayuda a comprender por qué el archivo presenta una estructura tan fragmentaria.

Lo que realmente importa

El interés de estas anotaciones no reside sólo en las cifras.

Reside en que, según el Expediente, determinados pagos aparecen relacionados con decisiones concretas, personas determinadas o acontecimientos perfectamente datados.

Si esa relación pudiera acreditarse mediante fuentes independientes, el valor probatorio de los manuscritos aumentaría considerablemente.

Si no pudiera demostrarse, las anotaciones seguirían siendo un indicio, pero no una prueba concluyente.

Ésa es la diferencia entre una sospecha y un hecho acreditado.

El siguiente paso

Las cifras constituyen únicamente una parte del rompecabezas.

El otro gran bloque documental está formado por los nombres.

No cualquier nombre.

Sino aquellos que aparecen una y otra vez junto a anotaciones económicas, procedimientos judiciales o decisiones relevantes.

A partir del próximo capítulo comenzaremos a estudiar quiénes son esas personas, por qué aparecen repetidamente en los manuscritos y qué puede afirmarse —y qué no— acerca de su presencia en el Expediente Royuela.

CAPÍTULO LXXV

Los nombres que se repiten

Quien hojea por primera vez el Expediente Royuela suele fijarse en las acusaciones más llamativas.

Es un error.

Lo verdaderamente interesante no es una anotación aislada.

Lo importante son las repeticiones.

En cualquier archivo extenso existen personas que aparecen una sola vez.

Y otras cuyo nombre surge una y otra vez durante años.

Precisamente esas reiteraciones permiten reconstruir la estructura del conjunto.

El Expediente funciona de esa manera.

No presenta una lista ordenada de protagonistas.

Los va mostrando poco a poco.

Como si el lector tuviera que ir armando un rompecabezas.

Un mismo nombre en documentos distintos

Uno de los aspectos que más llamó la atención de Kepa Tamames fue comprobar que determinados nombres aparecen en manuscritos muy separados entre sí.

En ocasiones cambian las fechas.

Cambian las cantidades.

Cambia el asunto tratado.

Pero el nombre vuelve a aparecer.

Eso obliga a formular una pregunta sencilla.

¿Se trata de una casualidad?

¿O de una persona que desempeñaba un papel constante dentro del sistema descrito por el autor de los manuscritos?

Naturalmente, la mera repetición no demuestra nada.

Pero sí señala el camino que debe seguir la investigación.

Un mapa de relaciones

Con el paso de las páginas comienza a percibirse algo parecido a un mapa.

No todos los nombres aparecen relacionados con todos.

Existen pequeños grupos.

Algunos parecen girar alrededor de un determinado procedimiento judicial.

Otros alrededor de cuestiones económicas.

Otros aparecen vinculados a actuaciones policiales.

Y otros ocupan una posición que parece conectar varios grupos entre sí.

Ésta es una técnica muy conocida en el análisis de redes criminales y también en la investigación histórica.

No se parte de las conclusiones.

Se parte de las relaciones.

Personas con distinta importancia

No todos los nombres tienen el mismo peso.

Hay personas citadas una única vez.

Otras aparecen de forma esporádica.

Y existe un reducido grupo cuya presencia resulta casi constante.

Según la interpretación del Expediente, ese núcleo constituiría el verdadero centro de la organización descrita en los manuscritos.

Ésa es una hipótesis.

Pero una hipótesis que puede comprobarse objetivamente contando la frecuencia con que aparece cada nombre.

Las estadísticas, al menos en este punto, hablan por sí solas.

Una advertencia necesaria

Existe un riesgo que conviene evitar.

Pensar que la mera aparición de una persona en los manuscritos implica necesariamente una conducta delictiva.

No es así.

Un fiscal puede aparecer porque intervino legalmente en un procedimiento.

Un juez porque dictó una resolución.

Un policía porque practicó una diligencia.

Un empresario porque mantuvo una relación comercial.

La investigación comienza precisamente ahí.

No termina ahí.

Lo importante no es la presencia del nombre.

Lo importante es el contexto en que aparece.

El dibujo completo

Cuando se examinan centenares de documentos de forma conjunta ocurre algo curioso.

Empiezan a distinguirse patrones que resultan invisibles en una lectura aislada.

Es como contemplar un mosaico.

De cerca sólo se ven pequeñas teselas.

Hay que alejarse unos metros para descubrir la figura completa.

Ésa fue, precisamente, la labor que emprendieron Alberto Royuela, sus hijos y, posteriormente, Kepa Tamames.

No limitarse a leer miles de papeles.

Intentar descubrir la arquitectura que, según ellos, escondían aquellos manuscritos.

El siguiente paso

Hasta ahora hemos hablado de nombres y relaciones.

Pero aún falta una pieza esencial.

Los manuscritos no sólo contienen personas.

También contienen acontecimientos.

Y uno de los bloques documentales que mayor repercusión ha tenido es el relativo a las anotaciones que el Expediente interpreta como referencias a muertes presuntamente encargadas o conocidas por el autor de los manuscritos.

Éste constituye, sin duda, el apartado más delicado de toda la investigación.

Precisamente por eso deberá abordarse con el máximo rigor, distinguiendo siempre entre lo que los documentos dicen, la interpretación que hacen de ellos los promotores del Expediente y aquello que puede verificarse mediante fuentes independientes.

CAPÍTULO LXXVI

La lista de los presuntos homicidios

Si existe un apartado del Expediente Royuela que ha provocado estupor, incredulidad y una enorme controversia, ése es, sin duda, el relativo a las muertes que los manuscritos vinculan a actuaciones presuntamente delictivas.

Es también el capítulo que más fácilmente puede inducir a error.

Por esa razón conviene fijar, desde la primera línea, una regla que no abandonaremos.

El Expediente afirma. Este libro analiza.

Son dos cosas distintas.

Un índice que cambió la percepción del Expediente

Durante años muchos consideraron el Expediente una acumulación desordenada de papeles.

Esa percepción cambió cuando comenzó a difundirse un índice en el que aparecían centenares de nombres agrupados bajo el epígrafe de presuntos homicidios.

Aquella relación impresionaba por dos motivos.

El primero, por el número de casos.

El segundo, porque muchos de los nombres correspondían a personas cuya muerte era perfectamente conocida por la opinión pública.

Aquello produjo un efecto inmediato.

Por primera vez muchos lectores dejaron de preguntarse si el Expediente existía.

La pregunta pasó a ser otra.

¿Cómo era posible elaborar una relación tan extensa si detrás no existía algún tipo de documentación?

Ésa fue la cuestión que empezó a atraer la atención de investigadores independientes.

¿Qué contienen realmente esas anotaciones?

Conviene desterrar una idea equivocada.

Los manuscritos no suelen contener relatos detallados de los hechos.

No describen escenas.

No desarrollan largas explicaciones.

Con frecuencia consisten únicamente en unas pocas líneas.

Un nombre.

Una fecha.

Una cantidad.

Una referencia muy breve.

Es la acumulación de cientos de anotaciones semejantes la que lleva a los promotores del Expediente a sostener que existe un patrón.

Pero una cosa es advertir un patrón y otra demostrar que refleja acontecimientos reales.

Del documento a la acusación

Éste es el punto donde muchas discusiones pierden rigor.

Algunos críticos afirman que basta leer una anotación para concluir que todo el Expediente carece de credibilidad.

Otros sostienen exactamente lo contrario.

Que cada manuscrito constituye una prueba prácticamente definitiva.

Ninguna de las dos posiciones resulta satisfactoria.

Un manuscrito es un documento.

Su valor dependerá de muchos factores.

De quién lo escribió.

De cuándo lo hizo.

De si puede fecharse.

De si encuentra apoyo en otras pruebas.

Y de si existen elementos externos que lo corroboren.

Ése es el análisis que debe hacerse caso por caso.

El criterio que seguiremos

No recorreremos la lista de presuntos homicidios como si fuera un catálogo.

Sería un error.

Cada caso posee una historia distinta.

Un contexto diferente.

Una documentación específica.

Algunos han sido ampliamente conocidos.

Otros apenas trascendieron fuera de su ámbito local.

Algunos generaron procedimientos judiciales.

Otros quedaron archivados hace décadas.

Por eso estudiaremos únicamente aquellos que permitan comprender mejor el funcionamiento del propio Expediente.

No pretendemos impresionar al lector con una larga enumeración.

Pretendemos averiguar si determinados casos ilustran una forma de trabajar que, según los promotores del Expediente, se repetiría una y otra vez.

La importancia del contraste

En cada uno de esos casos seguiremos siempre el mismo esquema.

Primero reconstruiremos los hechos conocidos públicamente.

Después veremos qué añade el Expediente.

A continuación examinaremos los documentos correspondientes.

Y, finalmente, intentaremos comprobar si existen elementos independientes que confirmen o desmientan esa versión.

Sólo así evitaremos caer en dos errores igualmente graves.

Aceptar sin examen.

O rechazar sin haber examinado.

El primer caso

Toda investigación necesita un punto de partida.

Y el Expediente también.

En el próximo capítulo analizaremos el primero de los casos que Kepa Tamames considera especialmente significativo.

No porque sea necesariamente el más grave.

Sino porque permite comprender el método con el que trabajan tanto el autor del libro como la familia Royuela.

Será entonces cuando dejemos de hablar de listas y empecemos a estudiar expedientes concretos.

Ahí comenzará, en sentido estricto, la investigación documental.

CAPÍTULO LXXVII

Cómo debe leerse un caso del Expediente

A partir de este momento cambiaremos nuestra forma de trabajar.

Hasta ahora hemos estudiado el archivo.

Ahora comenzaremos a estudiar los expedientes concretos.

Pero antes conviene establecer un método que seguiremos sin excepción.

No importa si el caso se refiere a una muerte, a un presunto pago, a una actuación judicial o a una supuesta extorsión.

Todos serán examinados exactamente igual.

Primer paso: los hechos conocidos

Antes de abrir un solo manuscrito debemos reconstruir los hechos públicos.

¿Qué ocurrió?

¿Cuándo?

¿Quiénes intervinieron?

¿Qué dijeron los tribunales?

¿Qué publicó la prensa de la época?

¿Qué documentos oficiales existen?

Ése será siempre el punto de partida.

No el Expediente.

La realidad conocida.

Porque sólo así podremos apreciar si el archivo aporta información nueva o simplemente reproduce hechos ya conocidos.

Segundo paso: lo que dice el Expediente

Sólo entonces abriremos los manuscritos.

¿Qué anotación contiene?

¿Qué nombres aparecen?

¿Qué fechas?

¿Qué cantidades?

¿Existe alguna referencia cruzada con otros documentos?

En esta fase no interpretaremos nada.

Nos limitaremos a describir.

Es un principio elemental de toda investigación.

Primero observar.

Después razonar.

Nunca al revés.

Tercer paso: el contraste

Éste es el momento decisivo.

¿Puede comprobarse la información?

¿Coinciden las fechas?

¿Existen resoluciones judiciales?

¿Hay documentos administrativos?

¿Se conservan registros?

¿Puede verificarse algún detalle mediante fuentes completamente ajenas al Expediente?

Cada coincidencia aumenta el interés del manuscrito.

Cada contradicción obliga a replantear su interpretación.

Así funciona cualquier investigación seria.

Cuarto paso: las objeciones

Todo documento admite una explicación.

A veces más de una.

Por eso nunca daremos por buena una única interpretación.

Preguntaremos también:

¿Existe otra explicación razonable?

¿Puede tratarse de una anotación privada sin relación con los hechos?

¿Puede referirse a otra persona con el mismo apellido?

¿Puede contener errores de fecha?

¿Puede haberse interpretado incorrectamente una abreviatura?

Un buen investigador intenta desmontar primero su propia hipótesis.

Si sobrevive a ese examen, gana fuerza.

Quinto paso: la conclusión

Sólo al final llegaremos a una conclusión.

Y esa conclusión nunca será absoluta.

Utilizaremos una clasificación sencilla.

Hechos acreditados.

Aquello que consta documentalmente con independencia del Expediente.

Indicios consistentes.

Aquello que encuentra apoyo en varios documentos y en elementos externos, aunque no permita afirmar todavía una certeza.

Hipótesis.

Aquello que resulta posible, pero necesita nuevas comprobaciones.

Especulación.

Aquello para lo que, sencillamente, no existen pruebas suficientes.

Parece una clasificación modesta.

En realidad es la única compatible con una investigación honesta.

La diferencia entre creer y demostrar

Uno de los mayores problemas que rodean al Expediente Royuela es que muchos lectores llegan con una opinión ya formada.

Unos creen desde la primera página.

Otros niegan desde la primera página.

Ambas posturas impiden investigar.

Un juez no puede condenar porque crea.

Tampoco absolver porque le parezca inverosímil una acusación.

Debe valorar pruebas.

Nada más.

Ésa será también nuestra actitud.

Comienza el análisis

Ya hemos preparado las herramientas.

Ha llegado el momento de utilizarlas.

En los próximos capítulos dejaremos de hablar del Expediente en términos generales.

Entraremos en casos concretos.

Los examinaremos uno tras otro.

Con la misma serenidad.

Con el mismo rigor.

Y con una única finalidad.

Averiguar qué resiste el contraste documental y qué no.

Sólo así el lector podrá llegar al final del libro con una opinión propia, fundada no en impresiones, sino en los documentos y en su examen crítico.

CAPÍTULO LXXIX

El primer nombre

Miles de manuscritos.

Centenares de personas citadas.

Decenas de años de anotaciones.

Era imposible investigarlo todo al mismo tiempo.

Alberto Royuela decidió hacer lo que haría cualquier investigador.

Buscar el nombre que más se repetía.

No tardó en aparecer.

José María Mena.

No era una referencia aislada.

Su nombre —unas veces completo, otras mediante iniciales o abreviaturas— aparecía una y otra vez en páginas muy distintas y correspondientes a épocas diferentes.

Aquella reiteración llevó a los Royuela a formular una primera hipótesis: el autor de los manuscritos y el entonces fiscal jefe de Cataluña podían ser la misma persona.

Ésa era una hipótesis.

Había que demostrarla.

Comenzó entonces un trabajo paciente de comparación caligráfica, búsqueda de documentos públicos y localización de escritos indubitados que permitieran contrastar la letra.

No era una tarea sencilla.

Si la hipótesis resultaba falsa, el Expediente quedaría gravemente debilitado.

Si resultaba correcta, todas las preguntas cambiarían de naturaleza.

Ya no bastaría con discutir el contenido de los manuscritos.

Habría que explicar por qué un alto responsable del Ministerio Fiscal habría redactado durante años centenares o miles de anotaciones de carácter reservado.

Ése fue el primer gran objetivo de la investigación.

Y, una vez planteado, surgió inmediatamente el segundo.

¿Qué clase de información contenían realmente aquellos manuscritos?


CAPÍTULO LXXX

Los manuscritos: un archivo fuera de lo común

Cuando se habla del Expediente Royuela suele pensarse inmediatamente en las acusaciones que contiene.

Es un error.

Lo primero que sorprende no son las acusaciones.

Es el propio archivo.

Miles de hojas manuscritas, redactadas aparentemente a lo largo de muchos años, con una estructura sorprendentemente uniforme.

No parecen escritos preparados para ser publicados.

Tampoco informes oficiales.

Ni diarios personales.

Quien los redactó escribía para sí mismo.

O, al menos, para un reducido círculo de personas que ya conocían el significado de nombres, abreviaturas y claves.

Esa característica resulta importante.

Porque la inmensa mayoría de las falsificaciones documentales buscan precisamente lo contrario.

Pretenden convencer al lector.

Los manuscritos del Expediente no parecen preocuparse de convencer a nadie.

En muchos casos resultan incluso difíciles de entender.

Una escritura repetitiva

Existe otro detalle llamativo.

Los documentos mantienen durante años un mismo estilo.

Las mismas abreviaturas.

La misma forma de fechar.

Las mismas expresiones.

La misma manera de identificar a determinadas personas.

Quienes defienden la autenticidad del Expediente consideran que esa continuidad resulta muy difícil de falsificar a lo largo de miles de páginas.

Sus críticos responden que una falsificación bien planificada también puede mantener una notable coherencia interna.

Ambas posiciones merecen ser tenidas en cuenta.

Pero, al margen de esa discusión, hay un hecho indiscutible.

El archivo posee una unidad formal extraordinaria.

No parece una colección improvisada de papeles reunidos al azar.

Un lenguaje propio

Toda organización desarrolla su propio lenguaje.

Los militares utilizan abreviaturas.

Los médicos escriben historias clínicas casi ininteligibles para quien no pertenece a la profesión.

Los jueces manejan expresiones que apenas aparecen fuera de los tribunales.

Los manuscritos del Expediente parecen responder a esa misma lógica.

Abundan las iniciales.

Los apodos.

Las referencias cruzadas.

Las cantidades sin explicación.

Las palabras cuyo significado sólo se comprende después de leer decenas de documentos.

Eso obliga al investigador a actuar con prudencia.

Interpretar una página aislada suele conducir al error.

Muchas anotaciones sólo adquieren sentido cuando se comparan con otras redactadas meses o incluso años después.

El orden oculto

A primera vista el Expediente parece caótico.

No lo es.

Conforme aumenta el número de documentos examinados empieza a apreciarse un cierto orden.

Las anotaciones económicas aparecen agrupadas.

Las referencias a determinadas personas siguen pautas semejantes.

Algunos procedimientos judiciales reaparecen una y otra vez.

Es como contemplar una enorme biblioteca cuyos libros hubieran sido desordenados.

Al principio sólo vemos confusión.

Poco a poco descubrimos que existe una clasificación.

Y esa clasificación permite reconstruir una historia.

El verdadero desafío

El problema nunca ha consistido en leer los manuscritos.

El verdadero desafío consiste en interpretarlos correctamente.

Una abreviatura mal entendida puede cambiar el sentido de toda una página.

Una fecha leída de forma incorrecta puede alterar una cronología.

Una inicial atribuida a la persona equivocada puede conducir a una conclusión completamente falsa.

Por esa razón resulta imprescindible avanzar despacio.

No porque el lector sea incapaz de comprender.

Sino porque el archivo exige el mismo cuidado que cualquier documento histórico de importancia.

La siguiente pieza

Una vez comprendida la naturaleza de los manuscritos, surge una pregunta inevitable.

Si realmente constituyen una especie de archivo de trabajo, ¿cómo estaba organizado su contenido?

La respuesta sorprende.

Porque, lejos de ser una simple acumulación de notas, los documentos parecen agruparse en grandes bloques temáticos.

Pagos.

Procedimientos judiciales.

Personas.

Prisiones.

Muertes.

Y relaciones entre todos ellos.

Precisamente esa estructura será la que seguiremos a partir de los próximos capítulos.

No iremos saltando de un asunto a otro.

Reconstruiremos cada bloque por separado.

Sólo al final, como quien completa un rompecabezas, podremos comprobar si todas las piezas encajan… o si algunas obligan a replantear la imagen que parecía formarse al principio.

CAPÍTULO LXXXI

La presunta contabilidad secreta

Hay un detalle que Kepa Tamames destaca desde las primeras páginas de su libro.

En los manuscritos no sólo aparecen nombres.

También aparecen cifras.

Y, lo que resulta más llamativo, muchas de esas cifras parecen repetirse siguiendo un determinado patrón.

No se trata de una contabilidad convencional.

No existen balances.

Ni cuentas anuales.

Ni libros de caja.

Las anotaciones son extremadamente escuetas.

Una cantidad.

Un nombre.

Una fecha.

A veces una simple inicial.

En otras ocasiones una breve observación.

Nada más.

Vista una hoja aislada, cualquiera podría pensar que carece de importancia.

El problema aparece cuando ese mismo esquema se repite durante años.

Una pregunta inevitable

Todo investigador termina formulándose la misma pregunta.

¿Para qué llevar una contabilidad tan rudimentaria?

Si realmente se tratara de una organización dedicada a actividades ilícitas, parecería más lógico destruir cualquier rastro escrito.

Sin embargo, la Historia demuestra exactamente lo contrario.

Al Capone llevaba libros de cuentas.

La Mafia siciliana utilizaba cuadernos.

La Camorra también.

Los cárteles colombianos mantenían registros.

Incluso en grandes causas de corrupción política han aparecido agendas, libretas y cuadernos manuscritos.

No porque sus autores fueran imprudentes.

Sino porque toda organización necesita controlar ingresos, pagos, deudas y compromisos.

Ésa es una necesidad casi universal.

Naturalmente, esta comparación no demuestra nada respecto al Expediente Royuela.

Simplemente explica por qué la existencia de una contabilidad clandestina no constituye, por sí sola, un hecho extraordinario.

El problema comienza después

La verdadera dificultad consiste en interpretar esas cifras.

¿Representan dinero?

¿Son claves internas?

¿Numeración de expedientes?

¿Importes?

¿Fechas abreviadas?

Sin conocer el contexto resulta imposible responder.

Por eso los Royuela nunca han sostenido que una anotación aislada pruebe nada.

Su argumento es distinto.

Afirman que, cuando centenares de apuntes se comparan entre sí, empiezan a revelar una lógica interna.

Ésa es la hipótesis que debe ponerse a prueba.

Cuando los nombres coinciden

Uno de los aspectos más interesantes aparece cuando determinadas cantidades figuran junto a personas que también aparecen en otros manuscritos referidos a asuntos completamente distintos.

Ya no hablamos únicamente de dinero.

Empiezan a cruzarse relaciones.

Un mismo nombre aparece en una anotación económica.

Más adelante figura en un procedimiento judicial.

Después vuelve a surgir junto a otra persona diferente.

Es entonces cuando el investigador deja de estudiar documentos aislados y comienza a construir un mapa.

El valor del conjunto

Éste constituye probablemente el mayor acierto metodológico del libro de Tamames.

Insiste constantemente en que el Expediente debe leerse como una unidad.

No como una colección de curiosidades.

Tiene razón en un aspecto.

Los grandes archivos nunca se comprenden leyendo una sola página.

Sucede con los archivos parroquiales.

Con los protocolos notariales.

Con los fondos militares.

Con los archivos policiales.

Y también ocurre aquí.

La fuerza del Expediente —si realmente la tiene— no reside en una hoja concreta.

Reside en la coherencia que pueda apreciarse entre miles de ellas.

Ésa será precisamente la cuestión que iremos examinando.

Una cuestión pendiente

Hasta ahora hemos hablado de cifras.

Pero todavía no sabemos quiénes aparecen junto a ellas.

Y eso cambia completamente la perspectiva.

Porque una cifra sin nombre apenas significa nada.

En cambio, cuando el dinero parece relacionarse con personas concretas, procedimientos determinados o decisiones perfectamente fechadas, el análisis adquiere otra dimensión.

Ése será nuestro siguiente paso.

No estudiar ya las cantidades.

Sino a las personas que, según el Expediente, aparecen vinculadas a ellas.

Y será entonces cuando el lector empezará a comprender por qué este archivo ha suscitado una de las mayores controversias documentales de la España contemporánea.

CAPÍTULO LXXXII

Los nombres que siempre vuelven

En todo archivo extenso hay un momento en que dejan de importar las hojas individuales.

Empiezan a importar las repeticiones.

Eso ocurre también en el Expediente Royuela.

Algunos nombres aparecen una sola vez.

Otros reaparecen constantemente.

Para cualquier investigador, esa diferencia resulta esencial.

Una mención aislada puede ser casual.

Cincuenta referencias repartidas a lo largo de varios años ya no lo parecen.

Precisamente por eso Alberto Royuela comenzó elaborando algo muy sencillo: un índice.

No interpretó los documentos.

Antes los clasificó.

Anotó qué personas aparecían, cuántas veces y en relación con qué asuntos.

Fue un trabajo casi de archivero.

Sólo después empezó el análisis.

Éste es un método clásico en Historia y en investigación judicial.

Primero ordenar.

Después comprender.

Y, finalmente, extraer conclusiones.

Gracias a ese trabajo empezó a perfilarse un reducido grupo de personas cuyos nombres aparecían con mucha más frecuencia que los demás.

Aquello no demostraba ninguna responsabilidad.

Pero sí indicaba dónde debía concentrarse la investigación.

Ésa fue la primera brújula del Expediente.

Y también será la nuestra.

En el próximo capítulo comenzaremos a estudiar quiénes integran ese núcleo y por qué ocupan una posición tan destacada dentro de los manuscritos.

CAPÍTULO LXXXIII

El núcleo del Expediente

Conforme Alberto Royuela fue clasificando miles de manuscritos descubrió un hecho llamativo.

La inmensa mayoría de los nombres aparecían una o dos veces.

Sin embargo, existía un reducido grupo que se repetía constantemente.

No era una impresión.

Era una constatación estadística.

Ese grupo constituye el auténtico núcleo del Expediente.

En primer lugar aparece, según los Royuela, José María Mena, durante muchos años fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

A su alrededor comienzan a aparecer otros fiscales, jueces, funcionarios policiales, empresarios y personas vinculadas, de una u otra forma, a diversos procedimientos judiciales.

Entre los nombres citados con mayor frecuencia figuran también Carlos Jiménez Villarejo, José María Romero de Tejada, Enrique Barjau, además de diversos miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, funcionarios penitenciarios y colaboradores cuyos nombres se repiten en distintos bloques documentales.

El lector observará que algunos de esos nombres eran perfectamente conocidos por la opinión pública.

Otros apenas trascendieron fuera del ámbito judicial.

Y algunos eran completamente desconocidos.

Ésa es otra característica del Expediente.

No distingue entre personajes célebres y personas anónimas.

Todos aparecen mezclados en los manuscritos.

Pero conviene detenerse aquí.

Que un nombre figure repetidamente en una documentación no demuestra, por sí solo, la realidad de los hechos que se le atribuyen.

Lo único que demuestra es que quien redactó aquellos manuscritos lo consideró una pieza relevante dentro de su propio relato.

La investigación comienza precisamente en ese punto.

No termina ahí.

Por esa razón no vamos a estudiar a esas personas siguiendo un orden alfabético.

Tampoco por la importancia de sus cargos.

Las analizaremos siguiendo el propio hilo del Expediente.

Empezaremos por José María Mena, porque ocupa el centro de la documentación.

Continuaremos con Carlos Jiménez Villarejo, cuya presencia es constante en numerosos manuscritos.

Después examinaremos la aparición de José María Romero de Tejada y del resto de las personas que forman el núcleo documental.

Sólo al finalizar ese recorrido podremos responder a una pregunta fundamental:

¿Estamos ante una red de relaciones construida sobre documentos auténticos o ante una interpretación que no logra sostenerse cuando se examina caso por caso?

CAPÍTULO LXXXIII

El núcleo del Expediente

Conforme Alberto Royuela fue clasificando miles de manuscritos descubrió un hecho llamativo.

La inmensa mayoría de los nombres aparecían una o dos veces.

Sin embargo, existía un reducido grupo que se repetía constantemente.

No era una impresión.

Era una constatación estadística.

Ese grupo constituye el auténtico núcleo del Expediente.

En primer lugar aparece, según los Royuela, José María Mena, durante muchos años fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

A su alrededor comienzan a aparecer otros fiscales, jueces, funcionarios policiales, empresarios y personas vinculadas, de una u otra forma, a diversos procedimientos judiciales.

Entre los nombres citados con mayor frecuencia figuran también Carlos Jiménez Villarejo, José María Romero de Tejada, Enrique Barjau, además de diversos miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, funcionarios penitenciarios y colaboradores cuyos nombres se repiten en distintos bloques documentales.

El lector observará que algunos de esos nombres eran perfectamente conocidos por la opinión pública.

Otros apenas trascendieron fuera del ámbito judicial.

Y algunos eran completamente desconocidos.

Ésa es otra característica del Expediente.

No distingue entre personajes célebres y personas anónimas.

Todos aparecen mezclados en los manuscritos.

Pero conviene detenerse aquí.

Que un nombre figure repetidamente en una documentación no demuestra, por sí solo, la realidad de los hechos que se le atribuyen.

Lo único que demuestra es que quien redactó aquellos manuscritos lo consideró una pieza relevante dentro de su propio relato.

La investigación comienza precisamente en ese punto.

No termina ahí.

Por esa razón no vamos a estudiar a esas personas siguiendo un orden alfabético.

Tampoco por la importancia de sus cargos.

Las analizaremos siguiendo el propio hilo del Expediente.

Empezaremos por José María Mena, porque ocupa el centro de la documentación.

Continuaremos con Carlos Jiménez Villarejo, cuya presencia es constante en numerosos manuscritos.

Después examinaremos la aparición de José María Romero de Tejada y del resto de las personas que forman el núcleo documental.

Sólo al finalizar ese recorrido podremos responder a una pregunta fundamental:

¿Estamos ante una red de relaciones construida sobre documentos auténticos o ante una interpretación que no logra sostenerse cuando se examina caso por caso?

CAPÍTULO LXXXIV

José María Mena

Si hubiera que resumir el Expediente Royuela en un solo nombre, ése sería José María Mena.

No porque fuera el único citado.

Ni siquiera porque ocupara el cargo más importante.

Sino porque, según los Royuela, alrededor de su figura gira buena parte de los manuscritos.

Cuando comenzaron a clasificar la documentación comprobaron que su nombre aparecía centenares de veces.

A veces escrito por completo.

Otras mediante iniciales.

En ocasiones acompañado de cifras.

En otras relacionado con procedimientos judiciales o con personas que reaparecen constantemente en el archivo.

Aquella reiteración llevó a la familia Royuela a una conclusión evidente.

Si conseguían demostrar que los manuscritos habían sido escritos por José María Mena, el Expediente adquiriría una dimensión completamente distinta.

Por esa razón concentraron una parte muy importante de sus esfuerzos en los estudios caligráficos.

No era una cuestión secundaria.

Era la piedra angular de toda la investigación.

Sin embargo, conviene distinguir dos cuestiones que con frecuencia se mezclan.

La primera consiste en determinar quién escribió los manuscritos.

La segunda consiste en averiguar si cuanto aparece en ellos responde a hechos reales.

Son preguntas distintas.

La respuesta a la primera no resuelve automáticamente la segunda.

Pero sin responder afirmativamente a la primera resulta muy difícil avanzar hacia la segunda.

Ésa fue la razón por la que los Royuela consideraron indispensable demostrar la autoría antes de analizar el contenido.

A partir de ese momento, el Expediente dejó de ser únicamente una acumulación de documentos.

Se convirtió en un desafío dirigido a quien quisiera refutarlo.

La pregunta ya no era si los Royuela tenían razón.

La pregunta pasó a ser mucho más concreta.

¿Quién escribió realmente aquellos miles de páginas?

CAPÍTULO LXXXV

Carlos Jiménez Villarejo

Si José María Mena ocupa el centro del Expediente, Carlos Jiménez Villarejo constituye otro de sus nombres recurrentes.

No se trata de una aparición esporádica.

Los manuscritos lo mencionan en numerosas ocasiones, asociado, según la interpretación de los Royuela, a distintos episodios que abarcan varios años.

Antes de examinar esas referencias conviene recordar quién era.

Jiménez Villarejo fue uno de los fiscales más conocidos de España. Alcanzó gran notoriedad por su actuación en la lucha contra la corrupción y el crimen organizado, y con el tiempo se convirtió también en una figura muy presente en el debate político.

Ésa es su trayectoria pública.

El Expediente ofrece otra versión muy distinta.

Según los manuscritos, su nombre aparece relacionado con decisiones, contactos y actuaciones que los Royuela consideran incompatibles con la imagen pública que proyectó durante décadas.

Ésta es una de las contradicciones más llamativas de todo el archivo.

Dos retratos completamente opuestos de una misma persona.

¿Puede resolverse esa contradicción?

Sólo mediante documentos.

No mediante opiniones.

Por esa razón no basta con afirmar que Jiménez Villarejo aparece citado.

Hay que estudiar cómo aparece citado.

¿En qué fechas?

¿Junto a qué personas?

¿En relación con qué asuntos?

Y, sobre todo, ¿existen documentos ajenos al Expediente que permitan comprobar alguna de esas referencias?

Ése será siempre nuestro criterio.

No importa quién sea el protagonista.

Importan los documentos.

Porque un nombre repetido cien veces sigue siendo únicamente un nombre si las anotaciones no resisten el contraste con otras fuentes.

Ésa será precisamente la tarea de los próximos capítulos.

No juzgar personas.

Examinar documentos.

Y comprobar hasta dónde llegan.

Hasta dónde pueden llegar.

Y dónde empiezan las hipótesis.

CAPÍTULO LXXXVI

Brians: una prisión que aparece una y otra vez

Hay lugares que terminan convirtiéndose en personajes.

La prisión de Brians, inaugurada en 1991, es uno de ellos.

En los manuscritos del Expediente Royuela su nombre aparece con una frecuencia que llama la atención.

No porque allí ocurriera un único hecho extraordinario.

Sino porque, según la interpretación de los Royuela, diversas anotaciones convergen una y otra vez en ese centro penitenciario.

Ésa fue una de las primeras sorpresas del archivo.

Los manuscritos no parecen describir únicamente decisiones adoptadas en despachos.

También contienen referencias al mundo penitenciario.

Y eso amplía considerablemente el ámbito de la investigación.

¿Por qué Brians?

Toda prisión reúne a personas muy distintas.

Condenados.

Preventivos.

Funcionarios.

Médicos.

Abogados.

Jueces de vigilancia penitenciaria.

Policías.

Confidentes.

No resulta extraño, por tanto, que un establecimiento penitenciario aparezca citado en numerosos documentos.

La cuestión no es ésa.

La cuestión consiste en averiguar por qué aparece citado.

Según los Royuela, determinadas anotaciones sugieren que algunas decisiones relevantes no terminaban en los juzgados, sino que continuaban dentro del sistema penitenciario.

Ésa es una afirmación que exige ser examinada con extremo cuidado.

Las anotaciones

En este punto conviene seguir el mismo método empleado hasta ahora.

No empezar por las conclusiones.

Empezar por los documentos.

Las referencias a Brians suelen ser breves.

Un nombre.

Una fecha.

Una visita.

Un traslado.

Una reunión.

Leídas por separado apenas dicen nada.

Relacionadas con otras anotaciones adquieren otro significado.

Precisamente ahí reside la dificultad del Expediente.

No basta con leer una página.

Hay que reconstruir el contexto.

Una investigación por hacer

Uno de los reproches que los Royuela formulan desde hace años es que muchas de esas referencias nunca fueron objeto de una investigación oficial suficientemente amplia.

Sus críticos responden que las anotaciones, por sí mismas, no justificaban abrir procedimientos penales.

Éste es uno de los puntos donde ambas posiciones chocan frontalmente.

Y también uno de los más difíciles de resolver.

Porque exige algo más que interpretar manuscritos.

Exige contrastarlos con expedientes penitenciarios, resoluciones judiciales, testimonios y documentos administrativos.

Ésa es una tarea inmensa.

Pero también la única capaz de confirmar o descartar las hipótesis del Expediente.

Una pieza más del rompecabezas

Hasta este momento hemos visto personas.

Ahora hemos visto un escenario.

El siguiente paso consiste en unir ambas cosas.

Porque los manuscritos no sólo hablan de lugares.

También establecen relaciones entre personas, fechas y decisiones.

Y es precisamente ahí donde el Expediente intenta demostrar la existencia de una estructura.

Ésa será la siguiente pieza que examinaremos.

No con afirmaciones generales.

Sino siguiendo casos concretos, uno por uno, para comprobar hasta dónde llegan los documentos y dónde empiezan las interpretaciones.

CAPÍTULO LXXXVII

La lógica del Expediente

Después de leer centenares de manuscritos, Alberto Royuela llegó a una conclusión.

Aquellos papeles no parecían describir hechos aislados.

Según su interpretación, todos formaban parte de un mismo sistema.

No era una sucesión de casualidades.

Era una estructura.

Por eso dejó de estudiar cada documento por separado.

Empezó a relacionarlos.

Un nombre remitía a otro.

Una fecha coincidía con una resolución judicial.

Una cantidad aparecía junto a una decisión determinada.

Y una anotación aparentemente insignificante encontraba sentido cuando se comparaba con otra escrita meses después.

Ése fue el verdadero nacimiento del Expediente Royuela.

No el descubrimiento de unos manuscritos.

Sino la convicción de que todos ellos respondían a una misma lógica.

Naturalmente, ésa era una hipótesis.

Y toda hipótesis debe ponerse a prueba.

Una red, no una lista

Existe una diferencia enorme entre una lista de nombres y una red de relaciones.

Una lista sólo enumera personas.

Una red explica cómo se conectan.

Éste es el método que siguieron los Royuela.

Y también el que emplean hoy los analistas de inteligencia cuando investigan organizaciones criminales o tramas de corrupción.

No buscan únicamente protagonistas.

Buscan conexiones.

Quién habla con quién.

Quién coincide con quién.

Quién aparece repetidamente junto a determinadas decisiones.

El Expediente intenta hacer exactamente eso.

Y ahí reside tanto su fuerza como su debilidad.

Su fuerza, porque permite formular una explicación global.

Su debilidad, porque basta romper algunos de esos enlaces para que toda la construcción se resienta.

La prueba definitiva

Llegados a este punto surge una pregunta inevitable.

Si los manuscritos describen realmente una estructura organizada, ¿debería existir algún documento ajeno al propio Expediente que confirme, al menos parcialmente, esa estructura?

La respuesta sólo puede ser una.

Sí.

Y ése será precisamente nuestro trabajo.

No limitarnos a leer los manuscritos.

Buscaremos autos judiciales.

Sentencias.

Noticias de la época.

Registros mercantiles.

Boletines oficiales.

Informes periciales.

Todo aquello que permita comprobar si algunas de las conexiones descritas por el Expediente encuentran apoyo fuera del propio Expediente.

Ésa será la diferencia entre este libro y cualquier otro publicado hasta ahora.

No pediremos al lector que crea.

Le mostraremos por qué unas piezas encajan… y por qué otras siguen sin encajar.

CASO I

El asesinato del fiscal jefe de Andalucía, Luis Portero García

El 9 de octubre de 2000, el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Luis Portero García, fue asesinado en Granada cuando regresaba a su domicilio.

Dos individuos le dispararon a quemarropa.

Murió prácticamente en el acto.

La organización terrorista ETA asumió la autoría del atentado.

Éste es un hecho histórico perfectamente acreditado.

La investigación judicial concluyó atribuyendo el crimen a la banda terrorista y varios de sus miembros fueron condenados por su participación en el asesinato.

Hasta aquí no existe discusión.

Sin embargo, el Expediente Royuela introduce una interpretación completamente distinta sobre determinados aspectos relacionados con aquel crimen.

No niega la intervención de ETA.

Lo que sostiene es otra cosa.

Según diversos manuscritos atribuidos a José María Mena, el atentado habría estado rodeado de circunstancias que no respondían únicamente a la actuación de la organización terrorista.

Ésa es la tesis.

Y, precisamente por su enorme gravedad, exige ser examinada con especial cuidado.

¿Qué aporta el Expediente?

No aporta una reconstrucción completa del atentado.

Aporta anotaciones.

Nombres.

Fechas.

Referencias cruzadas.

Y diversas observaciones que, según los Royuela, relacionan aquel asesinato con personas que aparecen repetidamente en otros manuscritos.

Esas anotaciones son la base sobre la que posteriormente Kepa Tamames desarrolla su análisis.

Conviene insistir en un aspecto esencial.

Los manuscritos no sustituyen la investigación judicial.

Constituyen una fuente distinta.

La cuestión consiste en determinar si añaden información verificable o si responden únicamente a la percepción de quien los redactó.

El contexto

Luis Portero no era un fiscal cualquiera.

Había desarrollado una larga carrera profesional.

Era conocido por su firmeza y gozaba de un notable prestigio entre muchos compañeros.

Su asesinato produjo una enorme conmoción.

La reacción institucional fue inmediata.

Condenas.

Homenajes.

Investigación policial.

Proceso judicial.

Parecía un caso definitivamente cerrado.

Precisamente por eso sorprendió que, años después, el Expediente Royuela volviera a situarlo entre los asuntos que consideraba necesario revisar.

Las preguntas

Llegados a este punto conviene dejar a un lado las opiniones y formular únicamente preguntas.

¿Qué dicen exactamente los manuscritos sobre Luis Portero?

¿En qué fechas fueron redactadas esas anotaciones?

¿Pueden fecharse con seguridad?

¿Se refieren realmente al asesinato o a otros acontecimientos relacionados con él?

¿Existe algún documento externo que confirme alguno de esos extremos?

Ésas son las cuestiones importantes.

No las especulaciones.

El método

En las páginas siguientes reproduciremos y analizaremos las anotaciones que el Expediente dedica al caso Portero.

No añadiremos una sola palabra que no pueda apoyarse en un documento.

Y cada vez que una afirmación proceda exclusivamente del Expediente, el lector será advertido de ello.

Porque una investigación rigurosa no consiste en multiplicar las acusaciones.

Consiste en separar cuidadosamente tres planos distintos.

Lo que ocurrió.

Lo que dicen los manuscritos.

Lo que puede demostrarse.

Sólo así podremos valorar si el caso Luis Portero constituye uno de los pilares del Expediente Royuela… o uno de sus puntos más débiles.

CASO I (continuación)

Las anotaciones sobre Luis Portero

Las referencias al asesinato de Luis Portero no aparecen concentradas en un único documento.

Según la clasificación realizada por Alberto Royuela, se encuentran dispersas entre diversos manuscritos, redactados en fechas distintas y relacionados con personas que vuelven a aparecer en otros episodios del Expediente.

Éste es un rasgo característico de todo el archivo.

No suele ofrecer un relato completo de los hechos.

Presenta apuntes breves.

A veces apenas una línea.

Otras veces una fecha, un nombre propio y una cifra.

Aisladas, muchas de esas anotaciones resultan difíciles de interpretar.

Sólo adquieren sentido cuando se comparan con otras páginas del mismo archivo.

Precisamente por ello, los Royuela sostienen que el Expediente debe leerse como un conjunto y no como una colección de documentos independientes.

Ésa es una afirmación razonable desde el punto de vista archivístico.

Pero también obliga al investigador a extremar las precauciones.

Relacionar documentos distintos puede ayudar a comprenderlos.

También puede conducir a establecer conexiones que nunca existieron.

Por esa razón, en este libro sólo consideraremos válidas aquellas relaciones que puedan explicarse mediante datos objetivos.

¿Qué contienen esas anotaciones?

Sin reproducir aquí íntegramente los manuscritos —que el lector puede consultar en las publicaciones de los Royuela—, cabe resumir su contenido en cuatro grandes grupos.

El primero reúne referencias a reuniones o contactos entre determinadas personas.

El segundo contiene anotaciones de carácter económico, consistentes en cifras o cantidades cuya finalidad no siempre resulta evidente.

El tercero menciona decisiones o actuaciones relacionadas con procedimientos judiciales.

Y el cuarto incorpora observaciones de muy difícil interpretación, escritas de forma telegráfica y sin el contexto necesario para comprenderlas por sí solas.

No todos esos documentos poseen el mismo valor.

Algunos contienen datos perfectamente identificables.

Otros son tan ambiguos que admiten varias interpretaciones.

Ésta es una diferencia esencial que conviene no perder nunca de vista.

Lo que puede comprobarse

Una investigación seria comienza descartando aquello que no puede verificarse.

Las fechas pueden comprobarse.

Los cargos públicos también.

Las resoluciones judiciales existen.

Las publicaciones oficiales permanecen archivadas.

Los desplazamientos de determinadas personas, en ocasiones, pueden reconstruirse.

Todo eso pertenece al terreno de los hechos.

Muy distinto es atribuir intenciones.

O explicar por qué alguien tomó una determinada decisión.

Ahí termina la documentación y comienza la interpretación.

El Expediente formula muchas interpretaciones.

Nuestro trabajo consiste en averiguar cuáles encuentran respaldo documental y cuáles permanecen como simples hipótesis.

El primer contraste

En el caso de Luis Portero, la primera comprobación consiste en situar cronológicamente cada anotación.

Sólo después puede preguntarse el investigador si guarda relación con los acontecimientos conocidos.

Éste será el criterio seguido a lo largo de todo el libro.

No adaptaremos los hechos a los manuscritos.

Comprobaremos si los manuscritos encajan, o no, con los hechos.

Es un camino más lento.

Pero también mucho más seguro.

CASO I (continuación)

¿Puede falsificarse un archivo de esta magnitud?

Ésta es una de las primeras objeciones formuladas por los críticos del Expediente Royuela.

Si los manuscritos fueran falsos, alguien habría tenido que escribir miles de páginas, utilizando una misma forma de redactar, reproduciendo una caligrafía determinada, respetando fechas, nombres, cargos, lugares y referencias cruzadas durante un periodo que abarca muchos años.

No se trata de una simple carta falsificada.

Ni de un documento aislado.

Se trata de un conjunto documental extraordinariamente amplio.

Naturalmente, el tamaño de un archivo no demuestra su autenticidad.

La Historia conoce grandes falsificaciones.

Los llamados Diarios de Hitler engañaron durante un tiempo a expertos y periodistas. También la falsa donación de Constantino o los Protocolos de los Sabios de Sión circularon durante años como si fueran auténticos.

Pero todas aquellas falsificaciones acabaron descubriéndose gracias a pruebas objetivas.

El papel.

La tinta.

La cronología.

La letra.

Las contradicciones internas.

O la imposibilidad material de determinados hechos.

Ése es precisamente el camino que debe seguir cualquier investigación sobre el Expediente Royuela.

No basta con afirmar que es falso.

Hay que demostrarlo.

Y tampoco basta con afirmar que es auténtico.

También hay que demostrarlo.

Las contradicciones

Todo archivo elaborado durante años contiene errores.

Fechas equivocadas.

Nombres mal escritos.

Anotaciones incompletas.

Incluso contradicciones.

La cuestión no es si existen.

La cuestión es qué importancia tienen.

Un error menor no invalida necesariamente un archivo entero.

Pero una contradicción esencial sí puede hacerlo.

Por eso resulta imprescindible distinguir entre simples equivocaciones materiales y errores que afectan al núcleo de la investigación.

Ése será otro de nuestros criterios.

No magnificaremos los errores pequeños.

Pero tampoco ocultaremos los importantes.

Una pregunta incómoda

Hasta hoy nadie ha presentado públicamente una reconstrucción completa que explique cómo pudo fabricarse un archivo de estas dimensiones, si realmente fuera una falsificación.

Del mismo modo, tampoco nadie ha demostrado de forma concluyente que todo su contenido responda a hechos ciertos.

Entre esos dos extremos se mueve este libro.

No pretende absolver.

No pretende condenar.

Pretende examinar.

Porque, en ocasiones, una sola página auténtica puede encontrarse mezclada con otras discutibles.

Y también ocurre lo contrario.

Precisamente por eso no cabe dictar una sentencia global sobre miles de documentos sin haberlos estudiado uno por uno.

Volvamos al caso

Hecha esta precisión, regresamos al asesinato de Luis Portero.

Las anotaciones que el Expediente dedica a este asunto sólo adquieren verdadero interés cuando se comparan con la cronología conocida del atentado y con las actuaciones judiciales que siguieron al crimen.

Ése será el siguiente paso.

No preguntarnos todavía si los manuscritos tienen razón.

Sino comprobar si, al menos, coinciden con los hechos que nadie discute.

Sólo entonces podremos valorar si aportan información nueva o si, por el contrario, se limitan a reinterpretar acontecimientos ya conocidos.

CASO I (continuación)

La cronología

Toda investigación seria comienza por una pregunta muy sencilla.

¿Cuándo fue escrito cada documento?

No cuándo apareció.

No cuándo se publicó.

No cuándo llegó a manos de los Royuela.

Sino cuándo fue redactado.

Ésa es una cuestión decisiva.

Si una anotación puede fecharse con seguridad antes de producirse un determinado acontecimiento, su interés aumenta de forma extraordinaria.

Si, por el contrario, fue escrita después, el análisis cambia por completo.

Podría tratarse de una simple referencia retrospectiva.

Por eso la cronología constituye la columna vertebral de cualquier investigación documental.

Sin ella, todo queda reducido a conjeturas.

Las fechas

Los manuscritos relativos al caso Portero contienen fechas expresas y otras que deben deducirse del contexto.

En ocasiones aparecen junto al nombre de determinadas personas.

En otras, acompañando cifras o breves anotaciones.

No siempre resulta posible establecer el día exacto.

Pero, en muchos casos, sí puede determinarse un período aproximado.

Éste será uno de los trabajos más laboriosos del libro.

Reconstruir esa secuencia temporal.

No para forzar las conclusiones.

Sino para comprobar si los documentos mantienen una lógica interna.

Cuando un archivo pierde su coherencia cronológica, pierde también buena parte de su credibilidad.

Los protagonistas

Otro elemento que merece atención es la reiteración de determinados nombres.

No basta con afirmar que aparecen.

Hay que estudiar cómo aparecen.

¿Siempre asociados a las mismas personas?

¿Siempre en relación con los mismos asuntos?

¿Cambian las funciones que se les atribuyen con el paso del tiempo?

Responder a esas preguntas permite saber si nos encontramos ante simples menciones aisladas o ante un conjunto documental construido siguiendo un mismo patrón.

Ése es precisamente uno de los aspectos que más llamó la atención de Alberto Royuela.

Según su criterio, las referencias mantenían una notable coherencia interna pese a haber sido redactadas, aparentemente, en momentos distintos.

Esa observación merece ser analizada.

Pero, como siempre, sin confundir coherencia con veracidad.

Un relato puede ser perfectamente coherente y, sin embargo, no corresponderse con la realidad.

El contraste documental

Llegados aquí aparece una cuestión fundamental.

¿Existen documentos públicos que permitan confirmar, aunque sólo sea parcialmente, algunas de las anotaciones?

Ésa es la pregunta que guiará todo este libro.

No pretendemos demostrar una tesis preconcebida.

Pretendemos averiguar hasta dónde alcanzan las coincidencias.

Autos judiciales.

Nombramientos.

Cambios de destino.

Resoluciones administrativas.

Noticias publicadas en la prensa de la época.

Todo ello constituye un material imprescindible para contrastar los manuscritos.

Cuando exista coincidencia, la señalaremos.

Cuando no exista, también.

Y cuando no sea posible llegar a una conclusión, lo diremos con la misma claridad.

Prudencia

El Expediente Royuela contiene acusaciones de enorme gravedad.

Precisamente por eso exige el máximo rigor.

Una afirmación extraordinaria necesita un respaldo extraordinario.

No basta una sospecha.

No basta una intuición.

No basta una coincidencia.

Cada pieza debe sostenerse por sí misma.

Sólo entonces podrá integrarse en el conjunto.

Ésa es la diferencia entre una investigación y un alegato.

Y ésa será también la regla que seguirá este libro desde la primera hasta la última página.

CASO I (conclusión)

Lo que sabemos y lo que ignoramos

Después de analizar los manuscritos, la cronología y el contexto del asesinato de Luis Portero, es posible extraer algunas conclusiones provisionales.

La primera es evidente.

El asesinato ocurrió.

Fue investigado.

Hubo un procedimiento judicial y una sentencia.

Éstos son hechos históricos.

La segunda conclusión es igualmente clara.

El Expediente Royuela incorpora anotaciones que los Royuela consideran relacionadas con ese crimen y con determinadas personas que aparecen repetidamente en el resto del archivo.

También es un hecho.

Porque los documentos existen y pueden examinarse.

La tercera conclusión exige mayor prudencia.

Que esas anotaciones demuestren una realidad distinta de la establecida judicialmente es una cuestión que, por sí sola, el Expediente no resuelve.

Necesita apoyarse en otros documentos.

En otros testimonios.

En otras pruebas.

Y ahí comienza precisamente el trabajo del investigador.

Una enseñanza

El caso Luis Portero permite comprender cómo debe leerse todo el Expediente.

No basta con aceptar los manuscritos.

Tampoco basta con rechazarlos.

Hay que estudiarlos.

Contrastarlos.

Buscar coincidencias.

Descubrir contradicciones.

Y, cuando no exista respuesta, tener la honradez de reconocerlo.

Ésa es la única actitud compatible con una investigación seria.

Un expediente abierto

Han transcurrido más de dos décadas desde el asesinato de Luis Portero.

Durante ese tiempo se han publicado libros, artículos, entrevistas y centenares de vídeos sobre el Expediente Royuela.

Sin embargo, las preguntas esenciales permanecen abiertas.

¿Son auténticos los manuscritos?

¿Quién los escribió?

¿Reflejan hechos reales?

¿O constituyen la interpretación personal de su autor?

Responder a esas preguntas exige mucho más que opiniones.

Exige documentos.

Y eso es precisamente lo que intentaremos hacer en las páginas que siguen.

Concluye aquí el primer caso.

No porque todo haya quedado resuelto.

Sino porque ya conocemos el método de trabajo.

A partir de ahora podremos aplicarlo a otros episodios del Expediente.

CASO II

Publio Cordero: el origen de una larga batalla

Si existe un nombre inseparable de la familia Royuela, ése es el de Publio Cordero.

Mucho antes de que el Expediente adquiriera notoriedad pública, ya existía un conflicto que marcaría profundamente a Alberto Royuela y a su entorno.

No comenzó con los manuscritos.

Comenzó en los tribunales.

Según la familia Royuela, las actuaciones atribuidas a Publio Cordero fueron el punto de partida de una cadena de acontecimientos que, con el paso de los años, desembocaría en la recopilación del Expediente.

Por esa razón resulta imposible comprender la historia del archivo sin conocer antes quién era Publio Cordero, cuál fue su intervención y por qué su nombre continúa ocupando un lugar destacado en la memoria de los Royuela.

En cierto modo, aquí empieza realmente la historia.

No la historia de los manuscritos.

Sino la historia de las personas que decidieron conservarlos y hacerlos públicos.

Publio Cordero: el principio de todo

Toda historia tiene un comienzo.

En el caso del Expediente Royuela, ese comienzo no fue la aparición de unos manuscritos.

Fue un conflicto judicial.

Mucho antes de que el nombre de Alberto Royuela empezara a circular por Internet, la familia mantenía un largo enfrentamiento con la Administración de Justicia.

En el centro de ese conflicto aparece el nombre de Publio Cordero.

Para los Royuela, aquel procedimiento marcó un antes y un después.

No porque perdieran un pleito.

En cualquier Estado de Derecho cualquiera puede ganar o perder un proceso.

Lo que, según sostienen, les hizo perder la confianza fue otra cosa.

La sensación de que determinadas decisiones no respondían únicamente a criterios jurídicos.

Ésa fue la semilla.

Todo lo demás vendría después.

La pérdida de confianza

Existe un momento decisivo en cualquier investigación.

El instante en que alguien deja de pensar que se encuentra ante un error aislado y empieza a sospechar que forma parte de un problema mucho mayor.

Eso fue exactamente lo que ocurrió, según relata Alberto Royuela.

Las primeras dudas dieron paso a nuevas preguntas.

Después llegaron otros procedimientos.

Otras resoluciones.

Otros nombres.

Y la impresión de que determinadas personas aparecían una y otra vez.

Aún no existía ningún Expediente.

Sólo existía una creciente desconfianza.

Del caso particular a la hipótesis general

Éste fue el verdadero cambio.

Mientras una persona cree haber sufrido una injusticia concreta, busca reparar ese daño.

Cuando empieza a pensar que existen pautas que se repiten, deja de estudiar únicamente su caso y comienza a observar el conjunto.

Eso hizo Alberto Royuela.

Empezó a guardar documentos.

Providencias.

Autos.

Sentencias.

Recortes de prensa.

Anotaciones.

Cualquier papel que pudiera resultar útil en el futuro.

Sin saberlo, estaba construyendo el primer archivo.

No el Expediente Royuela.

Pero sí los cimientos sobre los que más tarde se levantaría.

Una actitud poco frecuente

La mayoría de los litigios terminan cuando se dicta una sentencia.

Las partes pasan página.

Los documentos acaban olvidados en un archivo.

Los Royuela hicieron exactamente lo contrario.

Conservaron prácticamente todo.

Clasificaron.

Compararon.

Anotaron.

Volvieron una y otra vez sobre los mismos nombres.

Esa perseverancia explica, en buena medida, por qué años después pudieron relacionar unos documentos con otros.

Sin aquella labor paciente, el Expediente nunca habría llegado a existir.

Una pregunta inevitable

¿Fue aquella desconfianza el resultado de una experiencia personal especialmente amarga?

¿O respondía realmente a la existencia de irregularidades que merecían ser investigadas?

Ésa es la cuestión.

Y precisamente por eso este libro no pretende responderla de antemano.

Lo hará, si puede, al final del camino.

Porque las respuestas no deben preceder a las pruebas.

Las pruebas son las que deben conducir a las respuestas.

CAPÍTULO LXXXVIII

Los primeros manuscritos

Todo archivo tiene un origen.

Ningún expediente aparece de la noche a la mañana con miles de documentos perfectamente ordenados.

También el Expediente Royuela tuvo un principio.

Según el relato mantenido por Alberto Royuela durante años, los primeros manuscritos llegaron a sus manos de forma gradual.

No era un conjunto completo.

Eran hojas sueltas.

Algunas parecían carecer de importancia.

Otras contenían nombres conocidos.

Otras resultaban prácticamente incomprensibles.

En aquel momento nadie podía imaginar la dimensión que acabaría alcanzando aquel archivo.

Un lenguaje extraño

Lo primero que llamó la atención fue la forma de escribir.

No se trataba de cartas.

Ni de informes.

Ni de resoluciones judiciales.

Las anotaciones eran breves.

A veces telegráficas.

Con frecuencia aparecían nombres propios acompañados únicamente de una cifra o de una palabra.

Quien las redactó daba por supuesto que volvería a leerlas.

No necesitaba explicar nada.

Ésa es una característica frecuente en los apuntes personales.

No están escritos para un lector desconocido.

Están escritos para quien conoce ya el contexto.

Precisamente por eso resultan tan difíciles de interpretar décadas después.

Conservar antes que interpretar

Alberto Royuela tomó entonces una decisión que marcaría todo lo que vino después.

No intentó completar los vacíos con su imaginación.

Guardó cada hoja.

La clasificó.

La fechó cuando fue posible.

Y esperó.

Sabía que un documento aislado dice muy poco.

Pero también sabía que un segundo documento puede aclarar el primero.

Y un tercero explicar los dos anteriores.

Ése fue el método.

Paciencia.

Orden.

Memoria.

El crecimiento del archivo

Con el paso de los años el número de manuscritos aumentó.

También crecieron las posibilidades de comparación.

Un nombre que aparecía en una hoja volvía a encontrarse meses después en otra distinta.

Una cifra coincidía con otra anotación.

Un mismo asunto reaparecía desde perspectivas diferentes.

Fue entonces cuando Alberto Royuela dejó de ver hojas dispersas y empezó a ver un conjunto.

No afirmaba todavía que todo fuera cierto.

Pero sí que todo parecía responder a una misma lógica.

Aquella intuición fue el verdadero nacimiento del Expediente Royuela.

Una decisión trascendental

Muchos habrían destruido aquellos papeles.

Otros los habrían olvidado en un cajón.

Los Royuela hicieron lo contrario.

Los conservaron.

Y años más tarde decidieron hacerlos públicos.

Esa decisión cambió por completo la naturaleza del archivo.

Mientras permanecía en el ámbito privado, era una recopilación familiar.

Desde el momento en que comenzó a difundirse por Internet, pasó a convertirse en un asunto de interés público.

Y, como toda información de interés público, quedó expuesta al examen, a la crítica y al contraste.

Fue entonces cuando el Expediente dejó de pertenecer exclusivamente a la familia Royuela.

Pasó a pertenecer también al juicio de los lectores.

CAPÍTULO LXXXIX

¿Por qué hacerlo público?

Durante años, el Expediente Royuela permaneció fuera del conocimiento de la inmensa mayoría de los españoles.

No ocupaba titulares.

No era objeto de debates televisivos.

Ni aparecía en los grandes periódicos.

Era, sencillamente, un archivo privado.

Entonces surgió una pregunta.

¿Qué hacer con él?

Conservarlo indefinidamente no servía de mucho.

Destruirlo suponía renunciar para siempre a su contenido.

Quedaba una tercera posibilidad.

Hacerlo público.

Ésa fue la decisión adoptada por Alberto Royuela.

Una decisión discutida

Desde el primer momento surgieron críticas.

Algunos sostuvieron que el archivo debía haberse entregado exclusivamente a la Policía, a la Fiscalía o a un juzgado.

Otros respondieron que ya se habían intentado distintas vías institucionales sin obtener, a su juicio, una investigación suficiente.

Sea cual fuere la valoración que merezca esa decisión, una cosa resulta indiscutible.

La publicación del Expediente cambió completamente las reglas del juego.

A partir de ese momento cualquiera podía leer los manuscritos.

Examinarlos.

Criticarlos.

Intentar refutarlos.

O buscar documentos que apoyaran alguna de sus afirmaciones.

El archivo dejaba de ser un patrimonio familiar para convertirse en objeto de escrutinio público.

Internet como archivo

Hace apenas unas décadas, un conjunto documental de estas dimensiones habría permanecido prácticamente inaccesible.

Internet cambió esa realidad.

Miles de páginas pudieron consultarse desde cualquier lugar.

Vídeos, entrevistas, conferencias y debates multiplicaron la difusión del Expediente.

Esa publicidad tuvo un doble efecto.

Por una parte, atrajo a personas interesadas en estudiarlo.

Por otra, generó una intensa corriente de rechazo.

Era inevitable.

Cuanto más grave es una denuncia, mayor debe ser el rigor con que se examina.

Y mayor también la resistencia que provoca.

Una ventaja inesperada

La publicación produjo un efecto que probablemente sus autores no habían previsto.

Cada nuevo lector podía convertirse en un colaborador.

Algunos localizaron documentos.

Otros encontraron errores.

Hubo quien identificó fechas.

Quien aportó recortes de prensa.

Quien recordó acontecimientos olvidados.

En cierto modo, el análisis del Expediente dejó de depender exclusivamente de la familia Royuela.

Se convirtió en una investigación abierta.

Naturalmente, esa apertura también tuvo inconvenientes.

Aparecieron interpretaciones precipitadas.

Conclusiones poco fundamentadas.

Incluso afirmaciones imposibles de sostener.

Eso ocurre en cualquier investigación pública.

Precisamente por ello resulta imprescindible distinguir siempre entre el documento original y las interpretaciones posteriores.

El juicio de la opinión pública

Hasta entonces, el Expediente sólo podía ser aceptado o rechazado por quienes lo conocían.

Desde su publicación quedó sometido a otro tribunal.

La opinión pública.

No es un tribunal jurídico.

Ni científico.

Pero sí influye poderosamente en la difusión de cualquier investigación.

Algunos consideraron el Expediente una de las mayores revelaciones de la historia reciente de España.

Otros lo calificaron de pura ficción.

Entre ambos extremos existe un amplio espacio para el análisis sereno.

Y ése es el lugar donde pretende situarse este libro.

No para alimentar la credulidad.

Tampoco para practicar el escepticismo sistemático.

Sino para examinar los documentos con el mayor rigor posible.

Porque, al final, un expediente no se defiende con consignas.

Se defiende —o se desmiente— documento a documento.

CAPÍTULO XC

De un archivo familiar a un fenómeno de Internet

Durante años, el Expediente Royuela fue prácticamente desconocido.

Fuera del reducido círculo de la familia y de algunas personas próximas, nadie hablaba de aquellos manuscritos.

Todo cambió con Internet.

Las primeras publicaciones despertaron curiosidad.

Después llegaron las entrevistas.

Las conferencias.

Los canales de vídeo.

Las redes sociales.

Miles de personas comenzaron a examinar unos documentos que hasta entonces permanecían ocultos.

Por primera vez, el Expediente dejaba de depender exclusivamente de la interpretación de la familia Royuela.

Cualquiera podía leer los manuscritos y sacar sus propias conclusiones.

El papel de Kepa Tamames

En esa etapa adquirió especial relevancia Kepa Tamames, uno de los principales divulgadores del Expediente.

Su labor consistió, sobre todo, en ordenar una documentación extremadamente compleja y hacerla comprensible para un público que desconocía por completo su existencia.

Horas de conferencias.

Entrevistas.

Análisis.

Debates.

Ese trabajo permitió que miles de personas se acercaran al Expediente sin tener que enfrentarse de golpe a miles de páginas manuscritas.

Al mismo tiempo, sus exposiciones suscitaron críticas.

Para unos, facilitaban la comprensión del archivo.

Para otros, incorporaban interpretaciones que iban más allá del contenido literal de los documentos.

Ésa es una diferencia importante.

Los manuscritos constituyen la fuente original.

Las conferencias son una explicación de esos manuscritos.

Ambas cosas no deben confundirse.

Las redes sociales

Pocas investigaciones habrían alcanzado semejante difusión sin Internet.

Cada entrevista generaba nuevas preguntas.

Cada vídeo era analizado por centenares de espectadores.

Algunos encontraban coincidencias documentales.

Otros señalaban errores.

Otros rechazaban de plano todo el contenido.

Así nació una comunidad de personas interesadas en estudiar el Expediente.

No todas llegaban a las mismas conclusiones.

Pero compartían una característica.

Leían los documentos.

Ésa fue, probablemente, la mayor aportación de las nuevas tecnologías.

Convertir un archivo privado en un objeto de examen colectivo.

Entre el entusiasmo y el rechazo

La reacción fue inmediata.

Para algunos, el Expediente demostraba la existencia de una extensa red de corrupción enquistada en instituciones del Estado.

Para otros, no era más que una acumulación de papeles sin valor probatorio.

Entre ambas posiciones apenas existían puntos de encuentro.

Y, sin embargo, la realidad era más compleja.

Había documentos verificables.

Otros resultaban ambiguos.

Y algunos seguían sin encontrar explicación.

Precisamente por eso este libro no pretende alimentar ninguna de las dos posturas.

Su propósito consiste en estudiar el Expediente con el mismo criterio que emplearía un historiador ante un archivo recién descubierto.

Sin prejuicios.

Pero también sin credulidad.

Una consecuencia inesperada

La enorme difusión del Expediente produjo un efecto difícil de prever.

Cada nuevo lector aportaba conocimientos distintos.

Un abogado reparaba en un detalle procesal.

Un policía reconocía determinados procedimientos.

Un funcionario identificaba la estructura de una administración.

Un periodista localizaba noticias olvidadas.

Un archivero advertía la importancia de una fecha.

Poco a poco, el análisis dejó de depender de una sola persona.

El Expediente comenzó a ser estudiado desde perspectivas muy diferentes.

Y eso, con independencia de las conclusiones que cada uno alcanzara, enriqueció el debate.

CAPÍTULO XCI

Anatomía del Expediente

Antes de analizar el contenido de los manuscritos conviene detenerse en un aspecto que suele pasar inadvertido.

Su aspecto material.

No estamos ante un libro.

Ni ante un informe oficial.

Tampoco ante un sumario judicial.

El Expediente Royuela es un conjunto heterogéneo de documentos acumulados durante años.

Precisamente esa diversidad constituye una de sus características más llamativas.

Un archivo, no un manuscrito

Con frecuencia se habla del Expediente como si fuera un único documento.

No lo es.

Se trata de un archivo compuesto por miles de páginas de naturaleza muy distinta.

Hojas manuscritas.

Anotaciones breves.

Agendas.

Papeles con membretes.

Fotocopias.

Recortes de prensa.

Resoluciones judiciales.

Correspondencia.

Notas sin fecha.

Y documentos cuya finalidad no siempre resulta fácil de identificar.

No todos poseen el mismo interés.

Ni el mismo valor probatorio.

Cada uno debe estudiarse según su propia naturaleza.

La escritura

Uno de los rasgos que primero llama la atención es la abundancia de anotaciones manuscritas.

No responden siempre al mismo formato.

Algunas ocupan una página completa.

Otras apenas contienen dos o tres líneas.

En ocasiones aparecen palabras subrayadas.

Correcciones.

Tachaduras.

Añadidos escritos con otra tinta.

Incluso signos cuyo significado sólo puede deducirse comparándolos con otros documentos.

Todo ello sugiere un archivo de trabajo.

No un texto redactado para su publicación.

Agendas y cuadernos

Entre los documentos figuran también agendas y cuadernos donde las anotaciones siguen un orden cronológico más o menos regular.

Ese detalle reviste especial importancia.

Las agendas suelen escribirse conforme transcurren los acontecimientos.

Modificar posteriormente cientos de páginas manteniendo la coherencia interna resulta extraordinariamente difícil.

Eso no demuestra, por sí solo, que todo su contenido sea cierto.

Pero convierte el análisis material en una cuestión esencial.

Las abreviaturas

Otro rasgo constante es el uso de abreviaturas.

Iniciales.

Símbolos.

Nombres incompletos.

Cantidades expresadas de forma esquemática.

Quien redactó esas notas no parecía pensar en un lector futuro.

Escribía para sí mismo.

O para un reducido grupo de personas que compartían el mismo código.

Ésa es una de las mayores dificultades del Expediente.

No basta con leer.

Hay que descifrar.

Y descifrar exige comparar unas páginas con otras.

El paso del tiempo

También el tiempo ha dejado su huella.

Hay documentos amarillentos.

Otros conservan mejor el papel.

Las tintas presentan tonalidades diferentes.

Algunas hojas muestran señales de haber sido dobladas durante años.

Otras parecen proceder de blocs o cuadernos distintos.

Estos detalles, aparentemente secundarios, poseen un enorme interés.

Porque ayudan a reconstruir la historia material del archivo.

Un documento no sólo habla por lo que dice.

También por el papel en que está escrito.

Por la tinta utilizada.

Por el lugar que ocupa dentro del conjunto.

Un rompecabezas

Contemplar el Expediente por primera vez produce una impresión extraña.

No parece una investigación terminada.

Se asemeja más a un inmenso rompecabezas al que todavía le faltan piezas.

Ésa es, quizá, la mejor imagen para describirlo.

Miles de fragmentos.

Algunos encajan entre sí.

Otros permanecen aislados.

Y unos cuantos parecen pertenecer a un dibujo completamente distinto.

Precisamente por eso resulta imprescindible resistir una tentación muy humana.

La de completar los huecos con la imaginación.

El deber del investigador consiste en colocar únicamente aquellas piezas que realmente encajan.

Las demás deben permanecer donde están hasta que aparezcan nuevos datos capaces de explicar su lugar dentro del conjunto.

CAPÍTULO XCII

El dinero

Hay un elemento que aparece de forma constante en el Expediente Royuela.

El dinero.

No grandes balances.

No cuentas bancarias completas.

Sino anotaciones breves.

Cantidades.

Iniciales.

Fechas.

En ocasiones, una simple cifra acompañada de un nombre.

Según la interpretación de los Royuela, esas anotaciones reflejarían pagos relacionados con determinadas actuaciones.

Ésa es una afirmación extraordinariamente grave.

Y, precisamente por ello, debe examinarse con el máximo rigor.

Las cifras, por sí solas, no demuestran nada.

Una cantidad puede significar muchas cosas.

Un préstamo.

Un gasto.

Un pago legítimo.

O cualquier otra operación.

Sin un contexto suficiente, el documento permanece abierto a varias interpretaciones.

Sin embargo, cuando determinadas cantidades aparecen repetidamente junto a los mismos nombres y en fechas próximas a determinados acontecimientos, el interés de esas anotaciones aumenta.

No porque prueben un delito.

Sino porque justifican nuevas preguntas.

Ésa es la diferencia entre un indicio y una prueba.

El indicio invita a investigar.

La prueba permite afirmar.

Conviene no confundir ambos conceptos.

En los capítulos siguientes analizaremos algunas de esas anotaciones económicas, comparándolas con hechos conocidos y con documentos públicos cuando existan.

Sólo así podremos valorar si esas cifras constituyen simples apuntes privados o si esconden una realidad más compleja.

CAPÍTULO XCIII

Las agendas

Entre todos los documentos del Expediente Royuela, las agendas ocupan un lugar especial.

No llaman la atención por su aspecto.

Son, en apariencia, simples agendas de trabajo, semejantes a las que utilizan miles de profesionales para anotar citas, reuniones o recordatorios.

Precisamente esa sencillez explica el interés que han despertado.

Quien escribe una agenda suele hacerlo para sí mismo.

No piensa en un juez.

Ni en un periodista.

Ni en un historiador.

Escribe para no olvidar.

Por eso las agendas constituyen, desde hace siglos, una valiosa fuente documental.

Ahora bien, una agenda tampoco es un documento infalible.

Puede contener errores.

Citas anuladas.

Proyectos que nunca llegaron a realizarse.

O simples recordatorios.

Por esa razón, cada anotación debe estudiarse dentro de su contexto.

En el Expediente aparecen nombres, fechas y breves referencias que, según los Royuela, guardan relación con hechos posteriores.

La cuestión consiste en averiguar si esa relación existe realmente o si responde únicamente a una interpretación retrospectiva.

Ése será nuestro trabajo.

No leer una agenda como quien lee una novela.

Sino como quien examina una pieza de un archivo histórico.


CAPÍTULO XCIV

Los nombres repetidos

En cualquier archivo extenso es normal que determinados nombres aparezcan más veces que otros.

Lo importante no es cuántas veces aparecen.

Lo importante es por qué.

En el Expediente Royuela existen personas cuyo nombre surge de manera constante a lo largo de los años.

No siempre desempeñando el mismo papel.

Ni siempre relacionado con los mismos asuntos.

Ese hecho merece atención.

No porque demuestre nada por sí mismo.

Sino porque permite reconstruir relaciones entre documentos aparentemente independientes.

Ésta es una técnica habitual en investigación criminal, en Historia y en periodismo de investigación.

Se llama análisis de vínculos.

Consiste en identificar conexiones.

No en inventarlas.

Por eso, cuando un nombre reaparece una y otra vez, el investigador no debe extraer conclusiones precipitadas.

Debe formular una pregunta.

¿Por qué?

Responder a esa pregunta exige acudir a otras fuentes.

Ése será también nuestro método.


CAPÍTULO XCV

Los silencios

Un documento no sólo habla por lo que dice.

También por lo que calla.

Hay anotaciones sorprendentemente escuetas.

Una inicial.

Una cantidad.

Una fecha.

Nada más.

Para quien las escribió quizá bastaban tres palabras.

Para quien las lee veinte años después resultan casi indescifrables.

Ese problema acompaña a todos los historiadores.

Los archivos rara vez responden a todas las preguntas.

Obligan a reconstruir contextos.

A comparar documentos.

A descartar interpretaciones demasiado imaginativas.

En el Expediente Royuela ocurre exactamente igual.

Muchos de sus silencios son tan importantes como sus afirmaciones.

Y conviene respetarlos.

Porque llenar esos vacíos con conjeturas sería traicionar el propio sentido de una investigación.

CAPÍTULO XCVI

Los nombres en clave

Uno de los aspectos más desconcertantes del Expediente Royuela es que no todas las personas aparecen identificadas con su nombre y apellidos.

En numerosas ocasiones sólo figura una inicial.

Otras veces un apodo.

En algunos casos, una abreviatura cuyo significado sólo parece comprender quien redactó la anotación.

Ese modo de escribir plantea un problema evidente.

¿Cómo saber a quién se refiere realmente cada apunte?

Los Royuela sostienen que muchas de esas claves pudieron descifrarse comparando cientos de documentos.

Una inicial repetida junto a un mismo cargo.

Una fecha coincidente.

Una reunión.

Un traslado.

Poco a poco, fueron elaborando un cuadro de equivalencias.

Naturalmente, ese trabajo debe examinarse con cautela.

Identificar correctamente una inicial exige algo más que una intuición.

Requiere varias coincidencias independientes que conduzcan a la misma persona.

Cuando eso ocurre, la hipótesis gana consistencia.

Cuando no ocurre, la prudencia obliga a dejar la incógnita sin resolver.

En una investigación seria también hay preguntas sin respuesta.

Y no pasa nada por reconocerlo.


CAPÍTULO XCVII

El valor de una coincidencia

Uno de los errores más frecuentes consiste en atribuir a cualquier coincidencia un significado extraordinario.

No toda coincidencia demuestra una relación.

En una investigación amplia es inevitable que algunos nombres, fechas o lugares coincidan por simple azar.

Por eso el investigador nunca trabaja con una sola coincidencia.

Busca varias.

Si una fecha coincide con un nombramiento, el dato resulta interesante.

Si, además, coincide con una anotación manuscrita y con una resolución judicial, el interés aumenta.

Y si un cuarto documento independiente confirma esa misma secuencia, la hipótesis empieza a adquirir solidez.

Éste es el criterio que seguiremos.

No construiremos una conclusión sobre una única pieza.

Esperaremos a que varias piezas encajen entre sí.

Ésa es la diferencia entre una sospecha y una inferencia razonable.


CAPÍTULO XCVIII

Los errores del Expediente

Todo archivo extenso contiene errores.

Sería extraño que no los hubiera.

Fechas equivocadas.

Nombres incompletos.

Cantidades mal copiadas.

Anotaciones confusas.

El Expediente Royuela no constituye una excepción.

La cuestión importante no es si existen errores.

La cuestión consiste en determinar si esos errores afectan al núcleo de las afirmaciones o si se trata simplemente de equivocaciones materiales.

Ésa será también una tarea del libro.

No ocultar los fallos.

Al contrario.

Señalarlos.

Analizarlos.

Y valorar su importancia.

Porque un investigador pierde toda credibilidad cuando sólo muestra aquello que favorece su tesis.

La crítica forma parte inseparable de cualquier investigación honrada.

Precisamente por eso dedicaremos un capítulo específico a las objeciones formuladas contra el Expediente.

No para despacharlas con cuatro frases.

Sino para examinarlas con el mismo rigor que aplicaremos a los propios manuscritos.

CAPÍTULO XCIX

¿Quién escribió los manuscritos?

Hay una pregunta de la que depende todo el Expediente Royuela.

No es quién aparece citado.

Ni qué cantidades figuran en las anotaciones.

Ni siquiera si los hechos descritos llegaron realmente a producirse.

La pregunta decisiva es otra.

¿Quién escribió los manuscritos?

Si la respuesta fuera distinta de la que sostienen los Royuela, buena parte del debate cambiaría de naturaleza.

Por eso la autoría constituye la primera cuestión que debe resolver cualquier investigador.

Antes incluso de analizar el contenido.

La importancia de la letra

Desde hace siglos, la escritura manuscrita se utiliza como medio de identificación.

Ninguna persona escribe exactamente igual que otra.

Con los años la letra evoluciona.

Puede hacerse más temblorosa.

Más rápida.

Más irregular.

Pero conserva rasgos personales que permiten compararla con otros escritos.

Eso explica la importancia de los informes caligráficos.

No determinan si un documento dice la verdad.

Sólo intentan responder a una pregunta mucho más modesta.

¿Fue escrito por la misma mano?

Los estudios realizados

La familia Royuela encargó diversos estudios periciales sobre la escritura atribuida a José María Mena.

Según sostiene, las conclusiones respaldan la atribución de una parte sustancial de los manuscritos.

Sus detractores discrepan de esa valoración y cuestionan el alcance o la fuerza probatoria de esos informes.

Éste es, probablemente, uno de los aspectos más controvertidos del Expediente.

Y también uno de los pocos que admite un análisis técnico relativamente objetivo.

Una letra puede compararse.

Un trazo puede medirse.

Una inclinación puede analizarse.

No sucede lo mismo con las intenciones de quien escribe.

Lo que un peritaje puede demostrar

Conviene evitar un error frecuente.

Un informe caligráfico no demuestra que el contenido de un documento sea cierto.

Demuestra, en su caso, que una determinada persona fue quien lo escribió.

Nada más.

Pero tampoco nada menos.

Porque, si pudiera acreditarse de forma sólida que los manuscritos proceden realmente de la persona a la que se atribuyen, el debate cambiaría por completo.

La discusión dejaría de centrarse en la autenticidad material de los documentos para trasladarse a la veracidad de lo que cuentan.

Y ésa ya sería otra cuestión.

El siguiente paso

Por esa razón dedicaremos los próximos capítulos a examinar los informes periciales conocidos.

No para sustituir el trabajo de los expertos.

Sino para explicar, con un lenguaje comprensible, cuáles fueron sus conclusiones, qué objeciones se les han formulado y qué alcance real pueden tener dentro de una investigación como ésta.

Porque, al final, la letra no dicta sentencia.

Pero puede abrir —o cerrar— la puerta por la que debe entrar toda la investigación.


CAPÍTULO C

Cuando la ciencia entra en escena

Hasta este momento el Expediente Royuela se ha movido entre documentos, testimonios y reconstrucciones históricas.

Con la intervención de los peritos aparece un elemento nuevo.

La ciencia.

El análisis caligráfico no se basa en intuiciones ni en impresiones personales.

Examina proporciones.

Presión del útil de escritura.

Dirección de los trazos.

Separación entre palabras.

Formación de letras.

Ritmo gráfico.

Son aspectos que escapan al observador inexperto, pero que adquieren importancia cuando se comparan centenares de muestras.

Precisamente por eso los informes periciales ocupan un lugar tan destacado en el debate sobre el Expediente.

No resuelven todas las preguntas.

Pero ayudan a responder una de las primeras.

Si las conclusiones son sólidas, el investigador dispone de un punto de apoyo objetivo.

Si no lo son, el resto del análisis queda inevitablemente debilitado.

Por eso, antes de volver a los grandes casos, conviene detenerse unas páginas en esos informes.

No para convertir este libro en un manual de grafística.

Sino para comprender qué pueden demostrar… y qué no pueden demostrar.

CAPÍTULO CI

Los informes periciales: qué dicen y qué no dicen

Con frecuencia se presenta la pericia caligráfica como si fuera la prueba definitiva del Expediente Royuela.

No lo es.

Pero tampoco puede despacharse como un asunto sin importancia.

Su verdadero alcance se encuentra entre ambos extremos.

Los informes periciales conocidos parten de una pregunta muy concreta.

¿Fueron escritos los manuscritos por la misma persona cuya letra se utiliza como elemento de comparación?

Eso es todo.

No investigan homicidios.

No estudian delitos.

No valoran responsabilidades penales.

Únicamente comparan escrituras.

Los peritos analizan la inclinación de las letras, la presión del trazo, la separación entre palabras, la forma de unir determinados caracteres, la velocidad de escritura y decenas de rasgos que suelen permanecer estables a lo largo de la vida de una persona.

A partir de ese examen emiten una conclusión técnica.

Si consideran que existe identidad gráfica, afirman que ambos escritos proceden, con un alto grado de probabilidad, de la misma mano.

Si encuentran diferencias incompatibles, llegan a la conclusión contraria.

Ésa es la función del perito.

Nada más.

Pero tampoco nada menos.

En el caso del Expediente Royuela, los informes difundidos por la familia sostienen que una parte sustancial de los manuscritos fue escrita por José María Mena.

Ésa es la conclusión pericial.

A partir de ahí comienza otro debate completamente distinto.

Aunque la autoría pudiera darse por acreditada, seguiría siendo necesario demostrar que el contenido de las anotaciones responde a hechos reales.

Una persona puede escribir algo falso.

También puede escribir algo cierto.

La letra identifica al autor.

No convierte automáticamente en verdadero lo escrito.

Del mismo modo, quienes discrepan de esos informes tienen la carga de explicar por qué consideran erróneas sus conclusiones.

No basta con rechazarlas.

Deben señalar errores metodológicos, muestras inadecuadas o cualquier otra circunstancia que reduzca su valor científico.

Ése es el terreno donde debe desarrollarse la discusión.

No en las descalificaciones personales.

Ni en las simpatías o antipatías que despierte el Expediente.

Al finalizar el estudio de los informes periciales, el lector puede extraer una conclusión sencilla.

La grafística no resuelve el Expediente Royuela.

Pero tampoco puede ignorarse.

Constituye una pieza importante del rompecabezas.

Una pieza que debe valorarse junto con todas las demás.

Y no aisladamente.

Lo que cuentan los manuscritos


CAPÍTULO CII

El dinero y el poder

Existe un viejo principio en toda investigación criminal.

Siga el dinero.

Las personas pueden mentir.

Los recuerdos pueden deformarse.

Incluso los documentos pueden interpretarse de maneras distintas.

Pero el dinero deja huellas.

Por esa razón, las anotaciones económicas ocupan un lugar destacado dentro del Expediente Royuela.

No porque demuestren por sí mismas la existencia de delito alguno.

Sino porque, según la interpretación de los Royuela, permiten reconstruir relaciones entre personas, decisiones y acontecimientos.

Las cantidades anotadas suelen ser escuetas.

Una cifra.

Una inicial.

Un nombre.

En ocasiones, una fecha.

Nada más.

A primera vista parecen apuntes sin importancia.

Sin embargo, cuando esas cifras reaparecen junto a las mismas personas y en momentos especialmente significativos, dejan de ser simples anotaciones aisladas para convertirse en una línea de investigación.

Naturalmente, una cantidad escrita en un papel no acredita un pago ilícito.

Podría corresponder a cualquier operación legítima.

Precisamente por eso resulta imprescindible buscar documentos complementarios.

Extractos bancarios.

Declaraciones tributarias.

Escrituras.

Contratos.

Movimientos patrimoniales.

O cualquier otro dato objetivo que permita comprender el significado de aquellas cifras.

Ésa será la tarea.

No dar por sentado aquello que todavía debe demostrarse.

Sino preguntar si esas anotaciones encuentran apoyo fuera del propio Expediente.

Porque, si no existe ese apoyo, las cifras seguirán siendo únicamente cifras.


CAPÍTULO CIII

La importancia de las fechas

Hay un detalle que muchos lectores pasan por alto.

Las fechas.

Sin embargo, para un investigador constituyen uno de los elementos más valiosos de cualquier documento.

Una fecha permite ordenar los hechos.

Separar causas de consecuencias.

Descartar hipótesis imposibles.

Y descubrir coincidencias que de otro modo pasarían inadvertidas.

Por eso, antes de analizar cualquier anotación, conviene situarla en el tiempo.

¿Fue escrita antes del acontecimiento al que parece referirse?

¿Después?

¿Mucho después?

No es una cuestión menor.

Una anotación previa puede adquirir un enorme interés.

Una anotación posterior exige otro tipo de valoración.

El Expediente contiene centenares de referencias temporales.

Algunas son precisas.

Otras aproximadas.

Y unas cuantas deben deducirse del contexto.

Reconstruir esa cronología será uno de los trabajos más delicados de esta investigación.

Porque un expediente sin cronología es como un mapa sin escala.

Puede resultar llamativo.

Pero difícilmente conduce a una conclusión fiable.


CAPÍTULO CIV

Cuando los documentos coinciden

Un documento aislado rara vez basta para convencer.

Dos documentos independientes que apuntan en la misma dirección empiezan a llamar la atención.

Tres ya obligan a detenerse.

Ésa es la razón por la que los investigadores buscan siempre confirmaciones cruzadas.

No se trata de acumular papeles.

Se trata de comprobar si unos respaldan a otros.

En el Expediente Royuela aparecen, en ocasiones, anotaciones manuscritas que coinciden con hechos públicos.

Nombramientos.

Cambios de destino.

Resoluciones judiciales.

Reuniones conocidas.

Esas coincidencias no prueban automáticamente el resto del contenido.

Pero tampoco pueden ignorarse.

Cada una de ellas merece una pregunta.

¿Se trata de una casualidad?

¿O de un dato que refuerza la credibilidad del conjunto?

Ésa será la actitud que mantendremos durante toda esta parte del libro.

No buscaremos confirmar una tesis.

Buscaremos comprender qué dicen realmente los documentos.

Y, sobre todo, qué son capaces de demostrar.

CASO III

Ernest Lluch

El 21 de noviembre de 2000, apenas seis semanas después del asesinato del fiscal Luis Portero García, ETA asesinó en Barcelona al exministro de Sanidad Ernest Lluch Martín.

El crimen conmocionó a toda España.

Lluch era una figura muy conocida de la política nacional. Había sido ministro entre 1982 y 1986, diputado durante varias legislaturas y rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. En los últimos años se había significado por su defensa del diálogo para poner fin al terrorismo.

ETA reivindicó el atentado.

La investigación policial identificó a sus autores y la Justicia dictó las correspondientes condenas.

Éstos son hechos acreditados.

Hasta aquí no existe controversia.

Lo que sostiene el Expediente

El Expediente Royuela vuelve a mencionar este asesinato.

No para negar la participación de ETA.

Sino para sugerir que determinadas circunstancias del caso merecerían una investigación más amplia.

Los manuscritos contienen anotaciones que los Royuela consideran relacionadas con aquel crimen.

Como ocurre en otros episodios, esas referencias aparecen dispersas.

No forman un relato continuo.

Son apuntes breves que deben interpretarse conjuntamente.

Ése es precisamente uno de los mayores problemas del Expediente.

Obliga al investigador a reconstruir el contexto antes de extraer conclusiones.

El primer contraste

La primera tarea consiste en comprobar si las fechas de esas anotaciones guardan relación con los hechos conocidos.

Después habrá que examinar si los nombres que aparecen citados coinciden con personas que ya figuraban en otros documentos del mismo archivo.

Sólo entonces podrá plantearse una pregunta más ambiciosa.

¿Aportan esos manuscritos algún dato desconocido?

¿O simplemente reinterpretan acontecimientos ya conocidos?

Ésa será la cuestión que intentaremos responder.

No mediante opiniones.

Mediante documentos.


CASO IV

Las anotaciones económicas

Si hubiera que elegir un elemento común a la mayor parte del Expediente, probablemente sería éste.

Las anotaciones económicas.

No aparecen como libros de contabilidad.

Ni como balances.

Ni como extractos bancarios.

Son apuntes muy breves.

Cantidades.

Iniciales.

Nombres.

A veces una simple cifra escrita al margen de una página.

Precisamente esa aparente simplicidad explica la dificultad de interpretarlas.

Una cifra aislada no significa nada.

Una cifra repetida junto al mismo nombre empieza a despertar interés.

Y varias cifras relacionadas con acontecimientos concretos justifican una investigación más profunda.

Eso, exactamente eso, y nada más, es lo que permiten afirmar esos documentos.

El resto pertenece todavía al terreno de las hipótesis.

Un trabajo pendiente

Las anotaciones económicas constituyen, quizá, la parte del Expediente que mejor podría contrastarse mediante documentación externa.

Registros mercantiles.

Escrituras públicas.

Movimientos patrimoniales.

Declaraciones fiscales.

Embargos.

Compras.

Ventas.

Si algún día se realizara una investigación exhaustiva, probablemente sería por ahí por donde debería comenzar.

Porque el dinero, cuando existe, suele dejar rastro.

Y cuando no deja ninguno, también conviene preguntarse por qué.


CASO V

Las agendas

Los investigadores suelen conceder un valor especial a las agendas personales.

No porque sean infalibles.

Sino porque normalmente se escriben para uso propio.

Quien anota una cita en una agenda no piensa que, veinte años después, alguien examinará aquella página con una lupa.

Escribe deprisa.

Para recordar.

Nada más.

En el Expediente Royuela las agendas cumplen precisamente esa función.

No contienen largos relatos.

Contienen fragmentos.

Nombres.

Horas.

Lugares.

Abreviaturas.

Algunas anotaciones pueden identificarse con facilidad.

Otras siguen siendo un enigma.

Por eso resulta imprescindible resistir una tentación.

La de atribuir significado a todo.

Hay páginas perfectamente comprensibles.

Y otras que quizá nunca lleguemos a descifrar.

Reconocer ese límite no debilita una investigación.

La fortalece.

Porque demuestra que el investigador sabe distinguir entre lo que conoce y lo que simplemente sospecha.

CASO VI

¿Se compraba la Justicia?

Ésta es, probablemente, la acusación más grave contenida en el Expediente Royuela.

No la única.

Pero sí la que, de ser cierta, afectaría al mismo fundamento del Estado de Derecho.

Según la interpretación de los Royuela, determinados manuscritos reflejan pagos asociados a resoluciones judiciales concretas.

Conviene precisar desde el principio qué significa exactamente esa afirmación.

Los manuscritos contienen cifras.

Nombres.

Iniciales.

Anotaciones muy breves.

Lo que no contienen es una explicación detallada de cada operación.

No existe un documento donde pueda leerse: «Esta cantidad corresponde a tal sentencia».

Esa relación es fruto de la interpretación que realizan los Royuela al comparar distintos documentos.

Ahí reside el verdadero debate.

No en las cifras.

Sino en el significado que se les atribuye.

Un método sencillo

Si alguien quisiera demostrar una afirmación de esa importancia, debería responder, al menos, a cinco preguntas.

¿Quién pagó?

¿Quién cobró?

¿Cuándo?

¿Por qué cantidad?

¿A cambio de qué?

Mientras una sola de esas preguntas permanezca sin respuesta, la conclusión seguirá siendo provisional.

Ése será el criterio que seguiremos.

No basta con encontrar una cifra.

Hay que reconstruir toda la operación.

Y eso exige documentos ajenos al propio Expediente.

La carga de la prueba

En Derecho existe un principio elemental.

Quien afirma un hecho debe probarlo.

No corresponde al acusado demostrar su inocencia.

Corresponde a quien acusa aportar pruebas suficientes.

Ese principio también debe aplicarse al Expediente Royuela.

No basta con decir que existieron pagos.

Hay que acreditarlos.

Y cuanto más grave sea la acusación, mayor deberá ser la solidez de la prueba.

Precisamente por eso no todas las anotaciones poseen el mismo valor.

Algunas permiten formular preguntas muy razonables.

Otras apenas permiten ir más allá de la conjetura.

Conviene distinguir unas de otras.


CAPÍTULO CV

Los funcionarios de prisiones

Uno de los aspectos menos conocidos del Expediente es la frecuencia con que aparecen mencionados funcionarios vinculados al ámbito penitenciario.

No ocupan las portadas.

No son personajes conocidos por la opinión pública.

Sin embargo, su presencia resulta constante en numerosas anotaciones.

¿Por qué?

Los Royuela sostienen que determinadas actuaciones desarrolladas dentro de algunos centros penitenciarios desempeñaron un papel relevante en los hechos que investigaban.

Los manuscritos contienen referencias a visitas, traslados, comunicaciones y personas concretas.

Ahora bien, una referencia manuscrita no demuestra por sí misma que un hecho llegara realmente a producirse.

Hace falta algo más.

Registros de entrada.

Órdenes de traslado.

Resoluciones administrativas.

Testimonios.

Cualquier documento independiente que permita confirmar o descartar esas anotaciones.

Ésa será la línea de trabajo.

No convertir cada apunte en una certeza.

Pero tampoco ignorarlo sin haber intentado comprobarlo.


CAPÍTULO CVI

Cuando un nombre vuelve una y otra vez

Hay nombres que aparecen una sola vez.

Otros reaparecen durante años.

Éstos son los que merecen mayor atención.

No porque su reiteración implique culpabilidad.

Sino porque revelan que ocupan un lugar importante dentro de la lógica del Expediente.

Un investigador experimentado sabe que la repetición nunca debe despreciarse.

Pero tampoco sobrevalorarse.

Puede obedecer a múltiples causas.

Desde una relación profesional perfectamente legítima hasta una implicación mucho más relevante.

Precisamente por eso el contexto resulta decisivo.

Un nombre aislado dice poco.

Un nombre acompañado de fechas, reuniones, cantidades y otros documentos empieza a construir una historia.

Ésa es la diferencia entre una simple mención y un verdadero hilo de investigación.

Y ése será también el criterio del resto de este libro.

Seguir los hilos.

No las conjeturas.

CAPÍTULO CVII

Las resoluciones judiciales

Uno de los aspectos más llamativos del Expediente Royuela es que muchas anotaciones parecen girar alrededor de resoluciones judiciales concretas.

No siempre se identifica el procedimiento.

Ni el juzgado.

Ni la fecha completa.

En ocasiones sólo aparece un apellido.

Una cantidad.

O una referencia que, por sí sola, apenas dice nada.

Sin embargo, cuando esa anotación se compara con otros documentos del mismo archivo, empieza a dibujarse un contexto.

Éste es el método seguido por los Royuela.

No interpretar cada hoja aisladamente.

Sino ponerla en relación con las demás.

Ahora bien, una coincidencia documental no basta.

La única manera de comprobar esa hipótesis consiste en acudir a los propios procedimientos judiciales.

Autos.

Sentencias.

Providencias.

Recursos.

Todo aquello que permita reconstruir la secuencia real de los acontecimientos.

Ésa es la diferencia entre una sospecha y una investigación.

La primera se conforma con una impresión.

La segunda busca documentos.


CAPÍTULO CVIII

Los fiscales

Si hay un colectivo que aparece de manera constante en el Expediente, ése es el Ministerio Fiscal.

No debería sorprender.

Los fiscales intervienen en miles de procedimientos cada año.

Su presencia en numerosos documentos resulta, por tanto, perfectamente normal.

La cuestión no es que aparezcan.

La cuestión consiste en analizar el sentido de esas referencias.

En algunos manuscritos se limitan a figurar como participantes en un procedimiento.

En otros, según la interpretación de los Royuela, desempeñan un papel mucho más relevante.

Ahí comienza el verdadero debate.

Porque una cosa es la intervención ordinaria de un fiscal en el ejercicio de sus funciones.

Y otra muy distinta atribuirle decisiones ajenas a la legalidad.

Una afirmación de esa naturaleza exige un respaldo documental muy sólido.

Por eso este libro evitará las generalizaciones.

No hablaremos de «los fiscales».

Hablaremos, cuando proceda, de personas concretas, de actuaciones concretas y de documentos concretos.

Ésa es la única forma de hacer justicia a los hechos.


CAPÍTULO CIX

Los jueces

Con los jueces ocurre algo parecido.

El Expediente menciona a varios magistrados en relación con determinados procedimientos.

No todos aparecen con la misma frecuencia.

Ni respecto de los mismos asuntos.

Algunos sólo son citados una vez.

Otros reaparecen a lo largo de numerosos manuscritos.

Eso obliga a distinguir cuidadosamente entre presencia y protagonismo.

Un juez puede intervenir en un procedimiento porque así lo determina el reparto de asuntos.

Eso no significa, por sí mismo, nada extraordinario.

Otra cuestión distinta es que existan documentos que atribuyan a esa intervención un significado diferente.

Ahí es donde comienza el trabajo del investigador.

No basta con leer una anotación.

Hay que examinar el procedimiento completo.

Sólo entonces puede valorarse si existe alguna discrepancia entre lo que reflejan los documentos públicos y lo que afirman los manuscritos.


CAPÍTULO CX

Lo que el Expediente no explica

Ningún archivo responde a todas las preguntas.

El Expediente Royuela tampoco.

Existen documentos cuyo significado continúa siendo incierto.

Abreviaturas que nadie ha conseguido descifrar con seguridad.

Cantidades cuya finalidad sigue siendo desconocida.

Nombres que aparecen una sola vez y desaparecen para siempre.

Es importante reconocer esos límites.

Porque una investigación rigurosa no consiste en ofrecer respuestas para todo.

Consiste también en admitir aquello que todavía ignoramos.

Ésa es, quizá, una de las mayores diferencias entre una investigación y un panfleto.

El panfleto elimina las dudas.

La investigación convive con ellas.

Y sólo las abandona cuando aparecen pruebas suficientes.

EXPEDIENTE 1

José María Mena

Si existe un nombre inseparable del Expediente Royuela, es el de José María Mena.

No aparece citado una o dos veces.

Su nombre recorre centenares de páginas.

Hasta el punto de convertirse, según la interpretación de los Royuela, en el eje alrededor del cual gira buena parte del archivo.

Ése es un dato objetivo.

Basta contar las referencias.

Lo que ya no constituye un dato objetivo es el significado que deba atribuirse a esa reiteración.

Para los Royuela, demuestra que desempeñó un papel central en los hechos reflejados por los manuscritos.

Sus detractores sostienen que la mera repetición de un nombre no acredita absolutamente nada.

Ambas afirmaciones contienen una parte de verdad.

La frecuencia con que aparece una persona convierte su estudio en prioritario.

Pero no demuestra, por sí sola, ninguna conducta ilícita.

Ése será el criterio seguido en todo este libro.

Primero los documentos.

Después las conclusiones.

Y nunca al revés.


¿Qué puede comprobarse?

La trayectoria profesional de José María Mena es pública.

Sus nombramientos.

Sus destinos.

Sus intervenciones conocidas.

Sus resoluciones.

Todo ello forma parte de los archivos oficiales y de la prensa de la época.

Precisamente por eso constituye un excelente punto de partida.

Cada vez que un manuscrito mencione un hecho concreto, habrá que formular tres preguntas.

¿Ocurrió realmente?

¿Coincide la fecha?

¿Intervino efectivamente la persona mencionada?

Sólo cuando esas tres respuestas sean afirmativas tendrá sentido continuar investigando.


Lo que todavía no puede afirmarse

Existe una tentación muy frecuente.

Dar por cierto todo aquello que figura en un documento manuscrito.

Sería un error.

El Expediente contiene afirmaciones muy graves.

Algunas podrán confirmarse.

Otras quedarán sin demostrar.

Y quizá unas cuantas resulten equivocadas.

Una investigación seria debe aceptar esa posibilidad.

Porque el objetivo no consiste en demostrar que los Royuela tenían razón en todo.

Consiste en averiguar en qué acertaron.

Y en qué pudieron equivocarse.


EXPEDIENTE 2

Carlos Jiménez Villarejo

El segundo gran nombre del Expediente es Carlos Jiménez Villarejo.

También aquí conviene separar inmediatamente dos planos.

El personaje público.

Y el personaje que describen los manuscritos.

El primero pertenece a la Historia reciente de España.

El segundo pertenece al Expediente Royuela.

No siempre coinciden.

Y precisamente ahí reside el interés de la investigación.

Los manuscritos contienen diversas referencias que los Royuela consideran especialmente relevantes.

Nuestro trabajo consistirá en examinarlas una por una.

No aceptarlas.

No rechazarlas.

Examinarlas.


La importancia del contexto

Un nombre escrito en una hoja apenas significa nada.

Ese mismo nombre repetido durante años, junto a las mismas personas y relacionado con asuntos semejantes, merece una atención distinta.

No constituye una prueba.

Pero sí una línea de investigación.

Ésa es la razón por la que el Expediente dedica tantas páginas a determinadas personas y apenas menciona a otras.

No todas ocupan el mismo lugar dentro del archivo.


Lo que debemos evitar

El lector encontrará, en Internet, afirmaciones rotundas.

Para unos, el Expediente demuestra la existencia de una inmensa organización criminal.

Para otros, no pasa de ser una fantasía.

Este libro no recorrerá ninguno de esos caminos.

Porque ambos parten de una conclusión previa.

Nosotros haremos lo contrario.

Empezaremos por los documentos.

Y dejaremos que sean ellos quienes hablen.

EXPEDIENTE 3

Enrique Barjau

Entre los nombres que aparecen con frecuencia en el Expediente figura también Enrique Barjau.

No alcanzó la notoriedad pública de otros protagonistas.

Sin embargo, los manuscritos lo mencionan repetidamente en relación con diversos asuntos.

Ése es un hecho.

Su significado es otra cuestión.

Según los Royuela, Barjau desempeñaría una función de enlace en determinadas actuaciones reflejadas en el archivo.

Ésa es su interpretación.

Nuestro trabajo consiste en comprobar si esa hipótesis encuentra apoyo en documentos independientes.

Si lo encuentra, habrá ganado fuerza.

Si no lo encuentra, seguirá siendo una hipótesis.

En una investigación seria no hay atajos.


EXPEDIENTE 4

Un nombre no condena

Uno de los mayores riesgos al leer el Expediente consiste en confundir presencia con responsabilidad.

Que una persona aparezca citada veinte veces no demuestra que haya cometido un delito.

Del mismo modo, aparecer una sola vez tampoco significa que carezca de importancia.

Cada referencia debe analizarse dentro de su contexto.

Éste será un principio invariable de este libro.

No juzgaremos personas.

Examinaremos documentos.


EXPEDIENTE 5

Las cantidades

Muchos manuscritos contienen cifras.

Algunas son modestas.

Otras, elevadas.

Casi nunca aparece una explicación.

Ahí comienza el problema.

Una cifra aislada carece de significado.

Sólo adquiere interés cuando puede relacionarse con un hecho conocido.

Por eso las cantidades no deben estudiarse separadas del resto del documento.

Lo importante no es cuánto dinero aparece anotado.

Lo importante es por qué aparece precisamente en ese lugar y en ese momento.


EXPEDIENTE 6

El factor tiempo

Las fechas son más importantes que las cantidades.

Una anotación escrita antes de un acontecimiento posee un valor muy distinto de otra redactada después.

Por eso la cronología constituye una de las mejores herramientas para comprobar la coherencia del Expediente.

Si los hechos no encajan en el tiempo, la hipótesis se debilita.

Si encajan, merece la pena seguir investigando.

Nada más.

Pero tampoco nada menos.


EXPEDIENTE 7

Los documentos públicos

Existe una ventaja que el paso del tiempo ha puesto al alcance de cualquier investigador.

Hoy pueden consultarse miles de resoluciones judiciales, boletines oficiales, hemerotecas y registros públicos.

Eso permite contrastar muchas de las referencias contenidas en el Expediente.

Ése será nuestro criterio.

Cada vez que sea posible, enfrentaremos el manuscrito con la documentación oficial.

No para demostrar que uno tenga razón y el otro no.

Sino para averiguar en qué coinciden.

Y en qué discrepan.

EXPEDIENTE 8

Las tachaduras

A primera vista parecen un detalle sin importancia.

No lo son.

Las tachaduras, correcciones y añadidos permiten observar cómo trabajaba quien redactó los manuscritos.

Una palabra sustituida.

Una cifra rectificada.

Un nombre borrado.

Todo ello indica que aquellos papeles no estaban destinados a ser publicados.

Eran documentos de trabajo.

Precisamente por eso las tachaduras poseen interés.

No demuestran que el contenido sea cierto.

Pero sí que los textos fueron elaborándose sobre la marcha y no preparados cuidadosamente para un lector futuro.

También ellas merecen un examen pericial.

En ocasiones, una palabra tachada puede resultar tan reveladora como la que finalmente quedó escrita.


EXPEDIENTE 9

Los nombres ausentes

Tan importante como estudiar quién aparece citado es preguntarse quién no aparece.

El silencio también informa.

Hay personajes públicos que, por el cargo que ocuparon, cabría esperar encontrar con frecuencia en los manuscritos.

Sin embargo, apenas figuran.

Otros, mucho menos conocidos, aparecen una y otra vez.

¿Por qué?

No existe una respuesta sencilla.

Quizá nunca la haya.

Pero el investigador tiene la obligación de formular la pregunta.

Porque un archivo también se construye con ausencias.


EXPEDIENTE 10

¿Casualidad o patrón?

Una coincidencia puede ser fruto del azar.

Dos coincidencias invitan a prestar atención.

Tres obligan a investigar.

Ésta es una regla elemental de cualquier investigación.

Los Royuela sostienen que el Expediente no está formado por coincidencias aisladas, sino por un patrón que se repite durante años.

Ésa es una hipótesis.

Nuestro trabajo consiste en comprobar si realmente existe ese patrón.

Y, si existe, determinar hasta dónde llega.

No más.

Pero tampoco menos.


EXPEDIENTE 11

Los márgenes

En numerosos manuscritos aparecen anotaciones escritas en los márgenes.

No parecen añadidos literarios.

Más bien recuerdan a los recordatorios que cualquiera escribe cuando relee un documento propio.

Una fecha.

Un signo de admiración.

Una flecha.

Una cifra.

Esos pequeños detalles ayudan a reconstruir el proceso de elaboración del archivo.

A veces revelan que un asunto seguía abierto.

Otras indican que el documento fue revisado tiempo después.

Son detalles modestos.

Pero los archivos históricos suelen revelar sus secretos precisamente en esos pequeños detalles.


EXPEDIENTE 12

El paso del tiempo

Los manuscritos abarcan un período muy amplio.

Eso permite comprobar si la forma de escribir, las expresiones utilizadas y la estructura de las anotaciones evolucionan con los años.

Sería extraño que no lo hicieran.

Las personas cambian.

También cambia su letra.

Su vocabulario.

Su manera de resumir los hechos.

Si los documentos conservan esa evolución natural, el dato resulta de interés.

Si, por el contrario, toda la escritura permaneciera invariable durante décadas, surgirían nuevas preguntas.

También aquí el tiempo actúa como un testigo silencioso.


EXPEDIENTE 13

La memoria del papel

Los documentos envejecen.

El papel amarillea.

La tinta pierde intensidad.

Las grapas se oxidan.

Las carpetas conservan señales del uso.

Todo ello forma parte de la historia material de un archivo.

No demuestra el contenido de los manuscritos.

Pero ayuda a reconstruir su recorrido.

¿Dónde permanecieron guardados?

¿Fueron manipulados con frecuencia?

¿Se añadieron hojas después?

Son preguntas propias de la archivística y de la criminalística.

Y, aunque rara vez ocupan titulares, pueden resultar decisivas para comprender la vida de un documento.

EXPEDIENTE 14

Los primeros indicios

Ninguna gran investigación comienza con una certeza.

Comienza con una duda.

En el caso del Expediente Royuela ocurrió exactamente eso.

Al principio no existía una teoría general.

Existían documentos dispersos.

Nombres que reaparecían.

Fechas que coincidían.

Anotaciones difíciles de comprender.

Sólo cuando aquellas piezas empezaron a encajar surgió la sospecha de que podían formar parte de un mismo dibujo.

Ése fue el verdadero nacimiento del Expediente.

No una revelación.

Sino un largo trabajo de observación.


EXPEDIENTE 15

El archivo crece

Cada nuevo documento obligaba a revisar los anteriores.

Una anotación que parecía incomprensible encontraba sentido meses después.

Un nombre aislado aparecía de nuevo.

Una fecha enlazaba dos asuntos aparentemente distintos.

Así crecen los archivos.

No por acumulación.

Por relación.

Cuantos más documentos existían, más conexiones podían establecerse.

Y cuanto mayor era el número de conexiones, más necesario resultaba comprobar si respondían a hechos reales.


EXPEDIENTE 16

El trabajo silencioso

Durante mucho tiempo nadie habló del Expediente.

No había entrevistas.

Ni conferencias.

Ni vídeos.

Sólo existía una labor paciente.

Clasificar.

Comparar.

Ordenar.

Volver a empezar.

Ésa es la parte menos conocida de toda investigación.

También la más importante.

Porque un archivo desordenado es poco más que un almacén de papeles.

Sólo el orden convierte los documentos en una herramienta útil.


EXPEDIENTE 17

La primera gran pregunta

Llegó un momento en que Alberto Royuela dejó de preguntarse qué significaba cada documento.

Empezó a preguntarse otra cosa.

¿Quién había escrito todo aquello?

Era una cuestión decisiva.

Porque si los manuscritos procedían realmente de la persona a la que se atribuían, toda la investigación adquiría una dimensión completamente distinta.

Desde ese instante, la búsqueda de la autoría pasó a ser prioritaria.

No para demostrar que el contenido fuera cierto.

Sino para averiguar quién asumía la responsabilidad de haberlo escrito.


EXPEDIENTE 18

La decisión de conservarlo todo

Muchos investigadores destruyen lo que consideran inútil.

Los Royuela hicieron justamente lo contrario.

Conservaron incluso los papeles cuyo significado desconocían.

Fue una decisión acertada.

En numerosas ocasiones, un documento aparentemente irrelevante termina adquiriendo importancia cuando aparece otro que lo completa.

Los archivos no sólo se construyen con certezas.

También con interrogantes.


EXPEDIENTE 19

Del cajón a la opinión pública

Todo cambió el día en que aquellos documentos dejaron de ser privados.

Mientras permanecieron guardados, el debate era imposible.

Sólo podían examinarlos quienes tenían acceso a ellos.

La publicación alteró por completo la situación.

Desde ese momento, cualquiera pudo estudiar los manuscritos.

Criticarlos.

Defenderlos.

O intentar refutarlos.

El Expediente dejó de ser un asunto familiar.

Se convirtió en un asunto público.

Y, como ocurre siempre que eso sucede, comenzaron las adhesiones… y también las descalificaciones.

EXPEDIENTE 20

El silencio

Cuando una denuncia afecta a personas conocidas suelen producirse dos reacciones.

Responder.

O guardar silencio.

El Expediente Royuela provocó ambas.

Algunas personas rechazaron de plano su contenido.

Otras prefirieron no pronunciarse.

También hubo quienes consideraron que dar publicidad a aquellas acusaciones sólo contribuiría a aumentar su difusión.

No existe una estrategia única.

Cada cual reaccionó de forma distinta.

Lo cierto es que el Expediente continuó circulando y ganando lectores.

Y el silencio, lejos de apagar la polémica, alimentó nuevas preguntas.


EXPEDIENTE 21

La respuesta de los medios

Los grandes medios de comunicación apenas prestaron atención al Expediente durante sus primeros años de difusión.

Esa ausencia fue interpretada de maneras muy distintas.

Para unos, demostraba que el asunto carecía de credibilidad.

Para otros, era precisamente la prueba de que se pretendía evitar su debate público.

Ambas conclusiones son excesivas.

El hecho comprobable es mucho más sencillo.

La cobertura informativa fue escasa.

Y ese vacío permitió que fueran Internet y los canales independientes quienes asumieran casi por completo la difusión del asunto.

Con sus aciertos.

Y también con sus errores.


EXPEDIENTE 22

La respuesta de la Justicia

Ésta es una de las preguntas más repetidas.

¿Qué hizo la Justicia?

La respuesta no puede resumirse en una sola frase.

Hubo denuncias.

Escritos.

Solicitudes de investigación.

También resoluciones que no compartieron los planteamientos de los Royuela.

El resultado práctico fue que el Expediente no dio lugar a una investigación judicial general sobre el conjunto de los manuscritos.

Ése es un hecho.

Las razones de esa decisión han sido interpretadas de formas muy distintas.

Este libro no pretende especular sobre ellas.

Se limita a constatar el resultado.


EXPEDIENTE 23

La carga de la prueba

Con frecuencia se invierte el razonamiento.

Se pregunta por qué nadie ha demostrado que el Expediente sea falso.

La pregunta correcta es otra.

¿Quién debe demostrar qué?

En un Estado de Derecho la respuesta es clara.

Quien formula una acusación debe aportar las pruebas que la sostengan.

No corresponde a los demás demostrar un hecho negativo.

Éste es un principio jurídico elemental.

Y debe aplicarse también aquí.

Eso no impide que los documentos puedan suscitar nuevas investigaciones.

Pero sí obliga a distinguir cuidadosamente entre una sospecha fundada y una prueba suficiente.


EXPEDIENTE 24

Lo que nadie discute

En torno al Expediente existen muy pocas afirmaciones aceptadas por todos.

Sin embargo, algunas sí pueden darse por pacíficas.

Existe un archivo.

Contiene miles de documentos.

Muchos son manuscritos.

Han sido difundidos públicamente.

Pueden consultarse.

Pueden estudiarse.

A partir de ahí empiezan las discrepancias.

Sobre la autoría.

Sobre su significado.

Sobre su valor probatorio.

Y sobre las conclusiones que cabe extraer.

Precisamente porque el desacuerdo comienza en ese punto, éste será también el punto de partida del resto del libro.

No construiremos el relato sobre aquello que se discute.

Lo construiremos sobre aquello que puede comprobarse.

Y, desde ahí, iremos avanzando paso a paso.

LAS GRANDES PREGUNTAS

CAPÍTULO CXI

¿Quién tenía interés en escribir estos manuscritos?

Ésta es la pregunta que precede a todas las demás.

Porque, antes de preguntarnos si los manuscritos dicen la verdad, conviene averiguar por qué alguien dedicaría años a redactarlos.

Existen varias posibilidades.

La primera es que quien los escribió pretendiera dejar constancia de hechos que consideraba importantes.

La segunda, que se tratara de simples notas de trabajo.

La tercera, que respondieran a un propósito muy distinto.

Cada hipótesis tiene consecuencias diferentes.

Lo que no resulta verosímil es imaginar miles de páginas redactadas sin motivo alguno.

Toda obra de esta magnitud responde a una finalidad.

Descubrir cuál era constituye uno de los mayores desafíos del Expediente.


CAPÍTULO CXII

¿Por qué conservarlos?

Si los manuscritos hubieran carecido de importancia para su autor, probablemente habrían terminado en una papelera.

No ocurrió así.

Fueron conservados.

Ordenados.

Y, al parecer, ampliados durante años.

Ese dato merece atención.

Quien guarda documentos durante tanto tiempo suele atribuirles algún valor.

No demuestra que sean ciertos.

Pero sí que quien los conservó consideró que podían llegar a ser importantes.


CAPÍTULO CXIII

¿Por qué aparecieron tantos años después?

Éste es otro de los interrogantes que más se repiten.

¿Por qué esperar tanto tiempo?

No existe una respuesta única.

Los Royuela sostienen que el archivo fue llegando a sus manos de manera gradual y que sólo cuando alcanzó un volumen considerable comprendieron su alcance.

Sus críticos consideran inverosímil esa explicación.

Sea cual sea la respuesta correcta, el retraso en la difusión forma parte inseparable de la historia del Expediente.

Y debe ser tenido en cuenta al valorar su contenido.


CAPÍTULO CXIV

¿Qué parte puede comprobarse?

No todo el Expediente pertenece a la misma categoría.

Hay datos fácilmente verificables.

Fechas.

Nombramientos.

Destinos.

Procedimientos judiciales.

Noticias publicadas en la prensa.

Todo eso puede comprobarse.

Existe otra parte mucho más difícil.

Conversaciones privadas.

Presuntas reuniones.

Pagos.

Intenciones.

Ahí el grado de certeza disminuye.

Conviene distinguir claramente ambos planos.

Porque mezclar hechos comprobados con afirmaciones todavía no verificadas sólo conduce a la confusión.


CAPÍTULO CXV

¿Qué objeciones resultan más sólidas?

Toda investigación seria debe comenzar por estudiar las críticas.

No para rechazarlas.

Sino para comprobar si tienen fundamento.

En el caso del Expediente Royuela, las principales objeciones pueden resumirse en cuatro.

La primera cuestiona la procedencia de los manuscritos.

La segunda discute su autoría.

La tercera niega que las anotaciones permitan extraer las conclusiones propuestas por los Royuela.

Y la cuarta sostiene que faltan pruebas independientes que respalden las acusaciones más graves.

Son objeciones que no pueden despacharse con un gesto de desprecio.

Exigen respuestas.

Y algunas siguen abiertas.


CAPÍTULO CXVI

¿Qué ocurriría si una parte fuera auténtica?

No hace falta que todo el Expediente sea cierto para que resulte importante.

Bastaría con que una parte sustancial pudiera acreditarse.

Ésa es una idea que con frecuencia pasa inadvertida.

Los archivos históricos rara vez son perfectos.

Contienen errores.

Lagunas.

Rectificaciones.

Eso no impide que puedan aportar información de enorme valor.

La cuestión no consiste en decidir si el Expediente es verdadero o falso en bloque.

La cuestión consiste en determinar qué partes resisten el contraste documental y cuáles no.

Ésa es, probablemente, la única pregunta que merece realmente la pena responder.

EPÍLOGO

El Expediente Royuela y la búsqueda de la verdad

Hay libros que nacen para convencer.

Otros, para entretener.

Éste ha pretendido hacer algo mucho más modesto.

Examinar.

Durante estas páginas hemos recorrido un archivo singular.

Hemos visto manuscritos.

Agendas.

Anotaciones.

Informes periciales.

Documentos públicos.

Hemos estudiado nombres, fechas y acontecimientos.

También hemos señalado errores, lagunas y preguntas sin respuesta.

Porque investigar no consiste en confirmar nuestras creencias.

Consiste, muchas veces, en ponerlas a prueba.

El Expediente Royuela seguirá dividiendo opiniones.

Unos continuarán viéndolo como una gigantesca denuncia contra una parte de la Administración de Justicia.

Otros seguirán considerándolo una construcción sin fundamento suficiente.

Probablemente ese desacuerdo perdure durante muchos años.

Pero existe una cuestión previa que rara vez se plantea.

¿Ha sido estudiado con el rigor que merece?

Ésa es la verdadera pregunta.

No si resulta cómodo.

No si resulta incómodo.

No si favorece o perjudica a unos u otros.

Sino si ha recibido el examen crítico que cualquier gran archivo merece.

Porque el conocimiento nunca progresa destruyendo preguntas.

Progresa intentando responderlas.

La Historia está llena de documentos que durante décadas fueron despreciados y después resultaron decisivos.

También de otros que parecían extraordinarios y terminaron siendo simples falsificaciones.

Ningún investigador serio puede anticipar el resultado antes de concluir el estudio.

Ésa es, precisamente, la esencia del método científico.

Dudar.

Comprobar.

Rectificar.

Volver a comprobar.

Y aceptar el resultado, aunque contradiga nuestras preferencias.

Quizá ésa sea la principal enseñanza del Expediente Royuela.

No obliga a creer.

Obliga a investigar.

Y una sociedad que deja de investigar para limitarse a repetir consignas, acaba perdiendo algo más importante que un debate.

Pierde el respeto por la verdad.


ÚLTIMA REFLEXIÓN

Hace casi dos mil quinientos años, Sócrates afirmó que una vida sin examen no merece ser vivida.

Esa idea no sólo sirve para las personas.

También sirve para las instituciones.

La Justicia necesita ser examinada.

La Fiscalía necesita ser examinada.

La Policía necesita ser examinada.

Los gobiernos necesitan ser examinados.

No porque debamos desconfiar de todos.

Sino porque el poder, por su propia naturaleza, necesita controles permanentes.

La transparencia no debilita a las instituciones.

Las fortalece.

El silencio, en cambio, casi nunca resuelve los problemas.

Con frecuencia sólo consigue aplazarlos.

El Expediente Royuela terminará ocupando el lugar que le corresponda.

Quizá como una investigación frustrada.

Quizá como una advertencia.

Quizá como una de las mayores controversias documentales de la España contemporánea.

Eso ya no dependerá de quienes lo escribieron.

Ni de quienes lo difundieron.

Dependerá de quienes, con serenidad, decidan estudiarlo.

Porque la verdad no suele imponerse por aclamación.

Se abre camino, lentamente, gracias a quienes prefieren los documentos a los prejuicios.

Y ésa, al fin y al cabo, era la única ambición de este libro.

APÉNDICE I

Cronología del Expediente Royuela

Del fallecimiento de Javier Royuela a la difusión pública del archivo

Todo gran expediente tiene una historia.

El denominado Expediente Royuela no apareció de repente en Internet. Es el resultado de un largo proceso que, según la versión sostenida por la familia Royuela, comenzó muchos años antes de que los primeros documentos vieran la luz.

Lo que sigue es una cronología destinada a situar al lector. En ella se distinguen los hechos objetivamente documentados de los acontecimientos cuya interpretación sigue siendo objeto de controversia.


1993

Fallecimiento de Javier Royuela Samit

Javier Royuela Samit falleció en Barcelona.

La versión oficial atribuyó su muerte a una sobredosis de drogas.

Sin embargo, la familia Royuela nunca aceptó esa explicación y sostuvo desde el primer momento que existían numerosas irregularidades en torno a las circunstancias del fallecimiento.

Con el paso de los años, Alberto Royuela afirmaría que aquel hecho fue el origen de una investigación personal que acabaría conduciendo al descubrimiento del denominado Expediente Royuela.


1993-2004

Años de investigación

Según el relato mantenido por Alberto y Santiago Royuela, durante ese período fueron reuniendo información relacionada con diversos procedimientos judiciales, actuaciones policiales y personas vinculadas a la Administración de Justicia.

Durante esos años presentaron diversas denuncias y mantuvieron numerosos litigios.

Algunos terminaron con condenas contra miembros de la familia Royuela; otros fueron archivados o desestimados. Todo ello forma parte del contexto en el que posteriormente surgirá el Expediente.


2004-2005

Aparición del archivo

Éste constituye uno de los episodios más discutidos de toda la historia.

La familia Royuela sostiene que obtuvo un extenso archivo manuscrito atribuido principalmente al entonces fiscal jefe de Cataluña, José María Mena.

Según esa versión, el archivo contenía decenas de miles de documentos manuscritos, notas internas, correspondencia y anotaciones relativas a numerosos asuntos.

La procedencia exacta del archivo forma parte de las cuestiones más debatidas y no ha sido aceptada de forma unánime.


2006

La querella ante el Tribunal Supremo

En abril de 2006 Alberto Royuela presentó una querella ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra José María Mena y otras personas.

La existencia de esa querella es un hecho documental.

La querella incorporaba parte de la documentación que posteriormente integraría el denominado Expediente Royuela.

Los órganos judiciales no dieron lugar a la apertura del procedimiento en los términos solicitados por el querellante.

Desde entonces, la familia Royuela sostiene que sus denuncias no fueron investigadas suficientemente.


2006-2018

Estudio y clasificación del archivo

Durante esos años la documentación fue ordenándose y clasificándose.

Según los Royuela, el trabajo consistió en transcribir miles de manuscritos, identificar personas, reconstruir cronologías y relacionar acontecimientos dispersos.

En esta etapa comienzan también los primeros informes periciales sobre la escritura atribuida a algunos de los autores de los manuscritos.


2019

Comienza la difusión pública

El Expediente deja de ser un asunto reservado.

Se abre una página web destinada a publicar documentos.

Aparecen los primeros vídeos explicativos.

Empiezan las entrevistas.

Las redes sociales multiplican la difusión del asunto.

El Expediente abandona definitivamente el ámbito privado para convertirse en objeto de debate público.


2020

Expansión en Internet

Diversos medios digitales publican entrevistas, artículos y reportajes sobre el Expediente.

Algunos muestran interés por la documentación aportada.

Otros la cuestionan abiertamente.

A partir de ese momento el Expediente comienza a dividir claramente a quienes consideran que merece una investigación judicial y a quienes entienden que las pruebas aportadas resultan insuficientes.


2021-2022

Consolidación del debate

Se suceden nuevas publicaciones.

Aparecen análisis favorables y también críticas muy severas.

Los Royuela continúan difundiendo documentos y sostienen que el archivo es mucho más amplio que la parte ya publicada.

Mientras tanto, periodistas, juristas y distintos medios mantienen posiciones muy diferentes sobre el valor del Expediente.


2023-2026

Un debate todavía abierto

Tres décadas después de la muerte de Javier Royuela, el Expediente continúa siendo objeto de controversia.

Sus defensores consideran que constituye una de las mayores denuncias de corrupción judicial formuladas en España.

Sus detractores sostienen que las acusaciones carecen de la corroboración independiente necesaria para sostener imputaciones de semejante gravedad.

Entre ambas posiciones permanece una realidad difícilmente discutible.

Existe un archivo.

Existe una abundante documentación.

Existen procedimientos judiciales relacionados con parte de esa documentación.

Y existe un intenso debate público sobre su significado y su alcance.

El resto continúa siendo objeto de investigación, discusión y controversia.


Nota del autor

Este libro no pretende sustituir el trabajo de jueces, fiscales, peritos ni historiadores.

Su propósito es mucho más limitado.

Ordenar los hechos conocidos, distinguir cuidadosamente entre lo acreditado y lo discutido, y ofrecer al lector las herramientas necesarias para formarse un juicio propio a partir de la documentación disponible.

APÉNDICE II

Los protagonistas del Expediente Royuela

Una guía para no perderse

Uno de los mayores obstáculos con que tropieza quien se acerca por primera vez al Expediente Royuela es el enorme número de personas que aparecen citadas.

Fiscales.

Jueces.

Magistrados.

Policías.

Médicos forenses.

Abogados.

Políticos.

Funcionarios.

Empresarios.

Y también delincuentes comunes.

Algunos aparecen una sola vez.

Otros centenares.

Este apéndice no pretende juzgar a nadie.

Su única finalidad es identificar a los principales protagonistas y explicar por qué ocupan un lugar relevante dentro del Expediente.


Alberto Royuela Fernández

Empresario barcelonés, dedicado durante muchos años al sector eléctrico y posteriormente a las subastas judiciales. Su trayectoria pública estuvo acompañada de una intensa actividad política y de numerosos procedimientos judiciales, algunos concluidos con condenas y otros archivados o resueltos sin condena. La muerte de su hijo Javier, en 1993, marcó el inicio de una investigación personal que, según sostiene la familia, desembocó años después en el descubrimiento del archivo conocido como Expediente Royuela.


Santiago Royuela Samit

Hijo de Alberto Royuela.

Licenciado en Física.

Ha sido el principal divulgador del Expediente durante los últimos años.

Dirige buena parte de la labor de clasificación, difusión y explicación pública de los documentos, especialmente a través de conferencias, entrevistas, publicaciones y su canal de Internet.

Sostiene que el archivo constituye la prueba documental de una amplia trama de corrupción institucional.

Su trayectoria personal, incluida su condena por terrorismo y el tiempo que pasó en prisión, ha sido frecuentemente utilizada tanto por sus críticos como por sus defensores para valorar su credibilidad.


Javier Royuela Samit

Su fallecimiento, ocurrido en 1993, constituye el punto de partida del relato de la familia Royuela.

La versión oficial atribuyó la muerte a una sobredosis.

La familia sostiene que fue un homicidio deliberadamente encubierto.

Esa discrepancia nunca ha desaparecido y constituye el origen de toda la investigación posterior.


José María Mena Álvarez

Fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña entre 1996 y 2006.

Es la figura central del Expediente.

La inmensa mayoría de los manuscritos publicados son atribuidos por los Royuela a su puño y letra.

Las acusaciones dirigidas contra él son extraordinariamente graves y abarcan desde corrupción hasta homicidios por encargo.

Nunca fueron declaradas probadas por resolución judicial firme.

Precisamente por ello, cualquier valoración de su contenido exige distinguir entre las imputaciones formuladas y los hechos acreditados.


Carlos Jiménez Villarejo

Fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña antes de José María Mena.

Su nombre aparece reiteradamente en numerosos documentos.

Los Royuela le atribuyen un papel esencial en el funcionamiento de la presunta organización descrita en el Expediente.

Él rechazó siempre las acusaciones.


Eduardo Fungairiño Bringas

Fiscal de la Audiencia Nacional.

Dentro del relato sostenido por los Royuela desempeña un papel singular.

La familia afirma que colaboró proporcionando información y documentos relacionados con determinados procedimientos.

Éste es uno de los aspectos más debatidos del Expediente y requiere distinguir cuidadosamente entre las afirmaciones de sus promotores y aquello que ha podido acreditarse documentalmente.


María Eugenia Alegret

Magistrada y presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Su nombre aparece asociado a las diligencias abiertas tras las denuncias formuladas por Alberto Royuela.

Las circunstancias en que aquellas actuaciones concluyeron forman parte de los episodios más discutidos por los defensores del Expediente.


Cándido Conde-Pumpido

Fiscal General del Estado cuando se presentó la querella de 2006.

Diversos documentos publicados por los Royuela le atribuyen intercambios de correspondencia con José María Mena.

La autenticidad y el significado de esos documentos forman parte de las cuestiones centrales del Expediente.


José María Romero de Tejada

Fiscal Superior de la Comunidad de Madrid.

Su nombre aparece citado en distintos documentos incorporados al Expediente.

Los Royuela le atribuyen haber mantenido contactos relacionados con determinados procedimientos.

Como sucede con otros protagonistas, esas afirmaciones deben distinguirse de los hechos que constan acreditados por documentación independiente.


Enrique Barjau

Magistrado mencionado en diversas anotaciones manuscritas.

Su aparición reiterada convierte su nombre en uno de los que con mayor frecuencia analizan quienes estudian el Expediente.

Su inclusión en los documentos no constituye, por sí sola, prueba de participación en conducta ilícita alguna.


Martín Pallín

Magistrado del Tribunal Supremo.

Su nombre aparece vinculado a la tramitación de la querella presentada en 2006.

Posteriormente realizó diversas declaraciones públicas sobre la Justicia española que los Royuela relacionan con los acontecimientos descritos en el Expediente.


Una advertencia necesaria

El lector comprobará que muchos de estos nombres aparecen decenas o incluso centenares de veces a lo largo de los manuscritos.

Ese dato, por sí solo, no demuestra ninguna conducta delictiva.

La repetición de un nombre puede obedecer a muy distintas razones.

Precisamente por eso, el verdadero trabajo del investigador consiste en determinar qué afirmaciones encuentran respaldo en documentos independientes y cuáles permanecen, por el momento, en el terreno de la hipótesis.

Sólo esa distinción permite estudiar el Expediente Royuela con el rigor que exige una cuestión de semejante trascendencia.

APÉNDICE III

Anatomía del Expediente Royuela

¿Qué contiene realmente el archivo?

Una de las ideas más equivocadas acerca del Expediente Royuela consiste en imaginar un único dossier perfectamente ordenado.

No es así.

Lo que habitualmente se conoce como Expediente Royuela es un inmenso conjunto documental compuesto por materiales de naturaleza muy distinta.

No todos poseen el mismo valor.

No todos persiguen la misma finalidad.

Y, sobre todo, no todos permiten alcanzar idéntico grado de certeza.

Conviene, por tanto, distinguirlos.


Manuscritos

Constituyen el núcleo del Expediente.

Según los Royuela, fueron redactados principalmente por José María Mena, aunque también aparecen escritos atribuidos a otras personas.

Son notas breves.

Órdenes.

Recordatorios.

Balances.

Listas.

Comentarios.

En ellos aparecen miles de nombres, cifras, fechas y referencias cruzadas.

Toda la construcción del Expediente descansa, en buena medida, sobre la autenticidad de estos manuscritos.

Ésta es, precisamente, la cuestión más debatida.


Correspondencia

El archivo incluye numerosas cartas atribuidas a fiscales, jueces y otras autoridades.

Algunas son manuscritas.

Otras mecanografiadas.

En ellas se describen reuniones, instrucciones, peticiones o intercambios de información.

Si fueran auténticas, tendrían un extraordinario interés histórico.

Precisamente por ello su autenticidad resulta una cuestión esencial.


Agendas

Las agendas ocupan un lugar singular.

No contienen grandes explicaciones.

Se limitan, por lo general, a consignar citas, nombres, fechas, teléfonos o cantidades.

Sin embargo, al compararlas con otros documentos, adquieren un valor muy distinto.

Pueden servir para reconstruir cronologías.

Relacionar personas.

O verificar la presencia de determinados protagonistas en un momento concreto.

Por sí solas no demuestran nada.

Pero ayudan a contextualizar otros documentos.


Anotaciones económicas

Una parte importante del archivo está formada por apuntes contables.

Ingresos.

Pagos.

Cantidades.

Iniciales.

Números de cuenta.

Transferencias.

Los Royuela interpretan estas anotaciones como reflejo de pagos ilícitos.

Sus críticos sostienen que esos apuntes, aislados, carecen de fuerza probatoria suficiente.

Sea cual sea la conclusión, constituyen uno de los bloques documentales más extensos.


Informes periciales

El Expediente incorpora diversos informes caligráficos elaborados por especialistas.

Su finalidad consiste en determinar si determinados manuscritos pueden atribuirse a las personas cuya autoría se les imputa.

Estos informes forman parte del material de apoyo utilizado por los Royuela.

Su alcance, sin embargo, no va más allá de la atribución de la escritura.

Un informe caligráfico puede pronunciarse sobre quién escribió un texto.

No sobre la veracidad de lo escrito.

Esa diferencia resulta esencial.


Resoluciones judiciales

El archivo incorpora igualmente autos, providencias, sentencias y otros documentos procedentes de procedimientos judiciales.

Estos documentos poseen una naturaleza distinta.

Su autenticidad suele ser fácilmente verificable.

Lo verdaderamente discutible es la interpretación que cada parte hace de ellos.


Prensa

Con el paso de los años se fue incorporando una amplia recopilación de noticias publicadas en periódicos, revistas y medios digitales.

No constituyen pruebas por sí mismas.

Pero permiten situar determinados acontecimientos en su contexto temporal.

También muestran cómo ha evolucionado el tratamiento público del Expediente.

Desde el silencio inicial hasta las posiciones claramente enfrentadas que existen en la actualidad.


Material audiovisual

A partir de 2019 comenzó una intensa labor de difusión mediante vídeos, entrevistas, conferencias y emisiones en directo.

Ese material cumple una doble función.

Por una parte, explica documentos concretos.

Por otra, incorpora nuevas interpretaciones y respuestas a las críticas formuladas contra el Expediente.

Debe distinguirse claramente entre los documentos originales y las explicaciones posteriores realizadas por sus divulgadores.


¿Es homogéneo el Expediente?

No.

Y ésta es una de las primeras conclusiones que debe extraer el lector.

No todos los documentos poseen el mismo valor histórico.

No todos presentan la misma facilidad de comprobación.

No todos permiten alcanzar idénticas conclusiones.

Precisamente por ello, un análisis riguroso exige estudiar cada documento según su propia naturaleza.

Una agenda no puede valorarse igual que una sentencia.

Un manuscrito no desempeña la misma función que una carta.

Un informe pericial no equivale a una prueba judicial.

Confundir unos con otros conduce inevitablemente a conclusiones erróneas.


Reflexión final

Con frecuencia se habla del Expediente Royuela como si fuera una sola prueba.

No lo es.

Es un archivo.

Y, como ocurre con cualquier archivo histórico, su valor depende menos de su volumen que de la autenticidad de sus documentos, de la posibilidad de contrastarlos y de la prudencia con que sean interpretados.

Sólo desde esa perspectiva resulta posible estudiar este conjunto documental sin caer ni en la credulidad ingenua ni en el rechazo automático.

APÉNDICE IV

Cómo debe investigarse el Expediente Royuela

Un método antes que una conclusión

Una investigación seria nunca empieza por la respuesta.

Empieza por el método.

Éste constituye uno de los errores más frecuentes en torno al Expediente Royuela.

Hay quienes lo aceptan íntegramente sin someterlo a crítica.

Otros lo rechazan de plano sin examinar un solo documento.

Ninguna de esas actitudes pertenece al terreno de la investigación.

El investigador no cree.

Tampoco descree.

Comprueba.


Primera regla

La autenticidad del soporte no demuestra la veracidad del contenido

Supongamos que un informe caligráfico concluye que determinado manuscrito fue escrito por la persona a quien se atribuye.

Ese dato puede resultar muy importante.

Pero sólo responde a una pregunta.

¿Quién escribió el documento?

No responde a otra completamente distinta.

¿Es cierto lo que afirma?

Las dos cuestiones nunca deben confundirse.


Segunda regla

Ningún documento habla por sí solo

Un manuscrito aislado rara vez basta.

Necesita contexto.

Necesita fechas.

Necesita otros documentos.

Necesita corroboración.

En Historia sucede exactamente igual.

Una carta privada adquiere verdadero valor cuando coincide con archivos oficiales, diarios personales, actas o testimonios independientes.

El Expediente Royuela no constituye una excepción.


Tercera regla

La repetición tampoco prueba

Uno de los argumentos más utilizados consiste en afirmar que determinados nombres aparecen centenares de veces.

Es un dato objetivo.

Pero debe interpretarse correctamente.

La repetición demuestra continuidad.

No demuestra culpabilidad.

Sólo indica que el autor de los manuscritos concedía importancia a esas personas.

Nada más.

El resto exige otras pruebas.


Cuarta regla

Las coincidencias deben verificarse

Una fecha.

Una reunión.

Un nombramiento.

Un ingreso bancario.

Una llamada telefónica.

Si esos datos coinciden con fuentes independientes, el documento gana interés.

Si no pueden comprobarse, permanecen como simples afirmaciones.

Ésta es una regla elemental de toda investigación histórica.


Quinta regla

Los errores también enseñan

Todo archivo contiene errores.

Fechas equivocadas.

Nombres mal escritos.

Cantidades rectificadas.

Olvidos.

Precisamente por ello, los errores no convierten automáticamente en falso todo un archivo.

Pero tampoco pueden ignorarse.

Hay que estudiarlos.

Porque los errores ayudan a comprender cómo se elaboró un documento.


Sexta regla

El silencio no demuestra nada

Con frecuencia se afirma:

«Nadie ha presentado una querella.»

O bien:

«Nadie ha respondido.»

El silencio puede obedecer a muchas causas.

Prudencia.

Estrategia.

Desinterés.

Falta de relevancia.

Consejo jurídico.

Resulta imposible deducir automáticamente una conclusión.

El silencio constituye un dato.

Nunca una prueba.


Séptima regla

La carga de la prueba

En un Estado de Derecho existe un principio fundamental.

Quien afirma un hecho debe probarlo.

No corresponde al acusado demostrar su inocencia.

Corresponde al acusador acreditar sus afirmaciones.

Este principio protege a todos los ciudadanos.

También debe aplicarse al estudiar el Expediente Royuela.


Octava regla

Ninguna investigación termina nunca

Los archivos históricos permanecen abiertos.

Hoy aparece un documento.

Mañana otro.

Un informe pericial puede confirmar una hipótesis.

Otro puede desmentirla.

La investigación nunca concluye definitivamente.

Sólo mejora.


Reflexión final

Quizá la mayor enseñanza del Expediente Royuela no consista en las respuestas que ofrece.

Sino en las preguntas que obliga a formular.

¿Cómo sabemos que un documento es auténtico?

¿Qué diferencia existe entre un indicio y una prueba?

¿Cuándo puede darse un hecho por acreditado?

¿Qué papel corresponde al periodista, al historiador, al juez y al ciudadano?

Responder correctamente a esas preguntas importa mucho más que decidir, de antemano, quién tiene razón.

Porque la verdad no suele revelarse de golpe.

Se construye lentamente.

Documento a documento.

Prueba a prueba.

Con paciencia.

Y, sobre todo, con honestidad intelectual.

APÉNDICE V

Las pruebas del Expediente Royuela

Qué sabemos, qué se discute y qué sigue pendiente de demostración

Todo gran proceso judicial gira alrededor de una pregunta.

¿Qué puede probarse?

No qué parece probable.

No qué resulta verosímil.

No qué desearíamos que fuera cierto.

Sino qué puede demostrarse mediante pruebas.

Éste debe ser también el criterio para estudiar el Expediente Royuela.

Por esa razón conviene clasificar el material disponible.


I. Hechos acreditados

Sobre estas cuestiones apenas existe discusión.

Existe un extenso archivo documental.

Miles de documentos, manuscritos, anotaciones, agendas, cartas y otros materiales han sido difundidos públicamente y pueden consultarse.

La existencia física del archivo no ofrece dudas.

Lo discutido es su significado.


Existe una querella presentada en 2006.

Alberto Royuela interpuso una querella ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra José María Mena y otras personas.

La querella forma parte de la documentación pública.

También lo es el resultado procesal que tuvo.


El Expediente ha sido difundido públicamente.

Desde hace años existe una intensa actividad divulgativa.

Página web.

Conferencias.

Entrevistas.

Canales de vídeo.

Artículos.

Todo ello resulta fácilmente comprobable.


Existen informes caligráficos.

Diversos informes periciales sobre la escritura forman parte del material difundido por los Royuela.

Su existencia es un hecho.

Otra cuestión distinta será el alcance probatorio que cada lector les atribuya.


II. Indicios relevantes

Aquí comienza el terreno más complejo.

No estamos ante pruebas concluyentes.

Pero tampoco ante simples rumores.


Coincidencias cronológicas.

En numerosos casos aparecen fechas que coinciden con acontecimientos oficialmente conocidos.

Nombramientos.

Procedimientos judiciales.

Fallecimientos.

Reuniones.

Esas coincidencias existen.

Lo discutible es qué significado tienen.


Reiteración de determinados nombres.

Algunos nombres aparecen centenares de veces.

Ese dato es objetivo.

La interpretación ya no lo es.

Puede responder a una participación relevante.

O simplemente reflejar la importancia que el autor de los manuscritos atribuía a esas personas.


Correspondencia entre documentos.

En ocasiones un manuscrito parece encontrar apoyo en otro distinto.

O una agenda coincide con una anotación económica.

Estas relaciones aumentan el interés del archivo.

Pero continúan necesitando corroboración independiente.


Informes periciales.

Si un informe atribuye la escritura a una determinada persona, ese dato constituye un indicio importante.

No demuestra automáticamente la verdad de cuanto aparece escrito.

Demuestra, en su caso, la posible autoría material del documento.


III. Hipótesis pendientes de corroboración

Aquí deben situarse las afirmaciones más graves.

Precisamente por su gravedad.


La existencia de una organización criminal.

Ésta constituye la tesis central del Expediente.

Hasta la fecha no existe una resolución judicial firme que declare acreditada la existencia de la organización descrita por los Royuela.

Ello no impide que la hipótesis siga siendo defendida por sus promotores.

Pero conviene distinguir claramente entre una hipótesis y un hecho probado.


Los presuntos homicidios.

El Expediente atribuye numerosos homicidios a distintas personas.

Se trata, sin duda, de la parte más impactante del archivo.

También de la que exige un nivel de prueba más elevado.

Cada caso debe examinarse individualmente.

Nunca mediante afirmaciones generales.


Los pagos ilícitos.

Las anotaciones económicas constituyen uno de los bloques documentales más extensos.

Su interpretación depende de la posibilidad de relacionarlas con operaciones reales.

Sin esa corroboración permanecen en el terreno de la hipótesis.


Las órdenes manuscritas.

Muchas notas contienen instrucciones atribuidas a determinadas personas.

Si fueran auténticas y pudieran relacionarse con hechos acreditados, su importancia sería enorme.

Mientras esa conexión no quede suficientemente demostrada, deben estudiarse con prudencia.


IV. Las cuestiones abiertas

El Expediente sigue planteando numerosos interrogantes.

Entre ellos:

  • ¿Puede reconstruirse completamente la cadena de custodia del archivo?
  • ¿Cuántos documentos permanecen todavía inéditos?
  • ¿Qué manuscritos han sido sometidos a pericia independiente y cuáles no?
  • ¿Qué documentos encuentran apoyo en archivos oficiales?
  • ¿Cuáles continúan siendo simples anotaciones privadas?
  • ¿Existen documentos cuya autenticidad haya sido descartada?
  • ¿Qué afirmaciones del Expediente han podido corroborarse por fuentes ajenas a la propia familia Royuela?

Responder con precisión a estas preguntas exigiría una investigación documental y pericial de gran amplitud.


Conclusión

El Expediente Royuela no puede despacharse con una sola palabra.

Ni «verdadero», ni «falso» bastan para describir un archivo de esta magnitud.

Contiene documentos auténticos en su soporte.

Contiene afirmaciones cuya interpretación sigue siendo objeto de controversia.

Contiene hipótesis que requieren corroboración.

Y contiene también cuestiones que, tres décadas después de los hechos que relatan, permanecen abiertas.

Por eso, la actitud intelectualmente más honesta quizá no sea la credulidad absoluta ni el rechazo automático.

Es el examen crítico.

Documento por documento.

Caso por caso.

Prueba por prueba.

Sólo así podrá determinarse qué parte del Expediente resiste el contraste de los hechos y cuál no.

APÉNDICE VI

Las principales objeciones al Expediente Royuela

Lo que sostienen sus críticos

Toda investigación importante genera controversia.

El Expediente Royuela no constituye una excepción.

Desde que comenzó su difusión pública, numerosos periodistas, juristas y analistas han formulado objeciones de muy distinta naturaleza.

Algunas afectan a la autenticidad de los documentos.

Otras, a la metodología empleada.

Y otras, al propio planteamiento general del Expediente.

Conviene conocerlas.

Sólo así podrá el lector valorar su alcance.


Primera objeción

La cadena de custodia

Ésta es, probablemente, la crítica más repetida.

Los detractores del Expediente sostienen que no ha quedado plenamente documentado el recorrido seguido por el archivo desde su presunto origen hasta su aparición pública.

En cualquier procedimiento judicial, la conservación y trazabilidad —mejor dicho, el historial de conservación— de un documento resulta importante para excluir manipulaciones o sustituciones.

Los Royuela ofrecen una explicación sobre el origen y conservación del archivo.

Sus críticos consideran que esa explicación no basta.

Ésta sigue siendo una de las cuestiones centrales del debate.


Segunda objeción

La ausencia de corroboración independiente

Otra crítica frecuente consiste en señalar que muchas de las afirmaciones contenidas en los manuscritos descansan, esencialmente, sobre los propios manuscritos.

Los críticos sostienen que acusaciones tan graves exigen apoyarse, además, en pruebas ajenas al archivo:

  • documentos oficiales;
  • declaraciones testificales;
  • pruebas periciales complementarias;
  • resoluciones judiciales;
  • otros elementos independientes.

Los defensores del Expediente responden que parte de esa corroboración existe y que continuará apareciendo conforme avance el estudio del archivo.


Tercera objeción

La magnitud de las acusaciones

El Expediente describe una presunta organización criminal de enorme alcance.

Según la tesis de sus promotores, habría actuado durante años con la participación o colaboración de numerosas personas pertenecientes a distintas instituciones.

Precisamente esa amplitud lleva a algunos críticos a considerar poco verosímil que una estructura semejante hubiera podido mantenerse oculta durante tanto tiempo.

Los Royuela responden que la magnitud de una organización no constituye, por sí sola, un argumento para negar su existencia.


Cuarta objeción

La interpretación de los manuscritos

No todos leen los documentos del mismo modo.

Unas personas consideran que determinadas anotaciones constituyen órdenes precisas.

Otras entienden que se trata simplemente de notas personales, apuntes incompletos o referencias cuyo verdadero significado se desconoce.

La diferencia no es menor.

Porque una misma frase puede adquirir sentidos muy distintos según el contexto en que se interprete.


Quinta objeción

La ausencia de una investigación judicial de conjunto

Con frecuencia se afirma que, si el Expediente tuviera fundamento, ya habría dado lugar a un gran procedimiento judicial.

Los defensores responden que precisamente denuncian la falta de una investigación suficientemente amplia.

Los críticos consideran, por el contrario, que las resoluciones dictadas hasta ahora reflejan la insuficiencia de las pruebas aportadas.

Ésta constituye una de las discrepancias más profundas entre ambas posiciones.


Sexta objeción

El perfil de los promotores

No faltan quienes centran su crítica en la trayectoria personal o política de Alberto y Santiago Royuela.

Recuerdan sus antecedentes judiciales, sus posiciones ideológicas o determinadas condenas recaídas sobre miembros de la familia.

Los Royuela sostienen que esas circunstancias resultan irrelevantes para valorar la autenticidad de los documentos.

Desde un punto de vista metodológico conviene distinguir ambos planos.

La credibilidad de una persona puede influir en la valoración de sus afirmaciones.

Pero no sustituye al examen objetivo de las pruebas.


Séptima objeción

La dimensión mediática

Otra crítica sostiene que la difusión del Expediente se ha desarrollado principalmente a través de Internet, canales de vídeo, blogs y medios digitales, más que mediante publicaciones académicas o investigaciones judiciales.

Sus promotores responden que recurrieron a esos medios porque, según afirman, no encontraron cauces eficaces en las instituciones ni en la gran prensa.

Sea cual sea la explicación, el hecho es que Internet ha desempeñado un papel decisivo en la expansión del Expediente.


Reflexión final

Las objeciones expuestas no bastan, por sí solas, para demostrar que el Expediente sea falso.

Del mismo modo, la existencia de respuestas a esas objeciones tampoco basta para demostrar que sea verdadero.

Lo único que ponen de manifiesto es que nos encontramos ante una cuestión extraordinariamente compleja.

Una cuestión que exige serenidad.

Porque la crítica no debe convertirse en descalificación.

Y la convicción tampoco debe sustituir a la prueba.

APÉNDICE VII

Los argumentos de quienes defienden el Expediente Royuela

Las razones por las que consideran necesaria una investigación exhaustiva

Después de exponer las principales objeciones, resulta obligado recoger también los argumentos de quienes sostienen que el Expediente Royuela merece una investigación judicial y pericial mucho más amplia de la realizada hasta ahora.

No se trata de aceptar esos argumentos sin examen.

Tampoco de rechazarlos de antemano.

Simplemente, de exponerlos con fidelidad.


Primer argumento

El volumen del archivo

Éste suele ser el punto de partida.

Los defensores recuerdan que el Expediente no está formado por unos pocos documentos.

Hablan de decenas de miles de manuscritos, cartas, anotaciones, agendas y apuntes acumulados durante años.

Sostienen que resulta difícil imaginar la elaboración artificial de un conjunto documental de semejante extensión y complejidad.

Sus críticos responden que el volumen, por sí mismo, no acredita la veracidad del contenido.

Ambas afirmaciones pueden ser ciertas al mismo tiempo.

Un archivo enorme merece atención.

Pero su tamaño no sustituye a la prueba.


Segundo argumento

Los informes caligráficos

Los Royuela han difundido diversos informes periciales sobre la escritura atribuida a determinados autores.

Consideran que esos informes constituyen un elemento esencial para sostener la autenticidad material de buena parte de los manuscritos.

Sus críticos recuerdan que una pericia caligráfica únicamente puede pronunciarse sobre la posible autoría de la escritura.

No sobre la verdad de cuanto aparece escrito.

Ésa es una distinción fundamental.


Tercer argumento

Las coincidencias documentales

Los defensores subrayan que muchas anotaciones encuentran aparente correspondencia con hechos conocidos.

Fechas.

Nombramientos.

Resoluciones.

Fallecimientos.

Destinos profesionales.

Cambios de cargo.

A su juicio, esa acumulación de coincidencias refuerza la credibilidad del conjunto.

Los críticos replican que esas coincidencias deben analizarse individualmente y comprobar si realmente añaden información desconocida o simplemente reflejan hechos públicos.


Cuarto argumento

La reiteración de nombres

Determinadas personas aparecen mencionadas una y otra vez.

Para los Royuela, esa repetición difícilmente puede atribuirse al azar.

Consideran que revela la existencia de relaciones estables entre diversos protagonistas.

Sus críticos recuerdan que la repetición únicamente demuestra que el autor de los manuscritos concedía importancia a esos nombres.

No basta, por sí sola, para acreditar la existencia de actuaciones ilícitas.


Quinto argumento

La diversidad de documentos

Otro de los argumentos más utilizados consiste en señalar que el Expediente no se limita a simples notas manuscritas.

Incluye agendas.

Cartas.

Anotaciones económicas.

Documentación judicial.

Fotografías.

Y otros materiales.

Según sus defensores, esa diversidad dificulta la hipótesis de una elaboración artificial del conjunto.

Sus detractores responden que cada documento debe examinarse por separado y que la autenticidad de unos no convierte automáticamente en auténticos los demás.


Sexto argumento

La persistencia durante décadas

Los Royuela llevan más de treinta años sosteniendo esencialmente la misma versión de los hechos.

Para quienes apoyan el Expediente, esa continuidad resulta significativa.

Entienden que mantener durante tanto tiempo una misma línea de investigación, soportando procedimientos judiciales, críticas y exposición pública, constituye un indicio de convicción.

Sus críticos responden que la perseverancia demuestra constancia, pero no necesariamente la veracidad de las afirmaciones.


Séptimo argumento

La petición de investigar

Quizá el argumento más repetido por los defensores del Expediente sea éste.

No afirman que se condene a nadie sin pruebas.

Lo que solicitan es que los documentos sean objeto de una investigación completa por órganos independientes.

Entienden que sólo una investigación de esa naturaleza permitiría confirmar o descartar definitivamente las acusaciones contenidas en el archivo.

Éste constituye, probablemente, el núcleo de toda su posición.


Octavo argumento

El interés público

Quienes defienden el Expediente sostienen que las instituciones democráticas no deberían temer el examen de denuncias especialmente graves cuando éstas se acompañan de una abundante documentación.

A su juicio, la transparencia fortalece la confianza de los ciudadanos.

Por esa razón consideran que el archivo merece ser analizado con independencia de cuál termine siendo el resultado.


Reflexión final

Los argumentos expuestos en este apéndice no sustituyen a la prueba.

Tampoco eliminan las objeciones examinadas anteriormente.

Lo que muestran es algo más sencillo.

Existe un conjunto de razones por las que un sector de la sociedad considera que el Expediente Royuela merece una investigación mucho más profunda.

Corresponderá al lector valorar si esas razones bastan para justificar nuevas diligencias o si, por el contrario, continúan siendo insuficientes.

En cualquier caso, el debate sólo podrá resolverse mediante documentos, pruebas y análisis rigurosos.

Nunca mediante descalificaciones personales ni afirmaciones categóricas sin respaldo documental.

APÉNDICE VIII

¿Qué ocurriría si el Expediente Royuela fuera cierto… y qué ocurriría si fuera falso?

Una cuestión de enorme trascendencia

El Expediente Royuela provoca reacciones muy intensas.

No sólo por el contenido de los documentos.

También por las consecuencias que tendría aceptar o rechazar sus principales afirmaciones.

No nos encontramos ante una simple polémica histórica.

Estamos ante una cuestión que afecta directamente a la confianza en las instituciones.

Precisamente por ello conviene analizar serenamente ambos escenarios.


Primer supuesto

Si el Expediente fuera sustancialmente cierto

Si las acusaciones esenciales llegaran a demostrarse mediante pruebas suficientes y resoluciones judiciales firmes, nos encontraríamos ante uno de los mayores escándalos institucionales de la historia contemporánea de España.

Significaría que durante años se habrían cometido delitos especialmente graves desde posiciones de poder.

También significaría que los mecanismos ordinarios de control no habrían funcionado con la eficacia exigible.

Las consecuencias jurídicas serían inmensas.

Pero quizá aún mayores serían las consecuencias políticas y morales.

La confianza de los ciudadanos en la Justicia, en el Ministerio Fiscal y en otras instituciones sufriría un deterioro difícil de reparar.


La obligación de depurar responsabilidades

En un supuesto semejante no bastaría con sancionar a las personas directamente responsables.

También habría que analizar por qué los mecanismos de control no detectaron los hechos.

Toda institución democrática debe ser capaz de corregirse.

Esa capacidad constituye una de las principales diferencias entre un Estado de Derecho y un régimen arbitrario.


La necesidad de reformas

Una situación de esa gravedad obligaría a revisar procedimientos internos.

Sistemas de inspección.

Controles disciplinarios.

Protección de denunciantes.

Conservación documental.

Transparencia.

Y cuantos mecanismos fueran necesarios para impedir la repetición de hechos semejantes.


Segundo supuesto

Si el Expediente fuera esencialmente falso

La conclusión tampoco sería tranquilizadora.

Habría que explicar cómo pudo elaborarse, difundirse y mantenerse durante tantos años un archivo de semejante extensión.

También habría que estudiar por qué miles de ciudadanos consideraron creíbles sus afirmaciones.

No bastaría con afirmar que todo era falso.

Sería necesario comprender las causas de un fenómeno social de tal magnitud.


La crisis de confianza

Si una parte importante de la sociedad concede crédito a acusaciones tan graves, ello revela una pérdida de confianza en las instituciones.

Y la confianza constituye uno de los pilares de cualquier Estado de Derecho.

Cuando desaparece, proliferan las sospechas.

Las conjeturas sustituyen a las pruebas.

Y la autoridad moral de las instituciones se debilita.


Una lección para todos

En ese supuesto, el Expediente seguiría siendo digno de estudio.

No como prueba de una gran conspiración.

Sino como ejemplo de hasta qué punto la desconfianza institucional puede extenderse cuando los ciudadanos perciben opacidad, lentitud o insuficiencia en los mecanismos de control.


Lo que ambos escenarios tienen en común

Existe un elemento que permanece invariable.

La necesidad de investigar con rigor.

Si el Expediente fuera cierto, la investigación resultaría imprescindible para depurar responsabilidades.

Si fuera falso, también sería necesario investigar para explicar su origen, su difusión y las razones de su impacto.

En ambos casos, la respuesta debe ser la misma.

Más investigación.

Nunca menos.


La importancia de la transparencia

Las democracias maduras no deberían temer las investigaciones.

Al contrario.

La transparencia fortalece la legitimidad institucional.

Cuando las dudas razonables se esclarecen mediante procedimientos rigurosos, todos salen beneficiados.

Si las acusaciones carecen de fundamento, la investigación contribuirá a disiparlas.

Si contienen elementos ciertos, permitirá corregir los abusos y exigir las responsabilidades correspondientes.


Reflexión final

El mayor riesgo para una sociedad no consiste únicamente en que existan abusos de poder.

También resulta peligroso que los ciudadanos lleguen a pensar que esos abusos jamás podrán investigarse.

La fortaleza de un Estado de Derecho no se mide por la ausencia de sospechas.

Se mide por su capacidad para esclarecerlas mediante procedimientos imparciales, respetuosos con las garantías jurídicas y abiertos al examen de las pruebas.

Ésa constituye, quizá, la principal enseñanza que deja el debate suscitado por el Expediente Royuela, con independencia de cuál termine siendo el juicio definitivo que merezcan sus documentos.

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